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RESOLUCIÓN 4 DE 2019

(mayo 31)

Boletín Junta Directiva No. 21 de 31 de mayo de 2019

BANCO DE LA REPÚBLICA

Por la cual se establecen las excepciones de los controles de encaje para los eventos de desastre declarados por el Banco de la República

LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el literal a) del artículo 16 de la Ley 31 de 1992,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Durante los eventos de desastre declarados por el Banco de la República en los términos que éste establezca mediante regulación de carácter general, no se exigirá la posición de encaje de que trata el artículo 3 de la Resolución Externa No. 5 de 2008 de la Junta Directiva para las bisemanas que resulten afectadas por dicho evento.

La posición de encaje será aplicable nuevamente a partir de la bisemana siguiente a la declaración de finalización del evento de desastre. Esta declaración se hará de forma coordinada entre el Banco de la República y la Superintendencia Financiera de Colombia.

Se entiende que una bisemana resulta afectada, cuando el desastre cubre por lo menos un día de dicha bisemana.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige desde la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los treintaiuno (31) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

Presidente

ALBERTO BOADA ORTIZ

Secretario

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