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CONCEPTO 2943 DE 2012

(febrero 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA

INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR FINANCIERO, PRÁCTICAS Y CLÁUSULAS ABUSIVAS, CORREDORES DE SEGUROS(1)

Síntesis: En la labor de promoción ofrecimiento o renovación de contratos de seguros las sociedades corredoras de seguros, como profesionales en la actividad de intermediación de seguros y por el conocimiento de los contratos de seguros que promocionan, al advertir cláusulas y prácticas abusivas por parte del asegurador, deberían comunicarlas a la aseguradora y a este organismo de control, sin perjuicio de las consecuencias previstas en la Ley 1328 para unas y otras en sus artículos 11 y 12.

«(…) correo electrónico radicado bajo el número de la referencia, mediante el cual plantea algunas inquietudes en relación con el concepto radicado bajo el número 2011076084-002 del 7 de diciembre de 2011, particularmente con el alcance de la Circular Externa 039 del mismo año.

Sobre el particular esta Dirección luego de solicitar los respectivos conceptos de las Direcciones Jurídica y de Protección al Consumidor Financiero de esta Entidad, ha tenido la oportunidad de evaluar las conclusiones del referido concepto y en tal virtud se permite realizar las siguientes precisiones:

1. En la labor de promoción ofrecimiento o renovación de contratos de seguros las sociedades corredoras de seguros, como profesionales en la actividad de intermediación de seguros y por el conocimiento de los contratos de seguros que promocionan, al advertir cláusulas y prácticas abusivas por parte del asegurador, deberían comunicarlas a la aseguradora y a este organismo de control, sin perjuicio de las consecuencias previstas en la Ley 1328 para unas y otras en sus artículos 11 y 12.

2 El informe sobre cláusulas y prácticas abusivas a que alude el párrafo tercero de la Circular Externa 039 de 2011, en tratándose de entidades aseguradoras se predica respecto de los defensores del consumidor financiero de tales entidades.

(…).»

NOTA AL FINAL:

1. Nota del Editor: Este concepto aclara el radicado bajo el número 2011076084-002 del 7 de diciembre de 2011 incorporado en la base de CONCEPTOS 2011

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