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RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0882-2026 DE 2026

(enero 23)

Diario Oficial No. 53.383 de 30 de enero de 2026

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Despacho del Contralor General de la República

Por la cual se modifica la estructura y responsabilidades de los grupos internos de trabajo que integran la planta global de duración temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan otra disposiciones.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, y el artículo 3o del Decreto Ley 2651 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 119 de la Constitución Política, preceptúa que corresponde a la Contraloría General de la República la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración y, por su parte, el artículo 267 de la misma Carta Política establece que la vigilancia de la gestión fiscal comprende el manejo de fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos y para ello, faculta a la Contraloría General de la República para que realice control fiscal posterior y selectivo, y además control preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público.

Que el artículo 361 de la Constitución Política, modificado por los Actos Legislativos números 05 de 2011 y 05 de 2019, establece que los ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán a la financiación de proyectos de inversión que promuevan el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales, y que el uno por ciento (1%) de dichos recursos se asignará al Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control, con el fin de velar por el uso eficiente y eficaz de los recursos del Sistema, fortaleciendo la transparencia, la participación ciudadana y el buen gobierno; recursos de los cuales la mitad corresponde a la Contraloría General de la República.

Que la Ley 2056 de 2020, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, establece en su artículo 183 que en desarrollo de sus responsabilidades constitucionales y legales, la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, para lo cual el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementará mecanismos de acceso, metodologías y procedimientos necesarios para proveer información pertinente y oportuna al organismo de control.

Que el parágrafo primero del citado artículo dispone que, para garantizar el adecuado ejercicio de las responsabilidades de vigilancia y control fiscal, la Contraloría General de la República podrá contar con una planta global de duración temporal, financiada con los recursos establecidos en el artículo 361 de la Constitución Política, así como con los que se asignen del presupuesto de funcionamiento del Sistema General de Regalías.

Que el artículo 2o del Decreto Ley 2651 del 30 de diciembre de 2022, dispuso la creación de la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, trescientos setenta y cinco (375) empleos, distribuidos así: treinta y cinco (35) empleos de contralor delegado intersectorial grado 04; treinta (30) empleos de contralor provincial grado 01; veinticinco (25) empleos de asesor de despacho grado 02; cuarenta y cinco (45) profesional especializado grado 03; treinta (30) profesional universitario grado 02; ciento ochenta (180) empleos de profesional universitario Grado 01; y treinta (30) empleos de auxiliar administrativo grado 03.

Que el artículo 3o del citado decreto ley, faculta al Contralor General de la República para crear grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia los objetivos, las políticas y los programas orientados al ejercicio del control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.

Que en desarrollo de las anteriores disposiciones, el Contralor General de la República expidió la Resolución Reglamentaria Orgánica número REG-ORG-0057 del 16 de enero de 2023, "por la cual se crean unos grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio", y posteriormente la Resolución Organizacional número OGZ-0827 del 16 de marzo de 2023, "por la cual se deroga la Resolución número RE.G-ORG-0057 de 2023 y se toman otras disposiciones relacionadas con la creación de grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio".

Que mediante la Ley 2443 del 27 de diciembre de 2024, se prorrogó la vigencia de la planta global de duración temporal creada por el Decreto Ley 2651 de 2022, hasta el 31 de diciembre de 2026, con el propósito de garantizar la continuidad en el ejercicio de la función de vigilancia y control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.

Que se considera necesario realizar ajustes a la estructura de la planta global de duración temporal con el fin de fortalecer su papel en el diseño, dirección y articulación técnica de la vigilancia y control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, de manera que se establezcan las responsabilidades pertinentes y se promueva una mayor sinergía y coordinación interna en relación con el seguimiento, control y evaluación de dichos recursos. Esto de conformidad con la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República, establecida en el Decreto número 267 de 2.020 y las funciones de vigilancia y control fiscal desarrolladas en el Decreto número 403 de 2020, en concordancia con las demás disposiciones legales aplicables.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto modificar la estructura de la planta de duración temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, para lo cual se organizan los grupos internos de trabajo, se cambia su denominación y se definen sus responsabilidades.

ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. La presente resolución aplica a todas las dependencias· de la estructura de la Contraloría General de la República. a los empleos. servidores públicos, procesos administrativos y misionales de la Contraloría General de la República relacionados con la vigilancia y control fiscal y lo correspondiente a las acciones fiscales, antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, de los recursos del Sistema General de Regalías.

