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DECRETO 1370 DE 2020

(octubre 18)

Diario Oficial No. 51.472 de 19 de octubre de 2020

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

Por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y se dictan otras disposiciones

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998 y

CONSIDERANDO:

Que se modificó la estructura de la Superintendencia de Servicios Públicos, creando varias dependencias y modificando las funciones de las existentes, con el propósito de fortalecer los procesos de inspección, vigilancia y control, para promover y proteger los derechos y deberes de los usuarios y prestadores de los servicios públicos domiciliario y garantizar la prestación de estos servicios esenciales, lo cual conlleva la modificación de la planta de personal.

Que se requiere suprimir unos empleos del nivel asesor ubicados en la planta global de la Superintendencia, para crearlos y adscribirlos al Despacho del Superintendente, con el fin de dar aplicación a lo dispuesto artículo 7o del Decreto Ley 775 de 2005, que señala que los empleos de cualquier nivel jerárquico que estén al servicio directo e inmediato del Superintendente, los empleos del nivel asesor que estén al servicio directo e inmediato de los Superintendentes Delegados y desarrollen funciones de especial confianza, son de libre nombramiento y remoción.

Que la presente modificación de planta cumple con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019, reglamentado por el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, que señala que en el diez (10%) de los nuevos empleos derivados de modificaciones de las plantas de personal no se exigirá experiencia profesional para el nivel profesional, con el fin de viablllzar ia vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años.

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, autorizó la reforma de la planta de personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en los términos del inciso 2 del artículo 2o del Decreto 1009 de 2020, por cuanto la necesidad de fortalecer su funcionamiento para garantizar la prestación efectiva y de calidad de los servicios públicos domiciliarios, es prioridad del Gobierno Nacional.

Que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliaros presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.

Que, para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal para modificar la Planta de Personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. SUPRESIÓN DE EMPLEOS. Suprimir de la planta de personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios los siguientes cargos:

No. de CargosDependencia y Denominación del EmpleoCódigoGrado
PLANTA GLOBAL 
1 (Uno)Superintendente Delegado011023
1 (Uno)Director Técnico010021
2 (Dos)Director de Superintendencia010519
1 (Uno)Asesor102012
1 (Uno)Asesor102011
3 (Tres)Asesor102010

ARTÍCULO 2o. CREACIÓN DE EMPLEOS. Crear en la planta de personal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios los siguientes cargos:

No. de CargosDependencia y Denominación del EmpleoCódigoGrado
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE 
1 (Uno)Asesor102016
1 (Uno)Asesor102014
9 (Nueve)Asesor102012
1 (Uno)Asesor102011
3 (Tres)Asesor102010
PLANTA GLOBAL 
1 (Uno)Superintendente Delegado011023
1 (Uno)Director Técnico010021
1 (Uno)Jefe de Oficina013722
2 (Dos)Director Territorial004219
1 (Uno)Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones104516
4 (Cuatro)Profesional Especializado202823
13 (Trece)Profesional Especializado202822
281 (Doscientos ochenta y uno)Profesional Especializado202819
30 (Treinta)Profesional Especializado202816
73 (Setenta y tres)Profesional Especializado202813
48 (Cuarenta y ocho)Profesional Universitario204411
29 (Veintinueve)Profesional Universitario204409
145 (Ciento cuarenta y cinco)Profesional Universitario204401
40 (Cuarenta)Técnico Administrativo312416
1 (Uno)Secretario Ejecutivo421024
9 (Nueve)Auxiliar Administrativo404418
7 (Siete)Conductor Mecánico410315

ARTÍCULO 3o. PROVISIÓN DE EMPLEOS. La provisión de los empleos creados en el artículo 2o del presente Decreto deberá hacerse de manera gradual de conformidad con las disponibilidades presupuéstales y hasta ia concurrencia presupuestal de cada vigencia, cumpliendo con todos los requisitos legales para tal fin y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.

ARTÍCULO 4o. DISTRIBUCIÓN DE LOS EMPLEOS. El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, mediante resolución distribuirá los cargos de ia planta global y ubicará el personal de conformidad con la normativa vigente, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 991 de 2002, modificado por los Decretos 192 de 2004, 3512 de 2005, 3302 de 2006, 4560 de 2006, 475 de 2014 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN,

LUIS ALBERTO RODRIGUEZ OSPINO

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

FERNANDO ANOTNIO GRILLO RUBIANO

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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