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RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA 17 DE 2025

(diciembre 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA POR MEDIO DE LA CUAL SE DELEGAN EN LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA, LAS APROBACIONES RELACIONADAS CON LA AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA SOLICITAR DESEMBOLSOS Y OTRAS MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES EN LOS CONTRATOS DE EMPRÉSTITO

La Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA-, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en la Ley 489 de 1998 y en los Estatutos adoptados mediante Resolución de la Junta Directiva No. 006 de 2014 y,

CONSIDERANDO:

1. Que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA celebra contratos de empréstito en ejercicio de su objeto misional, bajo criterios de sostenibilidad financiera, gestión del riesgo y rentabilidad social y económica.

2. Que en los contratos de empréstito celebrados por el IDEA se establece un plazo determinado, contado a partir de la firma del respectivo contrato, para solicitar el desembolso total de los recursos aprobados, con el fin de garantizar el orden, la oportunidad y la adecuada planeación en la ejecución de los recursos.

3. Que vencido dicho plazo, el IDEA no se encuentra obligado a efectuar los desembolsos pendientes, salvo que exista acuerdo escrito entre las partes, en el cual, atendiendo las condiciones financieras y jurídicas del prestatario y las condiciones del mercado, se ajusten las condiciones del negocio respecto de los recursos aún no desembolsados.

4. Que el establecimiento de dicho plazo tiene como finalidad evitar la extensión indefinida en el tiempo de los desembolsos, protegiendo la rentabilidad, la liquidez y la sostenibilidad financiera de los créditos otorgados por el IDEA.

5. Que las disposiciones internas vigentes del Instituto para el Desarrollo de Antioquia – IDEA establecen las instancias y competencias para la aprobación de las operaciones de crédito y de sus modificaciones, asignando dichas decisiones al Comité de Crédito o a la Junta Directiva, según el monto de la operación, atendiendo a la categoría del municipio o, en el caso de clientes privados, al monto de la operación.

6. Que, en particular, la Junta Directiva conserva la competencia para aprobar las solicitudes de ampliación del plazo para el desembolso de recursos en los contratos de empréstito/crédito cuando dichas operaciones superan los montos máximos de atribución del Comité de Crédito, de conformidad con la categoría del municipio o los topes establecidos para clientes privados.

7. Que mediante la Resolución de Gerencia No. 20250526 del 7 de julio de 2025, se ajustó la conformación y funcionamiento del Comité de Crédito, reiterándose dentro de sus funciones la decisión sobre solicitudes de ampliación de plazo para desembolso de las operaciones vigentes que se encuentren dentro de su nivel de atribuciones.

8. Que, en atención a criterios de eficiencia administrativa, oportunidad en la toma de decisiones y adecuada gestión del riesgo crediticio, resulta necesario delegar de manera permanente en el Gerente General del IDEA la facultad para aprobar las ampliaciones del plazo para solicitar desembolsos pendientes en los contratos de empréstito/crédito, cuando dicho plazo se encuentre vencido o próximo a vencer, sin necesidad de someter cada caso particular a la consideración de la Junta Directiva.

9. Que adicionalmente resulta procedente delegar en el Gerente General la aprobación de aquellas modificaciones contractuales que no alteren de manera sustancial las condiciones inicialmente pactadas en los contratos de empréstito, preservando el equilibrio económico del contrato y el perfil de riesgo aprobado.

10. Que en sesión ordinaria No. 23 de la Junta Directiva realizada el 19 de diciembre de 2025, se aprobó efectuar las mencionadas delegaciones.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. DELEGACIÓN PARA LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE DESEMBOLSO. Delegar en el Gerente General del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA la facultad para aprobar, de manera discrecional y previa evaluación financiera y jurídica, la ampliación del plazo para solicitar el desembolso de los recursos pendientes en los contratos de empréstito/créditos celebrados por la Entidad.

ARTÍCULO SEGUNDO. CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN. El Gerente General podrá acordar con los prestatarios nuevos plazos y condiciones para el desembolso de los recursos, siempre que:

a) Se realice un análisis previo de la capacidad financiera, jurídica y operativa del prestatario.

b) Se consideren las condiciones vigentes del mercado, incluyendo tasas, plazos y demás variables financieras aplicables a este tipo de operaciones.

c) Se garantice la protección de la rentabilidad, la liquidez y la sostenibilidad financiera del IDEA, así como el cumplimiento de su apetito de riesgo y de la normatividad aplicable.

ARTÍCULO TERCERO. DELEGACIÓN PARA LA APROBACIÓN DE MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES. Delegar en el Gerente General del IDEA la facultad para aprobar las modificaciones contractuales que no alteren de manera sustancial las condiciones inicialmente pactadas en los contratos de empréstito o crédito, siempre que dichas modificaciones:

- No impliquen aumento del monto del crédito aprobado.

- No modifiquen el perfil de riesgo, la tasa, el plazo total del crédito o las garantías inicialmente aprobadas.

- No desnaturalicen el objeto ni el equilibrio económico del contrato.

- No vayan en contra de lo aprobado por el Concejo Municipal mediante el Acuerdo respectivo.

ARTÍCULO CUARTO. INFORME A LA JUNTA DIRECTIVA. El Gerente General deberá informar periódicamente a la Junta Directiva sobre las decisiones adoptadas en ejercicio de las delegaciones conferidas mediante la presente Resolución, como mínimo cada tres (3) meses.

ARTÍCULO QUINTO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Medellín, a los 26 de Diciembre de 2025

EUGENIO PRIETO SOTO

Presidente – Delegado del Gobernador

ALEJANDRA MARIA ZAPATA HOYOS

Secretaria

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Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
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