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RESOLUCIÓN 169 DE 2025

(marzo 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA

Por medio de la cual, se hace constar la revisión de la política y se establecen los objetivos y metas del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA -IDEA,

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la Resolución de Junta Directiva 006 del 03 de junio de 2014, Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 del 2019, y

CONSIDERANDO QUE:

A. El 26 de mayo de 2015, el Ministerio de Trabajo emitió el Decreto 1072, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo y en el Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6, se definen las directrices de obligatorio cumplimiento para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

B. El Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST está orientado a lograr una adecuada administración de riesgos identificados, implementando estrategias que permitan la mitigación de los mismos, propendiendo en todo momento por el bienestar físico y mental del servidor y demás partes interesadas, generando ambientes sanos de trabajo y reduciendo los accidentes y las enfermedades laborales.

C. El artículo 2.2.4.6.5 del Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015 señala: “El empleador o contratante debe establecer por escrito una política de seguridad y salud en el trabajo -SST que debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos sus centros de trabajo y todos sus trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcontratistas (...)”

D. El Instituto para el Desarrollo de Antioquia debe dar pleno cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, en el Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6, toda vez que es una Entidad objeto del ámbito de aplicación de éste.

E. El artículo 2.2.4.6.6 del Decreto 1072 de 2015, establece los requisitos que debe contener la política de seguridad y salud en el trabajo y dentro de ellos la necesidad de que las Instituciones de manera anual realicen una revisión y actualización de la misma, en caso de requerirse, acorde con los cambios tanto en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, como en la empresa.

F. El Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA se compromete con la protección y promoción de la salud de sus servidores públicos, procurando su integridad física y mental, mediante el control de los riesgos y el mejoramiento continuo de los procesos.

G. Todos los niveles directivos del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA, asumen la responsabilidad de promover un ambiente de trabajo sano y seguro, cumpliendo la normativa vigente, vinculando a las partes interesadas en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo y destinando los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la gestión de la salud y la seguridad.

H. Todos los servidores públicos del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA, contratistas y demás partes interesadas tendrán la responsabilidad de cumplir con las normas y procedimientos de seguridad, con el fin de realizar un trabajo seguro y productivo. Igualmente serán responsables de notificar oportunamente todas aquellas novedades y condiciones que se consideren importantes y que puedan generar consecuencias y contingencias para los servidores públicos y la organización.

I. En la vigencia 2024, mediante la Resolución de Gerencia 20240278 del 18 de abril de 2024, se adoptó la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo del Instituto para Desarrollo de Antioquia-IDEA y efectuando la revisión en la vigencia 2025, no se considera necesario el cambio y/o actualización de la misma, teniendo en cuenta que cumple los requisitos establecidos en la normatividad vigente, toda vez que se expresa el compromiso en relación con la implementación del sistema para la gestión de riesgos laborales y no se han presentado cambios que impliquen la necesidad de generar actualizaciones.

J. El artículo 2.4.6.18. del Decreto 1072 de 2015, con relación a los objetivos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST, señala textualmente: “deben expresarse de conformidad con la política de seguridad y salud en el trabajo establecida en la empresa y el resultado de la evaluación inicial y auditorías que se realicen (...)”.

K. El mismo artículo 2.4.6.18. del Decreto 1072 de 2015, enunciado en el considerando anterior, establece los aspectos que deben tenerse en cuenta al determinar los objetivos del SG-SST de toda empresa, los cuales son:

1. Ser claros, medibles, cuantificables y tener metas definidas para su cumplimiento.

2. Ser adecuados para las características, el tamaño y la actividad económica de la empresa.

3. Ser coherentes con el de plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las prioridades identificadas.

4. Ser compatibles con el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable en materia de riesgos laborales, incluidos los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales que le apliquen.

5. Estar documentados y ser comunicados a todos los trabajadores; y

6. Ser revisados y evaluados periódicamente, mínimo una (1) vez al año y actualizados de ser necesario”.

L. Para la vigencia 2024, los objetivos y las metas del Sistema de seguridad y Salud en el Trabajo fueron adoptados mediante Resolución de Gerencia RG 20240657 del 22 de agosto de 2024, los cuales, de acuerdo con la revisión, deben actualizarse de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. REVISIÓN DE LA POLÍTICA. Determinar la continuidad de la vigencia de la política de Seguridad y Salud en el Trabajo, adoptada mediante Resolución de Gerencia RG 20240278 del 18 de abril de 2024, expresada en los siguientes términos:

“El Instituto para el Desarrollo de Antioquia- IDEA está comprometido con el desarrollo sostenible de la región, ofreciendo servicios financieros, asesoría especializada, financiación de las inversiones públicas, gestión y administración de recursos, además de participar en proyectos estratégicos de desarrollo regional, contribuyendo así al bienestar social, ambiental y mejoramiento de la comunidad.

