Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA 17 DE 2023

(septiembre 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2 de 14 de enero de 2025>

Por medio de la cual se adoptan los indicadores y la información que el instituto para el desarrollo de Antioquia - IDEA - solicitará periódicamente a sus empresas receptoras, en cumplimiento de su política de propiedad.

LA HONORABLE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA IDEA,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, y, en especial, las que le confiere el literal b) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO

1. Que el artículo 209 de la C.P. establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con base en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

2. Que el IDEA, desde tiempo atrás, tiene un grupo de empresas en las cuales la hecho inversiones, sin que exista identidad de propósito, ni se consoliden estados financieros, siendo la finalidad principal de tales inversiones generar rentabilidad financiera y social, razón por la cual no se trata de un grupo empresarial sino de un conglomerado público distinto al Conglomerado Público de la Gobernación de Antioquia, pero íntimamente relacionado con el mismo, al ser la Gobernación de Antioquia propietaria única del IDEA.

3. Que en este conglomerado público, el IDEA tiene distintos roles en atención a su porcentaje de inversión o denominación contable unificada bajo la normativa de la Contaduría General de la Nación para las entidades públicas descentralizadas, así: I) empresas en las que tiene participación mayoritaria (superior al 50%) que se denominan genéricamente "controladas" II) empresas que se denominan genéricamente "asociadas", e inversiones en las que su inversión es inferior al 20% o que no son susceptibles de considerarse como asociadas que se denominan, en su conjunto, "participadas".

4. Que a la presente resolución se anexa un cuadro contentivo del conglomerado público de IDEA, con señalamiento de la participación del Instituto en cada una y que esta composición se podrá ir actualizando en diferentes versiones del anexo respectivo, que siempre contendrá la fecha precisa de expedición.

5. Que el artículo décimo tercero de los estatutos sociales del IDEA señala en su numeral primero, como función de la Junta Directiva: "Formular a iniciativa propia o de la administración del IDEA las políticas generales del Instituto dentro de su objeto y los planes y programas que deben incorporarse a los generales de Desarrollo del Departamento, aprobarlas y hacer seguimiento y evaluación de las mismas".

6. Que la Junta Directiva del IDEA adoptó la Política de Propiedad, LA CUAL es fundamental dentro del Modelo de Gobierno Corporativo en la medida que delimita el ejercicio de la propiedad considerando tanto el interés del IDEA como entidad propietaria, como los intereses más generales de las empresas receptoras, y, muy especialmente, en caso de la existencia de los accionistas minoritarios.

7. Que la Junta Directiva del IDEA debe ejercer Control de la gestión A Las empresas receptoras, a través de indicadores e información, por lo que deberán remitir los indicadores y la información que el IDEA les presente como vinculante, con el alcance y la periodicidad que éste indique, a fin de que el IDEA, como entidad propietaria, cuente con los suficientes elementos de juicio para realizar análisis y formular estrategias que se traduzcan en decisiones, a través de sus delegados o administradores, que redunden en el beneficio de la respectiva empresa receptora y del IDEA mismo

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2 de 14 de enero de 2025 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Definir los INDICADORES y la INFORMACIÓN que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA solicitará periódicamente a sus empresas receptoras, en cumplimiento de su POLÍTICA DE PROPIEDAD:

A. INDICADORES DE RENTABILIDAD ECONÓMICA

1. Márgenes (Bruto, Operacional, EBITDA y Neto).

2. Apalancamiento (Apalancamiento Financiero, Capital de Trabajo, Cobertura de Intereses y Perfil de la Deuda por Plazo y Tasa).

3. Rentabilidad del Patrimonio (ROE).

4. Rentabilidad del Activo (ROA).

5. Margen Neto de Utilidad.

6. Tasa Interna de Retorno (TIR)- (para sociedades en etapa preoperativa).

7. Índice de eficiencia operativa.

