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CIRCULAR 59 DE 2017

(diciembre 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

PARA:INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR A NIVEL NACIONAL, PERSONAS JURÍDICAS QUE SOLICITAN RECONOCIMIENTO COMO IES Y PERSONAS NATURALES
ASUNTO:LOS TRÁMITES EN MATERIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR QUE SE ADELANTEN ANTE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL NO REQUIEREN INTERMEDIARIOS

El Ministerio de Educación Nacional ha tenido conocimiento de la oferta irregular de servicios relacionados con los procesos que adelanta esta Cartera, por parte de supuestos “agentes, tramitadores o intermediarios”, quienes cobran diferentes tarifas a personas naturales, instituciones de educación superior y aquellas otras personas jurídicas que aspiran a ser reconocidas como tal por este Ministerio

En tal sentido, los trámites a los que se hace referencia son:

- Convalidaciones(1)

- Solicitud de reconocimiento de personería jurídica

- Solicitud de registro calificado

- Solicitud de cambio de carácter académico

- Solicitud de inscripción de rectores y representantes legales de instituciones privadas,

- Solicitud de autorización de creación de seccionales,

- Reporte de información al Sistema Nacional de Información de la Educación Superior

Conforme con lo expuesto, nos permitimos informar a todas las instituciones y personas interesadas en adelantar u obtener información sobre los procesos que adelanta el Ministerio de Educación Nacional en materia de educación superior, que los trámites que se adelanten ante esta entidad NO requieren de intermediarios, por lo que se les extiende una invitación a hacer uso de los canales de atención dispuestos por esta Entidad, los cuales podrán consultar en la guía adjunta a efectos de resolver las inquietudes relacionadas con los procedimientos antes descritos.

NATALIA RUIZ RODGERS

Viceministra de Educación Superior

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Reconocimiento oficial que efectúa el Ministerio de Educación Nacional a los títulos obtenidos en el extranjero

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