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CIRCULAR 121 DE 2016

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

Para:Proveedores de redes y servicios de telecomunicacionesentidades territorialesproveedores e interesados en el despliegue de infraestructura para servicios de comunicacione.
De:Ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones
Comisión de Regulación de Comunicaciones Agencia Nacional del espectro
Referencia:Código de buenas prácticas para el despliegue de infraestructura de redes de comunicaciones

Colombia ha logrado grandes avances en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en los últimos años, ¡mpactando en la sociedad de manera directa, conectando a los colombianos con sus familias, y permitiendo acceder a las oportunidades en educación y productividad que ofrece la tecnología. No obstante, el país tiene retos importantes en el sentido de mejorar la vida de los colombianos a través del uso y apropiación de las TIC.

En efecto, el artículo 365 de la Constitución Colombiana establece como deber del Estado asegurar y garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos a todos los habitantes del territorio nacional, deber que abarca naturalmente a los servicios públicos de comunicaciones, entendiendo que se trata de servicios inherentes a la finalidad social del Estado. En el mismo sentido, el artículo 5 de la Ley 1341 de 2009 consagra como deber de las entidades del orden nacional y territorial el incentivar el desarrollo de infraestructura tendiente a garantizar el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por parte de la población, las empresas y las entidades públicas.

En este contexto, la CRC, atendiendo las disposiciones del artículo 193 de la Ley 1753 de 2015 "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 «Todos por Un Nuevo País»" ha adelantado distintas actividades con el objetivo de identificar barreras o restricciones para este tipo de infraestructura y ha evidenciado que en los instrumentos de ordenamiento territorial (Planes, Planes Básicos y/o Esquemas de Ordenamiento Territorial) de algunas entidades territoriales existen elementos que impiden un despliegue técnico adecuado de la infraestructura necesaria para que los ciudadanos puedan acceder a servicios de comunicaciones en las condiciones de calidad y cobertura que exige la normatividad vigente. En este sentido se ha evidenciado que las principales barreras son a título enunciativo, las siguientes:

Gráfico. Tipificación barreras al despliegue de redes

Dentro de las barreras normativas se han encontrado restricciones como:

- Exigencia de distancias mínimas entre estaciones de telecomunicaciones, y entre éstas y otros tipos de edificaciones y equipamientos que no tienen en cuenta la normatividad vigente relacionada con la exposición a campos electromagnéticos.

- Exigencia de cerramientos, aislamientos y otras construcciones accesorias a la instalación que no tienen en cuenta el impacto y envergadura de la infraestructura a instalar.

- Prohibición total de instalación de infraestructura en áreas residenciales, urbanas, de expansión, rurales, entre otras.

- Prohibición total de instalación de infraestructura en espacios públicos.

- Prohibición total de instalación de infraestructura en zonas de interés cultural, patrimonial o de conservación.

- Procedimientos restrictivos y plazos que representan eventualmente cargas excesivas que retrasan o impiden el despliegue de redes.

Es por eso que la CRC, en el marco de las competencias asignadas en virtud del artículo 193 de la Ley 1753 de 2015, ha constatado y comunicado la existencia de dichas barreras y restricciones al despliegue de infraestructura para servicios de telecomunicaciones a diferentes entidades territoriales en atención a solicitudes particulares que puede ser consultados en:

https://www.crcom.gov.co/es/paqina/conceptos-sobre-los-planes-de-ordenamiento-terntorial

Por su parte, la CRC, actuando conforme a las competencias otorgadas por las precitadas leyes, contribuyendo a promover el adecuado despliegue de infraestructura para servicios de comunicaciones en el territorio nacional, acogiendo las mejores prácticas a nivel internacional, y en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC) y la Agencia Nacional del Espectro (ANE), elaboró la nueva versión del documento denominado "Código de Buenas Prácticas para el despliegue de infraestructura de redes de comunicaciones", el cual es puesto en conocimiento de los interesados a través de la presente circular, el cual tiene como objetivos:

1. Reconocer la relevancia de las TIC en el nivel de competitividad de una región.

2. Evidenciar la necesidad de desplegar infraestructura para acceder a las TIC.

3. Generar lincamientos base para un despliegue de infraestructura organizado en beneficio de la comunidad con el propósito de ampliar la cobertura o prestar nuevos y mejores servicios de comunicaciones.

El Código busca ser una herramienta de apoyo y consulta a las administraciones locales, y por lo tanto las temáticas cubiertas por él responden a las inquietudes más comunes que han sido evidenciadas a través del trabajo desarrollado en diversas regiones del país. En el Código se abordan temáticas como:

- La importancia de las telecomunicaciones en el desarrollo de los municipios.

- Actualización normativa de carácter nacional en materia de despliegue de infraestructura y cumplimiento de límites de exposición a campos electromagnéticos.

- Aclaración del alcance del principio de precaución aplicable a situaciones relacionadas con el despliegue de infraestructura para servicios de comunicaciones.

- Metodología asociada con la verificación y medición de límites de exposición a los campos electromagnéticos (CEM).

- Mecanismos para consultar los resultados de las mediciones realizadas por la ANE a lo largo y ancho de todo el país.

- Información actualizada referente a los tipos de barreras al despliegue de infraestructura identificadas.

- Profundización en los lincamientos relacionados con el trámite de solicitudes de autorización o permiso para la instalación de infraestructura.

- Especificación detallada de los requisitos documentales exigióles dentro de los trámites de autorización o permiso para la instalación de infraestructura.

- Insumos jurídicos y técnicos para la toma de decisiones, o para las revisiones o ajustes en los planes de ordenamiento territorial y normas locales relacionadas con el despliegue de infraestructura.

- Lineamientos para la realización de actividades de socialización de proyectos de despliegue de infraestructura con la comunidad.

- Mecanismos para establecer condiciones de mimetización y compartición de infraestructura en sitios de interés territorial como: Bienes de Interés Cultural, inmuebles de patrimonio histórico o arquitectónico.

Finalmente, se reitera a las administraciones locales la importancia que, para el desarrollo de sus municipios y el bienestar de todos los usuarios de servicios de telecomunicaciones, reviste el adecuado despliegue de redes de telecomunicaciones. En este sentido, las diferentes entidades del sector TIC, encabezadas por el Ministerio de TIC, manifiestan su entera disposición para atender cualquier inquietud sobre los lineamientos aquí incluidos; así como para realizar el acompañamiento técnico que pueda requerir el ente territorial.

La presente circular y su anexo fueron estudiados y aprobados por el Comité de Comisionados de la CRC, según consta en acta número 1047 de 2016, y posteriormente suscrita por las Entidades que han colaborado en la elaboración del Código.

Con un cordial saludo,

DAVID LUNA SANCHEZ

Ministro

Ministerio de Tegnologías de la Información y las Comunicaciones

GERMÁN DARÍO ARIAS PIMIENTA

Directoe Ejecutivo

Comisión de Regulación de Comunicaciones

MARTHA LILIANA SUÁREZ PEÑALOZA

Directora

Agencia Nacional del Espectro

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