CIRCULAR EXTERNA 3 DE 2005
(febrero 24)
Diario Oficial No. 45.841 de 05 de marzo de 2005
SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR
Dependencia: 5000
Destino: Directores Administrativos, Revisores Fiscales y Contadores.
De: Superintendente del Subsidio Familiar
Asunto: Informe ejecución Fondo de Apoyo al Empleo y Protección al Desempleo (Fonede)
Fecha: 24/02/2005 02:47:34 p. m.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 7o del Decreto 2150 de 1992, con el fin de atender lo dispuesto en los artículos 6o, 7o, 8o, 9o, 10, 11 y 12 de la Ley 789 de 2002 y el parágrafo del numeral 14.8 del artículo 1o de la Ley 920 de 2004, me permito solicitar lo siguiente:
Las Cajas de Compensación Familiar deberán diligenciar en forma adecuada el formato EJEFONEDE-01 que se anexa a la presente circular con su respectivo instructivo, correspondiente a la ejecución mensual del Fonede, el cual debe ser presentado por las Corporaciones ante esta Superintendencia debidamente firmado por el Director Administrativo y Revisor Fiscal, antes del último día hábil del mes siguiente al que corresponda dicha información, excepto para el informe de los meses de junio y diciembre, cuyo plazo es el 15 de julio y 15 de enero siguientes, respectivamente.
El formato descrito anteriormente, reemplaza a partir de la fecha el establecido mediante Circular Externa 0004 del 25 de marzo de 2004.
Para obtener el saldo inicial de los Gastos de Administración del mes de enero de 2005, en las columnas mes y año, se debe registrar la diferencia entre el valor obtenido por el cálculo del porcentaje establecido como apropiación para este concepto (5%) y el valor realmente ejecutado durante los años 2003 y 2004.
Por esta única vez y teniendo en cuenta la modificación que tiene el formato mencionado anteriormente, el informe correspondiente al mes de enero del año 2005, se amplía el plazo para su presentación hasta el próximo 4 de marzo.
Finalmente, agradezco el correcto diligenciamiento de estos formatos y el envío en forma oportuna.
Formato Fonede 2005 xls.
Cordialmente,
EDMUNDO CONDE ZAMORANO.
Anexos: 1
CONSULTAR CUADROS EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR DIVISION OPERATIVA FONDO FOMENTO EMPLEO / PROTECCION DESEMPLEO FONEDE INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO MENSUAL DE EJECUCION EJEFONEDE - 01
Notas: Este formato se debe diligenciar con la información ejecutada tanto mensual como el acumulado del año respectivo.
Las celdas sombreadas no deben ser diligenciadas.
Se debe diligenciar tanto la columna de cantidad como la columna de valor la cual debe ser expresada en miles de pesos.
1. Saldo Inicial
Se registra en esta casilla el valor con el cual se inicia cada mes o año, debe ser igual al saldo final del mes o año anterior.
2. Fuentes:
Son todos aquellos recursos con los cuales se financia este Fondo de acuerdo con lo establecido en la Ley 789 y sus decretos reglamentarios.
2.1. Diferencia por valor del 55%, de los mayores de 18 años
Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido a diciembre de 2002, sobre el subsidio en dinero pagado a las personas a cargo mayores de 18 años.
2.2. Valor del porcentaje no ejecutado al sostenimiento de la SSF
Se registra el valor no ejecutado del año anterior, relacionado con la contribución de las Cajas para el sostenimiento de la Superintendencia.
2.3. Disminución Gastos de Administración (2%)
Corresponde a la aplicación del porcentaje que se disminuye para el concepto de gastos de administración, establecido en la Ley 789 de 2002.
2.4. % según cuociente particular
2.4.1, 2.4.2 o 2.4.3. Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido anualmente, de acuerdo con el cálculo del cuociente particular y nacional. 1% Cuociente < al 80%, 2% Cuociente entre el 80 y 100% y 3% Cuociente > al 100%.