ARTÍCULO 3o. MODIFICACIÓN DE. LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Modificar los grupos internos de trabajo adscritos al Despacho del Contralor General de la República para el cumplimiento de las responsabilidades de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR), así:

1. Grupo interno de trabajo para la vigilancia y control fiscal macro y micro del Sistema General de Regalías.

2. Grupo interno de trabajo para la responsabilidad fiscal del Sistema General de Regalías.

3. Grupo interno de trabajo para la gestión administrativa y financiera del Sistema General de Regalías.

PARÁGRAFO 1o. Los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro del Sistema General de Regalías (SGR), así como el Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR, estarán liderados por un Contralor Delegado Intersectorial Grado 04, quien ejercerá el rol de coordinador, designado por el Contralor General de la República. El propósito de esta designación es garantizar la articulación, supervisión y orientación estratégica de las actividades desarrolladas por dichos grupos, asegurando coherencia y eficiencia en el ejercicio del control fiscal.

PARÁGRAFO 2o. Las responsabilidades del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro serán desarrolladas: por un Contralor Delegado Intersectorial Grado 04, asignado a las actividades propias del control fiscal macro; y por contralores delegados intersectoriales grado 04, asignados a las actividades propias de la vigilancia y control fiscal micro de los recursos del Sistema General de Regalías.

PARÁGRAFO 3o. El Grupo Interno de Trabajo para la Gestión Administrativa y Financiera estará liderado por un Asesor de Despacho Grado 02, perteneciente a la planta global de la Contraloría General de la República, designado por el Contralor General de la República. Este funcionario ejercerá el rol de coordinador bajo los lineamientos del Despacho del Contralor General, atendiendo los requerimientos de los grupos internos de trabajo en el marco de sus funciones y competencias.

En cumplimiento del mandato constitucional de vigilancia y control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 183 de la Ley 2056 de 2020, la Contraloría General de la República cuenta con una planta temporal cuyas funciones son exclusivamente misionales, destinada a garantizar el adecuade funcionamiento del Sistema General de Regalías.

Dicha planta temporal requiere contar con un componente de apoyo administrativo, logístico, financiero y de planeación. Por su naturaleza transversal e institucional, este componente debe ser coordinado desde la planta global de la entidad, con el fin de garantizar la eficiencia, articulación y sostenibilidad en la gestión fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

PARÁGRAFO 4o. Los empleos de la Planta Global de Duración Temporal d la Contraloría General de la República, destinados a la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR), se distribuirán entre los grupos internos de trabajo creados en el presente artículo, de acuerdo con las necesidades del servicio definidas por el Contralor General de la República.

Los Asesores de Despacho Grado 02 que sean asignados por el Contralor General a cualquiera de estos grupos ejercerán sus responsabilidades bajo la dirección del coordinador respectivo, conforme al ámbito funcional del grupo al que pertenezcan.

Estos asesores podrán ser delegados para integrar equipos de auditoría, participar en acciones de vigilancia y control fiscal sobre los recursos del SGR, o apoyar las actividades del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR, cuando así lo determinen las necesidades del servicio, a juicio del coordinador correspondiente o del Contralor General de la República.

De igual manera, podrán ser delegados para ejercer sus labores en el nivel desconcentrado cuando así lo disponga el Contralor General o los coordinadores, atendiendo las necesidades institucionales. En tales casos, podrán asistir a las sesiones de la respectiva Gerencia Departamental Colegiada, con derecho a voz, pero sin voto, cuando se traten asuntos relacionados con la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

ARTÍCULO 4o. RESPONSABILIDADES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO MACRO Y MICRO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Para el cumplimiento de las responsabilidades de vigilancia y control fiscal a nivel macro y micro del Sistema General de Regalías, la Contraloría General de la República contará con una coordinación, ejercida" por un Contralor Delegado Intersectorial Grado 04, encargado de las labores de coordinación y articulación de actividades del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro, para lo cual tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Designar un Contralor Delegado Intersectorial y un Asesor de Despacho grado 02 por departamento o región, encargado de las actividades misionales, de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

2. Asignar los asuntos relacionados con el Sistema General de Regalías, a cualquier Delegado Intersectorial diferente al asignado al departamento o Región, cuando las circunstancias lo ameriten.

3. Suscribir y responder con el respectivo Contralor Delegado Intersectorial, por los informes de vigilancia y control fiscal que se rindan sobre los recursos del Sistema General de Regalías, a nivel macro y micro de la gestión fiscal.

4. Asignar y hacer seguimiento a los asuntos a cargo del grupo creado para la vigilancia y control fiscal macro y micro de los recursos del Sistema General de Regalías.

5. Coordinar y asignar funciones a los contralores delegados intersectoriales, asesores de despacho grado 02 y profesionales que pertenezcan a su grupo de trabajo para el ejercicio de la vigilancia y control fiscal en sus dimensiones macro y micro de los recursos del Sistema General de Regalías.

6. Distribuir a los contralores delegados intersectoriales y asesores de despacho grado 02 que se asignen para atender de manera especial y exclusiva las denuncias ciudadanas que se presenten ante la Contraloría General de la República y que estén relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías.

