ORDENANZA 32 DE 2020
(diciembre 10)
Gaceta Departamental de Antioquia No. 22811. Año 2020, diciembre 11
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA
Por la cual se autoriza al Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA – para enajenar la propiedad accionaria del -IDEA- en la Sociedad Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. Friogan S.A. "en reorganización", y se dictan otras disposiciones
<Concordancias IDEA>
Instituto para el Desarrollo de Antioquia:
2023:
Resolución 271 de 2023, por medio de la cual se conforma el Comité Técnico para el desarrollo del Programa de enajenación de las acciones de propiedad del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA en la sociedad "Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. - En Reorganización-, su composición y responsabilidades
Resolución 3 de 2023, por medio de la cual se aprueba por la Junta Directiva el programa de enajenación de las acciones de propiedad del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA en la sociedad "Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. - En Reorganización-"
LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA,
en uso de las facultades legales en especial las conferidas por los artículos 60 y 300 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con lo establecido en los artículos 60 y 62 de la Ley <Sic> Decreto 1222 de 1986 y la ley 226 de 1995.
ORDENA
ARTÍCULO 1o. Autorizar al INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA -, para que con sujeción a la normatividad vigente realice la enajenación de la propiedad accionaria que posee en la EMPRESA FRIGORIFICOS GANADEROS DE COLOMBIA S.A. EN REORGANIZACIÓN.
PARÁGRAFO. Actualmente el Instituto actúa como accionista con cincuenta y siete millones ciento quince mil doscientas ochenta y seis acciones (57.115.286) acciones ordinarias equivalentes al (24.521012%) que posee en Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. - En Reorganización "Friogan S.A", discriminadas así:
| PARTICIPACIÓN | % DE PARTICIPACIÓN | No. DE ACCIONES. |
| COMO ACCIONISTA | 2,024204% | 4.714.815. |
| COMO ACREEDOR | 22,497012% | 52.400.471. |
| TOTAL | 24,521012 % | 57.115.286 |
ARTÍCULO 2o. Autorizar al Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA-, para que con sujeción a la normatividad vigente y a través del Gerente del INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA-, dirija, formule, reglamente y ejecute el programa de enajenación accionaria de la sociedad FRIGORÍFICOS GANADEROS DE COLOMBIA S.A. FRIOGAN S.A. "EN REORGANIZACIÓN"., el cual se realizará con base a estudios técnicos correspondientes, en los términos y condiciones del inciso 2 del Artículo 7o de la Ley 226 de 1995.
ARTÍCULO 3o. La venta de las acciones se realizará en acatamiento del principio de democratización de la propiedad accionaria estatal contenido en el Artículo 60 de la Constitución Política de Colombia, con pleno cumplimiento de los principios, reglas y procedimiento fijados por la Ley 226 de 1995 y demás normatividad vigente.
PARÁGRAFO. Será responsabilidad del Gerente del INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA-, la adopción plena de las medidas establecidas en tales disposiciones.
ARTÍCULO 4o. El producto de la venta de acciones autorizadas en el Artículo 1o de la presente ordenanza, además de los costos de venta rubros de ley, se destinarán al fortalecimiento del capital de trabajo y al apoyo de los programas transversales del INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA -, acorde con lo contemplado en el Plan Desarrollo 2020-2023 "UNIDOS POR LA VIDA" y especialmente en el Plan Estratégico Institucional del IDEA- 2020-2023 en su eje trasversal No 3 "FINANZAS FORTALECIDAS PARA INSTITUCIONES SÓLIDAS".
ARTÍCULO 5o. Las autorizaciones otorgadas en la presente ordenanza tendrán un término hasta el 31 de diciembre de 2023, para efectos de realizar diferentes alternativas de negociación, a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Departamental.
ARTÍCULO 6o. La Mesa Directiva de la Asamblea Departamental de Antioquia, conformará una comisión accidental integrada por seis (6) diputados de diferentes partidos políticos, encargada de efectuar el seguimiento de la aplicación de la presente ordenanza y revisar los informes que sean solicitados al Gobierno Departamental.
ARTÍCULO 7o. La presente Ordenanza rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Medellín, a los 27 días del mes de noviembre de 2020.
RUBÉN DARÍO CALLEJAS GÓMEZ
Presidente
CARLOS JOSÉ RÍOS CORREA
Secretario General
Recibido para su sanción el día 02 de diciembre de 2020
REPÚBLICA DE COLOMBIA
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA
Medellín, 10 DIC. 2020
Publíquese y Ejecútese la ORDENANZA Nº. 32 "Por la cual se autoriza al Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA – para enajenar la propiedad accionaria del -IDEA- en la Sociedad Frigoríficos Ganaderos de Colombia S.A. Friogan S.A. "en reorganización"., y se dictan otras disposiciones"
ANÍBAL GAVIRIA CORREA
Gobernador
JUAN GUILLERMO USME FERNÁNDEZ
Secretario General
LUZ ELENA GAVIRIA LÓPEZ
Secretaria de Hacienda
