RESOLUCIÓN 20260425 DE 2026
(junio 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA -
Por la cual se ordena la baja de unos bienes del inventario Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA y se invita a presentar manifestación de interés para su enajenación a título gratuito a entidades públicas
LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA-,
en uso de sus atribuciones legales, y en especial las que confiere la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto Reglamentario 1082 de 2015 y
CONSIDERANDO QUE
En desarrollo de lo ordenado en los artículos 209 y 269 de la Constitución Política de Colombia, es deber de las entidades que conforman la administración pública, asumir la responsabilidad en el manejo de sus bienes, así como diseñar, adoptar, interpretar y aplicar las medidas y mecanismos que le permitan el control, racionalización, buen uso y destinación de éstos.
El artículo 2.2.1.2.2.4.3, del Decreto 1082 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional" establece que: "Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web".
De acuerdo con la Resolución de Gerencia No. 0425 del 2020 el Comité de Bienes e Inventarios del IDEA tiene como función "Recomendar el destino que debe dársele a los bienes muebles dados de baja, según las siguientes opciones: a) Enajenación de Bienes a Título Gratuito: Únicamente podrá haber enajenación a título gratuito de conformidad con la norma vigente y se deberá seguir el procedimiento respectivo".
Mediante Acta 004 del 7 de abril de 2026, el Comité de Bienes e Inventarios del IDEA recomendó dar de baja a y enajenar a título gratuito unos equipos de cómputo a otras entidades públicas o, en casos permitidos por la Ley, a entidades sin ánimo de lucro.
Se cuenta con el respectivo concepto técnico donde se exponen los motivos por los cuales se deben dar de baja los bienes muebles - equipos de cómputo y cuál sería su destinación final, de acuerdo con el acta de obsolescencia del 9 de marzo de 2026 de la Oficina de Tecnologías de la información. Así mismo, existe la necesidad de depurar los activos muebles de la entidad, con el fin de contar con saldos patrimoniales e inventarios actualizados, disminuyendo a su vez, los costos relacionados con el almacenamiento, tenencia, posesión y guarda de los bienes no requeridos.
En consecuencia, es procedente realizar el procedimiento para la enajenación a título gratuito a las entidades estatales, interesadas en adquirir a título gratuito los bienes dados de baja en la presente resolución, de conformidad con lo ordenado por el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015.
Los bienes objeto de enajenación a Título Gratuito, están ubicados en la sede física del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA y se encuentran libres de cualquier gravamen o afectación de carácter jurídico, administrativo o técnico que limite el goce al derecho de dominio.
En mérito de lo expuesto, la Gerente General del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ORDENAR la baja del inventario del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, de los bienes muebles que se relacionan a continuación (computadores), de conformidad con la parte motiva de esta resolución y de lo aprobado por el Comité de Bienes e Inventarios en sesión del 7 de abril de 2026:
| ITEM | PLACA | DESCRIPCION | SERIAL |
| 1 | 11349 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAFMP |
| 2 | 11350 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAFMR |
| 3 | 11351 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAFP0 |
| 4 | 11352 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAFP2 |
| 5 | 11353 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAFQ6 |
| 6 | 11354 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAFQA |
| 7 | 11356 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAFRB |
| 8 | 11358 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAHXJ |
| 9 | 11359 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAHYR |
| 10 | 11360 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAHYV |
| 11 | 11361 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAHZV |
| 12 | 11362 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAHZX |
| 13 | 11364 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAJ0V |
| 14 | 11365 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAM00 |
| 15 | 11366 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAM0K |
| 16 | 11369 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAM1H |
| 17 | 11370 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAM2G |
| 18 | 11371 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAM2K |
| 19 | 11372 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAM3F |
| 20 | 11373 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DAM4K |
| 21 | 11375 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DARKC |
| 22 | 11377 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DARM2 |
| 23 | 11379 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD53X |
| 24 | 11380 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD53Z |
| 25 | 11381 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD553 |
| 26 | 11383 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD7CL |
| 27 | 11385 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD7D5 |
| 28 | 11386 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD7E0 |
| 29 | 11387 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD7E1 |
| 30 | 11389 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD7F7 |
| 31 | 11390 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD9LP |
| 32 | 11393 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD9NB |
| 33 | 11395 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD9P4 |
| 34 | 11396 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD9P6 |
| 35 | 11397 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DD9Q5 |
| 36 | 11398 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDBRB |
| 37 | 11399 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDBSA |
| 38 | 11400 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDBSB |
| 39 | 11402 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDBVB |
| 40 | 11405 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDE5X |
| 41 | 11406 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDE6Q |
| 42 | 11408 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDE90 |
| 43 | 11409 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDE9M |
| 44 | 11410 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDE9N |
| 45 | 11411 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJE1 |
| 46 | 11412 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJE3 |
| 47 | 11413 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJF3 |
| 48 | 11414 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJF5 |
| 49 | 11416 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJFR |
| 50 | 11417 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJGF |
| 51 | 11418 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJGJ |
| 52 | 11419 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDJHD |
| 53 | 11421 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDLE8 |
| 54 | 11422 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDLEB |
| 55 | 11423 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDLFC |
| 56 | 11424 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDLFD |
| 57 | 11425 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDKGD |
| 58 | 11426 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDLGG |
| 59 | 11427 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDLHX |
| 60 | 11429 | Lenovo ThinkPad E14 | PF2DDNP1 |
ARTÍCULO 2o. AUTORIZAR la disposición final a través de enajenación a título gratuito de los bienes descritos en el artículo primero de la presente Resolución, de conformidad con la normativa vigente y la aprobación impartida por el Comité de Bienes e inventarios del IDEA, tal como consta en el Acta No. 4 del 7 de abril de 2026.
