RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA 13 DE 2024
(diciembre 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA
POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZA EL PROCEDIMIENTO PARA LAS FIRMAS AUTORIZADAS EN BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS Y LOS USUARIOS Y PERFILES DE LOS PORTALES BANCARIOS DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA.
La Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA-, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial, las que le confiere el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, Ordenanza 13 de 1964, numeral 19 del artículo décimo tercero y numeral 18 del artículo décimo sexto de la Resolución de Junta Directiva 006 de junio de 2014 "Estatutos del IDEA"; y,
CONSIDERANDO
1. Que por medio de la Resolución de Junta Directiva No. 0004 del 31 de enero de 2019, se estableció el procedimiento para las firmas autorizadas en bancos y entidades financieras y los usuarios y perfiles de los portales bancarios del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
2. Que por medio de la Resolución de Junta Directiva No. 0003 del 27 de febrero de 2020, se actualizaron las firmas y usuarios autorizados en portales bancarios del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA-.
3. Que por medio de la Resolución de Junta Directiva No.003 del 14 de julio de 2021, se realizan las siguientes modificaciones en los manuales de funciones de los siguientes empleos:
- Se suprime del manual de funciones del Jefe de Oficina de Gestión del Riesgo la siguiente función: "Administrar la información de los usuarios en los portales bancarios en los cuales el Instituto realiza transacciones electrónicas según los lineamientos establecidos".
- Se adiciona al manual de funciones del Director de Tesorería la siguiente función: "Administrar la información de los usuarios en los portales bancarios en los cuales el Instituto realiza transacciones electrónicas según los lineamientos establecidos".
- Se adiciona al manual de funciones del Subgerente Financiero la siguiente función: "Ejercer la administración de la información de los usuarios en los pórtales bancarios en los cuales el Instituto realiza transacciones electrónicas según los lineamientos establecidos, en cualquier ausencia del Director de Tesorería".
4. Que por medio de la Resolución de Gerencia 0459 de 2023, se modificó la estructura organizacional y la denominación de los siguientes cargos:
- Jefe de Oficina de Gestión del Riesgo: actualmente Gerente de Riesgos
- Director de Tesorería: Cambia por Director de Portafolio de Inversiones
- Subgerente Financiero: Actualmente Gerente Financiero.
5. Que por medio de la Resolución 0459 de 2023 se modificó la estructura organizacional del Instituto, y las funciones con respecto a la administración de portales bancarios que corresponden ahora al cargo de Director(a) de Portafolio de Inversiones.
6. Que en sesión No. 012 de la Junta Directiva realizada el 23 de agosto de 2024, se aprobó facultar a la Gerente General para modificar la resolución por medio de la cual se establece el procedimiento para las firmas autorizadas en bancos y entidades financieras, así como los usuarios y perfiles de los portales bancarios del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
7. Que en cumplimiento de lo anterior, es necesario actualizar los usuarios autorizados para el uso de los portales bancarios del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
Por lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Firmas autorizadas. Quedan autorizados para registrar firmas en los bancos y entidades financieras, los funcionarios que ostentan los siguientes cargos, según clasificación y montos autorizados:
| FUNCIONARIO AUTORIZADO | CLASIFICACIÓN | MONTOS AUTORIZADOS |
| Gerente General | TIPO A | Cuantía sin límites |
| Gerente Financiero | TIPO A | Cuantía sin límites |
| Gerente TI y Operaciones | TIPO A | Cuantía sin límites |
| Director de Operaciones | TIPO A | Cuantía sin límites |
| Dos (2) Profesionales Universitarios de la Dirección de Operaciones o las dos personas designadas para ejercer funciones de este nivel jerárquico en la Dirección de Operaciones. | TIPO B | SMMLV* |
* Salarios mínimos mensuales legales vigentes según lo autorizado para cada tipo de firma
ARTÍCULO SEGUNDO. Procedimiento de firmas. Todo cheque girado o comunicación con asunto transaccional del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA - dirigida a bancos o entidades financieras, deberá llevar siempre dos (2) firmas autorizadas y protectógrafo.
PARÁGRAFO 1o. Se debe tener presente que:
- Se requiere siempre, como mínimo de una (1) firma tipo A y en ningún caso se podrá autorizar un giro, cheque y/o comunicación firmada por dos (2) tipo B.
- Para todas las operaciones se permitirá que las dos firmas puedan ser tipo A sin importar la cuantía.
- Para transacciones hasta 400SMMLV se acepta una (1) firma tipo B más una (1) firma tipo A. Para montos mayores a 400SMMLV, se requieren dos (2) firmas tipo A.
PARÁGRAFO 2o. En caso de contingencia se autoriza tranzar con condiciones de manejo sin protectógrafo, previa comunicación del representante legal informando la activación de la contingencia.
ARTÍCULO TERCERO. Usuarios autorizados para el uso de portales bancarios. Quedan autorizados para el uso de los portales bancarios los siguientes funcionarios según perfiles:
| PERFIL | FUNCIONARIO AUTORIZADO (Operación) | FUNCIONARIO AUTORIZADO (Plan Alterno) |
| Administrador principal | Director(a) de Portafolio de Inversiones | Gerente Financiero |
| Aprobador | Director de Operaciones Gerente TI y Operaciones | |
| Preparador | Dos (2) usuarios asignados a la Dirección de Operaciones. | |
| Consulta | Dos personas asignadas a la Dirección de Portafolio de InversionesDos personas asignadas a la Dirección de Gestión FinancieraDos personas asignadas a la Dirección de Operaciones | |
| Dos personas asignadas a la Dirección de Crédito y Cartera | ||
PARÁGRAFO 1o. Los usuarios de consulta y preparación se asignarán a cada Dirección, por lo tanto, es responsabilidad de cada Director informar a la Dirección de Portafolio de Inversiones la persona a la que debe creársele el usuario en el portal.
PARÁGRAFO 2o. En el caso de los usuarios de consulta de la Dirección de Crédito y Cartera, sólo podrán ser creados en los portales de consulta de las pasarelas de pago.
ARTÍCULO CUARTO. Estarán habilitados para recibir confirmaciones telefónicas de las transacciones: Director de Operaciones, Gerente de TI y Operaciones, Profesionales Universitarios de Dirección de Operaciones.
ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Medellín, a los,.10 de Diciembre de 2024
EUGENIO PRIETO SOTO
Presidente
Delegado del Gobernador
ALEJANDRA MARÍA ZAPATA HOYOS
Secretaría
