RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-699- DE 2019
(mayo 20)
Diario Oficial No. 50.959 de 20 de mayo 2019
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución ORG-0703 de 2019>
Por la cual se modifica la integración del Comité Asesor del Centro de Estudios Fiscales de la Contraloría General de la República.
NOTAS DE VIGENCIA: - Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución ORG-0703 de 2019, 'por medio de la cual se revocan las Resoluciones OGZ-0699 del 20 de mayo de 2019 y ORD-80112-0624 del 21 de mayo de 2019', publicada en el Diario Oficial No. 50.980 de 10 de junio 2019. |
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso cuarto del artículo 267 de la Constitución Política establece que la Contraloría General de la República es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal.
Que de conformidad con el artículo 6o del Decreto número 267 de 2000, la Contraloría General de la República en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política.
Que los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto número 267 de 2000 establecen como funciones del Contralor General de la República “Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley” y “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.
Que mediante Ley 1807 del 1 de septiembre de 2016, el legislador creó el Centro de Estudios Fiscales (CEF), como una dependencia de la Contraloría General de la República con carácter académico e investigativo, adscrita al Despacho del Contralor General de la República.
Que mediante Resolución Organizacional OGZ0533 del 16 de diciembre de 2016 se reglamentó el funcionamiento del Comité Asesor del Centro de Estudios Fiscales de la Contraloría General de la República.
Que la Resolución Organizacional OGZ0553 del 28 de febrero de 2017, por la cual se expide el Estatuto Orgánico del Centro de Estudios Fiscales y se dictan otras disposiciones, establece la organización del Centro, del Sistema Institucional de Investigación Académica y Gestión del Conocimiento y el Estatuto de Capacitación, entre otros temas.
Que el artículo 1o de la Resolución Organizacional OGZ0533 de 2016 señaló que el Comité Asesor del Centro de Estudios Fiscales debe estar integrado por: i) El Contralor General de la República quien lo presidirá, ii) Un Contralor Delegado designado por el Contralor General de la República, iii) Un representante de los funcionarios de la Contraloría General de la República y iv) El Director del Centro de Estudios Fiscales (CEF).
Que dadas las funciones asignadas al Comité Asesor del Centro de Estudios, se considera oportuno que cualquier funcionario de nivel directivo pueda integrarlo en aras de su apoyo, fortalecimiento y cumplimiento de los fines para el cual fue creado, y no sea limitado a la participación de un contralor delegado.
Que en virtud de lo anterior, es preciso modificar el artículo primero de la Resolución Organizacional OGZ0533 de 2016, en su numeral segundo, en el sentido de que un funcionario del nivel directivo podrá integrar el Comité Asesor del Centro de Estudios, previa designación por parte del Contralor General de la República.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución ORG-0703 de 2019> Modificar el artículo primero de la Resolución Organizacional OGZ0533 del 16 de diciembre de 2016, el cual quedará así:
“Artículo 1o. Comité asesor del centro de estudios fiscales. Integración. El Comité Asesor del Centro de Estudios Fiscales (CEF), estará integrado por:
1. El Contralor General de la República quien lo presidirá.
2. Un funcionario de nivel directivo designado por el Contralor General de la República, mediante comunicación escrita.
3. Un representante de los funcionarios de la Contraloría General de la República.
4. El Director del Centro de Estudios Fiscales (CEF).
PARÁGRAFO 1o. En ausencia del Contralor General de la República, lo presidirá el Vicecontralor, quien actuará como invitado permanente al Comité Asesor del Centro de Estudios Fiscales.
El Representante de los trabajadores será elegido de conformidad con lo establecido en la norma que reglamente la participación de los funcionarios ante los distintos comités institucionales y su periodo de representación será el establecido en la misma disposición.
El actual Representante de los funcionarios del otrora Comité Institucional de Capacitación, (CIC), continuará con la representación de los trabajadores ante el Comité Asesor del Centro de Estudios Fiscales (CEF), hasta que venza el período actual.
El Director del Centro de Estudios Fiscales (CEF), ejercerá la secretaría técnica del Comité Asesor y actuará con voz pero sin voto.
PARÁGRAFO 2o. El Comité Asesor podrá invitar a sus sesiones a funcionarios del nivel directivo o de otro nivel, cuando lo considere conveniente de acuerdo con los temas que serán sometidos a discusión en dicha sesión.
PARÁGRAFO 3o. El Comité Asesor podrá invitar de manera permanente o transitoria a personas de acreditada solvencia intelectual, quienes actuarán con voz pero sin voto. Para ello el Contralor General de la República remitirá invitación en tal sentido”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 1o de la Resolución Organizacional OGZ0533 de 2016 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de mayo de 2019.
El Contralor General de la República,
Carlos Felipe Córdoba Larrarte.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
