RESOLUCIÓN 2023920030008118-6 DE 2023
(octubre 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por medio de la cual se adopta la versión 7 del Manual de Políticas Contables de la Superintendencia Nacional de Salud
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 33 del artículo 7 del Decreto 1080 de 2021, la Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación, la Resolución N° 2021920030016695-6 de 2021 el Decreto 1712 de 2022, y
CONSIDERANDO
Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política determinan el marco general relativo a la obligatoriedad de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno por parte de las entidades y organismos del sector público.
Que el artículo 3 de la Ley 87 de 1993 establece que el sistema de control interno forma parte integral de los sistemas contables, financieros, de planeación y operaciones de la respectiva entidad.
Que mediante el Decreto 1080 de 2021 se modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, y en el numeral 33 del artículo 7, se señala como función del Despacho del Superintendente Nacional de Salud: "(...) dirigir la acción administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud y el cumplimiento de las funciones que a la Entidad le corresponden (...)".
Que la Contaduría General de la Nación (CGN) expidió la Resolución 193 de 2016:
"Por la cual se incorpora en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública el procedimiento para la evaluación del Control Interno Contable".
Que el procedimiento adoptado a través de la Resolución 193 de 2016, en su numeral 3.2.4. determina que, “La Entidad debe contar con un manual de políticas contables, acorde con el marco normativo que le sea aplicable, en procura de lograr una información financiera con las características fundamentales de relevancia y representación fiel.
Que en concordancia con el procedimiento adoptado por la Contaduría General de la Nación a través de la Resolución 193 de 2016, la Superintendencia Nacional de Salud mediante resolución 2021920030016695-6 de 2021 conformó el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable (CTSC).
Que de acuerdo con el artículo 1 de la resolución de su creación, el comité técnico de sostenibilidad contable:
“(...) se crea como instancia asesora de la Entidad que actuará en procura de la “generación de información contable confiable, relevante y comprensible” recomendando, si a ello hay lugar, al Superintendente la adopción de políticas, estrategias y procesos requeridos para garantizar la sostenibilidad del Sistema Contable, la depuración de partidas que sean sometidas a su consideración, respecto de las cuales encuentre identidad entre los derechos, bienes u obligaciones y las situaciones descritas en las normas como causales para la depuración contable”.
Que la Resolución 533 de 2015 expedida por la Contaduría General de la Nación, establece las entidades que hacen parte del Grupo “Entidades de Gobierno”, entre las que se encuentra la Superintendencia Nacional de Salud, e incorpora el régimen de contabilidad pública, y el marco normativo aplicable a este grupo de entidades.
Que la Contaduría General de la Nación, con fecha 19 de diciembre de 2022 expidió la Resolución 331, “Por la cual se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”, la cual inició su aplicación el 1 de enero de 2023.
Que para la vigencia 2022, mediante Resolución 2022920030004568-6 se adoptó la versión 6 del manual de políticas contables de la entidad, el cual se encuentra vigente y de acuerdo con la normativa actual y la dinámica de las dependencias de la Supe salud se identificó la necesidad de su actualización y modificación.
Que, según el literal c, del artículo 3, de la resolución de conformación del CTSC, entre sus funciones se encuentra: “Analizar y evaluar el proyecto de manual de políticas contables de la Superintendencia Nacional de Salud, realizar las recomendaciones que consideren sobre el mismo, previo a su publicación y socialización”.
Que el 18 de septiembre de 2023, por convocatoria que hiciera el secretario técnico, se reunieron en la sala de juntas de la Secretaría General los integrantes del comité técnico de sostenibilidad contable.
Que en la sesión adelanta en esta fecha, el coordinador del grupo de contabilidad presentó a los miembros del CTSC informe ejecutivo respecto de la estructura, cambios y ajustes a la versión 6 del manual de políticas contables de la entidad y las actividades que con este fin se adelantaron durante el 2023.
Que expuesto el informe respectivo, como consta en el acta AC-913 del 18 de septiembre de 2023, los integrantes del comité técnico de sostenibilidad contable aprobaron recomendar al señor Superintendente Nacional de Salud la adopción de la versión 7 del manual de políticas contables de la Superintendencia Nacional de Salud.
Que el Superintendente Nacional de Salud en ejercicio de sus facultades y en procura de que los estados financieros de la entidad reflejen información real y fidedigna, ha determinado acoger recomendación del comité técnico de sostenibilidad contable consistente en adoptar el manual de políticas contables versión 7.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. ADOPTAR la versión 7 del manual de políticas contables de la Superintendencia Nacional de Salud, según la recomendación efectuada por el comité técnico de sostenibilidad contable, de acuerdo con el contenido del Acta AC- 913 del 18 de septiembre de 2023.
ARTÍCULO 2. ORDENAR a las áreas y dependencias fuente de información con incidencia contable, atender integralmente lo establecido en el manual de políticas contables.
ARTÍCULO 3. ANEXOS. Hacen parte integral del presente acto, el documento manual de políticas contables de la entidad, versión 7 y el Acta AC-913 del 18 de septiembre de 2023.
ARTÍCULO 4. COMUNICAR a la secretaría general, dirección financiera, grupo de contabilidad y áreas fuente de información con incidencia contable, para lo de su competencia.
ARTÍCULO 5. El presente acto rige a partir de su publicación en la página web de la entidad.
Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes 10 de 2023.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ULAHI DAN BELTRÁN LÓPEZ
Cargo