7. Impartir directrices y hacer seguimiento para que las denuncias ciudadanas relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías, sean atendidas en los términos legales, siguiendo el procedimiento adoptado para el efecto, las directrices de la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana y del líder del macroproceso de control fiscal micro, cuando haya lugar.

8. Coordinar con las respectivas contralorías delegadas sectoriales y generales y la DIARI, las acciones de reacción inmediata y/o de policía judicial en los casos en que estén involucrados recursos del Sistema General de Regalías.

9. Adoptar líneas y criterios técnicos, en coordinación con los contralores delegados intersectoriales de la planta temporal de regalías, para tramitar y decidir las actuaciones a cargo del grupo responsable del control y vigilancia fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

10. Atender las acciones de tutelas, requerimientos administrativos y judiciales que sean asignados al Grupo por competencia.

11. Articular con la coordinación del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, la entrega de insumos para presentar los diferentes informes que tengan que ver con el Sistema General de Regalías.

12. Las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de la República.

PARÁGRAFO. Además del anterior catálogo de responsabilidades, se entenderán incluidas aquellas asignadas al coordinador para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, en el manual de funciones y las previstas para el rol de contralor delegado en las guías, manuales, procesos y procedimientos establecidos en la Contraloría General de la República.

ARTÍCULO 5o. RESPONSABILIDADES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL A NIVEL MACRO Y MICRO. El grupo interno de trabajo para la vigilancia y control fiscal a nivel macro y micro, cumplirá las siguientes responsabilidades:

A. Control Fiscal Macro:

1. Elaborar estudios y análisis de política pública sobre el Sistema General de Regalías, en cada una de las etapas del ciclo de las regalías: generación, fiscalización, liquidación, recaudo, transferencia, distribución, giro y aplicación, con énfasis en la evaluación de su impacto y resultados; así como identificar riesgos y aspectos críticos, en coordinación con la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Publicas,

2. Realizar estudios sectoriales relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías y participar en estudios sectoriales e intersectoriales con las demás dependencias que tengan relación con estos recursos.

3. Hacer seguimiento permanente a los recursos del Sistema General de Regalías y conceptuar acerca del funcionamiento del mismo, en cada una de sus etapas.

4. Detectar los riesgos en la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías y brindar información sobre los proyectos y aspectos críticos del Sistema General de Regalías.

5. Establecer lineamientos para el fortalecimiento de la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.

6. Realizar seguimiento en tiempo real, en el marco de lo previsto en el Decreto Ley 403 de 2020, a los recursos del Sistema General de Regalías en todas las etapas del ciclo, y articular con la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata la generación de alertas y el seguimiento permanente a los recursos con el fin de realizar actuaciones fiscales oportunas, eficaces y eficientes.

7. Aportar la información para el desarrollo de las responsabilidades de la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas.

8. Analizar la información relacionada con la gestión fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías por parte de las entidades del orden nacional y territorial, así como generar los informes que se requieran.

9. Efectuar el análisis de proyectos de la ley que se relacionen con el Sistema General de Regalías y rendir la información que sea solicitada por el Congreso de la República.

10. Proponer lineamientos para contribuir con la construcción del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal.

11. Responder las solicitudes de información relacionadas con los asuntos de competencia a nivel macro.

12. Seguimiento al comportamiento presupuestal y financiero del Sistema General de Regalías, en concordancia con el ciclo de las regalías y la financiación del sistema de seguimiento, control y evaluación del SGR.

13. Cumplir las demás actividades que le asigne el Contralor General de la República y el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro de los Recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.

14. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo.

B. Control Fiscal Micro:

1. Ejercer conforme a la tipología o modalidad que corresponda, los procesos de vigilancia y control fiscal a nivel micro sobre los recursos provenientes del Sistema General de Regalías en las actividades y etapas que comprenden el ciclo de estas.

2. Adelantar las acciones de vigilancia y control fiscal sobre los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías: así como respecto de las decisiones adoptadas por los órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) y por las entidades territoriales que aprueban directamente recursos de inversión del Sistema General de Regalías.

3. Consolidar la información relacionada con las acciones de vigilancia y control fiscal a nivel micro de los recursos del Sistema General (le Regalías en todo el territorio nacional.

4. Atender conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley 267 de 2000, en el Decreto Ley 403 de 2020 y sus reglamentaciones Internas, las diferentes actividades de seguimiento permanente al recurso público para el ejercicio el control preventivo y concomitante cuando ello resulte pertinente o que sirvan como insumo para las actuaciones de control fiscal posterior y selectivo.

