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RESOLUCIÓN 41 DE 2007

(febrero 15)

Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009>

Por medio de la cual se modifica parcialmente el artículo 4o de la Resolución 383 del 19 de diciembre de 2001, por medio de la cual se crean seccionales de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales.

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- Derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009, 'por medio de la cual se Derogan las Resoluciones N. 41 del 15 de febrero de 2007, 'por medio de la cual se modifica parcialmente el artpiculo cuarto de la Resolución 383 del 19 de diciembre de 2001' y 80 del 27 de marzo de 2007 'Por medio de la cual se modifica la Resolución N. 41 del 15 de febrero de 2007'

- Modificada por la Resolución 80 de 2007, publicada en el Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007, 'Por medio de la cual se modifica la Resolución número 041 del 15 de febrero de 2007'

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7, 8, 38, 39 del artículo 7o del Decreto 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 7 del artículo 72 del Decreto 262 de 2000 confirió a este Despacho la facultad de expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley;

Que mediante Resolución número 383 de 2001 este Despacho creó seis (6) seccionales de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Valle del Cauca, Santander, Meta y Cundinamarca, con el fin de apoyar al nivel regional de esta entidad en los aspectos preventivo y de control de gestión, así como también reforzar la tarea de investigar disciplinariamente las conductas de quienes ejercen funciones públicas;

Que el artículo 2o de la mencionada Resolución asignó a cada una de las Seccionales de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, nueve (9) cargos de la planta de personal de esta entidad para su adecuado funcionamiento;

Que el artículo 3o de la Resolución 383 de 2001 estableció que las funciones de esas dependencias seccionales “(...) corresponderán, en el nivel territorial, a las otorgadas en el artículo 10 del Decreto 262 de 2000, a la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales. (...)”;

Que la Resolución 383 de 2001 asignó competencia territorial a las seis (6) Seccionales de Investigaciones Especiales en cada uno de los 32 departamentos del país;

Que en la actualidad la Seccional de Investigaciones Especiales del departamento del Valle del Cauca cuenta con un número total de cuatro (4) funcionarios;

Que revisada la planta mínima de personal de la Procuraduría General de la Nación no es posible asignar cinco (5) cargos más para que esa dependencia continúe con su adecuado y normal funcionamiento;

Que esta falencia de recurso humano en la mencionada dependencia, ha desencadenado un deficiente rendimiento en los resultados previstos y en la función misional atribuida a esa Seccional de Investigaciones Especiales viéndose afectada la eficiente prestación del servicio en esa dependencia, situación que hace imperante adoptar una decisión institucional al respecto;

Que el numeral 38 del artículo 7o del Decreto 262 de 2000 atribuyó como función a este despacho organizar las dependencias de la Procuraduría General de la Nación para su adecuado funcionamiento conforme a las reglas y principios establecidos en este decreto y denominarlas, de acuerdo con las necesidades del servicio, sin establecer a cargo del Tesoro Público obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la Ley de Apropiaciones;

Que teniendo en cuenta las consideraciones ya expuestas y en ejercicio de la facultad prevista en el artículo citado en el párrafo precedente, este despacho suspenderá en forma indefinida el funcionamiento de la Seccional de Investigaciones Especiales del Valle del Cauca, hasta tanto se solucione la deficiencia de personal que reporta aquella;

En consecuencia y en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009> <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> Trasladar temporalmente la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional Valle del Cauca a la Procuraduría Regional del Valle del Cauca.

Notas de Vigencia

- Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007, publicada en el Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007.

Legislación Anterior

Texto original de la Resolución 41 de 2007:

ARTÍCULO 1. Suspender el funcionamiento de la Seccional de Investigaciones Especiales del departamento del Valle del Cauca, por las razones expuestas en la parte considerativa de este acto administrativo.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009>  <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> Los servidores Carlos Arturo Posada Restrepo, Profesional Universitario, Código 3PU, Grado 17; Marina Mercedes Muñoz Movilla, Técnico Investigador, Código 4TI, Grado 11; José Alfonso Salazar González, Conductor, Código 6CH, Grado 06; Jorge Herney Arana González, Oficinista, Código 50F, Grado 06, deberán seguir cumpliendo las funciones señaladas en la Resolución número 383 del 19 de diciembre de 2001, sin perjuicio de las demás que les asigne el Director Nacional de Investigaciones Especiales y la Procuradora Regional del Valle del Cauca.

Notas de Vigencia

- Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007, publicada en el Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007.

Legislación Anterior

Texto original de la Resolución 41 de 2007:

ARTÍCULO 2. La competencia territorial en los departamentos de Cauca, Nariño, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca que fuera conferida mediante Resolución 383 de 19 de diciembre de 2001 a la Seccional de Investigaciones Especiales del Valle del Cauca, será asignada en forma temporal a la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales mientras subsistan las causas que dieron origen a la suspensión de funciones de dicha Seccional.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009>  <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> El manejo administrativo de los servidores de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional del Valle del Cauca estará a cargo de la Procuradora Regional del Valle del Cauca.

PARÁGRAFO. Los elementos que forman parte del inventario de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional del Valle del Cauca deberán ser trasladados a la Procuraduría Regional del Valle del Cauca y estarán bajo la responsabilidad de cada uno de los servidores que les sean asignados.

Notas de Vigencia

- Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007, publicada en el Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007.

Legislación Anterior

Texto original de la Resolución 41 de 2007:

ARTÍCULO 3. Los elementos de consumo y devolutivos que forman parte del inventario de la Seccional de Investigaciones Especiales estarán a cargo y responsabilidad de la Procuraduría Regional del Valle, bajo la supervisión inmediata de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, en tanto permanezca la suspensión de funciones de dicha Seccional.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009>  <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> Mientras esté vigente la presente resolución la calificación de servicios de los servidores inscritos en Carrera Administrativa de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional del Valle del Cauca, deberá efectuarla la Procuradora Regional del Valle del Cauca, quien ejercerá el manejo administrativo de los mencionados servidores.

Notas de Vigencia

- Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 80 de 2007, publicada en el Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007.

Legislación Anterior

Texto original de la Resolución 41 de 2007:

ARTÍCULO 4. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución 383 de 2001 permanecerán incólumes.

ARTÍCULO 6o. <sic>. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009>  Comunicar la presente decisión a la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales y a la Procuraduría Regional del Valle del Cauca para los fines pertinentes.

ARTÍCULO 7o. <sic>.  <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 345 de 2009>  La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2007.

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
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Última actualización: 30 de diciembre de 2025

 

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