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CONCEPTO 514077 DE 2020

(julio 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

XXXXXXXXXXXXXXX

REF. RESPUESTA A CONSULTA RITEL

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), recibió su comunicación con el número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual formula un interrogante en el escenario en el que una Entidad que ofrece cursos del Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones -RITEL y otorga el certificado, dicha Entidad deber ser avalada por la CRC o “el ministerio”.

Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versan su consulta, en este caso sobre el alcance del Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones -RITEL, y cuyo contenido se encuentra compilado en el Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016.

Por lo que se refiere a su solicitud, le informamos que el reglamento RITEL no define los requisitos que debe tener quien emita una certificación de formación, sin embargo, debe tener presente en todo momento, las disposiciones contempladas en el reglamento en referencia, en cuanto a los requisitos que los profesionales deben cumplir para certificar en RITEL.

Cabe señalar que, el espíritu del reglamento busca que un tercero, con las competencias requeridas para esta tarea, certifique el diseño de la infraestructura soporte y la infraestructura consumible de la red para el acceso al servicio de TDT, con el fin de obtener un juicio imparcial ajustado al reglamento.

Por último, le invitamos a consultar el micrositio web exclusivo para apoyar la implementación del Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones -RITEL- donde encontrará toda la información actualizada, recursos de apoyo y material de aprendizaje. Para acceder al micrositio favor use el siguiente enlace:

https://www.crcom.gov.co/es/pagina/implementacion-reglamento-redes-internas-telecomunicaciones En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.

Cordial saludo,

MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO

Coordinadora de Relacionamiento con Agentes

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