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RESOLUCIÓN 4233 DE 2006

(octubre 19)

Diario Oficial No. 46.430 de 23 de octubre de 2006

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y REFORMA URBANA, INURBE

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por medio de la cual se asignan unas funciones y se modifica y adiciona la Resolución 659 del 30 de julio de 1997.

EL GERENTE LIQUIDADOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y REFORMA URBANA, INURBE EN LIQUIDACIÓN,

en uso de sus atribuciones legales, especialmente las consagradas en los Decretos 861 de 2000, 254 de 2000, 554 de 2003, 600 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 29 del Decreto 861 del 2000, la adopción, adición, modificación o actualización del Manual Específico de Funciones y Requisitos se efectuará mediante resolución interna del Jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general y no requerirá refrendación del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que el Decreto 254 de 2000 al establecer el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional, fijó la competencia y funciones del Gerente Liquidador, precisando, entre otras:

(“…”).

Artículo 4o. Competencia del liquidador. Es competencia del liquidador adelantar bajo su inmediata dirección y responsabilidad los procesos de liquidación de las entidades...

Artículo 6o. Funciones del liquidador. Son funciones del liquidador las siguientes:

f) Ejecutar los actos que tiendan a facilitar la preparación y realización de una liquidación rápida y efectiva

(“…”);

Que consecuentemente en el Decreto 554 de 2003 se definieron las funciones del liquidador, fijando, entre otras, las siguientes:

(“…”).

Artículo 7o. Funciones del liquidador. El liquidador adelantará bajo su inmediata dirección y responsabilidad el proceso de liquidación del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación, para lo cual ejercerá, además, las siguientes funciones:

8. Ejecutar los actos que tiendan a facilitar la preparación y realización de una liquidación rápida y efectiva. (“…”);

Que mediante Resolución 659 del 30 de julio de 1997 se estableció el manual específico de funciones para los diferentes empleos públicos de la planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe.

Que iniciado el proceso de liquidación de la entidad, mediante oficios del 19 de marzo y 7 de abril de 2003, la Unidad de Control Interno Disciplinario solicitó concepto al Procurador Auxiliar para Asuntos Disciplinarios respecto de la competencia funcional para tramitar los procesos disciplinarios en el Instituto bajo el imperio de la supresión y liquidación ordenada por el Decreto 554 de 2003, obteniendo como respuesta el Concepto número 4033 del 20 de mayo de 2003, en el que se indicó que los procesos en curso debían ser de conocimiento de las Procuradurías Regionales, procediendo el Instituto a remitir conforme la totalidad de expedientes disciplinarios. Posteriormente, el Procurador General de la Nación mediante Resolución número 071 de 2004 ordenó que los procesos disciplinarios de las entidades en liquidación debían ser asumidos por la entidad a la cual se hubiesen asignado las funciones de la entid ad liquidada, siendo entonces remitidos los expedientes correspondientes al Inurbe en Liquidación por las Procuradurías Regionales al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; entidad qué, avocó conocimiento, hasta que, las dos entidades, en acatamiento de la Resolución número 317 de 2004, coordinaron la entrega de los expedientes a la Unidad de Control Interno Disciplinario del Inurbe en Liquidación, hecho que se finiquitó como lo advierte el oficio 4600-E2-69152 del 8 de septiembre de 2004 emanado de la coordinación del grupo de Control Interno Disciplinario del Ministerio, motivando que dichas funciones fueran asumidas por el asesor, código 1020, grado 13;

Que por renuncia al cargo del funcionario a quien se le habla asignado las funciones de Control Interno Disciplinario, la cual fue aceptada a partir del 1o de octubre de 2006, mediante la Resolución número 3036 del 28 de septiembre de 2006 y a fin de garantizar continuidad en la función de control disciplinario de la entidad, se hace necesario reasignar dichas funciones;

Que en suma, en virtud del proceso de liquidación y en procura de articular mecanismos idóneos, funcionales y expeditos para enfrentar el plan de cierre de la liquidación, especialmente lo relacionado con las funciones y responsabilidades de control interno disciplinario se hace necesario reorientar y ajustar en el manual de funciones de la entidad en tal sentido;

En mérito de lo expuesto, la Gerencia Liquidadora

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar y adicionar en lo pertinente la Resolución 0659 de 1997, asignando las siguientes funciones, de control interno disciplinario, al cargo de asesor código 1020, grado 11.

1. Investigar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelantan contra los funcionarios de la en tidad, excepto el Gerente Liquidador y los Subgerentes.

2. Asesorar y recomendar a la Gerencia Liquidadora los mecanismos y procedimientos para el cabal cumplimiento de la Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Unico.

3. Orientar la capacitación a las diferentes dependencias en lo que hace referencia a la Ley 734 de 2002 para facilitar su cumplimiento.

4. Absorber consultas, asesorar y emitir conceptos en los asuntos encomendados por la Gerencia Liquidadora para facilitar el cumplimiento de la misión institucional y lo ordenado por el Decreto 554 de 2003.

5. Las demás funciones que le sean asignadas por el Jefe inmediato y que correspondan a la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 4o.<sic> Copia de la presente resolución se remitirá a la Subgerencia Administrativa y Financiera para lo de su competencia y pertinencia.

ARTÍCULO 5o.<sic> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, dejando vigente las demás partes de la Resolución número 0659 de 1997 y sus modificatorias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de octubre de 2006.

El Gerente Liquidador,

JORGE ALBERTO SERNA JARAMILLO.

 

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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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