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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 6433 DE 2011

(diciembre 5)

Diario Oficial No. 48.276 de 7 de diciembre de 2011

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014>

Por la cual establecen procedimientos administrativos en desarrollo de la Autonomía Administrativa y presupuestal de la Contraloría General de la República.

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014, 'por medio de la cual se deroga el artículo 17 de la Resolución Reglamentaria 0065 de 2008 el cual fue modificado por el artículo 3o de la Resolución Reglamentaria 0165 de 2012, la Resolución Orgánica 6433 del 2011, la Resolución Orgánica 6459 de 2012, Resolución Organizacional OGZ-0039-2014 y la Resolución Organizacional OGZ-0048-2014 y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 49.299 de 9 de octubre de 2014.

- Modificada por la Resolución 6459 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.321 de 23 de enero de 2012, 'Por la cual se aclara y adiciona la Resolución Orgánica número 6433 de 5 de diciembre de 2011'

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el inciso 4o del artículo 267 de la Carta Política y el artículo 1o del Decreto 267 del 2000, establecen que la contraloría General de la República es una entidad de carácter técnico, con autonomía administrativa y presupuestal.

Que el artículo <sic, es Decreto> 111 del 15 de enero de 1996, por el cual se compilaron la Ley 38 de 1989 la ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el Estatuto Orgánico de Presupuesto consagra para garantizar la independencia que en el ejercicio del Control Fiscal requiere la Contraloría General de la República gozará de autonomía presupuestal para administrar sus asuntos según lo dispuesto por la Constitución y la ley.

Que los artículos 6o y 7o del Decreto 267 de 2000 al consagrar lo relacionado con la autonomía, de administrativa y contractual respectivamente, prescriben que el Contralor General de la República está facultado para definir todos los aspectos referentes al cumplimiento de sus funciones, suscribir en nombre y representación de la entidad los contratos que debe celebrar, sin perjuicio de la delegación que al efecto realice, conforme a lo previsto en el mismo decreto.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014> <Artículo aclarado por el artículo 1 de la Resolución 6459 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> A partir del 1o de enero de 2012, los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, previamente a surtir su trámite, deberán ser aprobados por el Despacho del Contralor General de la República.

Las necesidades debidamente justificadas de esta clase de contratación que tengan las distintas dependencias de la entidad deberán ser aprobadas previamente por el Contralor General de la República.

Notas de Vigencia

- Artículo aclarado por el artículo 1 de la Resolución 6459 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.321 de 23 de enero de 2012.

Legislación Anterior

Texto original de la Resoluciñon 6433 de 2011:

ARTÍCULO 1. A partir de la promulgación de la presente resolución los contratos que se solicitan en la Contraloría General deberán ser aprobados por Despacho de la Contralora General. Las necesidades de contratación que tengan las distintas dependencias deberán radicarse en Secretaría Privada.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014> <Artículo aclarado por el artículo 2 de la Resolución 6459 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> La selección de los contratistas de prestación de servicios así como del personal destinado a cargos de libre nombramiento y remoción, se realizará bajo la dirección del Contralor General de la República, con el apoyo del Gerente de Gestión Administrativa y Financiera o del Gerente del Talento Humano, respectivamente.

Notas de Vigencia

- Artículo aclarado por el artículo 2 de la Resolución 6459 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.321 de 23 de enero de 2012.

Legislación Anterior

Texto original de la Resoluciñon 6433 de 2011:

ARTÍCULO 2. Los procesos de selección se realizarán bajo la dirección del Contralor General, con el apoyo de la Gerente del Talento Humano y el Gerente Administrativo.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014> <Artículo aclarado por el artículo 3 de la Resolución 6459 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> En el evento de los contratos de prestación de servicios profesionales, de apoyo a la gestión o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, los funcionarios señalados en el artículo 2o de esta resolución, realizarán las evaluaciones conducentes a establecer la idoneidad profesional general de las personas a seleccionar, cuyos resultados se darán a conocer directamente al Contralor General de la República, quien cuando así lo considere, impartirá su visto bueno.

Notas de Vigencia

- Artículo aclarado por el artículo 3 de la Resolución 6459 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.321 de 23 de enero de 2012.

Legislación Anterior

Texto original de la Resoluciñon 6433 de 2011:

ARTÍCULO 3. En el caso de contratos de prestación de servicios o para selección de personal de Libre nombramiento y remoción, de todas maneras se realizará un proceso de selección de cara a establecer la idoneidad profesional general de las personas seleccionadas; el resultado de esta evaluación se deberá dar a conocer directamente a la Contralora General de la República.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014> <Artículo modificado por el artículo 4 de la Resolución 6459 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Para efectos de la contratación de prestación de servicios profesionales, de apoyo a la gestión o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo pueden encomendarse a determinadas personas naturales, las minutas de los contratos podrán ser elaboradas por un asesor de Despacho de la Contralora General de la República o por la Dirección de Recursos Físicos.

Notas de Vigencia

- Artículo modificado por el artículo 4 de la Resolución 6459 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.321 de 23 de enero de 2012.

Legislación Anterior

Texto original de la Resoluciñon 6433 de 2011:

ARTÍCULO 4. Para efectos de la contratación la minuta de los contratos será elaborada por un asesor de Despacho de la Contralora General que esta designe.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014> La Oficina de Control Interno deberá realizar un exhaustivo análisis de la contratación realizada durante el año 2011 y en los casos en que sea menester dará traslado disciplinario a que haya lugar.

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014> Deróguense todas las disposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución OGZ-0096 de 2014> Esta resolución rige a partir del 1o de enero de 2012.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de diciembre de 2011.

La Contralora General de la República,

SANDRA MORELLI RICO.

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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