2.5. Multas impuestas por SSF a la Corporación artículo 24, Ley 789 de 2002
Se registra el valor de las multas impuestas por la Superintendencia a los funcionarios, representantes legales de la Cajas, entidades vigiladas y empleadores.
2.6. Rendimientos Financieros
Se registra el valor de los rendimientos que generan las cuentas bancarias y/o títulos, y demás rendimientos que generen cada uno de los programas que integran el Fonede.
3. Total fuentes
Corresponde a la sumatoria de todas las fuentes (2.1 al 2.6).
4. Saldo disponible
Corresponde a la sumatoria del saldo inicial (1) y el total de fuentes (3).
5. Aplicaciones
Corresponde a todos los desembolsos o compromisos que la Caja hace con los recursos del Fondo.
6. Programa de Microcrédito
6.1. Saldo Inicial
Se registra en esta casilla el valor con el cual se inicia el programa de Microcrédito cada mes o año, debe ser igual al saldo final del mes o año anterior.
6.2. Transferencias para Fovis
Se registra el valor que la Caja debe transferir para el Fovis, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 920 del 23 de diciembre de 2004, parágrafo del numeral 14.8. El cual corresponde al saldo por ejecutar del año anterior de este programa.
6.3. Acciones en Entidades de Crédito y Otras aplicaciones
Se registra el valor que compromete y/o traslada la Caja, cuando no administra directamente los recursos del fondo.
6.4. Reintegros por pago de créditos y/o devoluciones
Se registra el valor de las cuotas pagadas por los beneficiarios sobre créditos asignados y/o el valor del reintegro por devolución de las acciones en entidades de crédito y otras, durante el respectivo mes y año.
6.5. Apropiación Programas de Microcrédito
Se registra el valor resultante de la aplicación del porcentaje establecido para el programa de microcrédito (art. 7o Ley 789 de 2002), durante el respectivo mes y año.
6.6. Solicitudes recibidas
Se registra el número y valor de las solicitudes recibidas por las Cajas, por parte de los beneficiarios del programa, durante el respectivo mes y año.
6.7. Créditos asignados
Se registra el número y valor de los créditos asignados durante el mes y año.
6.8. Saldo por ejecutar
Corresponde al valor resultante de tomar el saldo inicial (6.1), sumarle los reintegros por pago de créditos y/o devoluciones (6.4), sumarle las apropiaciones (6.5) y descontarle los créditos asignados (6.7), el valor de los recursos asignados a las Acciones en Entidades de Crédito y otras (6.3) y las transferencias para Fovis (6.2). Fórmula: (6.1)+(6.4)+(6.5)-(6.7)-(6.3)-(6.2).
7. Programa Subsidios para Desempleados con vinculación anterior a Cajas
7.1. Saldo inicial
Se registra en esta casilla el valor con el cual se inicia el programa de subsidios para desempleados con vinculación anterior a Cajas, cada mes o año, debe ser igual al saldo final del mes o año anterior.
7.2. Transferencias para Fovis
Se registra el valor que la Caja debe transferir para el Fovis, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 920 del 23 de diciembre de 2004, parágrafo del numeral 14.8. El cual corresponde al saldo por ejecutar del año anterior de este programa
7.3. Transferencias por Compensación
Corresponde a la sumatoria de los ítems (7.3.1) y (7.3.2).
7.3.1 Transferencias otras Cajas
Corresponde a los recursos recibidos (+) o entregados (-) como transferencia por el proceso de compensación entre Cajas, artículo 4o Decreto 827 de 2003.
7.3.2 Transferencias interna - otro p rograma
Corresponde a los recursos recibidos (+) o entregados (-) como transferencia interna por el proceso de compensación entre Cajas, parágrafo numeral 14.8 del artículo 1o Ley 920 de 2004, artículo 4o Decreto 827 de 2003.
7.4. Anulaciones o suspensiones por pérdida de derechos
Corresponde al número y valor de los subsidios (Bonos o cuotas) anulados o suspendidos por pérdida del derecho, registrados durante el mes y año según lo establecido en la Ley 789 de 2002 y sus decretos reglamentarios.
