CIRCULAR 051 DE 1994
(julio 13)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA
| De: | SECRETARIO GENERAL |
| Para: | FUNCIONARIOS, JUBILADOS Y PENSIONADOS IDEA |
| Asunto: | CERTIFICACION DE ESTUDIO |
De acuerdo con la Resolución de Gerencia No. 193 del 7 de mayo de 1991, se recuerda a todo el personal la obligación de renovar los certificados de estudio de tiempo completo de los hijos legítimos o extramatrimoniales que cumplan 18 años, cada seis (6) meses, en las fechas límites del 28 de febrero y el 31 de agosto de cada año.
Los beneficiarios que no cumplan con este requisito dentro del lapso previsto, no tendrán derecho a los servicios de salud que ofrece la entidad y, por ende, serán retirados del programa.
Esperamos la mayor colaboración posible.
Atento saludo,
RAFAEL BUSTAMANTE PEREZ
Secretario General
