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ACUERDO 546 DE 2020

(julio 31)

Diario Oficial No. 51.397 de 05 de agosto de 2020

CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Por el cual se modifica el Acuerdo número 540 de 2019 mediante el cual se establece cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2020.

EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (CNJSA),

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001 y conforme a lo establecido en el artículo 2.7.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001, los sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías tradicionales se deben efectuar de acuerdo con el cronograma anual que fije el Gobierno nacional.

Que el artículo 20 de la Ley 643 de 2001 indica que los sorteos son de interés público nacional y se transmitirán en vivo y en directo por los canales públicos nacionales y/o regionales.

Que los artículos 2.7.1.3.1 y 2.7.1.3.5 del Decreto número 1068 de 2015 establecen que el CNJSA definirá el cronograma anual de los sorteos ordinarios y extraordinarios, de acuerdo con las propuestas allegadas por las entidades operadoras del juego de lotería tradicional, con las reglas establecidas en el mismo decreto.

Que en cumplimiento de la norma citada, el CNJSA expidió el Acuerdo número 540 de 2019, por el cual se expide el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2020.

Que en el marco de la declaración de estado de emergencia sanitaria por causa del nuevo Coronavirus COVID-19 el Gobierno nacional ordenó el aislamiento preventivo obligatorio en todo el territorio nacional y atendiendo a la solicitud presentada por la Federación de Loterías de Colombia (Fedelco), el CNJSA expidió el Acuerdo número 541 de 2020, mediante el cual se suspenden los sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional a partir del 24 de marzo de 2020 y hasta el 30 de abril de 2020.

Que el Gobierno nacional prolongó el aislamiento preventivo obligatorio mediante el Decreto 593 del 24 de abril de 2020, extendiendo la cuarentena a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del 27 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 11 de mayo de 2020. Exceptuando de dicha medida a las “operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance y lotería”.

Que Fedelco solicitó al CNJSA ampliar la suspensión de los sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes hasta el 10 de mayo de 2020, argumentando la necesidad de realizar una adecuada implementación de los Protocolos de Bioseguridad establecidos por el Gobierno Nacional mediante la Resolución número 666 de 2020 y 681 de 2020, para los juegos de suerte y azar, además de poder realizar una difusión al público apostador, sobre las fechas en que se realizarán nuevamente los sorteos. De acuerdo con lo anterior el CNJSA, expidió el Acuerdo número 542 de 2020 del CNJSA, mediante el cual se prorroga la suspensión del cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes hasta el 10 de mayo de 2020, en consecuencia los sorteos del juego se reactivaron a partir del lunes 11 de mayo de 2020.

Que el artículo 2.7.1.3.5. del Decreto número 1068 de 2015 establece que cuando se requiera una modificación del cronograma de sorteos del juego de lotería “…los operadores de lotería deben enviar previamente la solicitud al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, indicando claramente las razones que obligan a la modificación”.

Que con comunicaciones radicadas bajo los números 20202300186512 y 2020230019946 del 3 y 14 de julio de 2020, respectivamente, la Lotería del Cauca solicita el cambio de hora de realización de sus sorteos ordinarios, pasándolos de las 9:30 p. m. a las 11:00 p. m., argumentando que con dicha modificación se busca que el proceso de devolución y recolección de la billetera no vendida se realice por parte de los distribuidores de manera simultánea con la lotería de Boyacá, quien también realiza sus sorteos los días sábado, de esta forma no se obliga al operador logístico a realizar un doble esfuerzo para realizar dicho proceso, el cual, con ocasión de las medidas de toque de queda decretadas por los gobiernos locales y departamentales, se ha visto altamente impactado, adicionalmente ampliar la hora para la entrega de la devolución de los billetes por parte de los vendedores, permitirá tener por un tiempo más el producto a disposición del público lo que se verá reflejado en mayor venta del producto.

Que el Sorteo Extraordinario de Colombia, mediante comunicación radicada bajo el No. 20202300187402 del 3 de julio, allegó a la Secretaría Técnica del CNJSA solicitud tendientes a cambiar la hora de realización de los sorteos, indicando que el canal de televisión pública NTC, a través del cual se transmite los sorteos, les informó que solo cuenta con espacio para la trasmisión de los sorteos en el horario de la 9:30 p. m., en consecuencia solicita cambiar la hora para ajustarla a la disponibilidad del canal.

Que el CNJSA analizó la viabilidad de dichas solicitudes, encontrando procedente el cambio de horario de los sorteos para las loterías en mención.

Que el presente acuerdo fue discutido y aprobado por el CNJSA, en sesión no presencial número 117 del 31 de julio de 2020.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 3, literal A, artículo 2o del Acuerdo número 540 de 2019, el cual quedará así:

1. Lotería del Cauca.

Número de sorteo Día de sorteo Fecha de sorteo Hora de sorteo
2309 Sábado 1/08/2020 23:00
2310 Sábado 8/08/2020 23:00
2311 Sábado 15/08/2020 23:00
2312 Sábado 22/08/2020 23:00
2313 Sábado 29/08/2020 23:00
2314 Sábado 5/09/2020 23:00
2315 Sábado 12/09/2020 23:00
2316 Sábado 19/09/2020 23:00
2317 Sábado 26/09/2020 23:00
2318 Sábado 3/10/2020 23:00
2319 Sábado 10/10/2020 23:00
2320 Sábado 17/10/2020 23:00
2321 Sábado 24/10/2020 23:00
2322 Sábado 31/10/2020 23:00
2323 Sábado 7/11/2020 23:00
2324 Sábado 14/11/2020 23:00
2325 Sábado 21/11/2020 23:00
2326 Sábado 28/11/2020 23:00
2327 Sábado 5/12/2020 23:00
2328 Sábado 12/12/2020 23:00
2329 Sábado 19/12/2020 23:00
2330 Sábado 26/12/2020 23:00

ARTÍCULO 2o. Modificar el numeral 2, literal B, artículo 2o del Acuerdo número 540 de 2019, el cual quedará así:

2. Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda.

Número de sorteo Día de sorteo Fecha de sorteo Hora de sorteo
2183 Sábado 29/08/2020 21:30
2184 Sábado 26/09/2020 21:30
2185 Sábado 31/10/2020 21:30
2186 Sábado 28/11/2020 21:30

ARTÍCULO 3o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Acuerdo número 540 de 2019.

ARTÍCULO 4o. Los demás términos del Acuerdo número 540 de 2019 permanecen sin modificaciones

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2020.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

La Presidente,

María Virginia Jordán Quintero.

La Secretaria Técnica,

Rosa María Muñoz Moreno.

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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