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DECRETO 2733 DE 2014

(diciembre 30)

Diario Oficial No. 49.381 de 31 de diciembre de 2014

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por el cual se modifican los Decretos 1603 a 1615 de 2003 y 1773 de 2004.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial la que le confiere el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto-ley 254 de 2000,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Modifícase hasta el 31 de diciembre de 2015, la fecha mencionada en el inciso segundo del artículo 45 de los Decretos 1603 a 1615 de 2003, y del Decreto 1773 de 2004, adicionados y modificados respectivamente por los Decretos 262 a 275 y 2514 a 2527 de 2006; 268 a 281 y 2896 a 2909 de 2007; 2811 a 2824 y 4724 a 4737 de 2008; 4912 a 4925 de 2009; 4783 de 2010; 4947 de 2011 y 2788 de 2012 y 3001 de 2013. El resto del artículo 45 permanece igual.

ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

El Ministro de Trabajo,

LUIS EDUARDO GARZÓN.

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ad hoc,

CECILIA ÁLVAREZ-CORREA GLEN.

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