ARTÍCULO 3o. OFRECIMIENTO Y PROCEDIMIENTO. OFRECER a título gratuito a todas las entidades estatales, interesadas en adquirir los bienes dados de baja en la presente resolución, para lo cual se deberá seguir el siguiente procedimiento en concordancia con lo ordenado por el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015.
1. La entidad estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del presente acto administrativo en la página web del IDEA. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud.
2. La manifestación de interés deberá enviarse al correo electrónico admindocumental@idea.gov.co, suscrita por el representante legal de la Entidad Pública interesada en adquirir los bienes muebles dados de baja, a la cual deberá anexar copia del acto administrativo de nombramiento, acta de posesión, fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal, Registro Único Tributario (RUT) de la entidad pública interesada y demás documentos administrativos que se consideren relevantes.
3. En el evento de existir dos o más manifestaciones de interés de diferentes entidades públicas se le entregará a aquella que hubiere manifestado primero su interés en el tiempo.
4. Estado de los bienes: Los bienes muebles ofrecidos en la presente Resolución, se entregarán en las condiciones en que se encuentran.
5. Entrega: Una vez identificada la entidad pública a las cuales se entregarán los bienes, producto de la formal manifestación de interés, se procederá a realizar la respectiva acta de entrega de los bienes a título de enajenación gratuita, y se procederá a la entrega material de los bienes muebles, en un término no mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta, previo a la expedición del respectivo acto administrativo que ordene la adjudicación y enajenación a título gratuito de los bienes de propiedad del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA. De igual manera, la entidad a la que le sean entregados los bienes enajenados asumirá el costo de retiro, carga, y transporte, así como el de los trámites administrativos de su traspaso.
PARÁGRAFO: En caso de que la entidad beneficiaria no proceda al retiro de los bienes adjudicados dentro del término indicado en el presente artículo, la misma perderá el beneficio y se procederá a la revocatoria de la enajenación a título gratuito, sin que genere responsabilidad alguna por parte del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, de lo cual se dejará constancia y en consecuencia se podrá proceder a su adjudicación a la entidad pública que en su orden haya presentado manifestación de interés y cumplido con los requisitos de la convocatoria (si la hubiese) o en su defecto a proceder con cualquier otro mecanismo de destinación final que autorice el Comité de Bienes e Inventarios.
ARTÍCULO 4o. CONDICIONES DEL OFRECIMIENTO Y ENAJENACIÓN. La enajenación a título gratuito de los bienes ofertados en la presente Resolución se realizará a la entidad pública que cumpla con el procedimiento descrito en el artículo anterior bajo las siguientes condiciones:
1. Los bienes objeto de baja dispuestos para enajenación a título gratuito, no son susceptibles de devolución u objeciones por parte de la entidad a la cual se le adjudica. Debe aceptarlos en el estado y lugar físico donde se encuentran actualmente, asumiendo el coste económico total requerido y necesario para su traslado, así como la totalidad de los costos adicionales de transporte, cargue y descargue qué implique dicho proceso.
2. La entidad pública favorecida deberá recibir y retirar los bienes adjudicados en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario contados a partir de la notificación del acto administrativo que ordene la adjudicación y enajenación a título gratuito de los bienes.
3. La entidad pública favorecida asumirá y/o asegurará los riesgos que implican el traslado de los bienes enajenados, desde su sitio de recepción hasta el lugar donde se requieren.
4. La entidad pública favorecida deberá garantizar que los vehículos donde se realice el traslado de los bienes muebles cuenten con los requisitos exigidos por la ley en materia de tránsito y transporte, y que las personas que se encarguen de la labor del transporte cuenten con los requisitos exigidos por la ley en materia de salud y seguridad en el trabajo.
5. La entidad pública favorecida asumirá todas las erogaciones económicas en las que se deba incurrir con ocasión del mantenimiento preventivo y/o correctivo de los bienes mueble enajenados y su sostenibilidad para el uso y destinación manifestada.
ARTÍCULO 5o. Publicar la presente Resolución en la página web del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA de acuerdo con lo ordenado en el artículo 2.2.1.2.2.4.3, del Decreto 1082 de 2015.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Medellín, a los 17-06-2026
CATALINA GÓMEZ TORO
Gerente General
