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RESOLUCIÓN 2026-01-596505 DE 2026

(agosto 13)

Diario Oficial No. 53.590 de 14 de agosto de 2026

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones números 100-000040 y 100-000041 del 8 de enero de 2021.

LA SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E),

en uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 1, 2, 40 y 48 del artículo 8o del Decreto número 1736 de 2020 modificado por el Decreto número 1380 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8o del Decreto número 1736 de 2020, modificado parcialmente por el Decreto número 1380 de 2021, establece:

"Artículo 8o. Despacho del Superintendente de Sociedades. Son funciones del Despacho del Superintendente de Sociedades las siguientes:

1. Dirigir la Superintendencia de Sociedades con la inmediata colaboración de los Superintendentes Delegados y del Secretario General;

2. Impartir las directrices para el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas, administrativas y jurisdiccionales de la misma; (…)

40. Expedir los actos administrativos que le corresponden como Jefe del Organismo; (…)

48. Asignar o distribuir, dentro de la estructura definida en este decreto, las competencias que le correspondan a la Superintendencia de Sociedades cuando esto sea necesario para el mejor desempeño en la prestación del servicio o para la adecuada ejecución de funciones de competencia residual; (…)".

Que el artículo 11 del Decreto número 1736 de 2020, señala:

Artículo 11. Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica las siguientes:

(…)

2. Absolver las consultas jurídicas externas en los temas de competencia de la Superintendencia, salvo las que correspondan a actuaciones específicas adelantadas por las dependencias de la entidad;" Que mediante Resolución número 100-000041 de 8 de enero de 2021 se asignó en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica la facultad de suscribir los siguientes actos jurídicos:

"(…)

2.3. Los que absuelvan consultas de competencia de la Entidad, que no impliquen cambio de doctrina.

(…)"

Que mediante Resolución número 100-000040 de 8 de enero de 2021 se asignaron las siguientes funciones al Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria, adscrito a la Oficina Asesora Jurídica:

"Artículo 7o. Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria. El Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria, adscrito a la Oficina Asesora Jurídica, tendrá las siguientes funciones:

7.1 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en la interpretación de las normas que rigen los servicios y funciones de la Superintendencia de Sociedades.

7.2 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en el estudio de las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares.

7.3 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en la elaboración, estudio y conceptos sobre proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, contratos y convenios de competencia de la Superintendencia.

7.4 Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia, la doctrina y normativa interna, relacionados con la actividad de la Superintendencia y velar por su actualización y difusión.

7.5 Proyectar las respuestas a las consultas jurídicas externas en los temas de competencia de la Superintendencia y que deban ser absueltas por la Oficina Asesora Jurídica.

7.6 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera la Superintendencia.

7.7 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en el estudio de las solicitudes de extensión de jurisprudencia respecto de los asuntos administrativos en que ello sea solicitado.

7.8 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en el Sistema de Gestión Integrado, de acuerdo con la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia.

7.9 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia."

Que las funciones relacionadas con el estudio, análisis, elaboración y suscripción de las respuestas a las consultas jurídicas externas en materias de competencia de la Superintendencia de Sociedades guardan una relación directa con la misión y las actividades que actualmente desarrolla el Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria, dependencia especializada encargada de apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en la interpretación normativa, el estudio de consultas formuladas por usuarios, particulares y entidades públicas y privadas, así como en la proyección de respuestas doctrinales sobre asuntos propios de la competencia de la Entidad.

Que, en atención a los principios de eficacia, economía y especialización administrativa previstos en la función administrativa, resulta conveniente asignar al Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria la función de absolver y suscribir las respuestas a las consultas jurídicas externas que no impliquen cambio de doctrina, por cuanto dicha dependencia cuenta con el conocimiento técnico y la experiencia funcional requeridos para desarrollar esta actividad, permitiendo optimizar la gestión de las consultas, fortalecer la uniformidad de los criterios doctrinales emitidos por la Entidad y contribuir a una prestación más eficiente y oportuna del servicio a los usuarios.

