RESOLUCION 4924 DE 1998
(diciembre 22)
MINISTERIO DE SALUD
Por la cual se modifica el artículo 20 de la Resolución No. 2546 del 2 de julio de 1.998.
EL MINISTRO DE SALUD
En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los numerales 2 y 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 3 del Decreto 1292 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 02546 del 2 de julio de 1.998, se determinaron los datos mínimos, las responsabilidades y los flujos de información de Prestaciones de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Que el artículo 20 de la resolución No. 02546 de 1.998 fijó un plazo de seis(6) meses contados a partir de su expedición, para que todas las entidades integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, dieran cumplimiento a las disposiciones establecidas en la mencionada resolución.
Que dicho plazo vence el 2 de Enero de 1.999 y resulta necesario conceder un término más amplio para que las Entidades responsables puedan crear las condiciones objetivas que les permitan adecuarse operativa y tecnológicamente a la información requerida en la Resolución 02546 de 1.998.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Modificar el artículo 20 de la resolución No. 02546 del 2 de Julio de 1.998, la cual quedará así: Las Entidades a las que se refiere la presente resolución, deberán generar y transferir la información de Prestaciones de Salud, a partir del 1 de julio de 1.999.
ARTICULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá D.C. a los 22 de diciembre de 1998
VIRGILIO GALVIS RAMIREZ
Ministro de Salud