RESOLUCION EXTERNA 16 DE 2007
(Noviembre 23)
Boletín Junta Directiva No. 50 de 26 de noviembre de 2007
JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se expiden normas sobre el régimen del encaje de los establecimientos de crédito.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el literal a) del artículo 16 de la ley 31 de 1992,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Para efectos del cálculo de la posición de encaje de que trata la resolución externa 7 de 2007, a partir del 28 de noviembre de 2007 el encaje requerido y las disponibilidades para cubrirlo se calcularán, por una sola vez, por un período de tres semanas, de la siguiente manera:
a. Se obtendrá el promedio aritmético de los encajes requeridos de los días calendario del período comprendido entre el 28 de noviembre y el 18 de diciembre de 2007, ambos días incluidos.
b. Para el cálculo de las disponibilidades para cubrir el encaje requerido del periodo señalado en el literal anterior, se obtendrá el promedio aritmético de las disponibilidades diarias de los días calendario del periodo comprendido entre el 19 de diciembre de 2007 y el 8 de enero de 2008, ambos días incluidos.
Si la diferencia entre los promedios de que trata el presente artículo es positiva habrá exceso promedio diario. Si la diferencia es negativa habrá defecto promedio diario
ARTÍCULO 2o. A partir del 19 de diciembre de 2007 continuará calculándose el encaje requerido y las disponibilidades para cubrirlo por periodos de dos semanas en la forma prevista en la resolución externa 7 de 2007.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés días (23) días del mes de noviembre de dos mil siete (2007).
OSCAR IVAN ZULUAGA ESCOBAR
Presidente
GERARDO HERNANDEZ CORREA
Secretario