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RESOLUCIÓN 4146 DE 2010

(septiembre 21)

Diario Oficial No. 47.849 de 1 de octubre de 2010

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

Por la cual se actualiza el Plan de Enajenación Onerosa del ICBF, contenido en la Resolución No.2990 de 2010.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas por los artículos 62 y 66 de la Ley 75 de 1968, 39 de la Ley 7a de 1979, y 8o de la Ley 708 de 2001, y los Decretos 4637 de 2008 y 3297 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 62 y 66 de la Ley 75 de 1968 y 39 de la ley 7a de 1979, determinan que el ICBF es el heredero del quinto orden sucesoral y destinatario de los bienes que se declaren como vacantes o mostrencos. Los bienes inmuebles de propiedad del ICBF recibidos en desarrollo de estas normas, por no estar sometidos a la obligación de oferta de donación a favor de otras entidades públicas, deben enajenarse para ingresar a sus rentas el producido de las respectivas ventas.

Que el artículo 33[1] de la Ley 9a de 1989 dispuso que las Entidades Públicas que hayan adquirido bienes a cualquier título, deberán aplicarlos a los fines para los cuales fueron adquiridos o en su defecto enajenarlos.

Que el artículo 2o del Decreto 4637 de 2008 definió los Planes de Enajenación Onerosa como "(...) aquellos actos a través de los cuales las entidades públicas realizan una identificación de sus bienes inmuebles fiscales que no tienen vocación para la construcción de vivienda de interés social, que no los requiere la entidad para el desarrollo de sus funciones, así como aquellos que no han sido solicitados por otras entidades para el desarrollo de programas contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo, y los que se encuentran incluidos en el artículo 3o del presente decreto (...)".

Que el ICBF debe promover la venta de los inmuebles que no necesita para su uso, cualquiera hayan sido el título o modo de adquisición, por lo que adoptó su Plan de Enajenación Onerosa mediante la Resolución No.783 del 20 de abril de 2007, el cual se ha venido actualizando periódicamente.

Que los bienes que hacen parte del Plan de Enajenación Onerosa en el ICBF (i) no tienen vocación para la construcción de vivienda de interés social, (ii) no los requiere la Entidad para el desarrollo de sus funciones, (iii) no han sido solicitados por otras Entidades para el desarrollo de programas contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo, y (iv) no se encuentran dentro de los taxativamente excluidos por el artículo 3o del Decreto 4637 de 2008.

Que se requiere actualizar el Plan de Enajenación Onerosa para incluir nuevos inmuebles que le han ingresado al Instituto, y excluir los que ya han sido vendidos y algunos que se requieren para cumplir con obligaciones adquiridas por el ICBF.

Que los inmuebles saneados que se adicionan al Plan de Enajenación Onerosa, son:

No.RegionalMunicipioDireccióntipo de inmuebleNo Matrícula inmobiliaria% de PropiedadAvalúo Comercial
1ValleCaliKR 1H N° 38-44Casa370-333454100%$33.481.896
2BoyacáFlorestaVereda PotrerosLote0792-525975%$ 22.680.000
3AntioquiaMedellínKR 68 N° 100-74Casa01N-5178941100%$ 43.627.732
4BogotáBogotáKR 13 N° 59-24 Local 131Local50C-688400100%$ 34.110.000
5BogotáBogotáKR 79 F Bis N° 36A-51 Sur Apto 201 Bloque 77Apartamento50S-447986100%$ 44.955.000

Que los inmuebles vendidos que se retiran del Plan de Enajenación Onerosa, son:

