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RESOLUCIÓN 3063 DE 2011

(mayo 4)

Diario Oficial No. 48.061 de 6 de mayo de 2011

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 5928 de 2020>

Por la cual se modifica la Resolución CRC 2202 de 2009.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales conferidas por las Leyes 489 de 1998, 1341 de 2009 y 1369 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución CRC 2202 de 2009, se efectúo una delegación en el Director Ejecutivo de la CRC, de la función de adelantar y expedir todos los actos proferidos durante el trámite de las actuaciones administrativas de carácter particular y concreto desarrolladas en ejercicio de las funciones a las que hace referencia el artículo 22, numerales 9 y 10 de la Ley 1341 de 2009.

Que el numeral 19 del mencionado artículo 22 de la Ley 1341 de 2009 dispone que la Comisión de Regulación de Comunicaciones es competente para “Requerir para el cumplimiento de sus funciones información amplia, exacta, veraz y oportuna a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones a los que esta ley se refiere. Aquellos que no proporcionen la información antes mencionada a la CRC, podrán ser sujetos de imposición de multas diarias por parte de la CRC hasta por 250 salarios mínimos legales mensuales, por cada día en que incurran es esa conducta, según la gravedad de la falta y la reincidencia en su comisión”.

Que el numeral 7o del artículo 20 de la Ley 1369 de 2009, establece como función de la Comisión de Regulación de Comunicaciones “Requerir para el cumplimiento de sus funciones, información amplia, exacta, veraz y oportuna a los operadores de servicios postales. Aquellos que no proporcionen la información antes mencionada a la CRC podrán ser sujetos de imposición de multas diarias por parte de la CRC hasta por 100 salarios mínimos legales mensuales, por cada día en que incurran en esta conducta, según la gravedad de la falta y la reincidencia en su comisión”.

Que de acuerdo con el numeral 9 del artículo 20 de la Ley 1369 de 2009, corresponde a la Comisión de Regulación de Comunicaciones “resolver las controversias que se susciten entre operadores de servicios postales”.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de acuerdo con la ley, pueden delegar la atención y decisión de los asuntos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente.

Que en aplicación de los principios de celeridad y eficacia de las actuaciones administrativas, resulta necesario ampliar la delegación conferida al Director Ejecutivo de la Comisión mediante Resolución CRC 2202 de 2009, para todos los actos administrativos de trámite y preparatorios proferidos durante el trámite de actuaciones administrativas de carácter particular y concreto, incluidos aquellos desarrollados en ejercicio de las funciones dispuestas en el numeral 19 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009 y en los numerales 7 y 9 del artículo 20 de la Ley 1369 de 2009, previa aprobación del Comité de Comisionados de la misma.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 5928 de 2020> Modificar el literal a) del artículo 1o de la Resolución CRC 2202 de 2009, el cual quedará de la siguiente manera:

a) Expedir todos los actos administrativos de trámite y preparatorios dentro de las actuaciones administrativas de carácter particular y concreto desarrolladas en ejercicio de las funciones a las que hace referencia el artículo 22, numerales 9, 10 y 19 de la Ley 1341 de 2009, y el artículo 20, numerales 7 y 9 de la Ley 1369 de 2009.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, modifica en lo pertinente el literal a) del artículo 1o de la Resolución CRC 2202 de 2009 y deroga aquellas disposiciones que le sean contrarias.

Notifíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de mayo de 2011.

El Presidente,

DIEGO MOLANO VEGA.

El Director Ejecutivo,

CRISTHIAN LIZCANO ORTIZ.

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