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RESOLUCIÓN 300-003022 DE 2011

(mayo 26)

Diario Oficial No. 48.082 de 27 de mayo de 2011

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Por la cual se modifica la fecha a partir de la cual entrarán en vigencia las Resoluciones 300-002789 y 300-002790 del 18 de mayo de 2011, publicadas en el Diario Oficial 48074 del 19 del mismo mes y año.

EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Resolución 300-002789 del 18 de mayo de 2011, publicada en el Diario Oficial 48074 del 19 del mismo mes y año, derogó las resoluciones que establecen competencias para suscribir actos administrativos en los grupos de trabajo adscritos a la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control y asignó nuevas funciones de suscripción.

Segundo. Que la Resolución 300-002790 del 18 de mayo de 2011, publicada en el Diario Oficial 48074 del 19 del mismo mes y año, definió los grupos de trabajo que en adelante conformarán la estructura de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control y asignó sus funciones.

Tercero. Que en cada una de las precitadas resoluciones se estableció como fecha de vigencia la de publicación en el Diario Oficial.

Cuarto. Que sin perjuicio de haberse cumplido con el requisito de publicidad establecido por el artículo 3o del Código Contencioso Administrativo como uno de los principios rectores de la actuación administrativa, las mencionadas resoluciones requieren de mayor socialización entre los usuarios externos de la Superintendencia de Sociedades con el fin de garantizarles la adecuada y oportuna prestación de los servicios a cargo de la Entidad.

Quinto. Que el artículo 14 de la Ley 790 de 2002, regula el desarrollo de tecnologías y procedimientos denominados gobierno electrónico o en línea y dispone la realización de cambios administrativos, tecnológicos e institucionales para el desarrollo de portales de información como mecanismo de eficiencia y eficacia de la gestión pública.

Sexto. Que la Superintendencia de Sociedades cuenta con una página web en permanente actualización y desarrollo y con una base de datos que contiene las direcciones electrónicas de usuarios externos, quienes deben estar permanente y oportunamente informados de todas las decisiones de la Entidad que puedan afectar su interacción con la misma.

Séptimo. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 4o del Decreto 1080 de 1996 es función del Superintendente de Sociedades expedir los actos administrativos que le corresponden como Jefe del Organismo.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establecer el 1o de julio de 2011 como fecha de entrada en vigencia de las Resoluciones 300-002789 y 300-002790 del 18 de mayo de 2011, mediante las cuales se determinaron las competencias para suscribir actos administrativos en los grupos de trabajo adscritos a la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia de Sociedades, se asignaron nuevas funciones de suscripción y se definieron los que en adelante conformarán la estructura de la mencionada Delegatura.

ARTÍCULO 2o. Publicar en la página web de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co un resumen de las modificaciones que contienen las Resoluciones 300-002789 y 300-002790 del 18 de mayo de 2011.

ARTÍCULO 3o. Remitir por correo electrónico a todos los contactos de la base de datos de correos electrónicos de usuarios externos, la información referida a la expedición de las mencionadas resoluciones, precisando que la fecha de entrada en vigencia es el 1o de julio de 2011.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese en el Diario Oficial y cúmplase.

LUIS GUILLERMO VÉLEZ CABRERA.

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