CONCEPTO 515343 DE 2025
(mayo 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
REFERENCIA: Consulta técnica sobre el uso de un gabinete de piso que sirva a menos de cuatro (4) PAU en pisos adyacentes.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con el número de radicado 2025808557, en la que realiza una consulta sobre el uso de un gabinete de piso que sirva a menos de cuatro (4) PAU en pisos adyacentes.
Inicialmente, le informamos que la CRC es una Unidad Administrativa Especial del orden nacional con independencia administrativa, técnica, patrimonial y presupuestal, con personería jurídica, que forma parte del sector administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y es el órgano encargado de promover la competencia en los mercados, el pluralismo informativo, evitar el abuso de posición dominante, regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones y garantizar la protección de los derechos de los usuarios, con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad; de las redes y servicios de comunicaciones, incluidos los servicios de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora.
Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no constituye de manera alguna aprobación de diseños u obras relacionadas.
Frente al tema de su consulta, el numeral 2.2.7 del Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016, donde se encuentran los criterios de dimensionamiento y especificaciones de los componentes de la infraestructura soporte incluidos los Gabinetes de piso y cámaras de distribución dispone:
2.2.7. GABINETES DE PISO Y CÁMARAS DE DISTRIBUCIÓN. Cuando en un piso de un edificio deban atenderse una cantidad mayor a 8 PAU podrán instalarse varios gabinetes de piso, cada uno atendiendo un número de PAU de acuerdo con su capacidad. El diseñador podrá optar por instalar un único gabinete en el cual el área del gabinete definida por su ancho y alto sea mayor o igual a la suma de las áreas de los gabinetes que lo reemplazaría, en cualquier caso, la profundidad del gabinete no podrá ser menor a 200 mm, el ancho mínimo no podrá ser menor a 550 mm y el alto mínimo no podrá ser menor a 1000 mm.
De acuerdo con lo anterior, los gabinetes de piso corresponden a cada nivel de la edificación y tienen como función alimentar los diferentes PAU. Por lo tanto, deben estar alineados con el diseño de la infraestructura de soporte. En caso de que sea necesario ubicarlos en pisos adyacentes para cubrir dos niveles, el gabinete deberá alimentar ambos pisos contiguos, por ejemplo, los pisos 2 y 3, 4 y 5, o viceversa.
Cumpliendo lo anterior, es viable alimentar varios PAU siempre y cuando se cumplan las condiciones técnicas expresadas en la resolución sin la futura afectación del servicio.
Para finalizar, la invitamos a ampliar la información, visitando el micrositio del Reglamento que puede consultar en https://www.crcom.gov.co/es/micrositios/riteldonde puede revisar los documentos guía e información relevante asociada al RITEL; así como el curso virtual de introducción al RITEL disponible en https://aula.crcom.gov.co/enrol/index.php?id=17
En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requieran.
Cordial saludo,
MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO
Coordinadora de Relaciones con Grupos de Valor