B. INFORMACIÓN FINANCIERA

1. Estados Financieros con sus respectivas notas (Balance General, Estado de Resultados y flujo de efectivo).

2. Flujo de Caja proyectado.

3. Proyección de resultados para la vigencia (global).

4. Balance de prueba por terceros en Excel a máximo nivel de detalle.

5. Balance de prueba.

6. Proyección de cierre mensual.

7. Certificado de Valor intrínseco de la acción.

8. Certificado de composición accionaria.

9. Dictamen del Revisor Fiscal (cuando aplique).

C. INDICADORES DE RENTABILIDAD SOCIAL

1. Empleos generados en áreas de alta pobreza (o ingresos).

2. Cobertura de beneficiarios de los proyectos realizados durante el periodo.

3. Programas y servicios que detallen la inversión social o ambiental: número de proyectos resultantes.

4. Nivel cumplimiento en la ejecución de las metas planteadas en las actividades.

D. INFORMACIÓN VARIADA

1. Compras o inversiones importantes realizadas (establecer algún valor que sea razonable para la empresa previo acuerdo con cada compañía): valor, proveedor, condiciones, aprobación, análisis realizado.

2. Relación de contratos suscritos: objeto, valor.

3. Resumen de información relevante que afecta la compañía durante el periodo reportado.

4. Informe de Revisoría Fiscal (Plan de auditoría e informes de seguimiento).

5. Riesgos: mapa y matrices de riesgos de la compañía e informe de riesgos materializados durante el periodo.

6. Seguros y Pólizas: listado de seguros que incluya: compañía aseguradora, riesgo asegurado, póliza, montos asegurados, fecha de vigencia, fecha de renovación.

7. Breve resumen de hechos relevantes del período.

8. Informe de Gestión (Anual).

9. Certificado de existencia y representación legal y actualización de este cuando se presenten cambios.

10. Calendario de obligaciones para el año e informe de cumplimiento (se incluye entes supervisores).

11. Demandas: listado de demandas a favor o en contra que incluya: demandado, instancia judicial, monto de las pretensiones, y probabilidad de éxito).

12. Reporte de personal: número empleados, género de los empleados, tipo de contrato, rotación.

13. Cambios en organigrama o estructura.

ARTÍCULO SEGUNDO. CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN E INDICADORES SEGÚN PARTICIPACIÓN ACCIONARIA DEL IDEA EN LAS EMPRESAS RECEPTORAS. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2 de 14 de enero de 2025 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> De la batería de indicadores señalada en el artículo primero, las empresas receptoras deberán reportar según la participación accionaria que el IDEA tenga en ellas, de la siguiente manera:

A. INDICADORES E INFORMACIÓN QUE LAS EMPRESAS EN LAS QUE EL IDEA TIENE PARTICIPACIÓN MAYORITARIA (SUPERIOR AL 50%) QUE SE DENOMINAN GENÉRICAMENTE "CONTROLADAS" DEBEN ENTREGAR AL IDEA:

- Periodicidad Mensual:

- Indicadores de Rentabilidad Económica (todos) o Información Financiera

- Balance de prueba por terceros en Excel a 8 dígitos

- Balance de prueba (normal)

- Balance General firmados por representante legal y contador

- Estado de Resultados firmados por representante legal y contador

- Información Variada

- Breve resumen de hechos relevantes

- Periodicidad Trimestral

- Información Financiera:

- Certificado de Valor intrínseco de la acción

- Certificado de composición accionaria.

- Periodicidad Semestral

- Información Financiera:

- Estados Financieros con sus respectivas notas

- Indicadores de Rentabilidad Social (Todos)

- Información Variada (Todos)

- Periodicidad Anual

- Proyección de resultados para la vigencia (para la siguiente vigencia) -antes de la tercera semana de diciembre.

B. INDICADORES E INFORMACIÓN QUE LAS EMPRESAS QUE SE DENOMINAN GENÉRICAMENTE "ASOCIADAS" DEBEN ENTREGAR SEMESTRALMENTE AL IDEA:

- Indicadores de Rentabilidad Económica (todos)

- Información Financiera:

- Balance de prueba por terceros en Excel a máximo nivel de detalle

- Balance de prueba (normal)

- Estados Financieros firmados por representante legal y contador

- Certificado de valor intrínseco de la acción

- Certificado de composición accionaria.