5. Solicitar el Comité de Evaluación de las Denuncias Fiscales del Sistema General de Regalías, cuando se cumplan los criterios establecidos para dar aplicación a lo establecido en el artículo 8o de la Ley 610 de 2000.

6. Atender y tramitar las denuncias relacionadas con hechos que puedan afectar los recursos del Sistema General de Regalías, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas al Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

7. Implementar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, de conformidad con la tipología o modalidad de la acción de vigilancia o sistema de control fiscal a nivel micro que se aplique.

8. Orientar el trámite y ejecución de las acciones de vigilancia y control fiscal a nivel micro en el nivel central y en el nivel desconcentrado.

9. Adelantar conforme a la ley y en los casos que corresponda el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal e indagaciones preliminares, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.

10. Rendir al Contralor General de la República informes periódicos en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo.

11. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo.

12. Realizar las respuestas a los derechos de petición, tutelas, requerimientos administrativos y judiciales que sean asignados al Grupo y demás solicitudes que le sean asignados por competencia.

13. Atender en el marco de la normativa vigente, las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del Grupo.

14. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de la República y/o el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro del Sistema General de Regalías, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.

PARÁGRAFO. Además del anterior catálogo de responsabilidades, se entenderán incluidas aquellas asignadas a los contralores delegados intersectoriales para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías - nivel macro y micro, en el manual de funciones y las previstas para el rol de contralor delegado en las guías, manuales y procedimientos establecidos en la Contraloría General de la República.

ARTÍCULO 6o. ASIGNACIÓN REGIONAL DE LOS CONTRALORES DELEGADOS DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL MACRO Y MICRO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Los Contralores Delegados Intersectoriales del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro de los recursos del Sistema General de Regalías, adelantarán los diferentes ejercicios de vigilancia y control fiscal y de la atención de denuncias relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con las regiones y el número de contralores delegados intersectoriales que se destinen de acuerdo a la planeación y a las prioridades establecidas en. el Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal, definidas con criterios de prioridad y siguiendo las directrices del Contralor General de la República. Para el efecto, de acuerdo con la ejecución de inversión de las regalías se tendrán en cuenta las siguientes regiones:

REGIÓNCOBERTURA
CARIBEAtlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena, Sucre, San Andrés Providencia Santa Catalina.
CENTROBoyacá, Cundinamarca, Norte de Santander, Santander, Bogotá, Amazonas Caquetá, Huila, Putumayo y Tolima.
PACÍFICOCauca, Chocó, Nariño y Valle del Cauca
EJE CAFETERO Antioquia, Caldas, Quindío y Risaralda
LLANOSArauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada

PARÁGRAFO 1o. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro del Sistema General de Regalías, podrá redistribuir los Contralores Delegados Intersectoriales a diferentes regiones, previa Justificación de las necesidades del servicio y el reparto de las cargas de trabajo.

PARÁGRAFO 2o. Cuando se trate de asuntos de alcance nacional o que tengan incidencia en varias de las regiones contempladas en el presente artículo, a través de acciones transversales el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro del Sistema General de Regalías, podrá asignar su trámite a cualquiera de los Contralores Delegados Intersectoriales.

PARÁGRAFO 3o. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro del Sistema General de Regalías, podrá asignar un asunto relacionado con el Sistema General de Regalías a cualquier Contralor Delegado Intersectorial del Grupo Interno de Trabajo Micro y Macro del Sistema General de Regalías diferente al asignado al departamento y/o a la región.

ARTÍCULO 7o. INTERACCIÓN ENTRE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES Y EL NIVEL DESCONCENTRADO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, PARA EL EJERCICIO DE LA VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL MACRO, MICRO Y PARA LA ATENCIÓN DENUNCIAS. Los Contralores Delegados Intersectoriales Grado 04, de la planta global de duración temporal de regalías, en ejercicio de sus funciones y responsabilidades, deberán coordinar las diferentes actuaciones de vigilancia y control micro, macro y de atención de denuncias, que involucren o estén asociados a recursos del Sistema General de Regalías con las gerencias departamentales colegiadas correspondientes a la región que tengan asignada y/o la que determine el Coordinador del Grupo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro del Sistema General de Regalías, de acuerdo con los lineamientos impartidos por el mismo.

Para el cumplimiento de sus responsabilidades, a los Contralores Delegados Intersectoriales Grado 04 se les podrá asignar el apoyo de Asesor s de Despacho Grado 02, pertenecientes a la planta global de duración temporal de regalías y designados conforme a las regiones definidas en el artículo 9o de la presente resolución. Asimismo, podrán contar con los equipos de trabajo de la misma planta que se asignen a las Gerencias Departamentales Colegiadas.

Lo anterior sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 8o de la Ley 610 de 2000, en cuanto a la iniciación del proceso de responsabilidad fiscal.

