CIRCULAR EXTERNA 00000033 DE 2025
(octubre 17)
Diario Oficial No. 53.284 de 25 de octubre de 2025
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
| Para: | Secretarías de Salud del Orden Departamental, Distrital y Municipal. |
De: | Ministro de Salud y Protección Social. |
Asunto: | Lineamiento Técnico en Salud Mental y Apoyo Psicosocial en Emergencias y Desastres. |
Fecha: | 17 octubre de 2025 |
El Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de las competencias conferidas por los numerales 1 y 6 del artículo 2o del Decreto Ley 4107 de 2011, modificado por el Decreto número 2562 de 2012, tiene la facultad de “Formular la política, dirigir, orientar, adoptar y evaluar los planes, programas y proyectos del Sector Administrativo de Salud y Protección Social” y “Formular, adoptar y coordinar las acciones del Gobierno nacional en materia de salud en situaciones de emergencia o desastres naturales”.
Con fundamento en el numeral 1 del artículo 14 del citado decreto(1), la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres de este Ministerio estableció el lineamiento técnico “Salud mental y apoyo psicosocial en emergencias y desastres”, con el fin de orientar y coordinar las acciones comunitarias, sectoriales e institucionales para el conocimiento del riesgo, reducción, preparación, respuesta y recuperación en salud mental y apoyo psicosocial en situaciones de emergencias. Dicho lineamiento está dirigido a los integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres conformado por entidades públicas, entidades privadas con o sin ánimo de lucro y a la comunidad del sector salud.
Las emergencias y desastres de carácter hidrometereológicos tienen un impacto en la salud mental y bienestar psicosocial de la población afectada, quienes pueden desarrollar problemas mentales o agudizar condiciones de salud mental prexistentes. Además, el conflicto armado, las decisiones políticas y la gestión inadecuada del riesgo, contribuyen a transformar amenazas en desastres, generando un impacto en la salud mental y el bienestar psicosocial de las personas. Es así como los desastres no deben entenderse únicamente como fenómenos hidrometereológicos, pues también integran las construcciones sociales, políticas, económicas y culturales que amplifican los efectos de los eventos físicos, causando malestar emocional y afectando la salud mental de la comunidad. Por lo anterior, es necesario dictar un lineamiento técnico para orientar y coordinar las acciones relacionadas con el conocimiento del riesgo, la reducción, preparación, respuesta y recuperación en salud mental y apoyo psicosocial de emergencias, bajo un enfoque diferencial.
Teniendo en cuenta lo anterior, se solicita a los destinatarios de la presente circular a acoger y aplicar el lineamiento técnico “Salud mental y apoyo psicosocial en emergencias y desastres”, el cual será objeto de publicación en la página web de la cartera ministerial y ampliamente difundido, en concordancia con la normatividad vigente en materia de salud pública y gestión del riesgo.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de octubre de 2025.
El Ministro de Salud y Protección Social,
Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez.
NOTAS AL FINAL:
1. (…) Artículo 14. Funciones de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres. Son funciones de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres las siguientes:
1. Formular y evaluar políticas relacionadas con la gestión del riesgo en materia de emergencias y desastres en el sector salud. (…).
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