Igualmente, desde el más alto nivel del Instituto, se compromete con la salud, la seguridad y el bienestar de sus servidores, contratistas y otras partes interesadas.

La más alta Dirección de la Entidad se compromete a destinar los recursos físicos, tecnológicos, humanos y financieros necesarios para la identificación, evaluación, valoración y control de los peligros y riesgos inherentes a la actividad económica de la Entidad; mediante el diseño, desarrollo e implementación, de un Sistema de Gestión basado en la seguridad y salud en el trabajo por medio del ciclo PVHA, logrando así el mejoramiento continuo de éste y el cumplimiento de la normatividad legal vigente aplicable.

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo propende por un ambiente de trabajo sano y seguro, logrando prevenir la ocurrencia accidentes de trabajo, el desarrollo de enfermedades laborales y emergencias, estableciendo medidas adecuadas de control. Este sistema acoge a todas las partes interesadas servidores, proveedores, contratistas y visitantes.

Con el cumplimento a cabalidad de la presente política se garantiza el logro de los objetivos, orientados y establecidos en Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, contribuyendo así a fortalecer la eficiencia de los servidores, mejorar la competitividad y a mantener la buena imagen organizacional”

ARTÍCULO SEGUNDO. OBJETIVOS Y METAS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA ENTIDAD. Adoptar como objetivos del Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo SG- SST del Instituto para el Desarrollo de Antioquia, los siguientes:

1. Ejecutar los recursos técnicos físicos, tecnológicos, humanos y financieros necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Meta: 90%

2. Identificar, evaluar, valorar y establecer los controles de los peligros y riesgos inherentes a la actividad económica con el fin de prevenir accidentes y enfermedades laborales.

Meta: 90%

3. Implementar actividades de promoción, prevención y vigilancia en salud, para propender por un ambiente de trabajo seguro y saludable a los servidores de la Entidad.

Meta: 90%

4. Prevenir la ocurrencia accidentes e incidentes de trabajo y el desarrollo de enfermedades laborales y emergencias en la Entidad.

Meta: Cumplimiento de los indicadores mínimos establecidos en la Resolución 0312 de 2019.

5. Cumplir los requisitos legales vigentes aplicables a la Entidad acorde a la actividad económica de la misma. Meta: 100%

6. Asegurar el mejoramiento continuo de los procesos del Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. Meta: 90%

ARTÍCULO TERCERO. SEGUIMIENTO E INDICADORES DEL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS ESTABLECIDAS EN LOS OBJETIVOS. Con el fin de realizar seguimiento al cumplimiento de las metas determinadas para cada uno de los objetivos, se establecerán indicadores cuantitativos y cualitativos. Cada indicador contará con las siguientes variables: definición, interpretación, limite, método de cálculo, fuente de la información, periodicidad y personas que deben conocer el resultado.

ARTÍCULO CUARTO. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La política, los objetivos y las metas del Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo en el SG-SST, adoptados en la presente resolución será aplicables a todos los servidores públicos de la Entidad y demás partes interesadas.

ARTÍCULO QUINTO. INTEGRACIÓN. La Política de Seguridad y Salud en el Trabajo se entiende integrada al Sistema de Gestión Institucional, el Sistema de Control Interno y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, en armonía con el Modelo de Operaciones por Procesos del Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA.

ARTÍCULO SEXTO. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN. La Política y los objetivos del de Seguridad y Salud en el trabajo adoptados en la presente resolución serán revisados anualmente, por lo menos una vez al año, procediendo a actualizarlos si es del caso.

ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN. La Política de Seguridad y los objetivos del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo que se adopta en el presente acto administrativo será difundidos y socializados a todos los niveles del Instituto y estará accesible a todos los trabajadores y demás partes interesadas, a través de los medios electrónicos con los que cuenta la misma, especialmente al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST.

ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga para todos sus efectos la Resolución RG 20240657 del 22 de agosto de 2024.

Dada en Medellín, a los 11-03-2025

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

CATALINA GÓMEZ TORO

GERENTE GENERAL

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Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA - DRA © 2025

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