ARTÍCULO 8o. COMITÉ TÉCNICO INTERSECTORIAL MICRO. Crear el Comité Técnico Intersectorial Micro, el cual equivale al Comité de Evaluación Sectorial en las contralorías delegadas sectoriales de la Contraloría General de la República, cuyas responsabilidades y conformación es la siguiente:

El Comité Técnico Intersectorial Micro, tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Revisar, evaluar y emitir el correspondiente concepto sobre el resultado de las actuaciones de vigilancia y control fiscal a nivel micro encomendadas a los funcionarios del grupo interno de trabajo o dependencias encargadas del seguimiento a los recursos del Sistema General de Regalías.

2. Conocer todos los resultados de los trámites derivados de las denuncias fiscales que se relacionen con los recursos del Sistema General de Regalías y que sean de su competencia.

3. Concertar la propuesta del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal (PNVCF) de cada vigencia y sus modificaciones, para aprobación del Comité Directivo.

4. Las demás que sean de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente.

El Comité Técnico Intersectorial Micro, estará conformado así:

1. Coordinador del grupo interno de trabajo para la vigilancia y control fiscal macro y micro del Sistema General de Regalías o su delegado {Directivo Superior, también con el rol de Director de Vigilancia Fiscal).

2. El Contralor Delegado Intersectorial asignado a las actividades propias del control fisca macro (Equivale al Director de Estudios Sectoriales -DES-).

3. El Contralor Delegado Intersectorial asignado al departamento o región que presenta los resultados...ante el comité.

4. Los Contralores Delegados Intersectoriales que estén asignados para la respectiva región en la que tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio, según lo dispuesto en la distribución territorial de que trata la presente resolución.

5. El Asesor de Despacho que se encuentre asignado al departamento de la región en la que tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio (Realiza las funciones de Coordinador de Gestión y su rol es el de Supervisor del proceso auditor).

6. El profesional con rol de líder del proceso auditor, cuyos resultados se presentan ante el comité.

PARÁGRAFO 1o. Serán asistentes permanentes los delegados, asesores de despacho grado 02 y profesionales que integren la mesa de viabilidad técnica, designados por el coordinador del grupo interno de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

PARÁGRAFO 2o. Todos los que conforman el comité tendrán voz y voto. Las decisiones del comité técnico intersectorial micro se tomarán por votación mayoritaria. En caso de no lograrse la mayoría, la decisión será tomada por el coordinador del grupo interno de trabajo para la vigilancia y control fiscal macro y micro de los recursos del Sistema General de Regalías.

ARTÍCULO 9o. COMITÉ TÉCNICO INTERSECTORIAL MACRO. Crear el Comité Técnico Intersectorial Macro, cuyas responsabilidades y conformación es la siguiente:

El Comité Técnico Intersectorial Macro tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Revisar, evaluar y emitir el correspondiente concepto sobre el resultado de las actividades de vigilancia y control fiscal a nivel macro, encomendadas a los funcionarios de grupo interno de trabajo o dependencias encargadas del seguimiento a los recursos del Sistema General de Regalías.

2. Concertar la propuesta del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal (PNVCF), en el componente macro, de cada vigencia anual y sus modificaciones, para aprobación del Comité Directivo.

3. Las demás que sean de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente.

El Comité Técnico Intersectorial Macro estará conformado así:

1. Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro de los recursos del Sistema General de Regalías o su delegado.

2. El contralor Delegado Intersectorial asignado a las actividades propias del control fiscal macro.

3. El Contralor Delegado Intersectorial Micro asignado a la DIARI que presenta los resultados ante el comité.

4. Los Contralores Delegados Intersectoriales Micro que estén asignados para la respectiva región en la que tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio, según lo dispuesto en la distribución territorial de que trata la presente resolución.

5. El Asesor de Despacho que se encuentre asignado al Contralor Delegado Intersectorial Macro.

6. El Asesor de Despacho que se encuentre asignado al Contralor Delegado Intersectorial Micro de la DIARI.

7. El profesional con rol de líder del proceso auditor, cuyos resultados se presentan ante el comité.

PARÁGRAFO 1o. Todos los que conforman el Comité tendrán voz y voto. Las decisiones del Comité Técnico Intersectorial Macro se tomarán por votación mayoritaria. En caso de no lograrse la mayoría, la decisión será tomada por el coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro y Micro de los recursos del Sistema General de Regalías.

ARTÍCULO 10. CONFORMACIÓN Y RESPONSABILIDADES DE LA MESA DE VIABILIDAD TÉCNICA. La Mesa de Viabilidad Técnica tiene por finalidad agregar valor a las acciones de vigilancia y control fiscal del Sistema General de Regalías y orientar al equipo auditor, cuando se requiera, en la determinación de la observación y dependiendo de la respuesta del auditado en la configuración y adecuado soporte del hallazgo. En este último caso la orientación de la Mesa de Viabilidad Técnica será previa al pronunciamiento del Comité Técnico Intersectorial Micro.

