RESOLUCIÓN 1602 DE 2015
(junio 5)
Diario Oficial No. 49.539 de 10 de junio de 2015
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
Por medio de la cual se modifica parcialmente el artículo primero de la Resolución número 1308 de 2015.
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 1308 de 2015 se desagregaron los recursos distribuidos y asignados por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías destinados al fortalecimiento de las secretarías técnicas o de planeación municipales, o quienes hagan sus veces, y de las secretarías técnicas de los órganos colegiados de administración y decisión regionales, departamentales, de las corporaciones autónomas regionales, departamentales, de las corporaciones autónomas regionales y nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Que en el artículo primero del citado acto administrativo se incurrió en un yerro involuntario, al desagregar para el departamento del Meta un valor de cuatrocientos doce millones de pesos moneda legal ($412.000.000), los cuales corresponden al departamento de Arauca, por ser la entidad designada para ejercer la secretaria técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión de la Región Llano durante el 2015, según consta en Acta número 17 del 17 de diciembre de 2014, de dicho órgano colegiado.
Que es necesario corregir el error señalado en el inciso anterior y desagregar para el departamento de Arauca la suma correspondiente y, en consecuencia, modificar parcialmente el artículo primero de la Resolución número 1308 de 2015.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar parcialmente el artículo primero de la Resolución número 1308 de 2015, en cuanto a los recursos desagregados por el Departamento Nacional de Planeación a la secretaría técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de la Región Llano, así:
RECURSOS DESAGREGADOS POR EL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN A LAS SECRETARÍAS TÉCNICAS DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN – OCAD REGIONAL
| CATEGORÍA | CÓDIGO | REGIONAL | ENTIDAD | ASIGNACIÓN 2015 |
| REGIONAL | 81000 | LLANO ST | Arauca | $412.000.000 |
ARTÍCULO 2o. Comunicar el contenido de la presente resolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de su competencia.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Director General, Departamento Nacional de Planeación,
SIMÓN GAVIRIA MUÑOZ.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
