ORDENANZA 17 DE 2017
(agosto )
Gaceta Departamental de Antioquia No. 21358. Año 2017, agosto 10
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA
Por medio de la cual se autoriza comprometer vigencia futura ordinaria al Gobernador del Departamento de Antioquia.
LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA
En uso de sus facultades legales, en especial las contenidas por el artículo 300 numeral 5º de la Constitución Política de Colombia, Decreto Nacional 111 de 1996, Ley 819 de 2003 y la Ordenanza 34 articulo 87 numeral 8 literal A, del 22 de Diciembre de 2011
ORDENA
ARTÍCULO 1o. Autorizar al Gobernador del Departamento de Antioquia para asumir compromiso de vigencia futura ordinaria para adicionar el "Contrato interadministrativo de prestación de servicios como operador logístico para la organización, administración, ejecución y demás acciones logísticas necesarias para la realización de los eventos programados por la Gobernación de Antioquia", No. 460006201 suscrito con Plaza Mayor el día 8 de febrero de 2017, en la suma de MIL QUINIENTOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($1.517.500.000), en la siguiente vigencia y cuantía:
VIGENCIA FUTURA 2018: $1.517.500.000
ARTÍCULO 2o. Autorizar al Gobernador del Departamento de Antioquia para asumir compromiso de vigencia futura ordinaria para adicionar el "Contrato lnteradministrativo de mandato para la promoción, creación, elaboración, desarrollo y conceptualización de las campañas, estrategias y necesidades comunicacionales de la Gobernación de Antioquia", No. 4600006243 suscrito con Teleantioquia el 9 de febrero de 2017, en la suma de MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($1.647.500.000), en la siguiente vigencia y cuantía:
VIGENCIA FUTURA 2018: $1.647.500.000
ARTÍCULO 3o. La Dirección de Presupuesto de la Secretaría de- Hacienda del Departamento de Antioquia, una vez comprometidos los recursos a que se refieren los artículos anteriores, deberá incluir en el respectivo presupuesto la asignación necesaria para cubrir los compromisos futuros adquiridos.
ARTÍCULO 4o. Autorizar al INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA- para asumir compromisos de vigencias futuras ordinarias, para contratar el agente de manejo para la estructuración y colocación en el mercado colombiano de títulos valores derivados de los flujos futuros generados en el desarrollo de la ejecución del contrato de build, own, operate, maintain, and transfer "boomt" suscrito entre la sociedad Hidrohituango S.A. y las Empresas Públicas de Medellín, por un valor de SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS CON SETENTA CENTAVOS ($6.375.000.070), con cargo al Rubro Presupuestal 1001000210130 Servicios Técnicos, de la vigencia fiscal 2018, los cuales se autorizan en la siguiente cuantía y vigencia.
VIGENCIA 2018: $6.375.000.070
PARÁGRAFO PRIMERO: La Subgerencia Fi anciera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA - una vez comprometidos' los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberá incluir en el respectivo presupuesto las asignaciones necesarias para cubrir los compromisos futuros adquiridos.
ARTÍCULO 5o. La presente Ordenanza rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Medellín, a los 30 días del mes julio de 2017.
BAYRON CARO LUJAN
Presidente
DAVID ALFREDO JARAMILLO ÁLVAREZ
Secretario General
Recibido para su sanción el día 02 de agosto de 2017.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA
Publíquese y Ejecútese la ORDENANZA Nº 17 Por medio de la cual se autoriza comprometer vigencia futura ordinaria al Gobernador del Departamento de Antioquia.
LUIS PÉREZ GUTIÉRREZ
Gobernador de Antioquia
ADRIANA MARÍA HERNÁNDEZ GIL
Secretaria de Hacienda
JAVIER MAURICIO GARCÍA QUIROZ
Secretaria General