Que el traslado de la referida facultad no implica modificación de las competencias atribuidas a la Superintendencia de Sociedades ni a la Oficina Asesora Jurídica por las disposiciones legales vigentes, sino una redistribución interna de actividades dentro de la estructura de la Entidad, orientada a mejorar el desempeño institucional y a garantizar una gestión más eficiente de los asuntos sometidos a consideración de la administración, razón por la cual se resolverá asignar al Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria la facultad de absolver y suscribir las respuestas a las consultas jurídicas externas que no impliquen cambio de doctrina.

En mérito de lo expuesto, la Superintendente de Sociedades (e),

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFÍQUESE. El artículo 2o de la Resolución número 100-000041 de 8 de enero de 2021 el cual quedará así:

"Artículo 2o. Oficina Asesora Jurídica. Asignar al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica la facultad de suscribir los siguientes actos jurídicos:

2.1. Los que requieran información o documentos de cualquier sociedad o persona natural, que se estimen necesarios para atender los asuntos propios de su área.

2.2. Los que den traslado a los asuntos que no sean de competencia de esta Entidad.

2.3. Los de otorgamiento de poderes para representar los intereses de la Entidad en las actuaciones judiciales y extrajudiciales en las cuales esta sea parte o tenga interés.

2.4. Los relacionados con la representación de la Entidad en Audiencias de Conciliación, Judiciales a Extrajudiciales.

2.5. Aquellos mediante los cuales se dé trámite a los asuntos relacionados con el derecho de petición que correspondan a dicha oficina.

2.6. Las actas del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Entidad.

2.7. Los conceptos previos sobre la procedencia de aplicar una extensión de jurisprudencia en los términos del artículo 102 de la Ley 1437 de 2011, cuando sean solicitados ante las dependencias de la Entidad.

2.8. Los demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones."

ARTÍCULO 2o. MODIFÍQUESE. El artículo 7o de la Resolución número 100-000040 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así:

"Artículo 7o. Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria. El Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria, adscrito a la Oficina Asesora Jurídica, tendrá las siguientes funciones:

7.1 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en la interpretación de las normas que rigen los servicios y funciones de la Superintendencia de Sociedades.

7.2 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en el estudio de las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares.

7.3 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en la elaboración, estudio y conceptos sobre proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, contratos y convenios de competencia de la Superintendencia.

7.4 Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia, la doctrina y normativa interna, relacionados con la actividad de la Superintendencia y velar por su actualización y difusión.

7.5 Proyectar las respuestas a las consultas jurídicas externas en los temas de competencia de la Superintendencia y que deban ser absueltas por la Oficina Asesora Jurídica.

7.6 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera la Superintendencia.

7.7 Apoyar a la Oficina Asesora Jurídica en el estudio de las solicitudes de extensión de jurisprudencia respecto de los asuntos administrativos en que ello sea solicitado.

7.8 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en el Sistema de Gestión Integrado, de acuerdo con la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia.

7.9. Absolver las consultas jurídicas externas en los temas de competencia de la Superintendencia, salvo las que correspondan a actuaciones específicas adelantadas por las dependencias de la entidad;

7.10 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia."

ARTÍCULO 3o. MODIFÍQUESE. El artículo 4o de la Resolución número 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así:

"Artículo 4o. Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria. Asignar al Coordinador del Grupo de Asesoría y Doctrina Societaria la facultad de suscribir los siguientes actos jurídicos:

4.1 Los que den traslado a las consultas que no sean de competencia de esta Entidad.

4.2 Los que den traslado a otras dependencias de la Entidad, de los derechos de petición que no sean de competencia de la Oficina Asesora Jurídica.

4.3. Los que absuelvan consultas de competencia de la Entidad, que no impliquen cambio de doctrina.".

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación, modifica las Resoluciones números 100-000040 y 100-000041 de 8 de enero de 2021 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

La Superintendente de Sociedades (e),

Nini Johanna Castañeda Quintero.

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