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RESOLUCION EXTERNA 10 DE 2016
(agosto 31)

Boletín Junta Directiva No. 34 de 31 de agosto de 2016

BANCO DE LA REPÚBLICA

Por la cual se expiden normas en relación con las inversiones obligatorias en Títulos de Desarrollo Agropecuario.

LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 58 de la Ley 31 de 1992, en concordancia con lo previsto en el numeral 2 del artículo 112, el numeral 2 del articulo 229 y el numeral 1 del artículo 230 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar al artículo 2o, de la Resolución Externa No. 3 de 2000 el siguiente parágrafo:

"Parágrafo 3o. Los depósitos inactivos y abandonados que hayan sido trasladados a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y al Fondo Especial del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -ICETEX-, respectivamente, conforme a las disposiciones legales, estarán excluidos para el cálculo del requerido de inversión forzosa."

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige desde la fecha de su publicación y será aplicable a partir del cálculo del requerido de inversión en Títulos de Desarrollo Agropecuario, TDA, correspondiente a las exigibilidades del trimestre calendario de enero a marzo de 2017.

Dada en Bogotá, D.C., a los

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

Presidente

ALBERTO BOADA ORTÍZ

Secretario

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