La mesa de viabilidad técnica será designada por el coordinador del grupo interno de trabajo para la vigilancia y control fiscal macro y micro del Sistema General de Regalías, y estará conformada por al menos un (1) profesional con título de pregrado en áreas financieras o contables, un (1) profesional con título de pregrado en un área técnica relacionada con la materia objeto de análisis en la mesa, y un (1) profesional en derecho con conocimiento en responsabilidad fiscal.

Las principales responsabilidades de la Mesa de Viabilidad Técnica serán:

1. Durante la estructuración de la o las observaciones coadyuvará en el análisis, estudio y validación de la observación de auditoría con posible incidencia fiscal. con el fin de identificar y cuantificar el daño patrimonial al Estado y los posibles autores que con su acción u omisión pudieron generar el detrimento patrimonial.

2. Durante el análisis de la respuesta de la entidad a las observaciones con posible incidencia fiscal, el funcionario experto evaluará en conjunto con el equipo auditor, si las razones expuestas por la entidad y los documentos soporte desvirtúan o ratifican la hipótesis planteada por la Contraloría General de la República en la estructuración de la observación. Revisará adicionalmente si se hace necesario fortalecer la evidencia que sienta la observación con incidencia fiscal.

3. Durante la estructuración y traslado del hallazgo fiscal, el funcionario experto en responsabilidad fiscal recomendará acerca de la evidencia para la configuración del hallazgo fiscal que permita comprobar la existencia cierta, clara, actual y precisa con la respectiva cuantificación del daño patrimonial detectado en el proceso auditor; así como, la identificación de los presuntos autores del hecho generador del daño fiscal que realizaron las acciones u omisiones y la relación de los dos elementos anteriores (el nexo causal).

Lo anterior de conformidad con lo establecido en el documento de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las Auditorías en la Contraloría General de la República en el marco de las Normas de Auditoría en Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI), o el documento que haga sus veces.

ARTÍCULO 11. GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA RESPONSABILIDAD FISCAL DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. El Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del Sistema General de Regalías y el Contralor Delegado Intersectorial Grado 04 designado para su coordinación tendrán las siguientes responsabilidades:

A. RESPONSABILIDADES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA RESPONSABILIDAD FISCAL DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS:

1. Coordinar a los Contralores Delegados Intersectoriales Grado 04, los Contralores Provinciales Grado 01, los Asesores de Despacho Grado 02, los Profesionales y demás servidores asignados al Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, garantizando la adecuada y oportuna gestión procesal en las actuaciones fiscales relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías.

2. Orientar e impartir lineamientos, directrices y criterios para la elaboración de los informes que le sean solicitados por el Despacho del Contralor General de la República, por la Auditoría General de la República y por las demás autoridades, relacionadas con el control y vigilancia fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

3. Dirigir la gestión de respuesta a los derechos de petición, tutelas, requerimientos administrativos y judiciales, asignados al grupo, asegurando que se den respuestas oportunas y conforme a la normativa vigente.

4. Participar en el procedimiento de unificación de criterios en responsabilidad fiscal, en coordinación con el Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo, y el Director de la Oficina Jurídica; así como en los conceptos que fijen posición jurídica institucional en materia de la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

5. Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Contralor General de la República y que estén acordes con la naturaleza del cargo y la dependencia.

B. RESPONSABILIDADES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA RESPONSABILIDAD FISCAL DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS:

1. Asumir en primera o única instancia, el conocimiento y trámite de las indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con la resolución por la cual se determina la competencia en materia de responsabilidad fiscal en la Contraloría General de la República.

2. Adelantar y decidir los procesos sancionatorios de su competencia, de conformidad con la normativa vigente.

3. Velar que los procesos de responsabilidad fiscal se desarrollen conforme a principios constitucionales y legales.

4. Gestionar, de acuerdo con la ley, el trámite, la sustanciación y/o el apoyo técnico u operativo de los procesos se adelantan respecto de los hallazgos con alcance fiscal, producto de la vigilancia y control fiscal sobre recursos del Sistema General de Regalías.

5. Dar aplicación a lo estipulado en el artículo 8o de la Ley 610 de 2000, sin perjuicio del procedimiento adoptado para la atención, trámite y seguimiento de las denuncias fiscales y de los demás derechos de petición de la Contraloría General de la República.

6. Controlar y hacer el respectivo seguimiento para prevenir y evitar la ocurrencia de los fenómenos de caducidad y prescripción de la acción fiscal, así como la preclusividad del plazo para la práctica de pruebas.