- Indicadores de Rentabilidad Social (Anual)

- Información Variada

- Informe de Gestión (Anual)

- Certificado de existencia y representación legal (Anual) legal y actualización del mismo cuando se presenten cambios.

- Calendario de obligaciones para el año e informe de cumplimiento (se incluye entes supervisores)

- Demandas: listado de demandas a favor o en contra que incluya: demandado, instancia judicial, monto de las pretensiones, y probabilidad de éxito).

C. INDICADORES E INFORMACIÓN QUE LAS EMPRESAS QUE SE DENOMINAN, EN SU CONJUNTO, "PARTICIPADAS", DEBEN ENTREGAR ANUALMENTE AL IDEA:

- Estados Financieros con sus respectivas notas

- Certificado de valor intrínseco de la acción

- Certificado de composición accionaria.

- Dictamen del Revisor Fiscal (cuando aplique)

- Informe de Gestión (anual)

- Certificado de existencia y representación legal (anual)

ARTÍCULO TERCERO. DESTINATARIO ESPECÍFICO DE LA INFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2 de 14 de enero de 2025 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Cada una de las empresas receptoras deberá ingresar la información solicitada a través del mecanismo que el IDEA determine (correo electrónico específico, software especializado o archivo compartido, entre otros).

ARTÍCULO CUARTO. EQUIPO DE INVERSIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2 de 14 de enero de 2025 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Dentro de la estructura del IDEA, independientemente de los cambios de administración, con el fin de asegurar la transparencia de la información, la continuidad en la evaluación y el cuidado de la propiedad y los intereses del IDEA, siempre existirá un equipo multidisciplinario que dependerá de la Subgerencia Financiera, denominado "EQUIPO DE INVERSIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO" y se encargará, entre otras funciones, de los siguiente:

1. Recopilar, analizar y organizar informes periódicos para la Junta Directiva, el Comité de Inversiones y la Gerencia, que contendrán los resultados y las conclusiones de los indicadores y la información que serán aportados periódicamente por las empresas receptoras.

2. Realizar la retroalimentación de las conclusiones de sus resultados periódicos.

3. Mantener actualizado el sistema de Gobierno Corporativo del IDEA.

4. Monitorearán que las empresas receptoras apliquen las recomendaciones que contiene la "Política de Propiedad" del IDEA en materia de Gobierno Corporativo.

5. Ayudar a las empresas receptoras a implementar las buenas prácticas de gobierno corporativo a través de capacitaciones (como mínimo una por semestre) y envío de información referente a esta temática.

6. Hacer el Informe Anual de Gobierno Corporativo para la Junta Directiva y para el Informe de Gestión que hace parte de la Rendición de Cuentas.

ARTÍCULO QUINTO. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO O CUMPLIMIENTO TARDÍO O DEFECTUOSO EN LA ENTREGA PERIÓDICA DE LA INFORMACIÓN: <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2 de 14 de enero de 2025 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> La consecuencia del incumplimiento o cumplimiento tardío o defectuoso en la entrega periódica de la información acá señalada, será un elemento a ser tenido en cuenta por la Junta Directiva de cada entidad receptora en la evaluación de desempeño que anualmente realice a su respectivo Gerente. En cada entidad este aspecto debe ser un criterio específico a evaluar.

Para ello, cuando se generen incumplimientos o irregularidades en la presentación de los indicadores y la información señalada en la presente resolución, el Gerente del IDEA deberá informarlo a la Junta Directiva del IDEA, para que su Presidente dirija una comunicación formal a la Junta Directiva de la entidad receptora, poniéndolo al tanto de la situación.

Si se cumple a cabalidad con estas obligaciones, el procedimiento a informar sobre los aspectos positivos de este aspecto objeto de evaluación, será el mismo descrito con antelación.

ARTÍCULO SEXTO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2 de 14 de enero de 2025 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Medellín, Antioquia, a los 11 Septiembre de 2023

JUAN PABLO LÓPEZ CORTÉS

Presidente de la Junta Directiva

IVÁN DARÍO ESCOBAR RENDÓN

Secretario de la Junta Directiva

Logo de Avance Jurídico
Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA - DRA © 2025

Síguenos en:

×
Volver arriba