RESOLUCIÓN 100-003807 DE 2009
(julio 24)
Diario Oficial No. 47.423 de 27 de julio de 2009
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 2790 de 2011>
Por la cual se suprime un grupo de trabajo y se asignan unas funciones a la Oficina Jurídica.
NOTAS DE VIGENCIA: - Mediante el artículo 1 de la Resolución 300-3022 de 2011, publicada en el Diario Oficial No. 48.082 de 27 de mayo de 2011, se prorroga la entrada de vigencia de la Resolución 2790 de 2011 hasta el 1o. de julio de 2011. - Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 2790 de 2011, publicada en el Diario Oficial No. 48.074 de 19 de mayo de 2011, 'Por la cual se definen los grupos de trabajo que en adelante conformarán la estructura de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control y se asignan sus funciones' |
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que de conformidad con lo establecido en los numerales 13 y 16, artículo 4o, del Decreto 1080 de 1996, corresponde al Superintendente de Sociedades crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Entidad; así como asignar y distribuir las competencias de las distintas dependencias administrativas;
Segundo. Que según lo dispone el artículo 115, inciso 2 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo;
Tercero. Que de acuerdo con lo señalado en el inciso 3 del precitado artículo, en el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades, así como las demás normas necesarias para su funcionamiento;
Cuarto. Que mediante Resolución número 100-03086 del 3 de julio de 2007, artículo 1o, se conformaron Grupos de Trabajo en la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, entre los cuales se cuenta el Grupo de Trámite y Decisión de Recursos; estructura que sufrió una modificación mediante Resolución 100-002299 del 1o de junio de 2009, acto que en su artículo 2o, incluyó el Grupo de Trámite y Decisión de Recursos;
Quinto. Que se estima conveniente asignar a la Oficina Jurídica la proyección de recursos y revocatorias relacionados con actos administrativos expedidos por la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, distintos a los proferidos por el Grupo de Inversión y Deuda Externa, con la finalidad de que a través de esta asignación se propenda por la creación y difusión de la doctrina jurídica derivada del análisis de los casos en particular, que sean objeto de estudio en dicha Delegatura;
Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 2790 de 2011> Suprimir el Grupo Trámite y Decisión de Recursos, por lo cual la conformación de los Grupos de Trabajo en la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, quedará así:
1. Sociedades en Trámite Concursal.
2. Protección pensional.
3. Grupos empresariales.
4. Supervisión especial.
5. Gran Empresa.
6. Mipymes.
7. Inversión y deuda externa.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 2790 de 2011> Asignar a la Oficina Jurídica las siguientes funciones, que se adicionan a las que actualmente tiene conferidas:
1. Proyectar las decisiones de los recursos y revocatorias de actos administrativos, atinentes a las funciones de los Grupos de Trabajo de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, con excepción de los expedidos por el Grupo de Inversión y Deuda Externa y de los de competencia de las Intendencias Regionales.
2. Analizar los antecedentes del caso, aplicando la normatividad y la doctrina vigente para el efecto.
3. Decretar las pruebas necesarias para resolver los recursos o las revocatorias, a su cargo.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 2790 de 2011> La presente resolución rige a partir de su expedición, modifica el artículo 1o de la Resolución número 100-03086 de julio 3 de 2007 y el artículo 2o de la Resolución 100002299 de junio 1o de 2009.
Publíquese y cúmplase.
El Superintendente de Sociedades,
HERNANDO RUIZ LÓPEZ.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