7. Coordinar el uso de las facultades ordinarias de policía judicial por parte de los servidores que integran su equipo, en el marco de sus competencias, en los términos señalados en la normativa que regula la materia.

8. Rendir al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR informes periódicos sobre el estado de las diferentes actuaciones adelantadas y presentar reportes inmediatos para efectos del control de gestión institucional.

9. Realizar la evaluación de estudios, antecedentes y hallazgos obtenidos en los procesos de vigilancia y control fiscal, asegurando su análisis integral para determinar las acciones de responsabilidad fiscal relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías.

10. Asegurar la verificación, análisis y consolidación de la información generada en los trámites de procesos de responsabilidad fiscal e indagaciones preliminares, en cumplimiento de las directrices institucionales, y sustentar las decisiones y resultados de la gestión institucional ante las instancias que correspondan, siguiendo los lineamientos establecidos.

11. Seguir y acatar los lineamientos, criterios y directrices, implementados por el Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR, en relación con el trámite y decisión de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías y hacer seguimiento a su desarrollo.

12. Recibir y dar trámite al reparto de los asuntos que corresponden a la competencia del Grupo Interno de Trabajo de Responsabilidad Fiscal del SGR.

13. Apoyar, verificar e impulsar que los informes técnicos cumplan con los parámetros establecidos por la entidad.

14. Tramitar y dar respuesta a las solicitudes, derechos de petición, tutelas, requerimientos administrativos y judiciales que sean asignadas.

15. Apoyar a la Oficina Jurídica con la defensa de los Intereses de la entidad en los procesos jurisdiccionales o administrativos que se originen por procesos de responsabilidad fiscal, de cobro coactivo o sancionatorios fiscales, en los que tuvo conocimiento.

16. Las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de la República y/o el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del Sistema General de Regalías, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.

PARÁGRAFO 1o. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR y demás profesionales que integran dicho Grupo Interno de Trabajo deberá coordinar con el Contralor Delegado para la Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo los lineamientos, criterios y directrices para el trámite y la decisión de los antecedentes, las indagaciones preliminares y los procesos de responsabilidad fiscal que versen sobre recursos del Sistema General de Regalías. Los demás integrantes del grupo Interno de trabajo obrarán de conformidad, según su rol funcional.

PARÁGRAFO 2o. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR, podrá asumir directamente el trámite de los antecedentes, procesos sancionatorios fiscales, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, de conformidad a la normatividad vigente y las asignaciones realizadas por el Contralor General de la República.

PARÁGRAFO 3o. Además del catálogo de responsabilidades anteriormente señalado, se entenderán comprendidas dentro de las responsabilidades asignadas al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR aquellas previstas para el rol de Contralor Delegado Intersectorial Grado 04, perfil responsabilidad fiscal, conforme a lo establecido en los manuales, guías y procedimientos adoptados por la Contraloría General de la República.

ARTÍCULO 12. RESPONSABILIDADES DE LOS CONTRALORES PROVINCIALES DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS EN LAS GERENCIAS DEPARTAMENTALES COLEGIADAS. Los Contralores Provinciales de la planta global de duración temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, integrarán la correspondiente Gerencia Departamental Colegiada y cumplirán las mismas responsabilidades de los directivos colegiados previstas para dichas dependencias, únicamente en los asuntos que involucren recursos del Sistema General de Regalías. Su participación en las sesiones de las Gerencias Departamentales Colegiadas se limitará exclusivamente a los casos en que el asunto objeto de conocimiento o decisión involucre los recursos mencionados. En los demás eventos, dichas gerencias sesionarán únicamente con los integrantes pertenecientes a la planta permanente de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normativa vigente.

ARTÍCULO 13. REPARTO DE TRABAJO ENTRE LOS CONTRALORES PROVINCIALES DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL DE REGALÍAS. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal del SGR, realizará el traslado de los hallazgos con incidencia fiscal que surjan con ocasión de los procesos de vigilancia y control fiscal micro al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal de SGR, de conformidad a la reglamentación vigente.

A su vez, el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR realizará el reparto de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal relacionados con recursos del SGR que deban ser asignados para conocimiento y trámite de los Contralores Provinciales vinculados a la planta global de duración temporal.

Los Contralores Provinciales de dicha planta conocerán de los casos asignados que involucre o estén asociados a recursos del SGR, dentro de la jurisdicción territorial correspondiente a l Gerencia Departamental Colegiada a la que se encuentren adscritos.

PARÁGRAFO 1o. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para l Responsabilidad Fiscal del SGR, en articulación con el Gerente Departamental correspondiente, podrá asignar actuaciones fiscales a los directivos de la planta permanente de la Gerencia Departamental Colegiada, según las necesidades del servicio, de conformidad con el procedimiento de reparto de hallazgos con presunta incidencia fiscal establecido en el Sistema de Gestión y Control Interno o el que haga sus veces.

