RESOLUCIÓN 7111 DE 2012
(noviembre 9)
Diario Oficial No. 48.621 de 21 de noviembre de 2012
CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES
Por la cual se delegan unas funciones relacionadas con la suscripción de actos administrativos durante Comisión de Servicios del Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES,
en uso de las facultades legales en especial las conferidas en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y estatutarias contenidas en el Acuerdo número 08 de 2002, y
CONSIDERANDO:
1. Que la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las Entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política, establece en su artículo 9o que: “las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.
(...) Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley.
2. Que en el numeral 12 del artículo 20 del Acuerdo número 08 de 2012, se establece que el Director General podrá celebrar los contratos y convenios, así como realizar las operaciones y actos de disposición que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Caja, sin límite de cuantía de conformidad con lo establecido en el Estatuto, en la Ley 80 de 1993 y en las demás normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan, sin perjuicio de la facultad de delegación que en materia contractual le otorga la Ley.
3. Que el numeral 24 del artículo 20 del Acuerdo número 08 de 2002, preceptúa que el Director de la Caja, podrá “Delegar en los funcionarios de la entidad el ejercicio de algunas funciones, cuando la Constitución Política, la Ley o los estatutos lo permitan”.
4. Que en virtud del Decreto número 4616 de 2006 y el Acuerdo número 08 de 2002 la Subdirección de Prestaciones sociales tiene a su cargo entre otras, la función de coordinar las actividades relacionadas con el tramite y estudio de las solicitudes de asignación de retiro, sustitución pensional y las que se deriven de las mismas y preparar los actos administrativos de decisión del Director General.
5. Que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios institucionales, en particular a los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia.
6. Que en virtud de lo anterior y por las funciones otorgadas por la ley, el Director de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares requiere delegar la suscripción de actos administrativos en el Subdirector de Prestaciones Sociales de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares en aras de garantizar la prestación del servicio.
7. Que el Director de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares en ejercicio de sus funciones debe ausentarse de las instalaciones de la entidad en forma habitual.
En mérito de lo expuesto, el Director General de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Subdirector del sector Defensa grado 1-2-1-138 (Subdirector de Prestaciones Sociales) de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, la facultad para suscribir en su ausencia por comisión de servicios, los actos administrativos de reconocimiento, pago, suspensión del pago y extinción de las asignaciones de retiro, pensiones y demás prestaciones a que está obligada la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares y los recursos que se interpongan contra dichos actos administrativos, con el fin de dar cumplimiento a los cometidos institucionales.
ARTÍCULO 2o. Manifestar que el Director de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares en calidad de delegante puede en cualquier tiempo reasumir a competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de noviembre de 2012.
El Director General,
MAYOR GENERAL (RA) ÉDGAR CEBALLOS MENDOZA.
Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