7.5. Apropiación para subsidios
Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido para el programa de subsidios para desempleados con vinculación anterior a Cajas (Literal a) del artículo 10 Ley 789 de 2002).
7.6. Postulantes
Se registra el número y valor del subsidio, de los postulantes que presentaron solicitud a la Caja, durante el respectivo mes y año.
7.7. Postulantes aceptados
Se registra el número y valor del subsidio, de los postulantes que cumplieron los requisitos y fueron aceptados por la Caja, durante el respectivo mes y año.
7.8. Subsidios asignados:
Se registra el número y valor de los subsidios asignados durante el mes y año, discriminados por la opción que escogió el beneficiario (Salud, Alimentación o Educación).
7.9. Subsidios Pagados - cuotas o bonos:
Corresponde al número y valor de los bonos o cuotas pagadas durante el mes y año respectivo, discriminados por los conceptos de Salud, Alimentación o Educación.
7.10. Saldo por ejecutar
Corresponde a valor resultante de tomar el saldo inicial (7.1), sumarle las apropiaciones (7.5), las transferencias por compensación (7.3) si recibe recursos y las anulaciones o suspensiones (7.4) y descontarle los subsidios asignados (7.8), las transferencias por compensación (7.3) si entrega recursos y las transferencias para el Fovis (7.2). Este valor debe ser el saldo inicial del siguiente mes o año para este programa. Fórmula: (7.1)+(7.5)+(7.3)+(7.4)-(7.8)-(7.2).
8. Progr ama Subsidios para Desempleados sin vinculación anterior a Cajas
8.1. Saldo inicial
Se registra en esta casilla el valor con el cual se inicia el programa de subsidios para desempleados sin vinculación anterior a Cajas, cada mes o año. Debe ser igual al saldo final del mes o año anterior.
8.2. Transferencias para Fovis
Se registra el valor que la Caja debe transferir para el Fovis, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 920 del 23 de diciembre de 2004, parágrafo del numeral 14.8. El cual corresponde al saldo por ejecutar del año anterior de este programa.
8.3. Transferencias por compensación
Corresponde a la sumatoria de los ítems (8.3.1) y (8.3.2).
8.3.1 Transferencias otras Cajas
Corresponde a los recursos recibidos (+) o entregados (-) como transferencia por el proceso de compensación entre Cajas, artículo 4o Decreto 827 de 2003.
8.3.2 Transferencias interna - otro programa
Corresponde a los recursos recibidos (+) o entregados (-) como transferencia interna por el proceso de compensación entre Cajas, parágrafo numeral 14.8 del artículo 1o Ley 920 de 2004, artículo 4o Decreto 827 de 2003.
8.4. Anulaciones o suspensiones por pérdida de derechos
Corresponde al número y valor de los subsidios (Bonos o cuotas) anulados o suspendidos por pérdida del derecho, registrados durante el mes y año según lo establecido en la Ley 789 de 2002 y sus decretos reglamentarios.
8.5. Apropiación para subsidios
Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido para el programa de subsidios para desempleados sin vinculación anterior a Cajas (art. 11 Ley 789 de 2002).
8.6. Postulantes
Se registra el número y valor del subsidio, de los postulantes que presentaron solicitud a la Caja, durante el respectivo mes y año.
8.7. Postulantes aceptados
Se registra el número y valor del subsidio, de los postulantes que cumplieron los requisitos y fueron aceptados por la Caja, durante el respectivo mes y año.
8.8. Subsidios asignados:
Se registra el número y valor de los subsidios asignados durante el mes y año, discriminados por el tipo de beneficiario (Artista, Deportista, Escritor y Otros) y por la opción que escogió el beneficiario (Salud, Alimentación o Educación).
8.9. Subsidios Pagados -cuotas o bonos:
Corresponde al número y valor de los bonos o cuotas pagadas durante el mes y año respectivo, discriminados por los conceptos de Salud, Alimentación o Educación.