PARÁGRAFO 2o. Los hallazgos con incidencia fiscal o antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal que involucren recursos de regalías, e trámite a la entrada en vigencia de la presente resolución en las Gerencias Departamentales Colegiadas a cargo de los directivos de la planta permanente de las Gerencia, permanecerán asignados a ellos, bajo la supervisión, seguimiento, vigilancia, lineamientos, directrices y criterios del Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR, hasta el nombramiento del Contralor Provincial.

El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR, con base en el análisis de los asuntos en trámite en cada Gerencia Departamental Colegiada, será quien determinará las actuaciones que serán asignadas para conocimiento del Contralor Provincial de la planta temporal de regalías, cuando a dichas dependencias sean asignados estos empleos o cuando las ·necesidades del servicio así lo ameriten.

PARÁGRAFO 3o. El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal del SGR, podrá asignar los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal relacionado con el Sistema General de Regalías a cualquier Contralor Provincial diferente al asignado a la región, cuando se den las circunstancias para ejercer la competencia por prelación, el cambio de radicación u otras razones para el buen servicio, previstas en la reglamentación de la Contraloría General de la República.

ARTÍCULO 14. RESPONSABILIDADES GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. El Grupo Interno de Trabajo para la Gestión Administrativa y Financiera del Sistema General de Regalías, cumplirá las siguientes responsabilidades:

1. Planear, gestionar, y hacer seguimiento, en coordinación con la Oficina de Planeación y la Gerencia Administrativa y Financiera de la Contraloría General de la República, a la ejecución de los recursos asignados, para cumplir la función de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías.

2. Monitorear y reportar periódicamente a la Gerencia Administrativa y Financiera la ejecución presupuestal y financiera de los recursos asignados, identificando alertas y proponiendo medidas de optimización del gasto.

3. Gestionar y articular con la Gerencia de Talento Humano, y con la Gerencia Administrativa y Financiera de la Contraloría General de la República, los trámites y aspectos relacionados con la organización y funcionamiento de los grupos internos de trabajo.

4. Aprobar y tramitar las comisiones, viáticos, permisos, licencias y demás asuntos de naturaleza administrativa que requieran los funcionarios de la planta temporal, verificados con las demás coordinaciones de los grupos internos de trabajo.

5. Aprobar y tramitar los asuntos de naturaleza administrativa que requieran los contratistas de la planta temporal, verificados con las demás coordinaciones de los grupos internos de trabajo.

6. Implementar mecanismos internos administrativos que permitan verificar y asegurar la correcta ejecución de los procesos contractuales, logísticos y de talento humano en el marco del SGR.

7. Gestionar tos trámites administrativos vinculados a la contratación, permanencia y desvinculación de los contratistas, conforme a las disposiciones normativas vigentes y a los lineamientos institucionales.

8. Atender las necesidades de personal de los grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías y adelantar el trámite correspondiente para la asignación y los movimientos de funcionarios entre grupos de trabajo, velando por el cumplimiento de la normativa vigente y los principios de eficiencia, coordinación y legalidad en la administración del talento humano.

9. Gestionar con las dependencias competentes de la Contraloría General de la República la provisión de los bienes y servicios requeridos para el adecuado y oportuno cumplimiento de las funciones de los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal y para la Responsabilidad Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, para cumplir funciones relacionadas con el objeto misional.

10. Elaborar y suscribir, los estudios previos y demás documentos requeridos por la normativa vigente, para la contratación de los bienes y servicios requeridos por los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal y para la Responsabilidad Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, para cumplir funciones relacionadas con el objeto misional, garantizando su pertinencia técnica, legal y administrativa.

11. Diseñar e implementar las estrategias de comunicación internas para tos Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal y para la Responsabilidad Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, en aras de una comunicación asertiva en el marco de los objetivos institucionales.

12. Gestionar la administración y manejo de los archivos de gestión de los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal y para la Responsabilidad Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, dando estricto cumplimiento a las disposiciones internas y normatividad vigente en materia de archivo y conservación de la información.

13. Consolidar y remitir los informes de gestión administrativa y financiera requeridos por las instancias de seguimiento institucional y por los órganos de control.

14. Las demás actividades que les sean asignadas por el Contralor General de la República.

ARTÍCULO 15. INTEGRALIDAD NORMATIVA. Las responsabilidades previstas en la presente resolución se interpretarán y aplicarán de manera armónica con las funciones asignadas a cada servidor público en el respectivo Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales, así como con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que regulen la materia.

ARTÍCULO 16. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución Organizacional número OGZ-0827- 2023 del 16 de marzo de 2023 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

El Contralor General de la República,

Carlos Hernán Rodríguez Becerra.

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