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ACUERDO 15 DE 2004

(septiembre 23)

Diario Oficial No. 45.692 de 5 de octubre de 2004

FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S. A.

<NOTA DE VIGENCIA: Derogado por el Acuerdo 5 de 2005>

Por medio del cual se modifica el Reglamento de Crédito para el Redescuento de Créditos y Microcréditos Inmobiliarios financiados por la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. Findeter y se deroga el Acuerdo número 010 del 22 de julio de 2004.

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- Derogado por el artículo 3 del Acuerdo 5 de 2005, publicado en el Diario Oficial No. 45.926 de 01 de junio de 2005, 'Por medio del cual se modifica y unifica el Reglamento de Crédito para el Redescuento de Créditos y Microcréditos Inmobiliarios financiados por la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter.'.

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S. A., FINDETER,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Junta Directiva mediante Acuerdo número 005 del 10 de febrero de 2004, aprobó y adoptó el Reglamento de Crédito para el Redescuento de Créditos y Microcréditos Inmobiliarios financiados por la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter.

2. Que los Decretos números 2481 de 2003 y 3165 de 2003, autorizan a las Cajas de Compensación y Cooperativas, para celebrar operaciones de redescuento dirigidas a la financiación de operaciones de crédito o microcrédito inmobiliario y están obligadas a contar con una firma auditora que realice un permanente seguimiento de su desempeño.

3. Que la Junta Directiva mediante el Acuerdo número 010 del 22 de julio de 2004, aceptó para las Cajas de Compensación como firma auditora la Revisoría Fiscal de las entidades.

4. Que la Junta Directiva en la sesión del 23 de septiembre de 2004, aprobó aceptarle a las Cooperativas como firma auditora la Revisoría Fiscal de las mismas.

Por lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el numeral 6 del Reglamento de Crédito para el Redescuento de Créditos y Microcréditos Inmobiliarios de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - Findeter, con el siguiente texto:

"Para las Cajas de Compensación y Cooperativas, Findeter acepta como firma auditora, la Revisoría Fiscal de la Entidad, siempre y cuando el(los) Revisor(es) esté(n) posesionado(s) ante la Superintendencia del Subsidio Familiar o la Superintendencia de Economía Solidaria, según el caso y se obligue(n) por escrito a suministrar a Findeter, en el tiempo requerido, toda la información que le sea solicitada".

ARTÍCULO 2o. El presente Acuerdo deroga el Acuerdo número 010 del 22 de julio de 2004 y rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D, C., a los veintitrés (23) días del mes de septiembre de dos mil cuatro (2004).

La Presidenta,

ANA LUCÍA VILLA ARCILA.

El Secretario,

CARLOS MIGUEL ECHAVARRÍA BOTERO.

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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