8.10. Saldo por ejecutar
Corresponde al valor resultante de tomar el saldo inicial (8.1), sumarle las apropiaciones (8.5), las transferencias por compensación (8.3) si recibe recursos, las anulaciones o suspensiones (8.4) y descontarle los subsidios asignados (8.8) y las transferencias por compensación (8.3) si entrega recursos y las transferencias para Fovis (8.2). Este valor debe ser el saldo inicial del siguiente mes o año de este programa. Fórmula: (8.1)+(8.5)+(8.3)+(8.4)-(8.8)-(8.2).
9. Programa capacitación proceso inserción laboral
9.1. Saldo inicial
Se registra en esta casilla el valor con el cual se inicia el programa de capacitación proceso inserción laboral, cada mes o año. Debe ser igual al saldo final del mes o año anterior.
9.2. Transferencias para Fovis
Se registra el valor que la Caja debe transferir para el Fovis, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 920 del 23 de diciembre de 2004, parágrafo del numeral 14.8. El cual corresponde al saldo por ejecutar del año anterior de este programa.
9.3. Apropiación para capacitación
Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido para el programa de capacitación para el proceso de inserción laboral (Literal b) del art. 10 Ley 789 de 2002).
9.4. Número de solicitudes recibidas
Se registra el número de s olicitudes recibidas por las Cajas por parte de los beneficiarios del programa de subsidios para desempleados con vinculación anterior a Cajas, durante el respectivo mes y año.
9.5. Cursos ejecutados
Se registra el número y valor de los cursos iniciados durante el mes y año.
9.6. Número de beneficiarios
Se registra el número de beneficiarios que iniciaron los cursos ejecutados, durante el mes y año.
9.7. Saldo por ejecutar
Corresponde a valor resultante de tomar el saldo inicial (9.1), sumarle las apropiaciones (9.3) y descontarle el valor de los cursos ejecutados (9.5) y las transferencias para Fovis (9.2) Fórmula: (9.1)+(9.3)-(9.5)-(9.2).
10. Gastos de Administración
10.1. Saldo inicial
Se registra en esta casilla el valor con el cual se inicia este concepto, cada mes o año. Cifra que debe ser igual al saldo final del mes o año anterior.
10.2. Transferencias para Fovis
Se registra el valor que la Caja debe transferir para el Fovis, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 920 del 23 de diciembre de 2004, parágrafo del numeral 14.8. El cual corresponde al saldo por ejecutar del año anterior de este concepto.
10.3. Apropiación para Gastos de Administración
Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido para este concepto. Parágrafo 1o del artículo 6o Ley 789 de 2002).
10.4. Gastos de Administración ejecutados
Corresponde al valor desembolsado por la Caja para absorber los costos de administración del fondo. En caso de que la Caja deba transferir recursos a otra Caja, se debe trasladar también la parte proporcional por este concepto.
10.5. Saldo por ejecutar
Corresponde a valor resultante de tomar el saldo inicial (10.1), sumarle las apropiaciones (10.3) y descontarle el valor de la ejecución (10.4) y las transferencias para Fovis (10.2). Fórmula: (10.1)+(10.3)-(10.4)-(10.2).
11. Total aplicaciones
Corresponde a la sumatoria de las transferencias para Fovis (6.2, 7.2, 8.2, 9.2 y 10.2), acciones en entidades de crédito y otras aplicaciones (6.3.), los créditos asignados (6.7), subsidios asignados (7.8 y 8.8), cursos de capacitación ejecutados (9.5) y gastos de administración ejecutados (10.4).
Fórmula: (6.2)+(6.3)+(6.7)+(7.2)+(7.8)+(8.2)+(8.8)+(9.2)+(9.5)+(10.2)+(10.4)
12. Saldo final
Se registra el valor que resulte de restarle al saldo disponible (4), el total de aplicaciones (11) y sumarle los reintegros por pago de créditos y/o devoluciones (6.4), transferencias por compensación (7.3 y 8.3), anulaciones o suspensiones por pérdida de derechos (7.4 y 8.4). Fórmula: (4)-(11)+(6.4)+(7.3)+(7.4)+(8.3)+(8.4).