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ORDENANZA 17 DE 2014

(julio 17)

Gaceta Departamental de Antioquia No. 20020. Año 2014, agosto 1o.

ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA

Por la cual se incorporan recursos de excedentes financieros del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA- al presupuesto General del Departamento de Antioquia, y se autoriza comprometer vigencias futuras ordinarias al Gobernador del Departamento de Antioquia.

LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA

en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 300 de la Constitución Política de Colombia, Decreto Nacional 111 de 1996 y Ordenanza 34 de diciembre 22 de 2011

CONSIDERANDO QUE:

a. El Estatuto Orgánico de Presupuesto Ordenanza 34 de 2011, en su Artículo 118 dispone que la Secretaría de Hacienda y el Departamento Administrativo de Planeación elaborarán conjuntamente para su presentación al Consejo de Gobierno el proyecto de distribución de los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos del Orden Departamental y de las Empresas Industriales y Comerciales del Departamento y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

b. El artículo 42 de Ja Ordenanza 64 de 2013 dispone que la Administración Departamental presentará a la Asamblea Departamental los proyectos de ordenanza sobre las adiciones presupuestales, excluyendo aquellos provenientes de recursos con destinación específica.

c. El Instituto para el Desarrollo de Antioquia, -IDEA, tiene disponible para entregar al Departamento de Antioquia en la presente vigencia excedentes financieros que arrojó el ejercicio fiscal 2012 y 2013, por valor de NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/L ($9.375.000.000). Igualmente, tiene disponible para entregar en el año 2015 al Departamento de Antioquia por el valor de CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE PESOS M/L ($53.125.000.000) provenientes de excedentes financieros que arrojó el ejercicio fiscal 2013, los cuales serán amparados con vigencias futuras.

d. El Consejo de Gobierno, el día 24 de junio de 2014 aprobó destinar la suma de NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/L ($9.375.000.000) de los excedentes financieros, para apoyar el Plan de Desarrollo Departamental en su línea 2” La educación como motor de transformación de Antioquia", con la Construcción de 25 Parques Educativos en los Municipios de Antioquia. Igualmente se autorizó destinar los CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE PESOS M/L ($53.125.000.000) para el mismo proyecto en la vigencia 2015.

e. Las anteriores operaciones presupuestales fueron aprobadas en el CODFIS tal como consta en el acta No. 281 del 27 de junio de 2014. La incorporación de los $9.375.000.000 garantiza el 15% de la vigencia futura por $53.125.000.000.

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar el presupuesto y PAC de ingresos del Departamento de Antioquia, la suma de NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/L ($9.375.000.000) provenientes de los excedentes financieros del Instituto para el Desarrollo de Antioquia-IDEA, de conformidad con el siguiente detalle:

FondoCentro GestorPospreA. Fun.ProyectoValorDescripción
0-10111114TI.B.119999999999999999.375.000.000Utilidades y Excedentes Financieros (Empresas Industriales, Comerciales y Establecimientos Públicos).
  Total$9.375.000.000

ARTÍCULO SEGUNDO. Adicionar el presupuesto y PAC de gastos del Departamento de Antioquia, en la suma de NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/L ($9.375.000.000), de conformidad con el siguiente detalle:

FondoCentro GestorPospreA. Fun.ProyectoValorDescripción
0-10111115A.51.2.22214200070221220019.375.000.000Construcción 40 Parques Educativos en igual número de Municipios Departamento de Antioquia

ARTÍCULO TERCERO. Los recursos objeto de la incorporación de los artículos anteriores son de destinación específica para el proyecto definido en el artículo anterior, los cuales no podrán ser objeto de traslados para proyectos diferentes a los aprobados en la presente ordenanza.

ARTÍCULO CUARTO. Autorizar al Gobernador del Departamento de Antioquia para asumir compromisos de vigencias futuras, una vez se haya realizado la incorporación mencionada en los artículos anteriores, para contratar la construcción y puesta en marcha de 25 Parques Educativos en los Municipios de Antioquia, con cargo a recursos provenientes de excedentes financieros del IDEA. La vigencia futura se autoriza en la siguiente cuantía y vigencia:

VIGENCIA 2015: $53.125.000.000

ARTÍCULO QUINTO. La Dirección de Presupuesto de la Secretaria de Hacienda del Departamento de Antioquia una vez aprobadas las vigencias futuras, apropiará los recursos a que se refiere el artículo anterior y deberá incluir en los respectivos presupuestos las asignaciones necesarias para honrar los compromisos futuros adquiridos.

ARTÍCULO SEXTO. El Gobierno Departamental podrá hacer los ajustes presupuestales para darle aplicación a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Igualmente, a través de la Dirección de Presupuesto queda facultada para hacer las correcciones y aclaraciones por errores en la codificación y los errores aritméticos, necesarios para dar cumplimiento a esta ordenanza.

ARTÍCULO SÉPTIMO. La presente ordenanza rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Medelhin, a los 29 días del mes de julio de 2014.

Dada en Medellín, a los 27 dias del mes de junio de 2013

RIGOBERTO ARROYAVE ACEVEDO

Presidente

GUSTAVO ADOLFO RESTREPO GUZMÁN

Secretario General

Recibido para su sanción el día 29 de julio de 2014.

REPÚBLICA DE COLOMBIA

GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA

Publíquese y Ejecútese la ORDENANZA N° 17. "Por la cual se incorporan recursos de excedentes financieros del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA- al presupuesto General del Departamento de Antioquia, y se autoriza comprometer vigencias futuras ordinarias al Gobernador del Departamento de Antioquia".

SERGIO FAJARDO VALDERRA

Gobernador de Antioquia

MARIA EUGENIA ESCOBAR NAVARRO

Secretaria de Hacienda

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ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
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