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RESOLUCIÓN 4381 DE 2018

(abril 30)

Diario Oficial No. 50.714 de 12 de septiembre de 2018

SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 2854 de 2018 derogada por el artículo 26 de la Resolución 6610 de 2019>

Por la cual se modifican el artículo 27 de la Resolución número 2854 del 16 de marzo de 2018 y el artículo 3o de la Resolución número 3177 del 26 de marzo de 2018, por la cual se fijaron tarifas por concepto del ejercicio de la función registral.

EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO,

en uso de las facultades conferidas por el artículo 74 de la Ley 1579 de 2012, el numeral 22 del artículo 11 y el numeral 13 del artículo 13 del Decreto número 2723 del 29 de diciembre de 2014,

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 74 de la Ley 1579 de 2012, le corresponde al Superintendente de Notariado y Registro fijar las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral, así como su ajuste anual teniendo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor, previo estudio que contendrá los costos y criterios de conveniencia que demandan.

Que con fundamento en la citada disposición se expidieron las Resoluciones número 2854 del 16 de marzo de 2018 y la Resolución número 3177 del 26 de marzo de 2018, a través de las cuales se fijaron las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral.

Que los ajustes tecnológicos necesarios para la aplicación de los incrementos de tarifas para los servicios registrales dispuestos en los artículos 11, 12 y 13 de la Resolución número 2854 se encuentran listos para entrar a regir a partir del 2 de mayo de 2018, de acuerdo con el artículo 27 de la misma disposición.

Que la Superintendencia de Notariado y Registro, en cabeza de la Oficina de Tecnologías de la Información, continúa avanzando en la puesta en marcha de los ajustes tecnológicos necesarios en sus sistemas misionales para la aplicación de los aumentos de tarifas fijados en los mencionados actos administrativos estipulados en los artículos 1o, 9o, 10, 14 y 16 que obedecen a la liquidación de derechos de registro.

Que estos ajustes tecnológicos requieren ampliación de tiempo para su implementación, por lo cual se hace necesario modificar la entrada en vigencia específicamente de los artículos mencionados en el considerando inmediatamente anterior.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 6610 de 2019> Modifíquese el artículo 27 de la Resolución 2854 de 16 de marzo de 2018, el cual quedará del siguiente tenor literal:

Artículo 27. Vigencia. Los artículos 1o, 9o, 10, 14 y 16 de esta resolución rigen a partir del 15 de mayo de 2018.

Las demás disposiciones, rigen de acuerdo a sus estipulaciones y parágrafos correspondientes, a partir del 2 de mayo de 2018.

ARTÍCULO 2o. MODIFICACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 6610 de 2019> Modifíquese el artículo 3o de la Resolución número 3177 del 26 de marzo de 2018, el cual quedará del siguiente tenor literal:

Artículo 3o. Vigencia. Esta resolución rige a partir del 15 de mayo de 2018.

ARTÍCULO 3o. Las demás disposiciones no modificadas en la presente resolución continúan vigentes, en tanto no sean contrarias a las modificaciones aquí adoptadas.

ARTÍCULO 4o. PUBLICACIÓN. La presente resolución se publicará en el Diario Oficial y en la página web de la entidad.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de abril de 2018.

El Superintendente de Notariado y Registro,

Jairo Alonso Mesa Guerra.

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