CONCEPTO 200852275 DE 2008
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES
Bogotá,
Doctor
XXX
Gerente General XXXX
Calle XXX
Fax XXX
Medellín - Antioquia
Asunto: Solicitud de concepto
Estimado Doctor Estrada:
La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT) acusa recibo de su comunicación con número de radicación interna 200832668, en la cual solicita aclaración sobre si los subsidios y contribuciones forman parte de la tarifa, para efectos de realizar aumentos en términos reales en las tarifas del servicio de TPBCL y del componente local del el servicio de TPBCLE.
En respuesta a la solicitud por usted presentada, se adjunta a la presente el concepto jurídico - técnico enviado en enero de 2008 a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que precisa la relación que existe entre tarifa, subsidio y contribución. El análisis concluye que si bien estos elementos forman parte del llamado Régimen Tarifario al que se refieren tanto la Ley 142 de 1994, como la regulación de la CRT, el subsidio y la contribución no se configuran como elementos constitutivos de la tarifa y por tanto son elementos independientes y diferentes a ésta.
En tal sentido, el parágrafo del artículo 5.5.2 de la Resolución CRT 087 de 1997 citado a continuación, se refiere a los incrementos de las tarifas, antes de aplicar el subsidio o la contribución:
"A partir del 1 de enero de 2006 y hasta tanto la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones disponga otra cosa, los operadores de TPBCLE definidos en la Tabla 2 del Anexo 006 (Grupo 2) de la presente resolución, no podrán realizar aumentos en términos reales de las tarifas de componente por el servicio local de todos los estratos socioeconomicos".
En los anteriores términos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta y quedamos atentos a cualquier aclaración que requiera.
La presente comunicación fue estudiada y aprobada en Comité de Expertos Comisionados realizado el día 28 de agosto de 2008, tal y como consta en el acta 615 de dicho Comité.
Cordial saludo
CRISTHIAN LIZACANO ORTIZ
Director Ejecutivo