RegionalMunicipioDirecciónTipo de InmuebleFolio de Matricula
1HuilaNeivaKR 2 No. 2A-55/61/63Edificio200-109185
2BogotáBogotáCL 24 N° 17-35Edificio50C-12938
3BogotáBogotáKR 10 No. 24-76 APT 402Apartamento50C-1493107
4CundinamarcaTocaimaVereda Puna - Alto de IznáFinca30730185
5CaldasManizalesFinca Villa Rocío, Paraje la Enea hoy la Miranda, Urbanización JuanchitoLote100-138837
6NariñoPastoCL 22 N° 16-59Casa Lote240-46547
7BogotáBogotáKR 6 A ESTE No. 35-74/76 SURCasa50S-368438
8MetaSan Juan AramaCL 10 No. 8-20Lote326-6301 236-6301
9NariñoImuesPredio Montaña ComúnLote254-18278
10AntioquiaDon MatíasCL 25 No. 30-44, PRE 18Lote012-14555
11NariñoPastoCL22A# 13-24Apartamento24091970
12Norte De SantanderRagonvaliaAV 2 N° 6-76Casa264-0004988
13SantanderVélezLote San Antonio Vereda la CapillaLote32415186
14SantanderVélezLas Llanadas Lote Botuva, Vereda CapillaLote32437157
15BogotáBogotáLT 1281 Sección Especial H2 Cementerio Jardines de la InmaculadaLote cementerio50N-639266
16BogotáBogotáLT 2854 Sector Monumental A2, Cementerio Jardines de la InmaculadaLote cementerio50N-591761
17BogotáBogotáLT 844, sector 5 Etapa 2 - Cementerio Jardines de la ResurrecciónLote cementerio50N-1188532
18BogotáBogotáKR 7 N° 1A - 34 Sur Garaje 49Garaje50S-40265793
19HuilaRiveraLote el Patino, Vereda Alto PedregalLote200-21582
20AntioquiaMedellínCL 53 N° 46-09 apto 203Apartamento01N-175013
21BogotáBogotáKR 13 No. 19-71, AP 202Apartamento50C-493658
22BogotáBogotáCL 24 No. 14 - 38, APTO. 302Apartamento50C-88563
23BogotáBogotáKR 28 N° 71 B -53Bodega50C-1115816
24VallePalmiraCl 22 A N"27-40Casa378-45749
25ValleCartagoCl 10 N° 10-95/97/101/107Casa375-16948
26BogotáBogotáCl 29 N° 4-12/16Edificio50C-15377
27BogotáBogotáKR 16 N° 43-07Casa50C-690204
28BogotáBogotáCl 75 Na 7-52 APTO 601 GRJ 10Apartamento50C-957380
29BogotáBogotáCl 21 N° 4-60Casa50C-1339031
30BogotáBogotáKR 44 C N° 22-86 apto 404Apartamento50C-1269440
31BogotáBogotáKR 44 C N° 22-86 GJ 11Garaje50C-1269412
32ValleCaliCL 23 N° 11D -64Casa370-78252

Que el ICBF celebró el 25 de febrero de 2010, con la Beneficencia de Cundinamarca, Conciliación Extrajudicial en la Procuraduría Novena Judicial ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la cual fue aprobada por este Tribunal Administrativo el 25 de marzo de 2010.

Que en virtud de la conciliación suscrita, se concretaron a cargo del ICBF una serie de obligaciones económicas que deberá cubrir parcialmente con bienes inmuebles de su propiedad, por lo que se hace aconsejable retirar del Plan de Enajenación Onerosa los siguientes bienes con los cuales el Instituto podrá abonar a las obligaciones derivadas de la citada conciliación:

RegionalMunicipioDirecciónTipo de InmuebleFolio de Matricula
1CundinamarcaFusagasugáChinautaLote15714325
2CundinamarcaSesquiléLote Hogares Sesquilé, Vereda SalinasFinca176-1733
3CundinamarcaSoachaKR 8 No. 14-47Casa50S-661718
4MagdalenaSanta MartaPozos ColoradosLote080-0025700
5ValleBuenaventuraCl 6 No. 52-71Casa Lote372-09425

Que el presente Plan de Enajenación Onerosa del ICBF será publicado en la página Web: www.icbf.gov.co y en el Diario Oficial.

Que con mérito en lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Actualizar el Plan de Enajenación Onerosa del ICBF, contenido en la Resolución No.2990 del 22 de julio de 2010, el cual queda integrado por 54 bienes inmuebles que se relacionan en anexo que hace parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de este acto administrativo a Central de Inversiones S.A., dentro de los 10 días siguientes a su publicación.

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C., a los  21 SET. 2010

ELVIRA FORERO HERNANDEZ

* * *

1. ARTICULO 33. Todas las entidades públicas que hayan adquirido inmuebles a cualquier título o que los adquieran en lo sucesivo, también a cualquier titulo, deberán aplicarlos a los fines para los cuales fueron adquiridos. En el acto de adquisición se incluirá en forma expresa el fin para el cual fueron adquiridos los inmuebles. Las entidades públicas dispondrán de un término máximo de cinco (5) años contados desde la fecha de publicación de esta ley o a partir de la fecha de la adquisición del bien, según el caso, para cumplir con esta obligación. Si así no lo hicieren, deberán enajenarlos a más tardar a la fecha de vencimiento del término anterior.

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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