RESOLUCION 581 DE 2002
(diciembre 17)
Diario Oficial No. 45.039, de 19 de diciembre de 2002
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES
Por la cual se asigna un Código Nacional de Destino (NDC) para redes de acceso fijo satelital.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales y especialmente las que le confieren el Decreto 25 de 2002 y el Decreto 1130 de 1999,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1130 de 1999 establece, en su artículo 37 numeral 20, que es función de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, otorgar a los operadores asignación numérica y códigos de puntos de señalización para la prestación de servicios, con arreglo a la regulación y a las normas técnicas nacionales e internacionales sobre la materia así como modificar tal asignación por razones técnicas y para promover la competencia;
Que el artículo 1o. del Decreto 25 de 2002, establece como función de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, administrar los Planes Técnicos Básicos, lo cual comprende entre otros aspectos tanto la asignación como recuperación de la numeración, las modificaciones y/o adiciones que se hagan a la estructura de la numeración;
Que el artículo antes citado dispone que la CRT deberá administrar los Planes Técnicos Básicos siguiendo los principios de neutralidad, transparencia, igualdad, eficacia, publicidad, moralidad y promoción de la competencia con el fin de preservar y garantizar el uso adecuado de los recursos técnicos que se constituyen en herramienta esencial de dichos planes;
Que entre las funciones de administración que corresponden a la CRT, el artículo 22 del mencionado Decreto, establece la de definir otras categorías del indicativo nacional de destino (NDC), así como su asignación, lo anterior de acuerdo con las necesidades del sector y los avances de la tecnología;
Que con base en lo anterior, la CRT considera necesario dar una correcta solución a los inconvenientes presentados con la identificación del tráfico desde y hacia redes con acceso fijo a sus usuarios a través de soluciones satelitales utilizando como instrumento el recurso numérico, para lo cual publicó para comentarios del sector, un documento con dos propuestas tendientes a determinar la opinión de los principales operadores en el país acerca del tratamiento que debía hacerse a la numeración de estas redes, al cual presentaron comentarios los operadores del servicio de larga distancia y operadores de redes de TPBC que utilizan soluciones satelitales;
Que se hace necesario definir un Código Nacional de Destino (NDC), que permita contar con recurso de numeración disponible para la asignación a aquellas redes en todo el país que proveen acceso fijo a sus usuarios a través de soluciones satelitales;
Que teniendo en cuenta que la delegación de la Sesión de Comisión en el Coordinador General de la CRT, hoy Director Ejecutivo, en relación con la Administración del Plan Nacional de Numeración, no se predica de servicios diferentes a TPBC y TMC, corresponde a la Sesión de Comisión aprobar la expedición de la presente resolución, ya que las redes de acceso fijo satelital pueden prestar servicios a sus usuarios diferentes a los antes citados;
Que para efectos de la presente resolución, se consideran como redes de acceso fijo satelital aquellas que tengan sus etapas de conmutación centralizadas y la red de acceso de abonado a través de enlaces satelitales;
En virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Asignar el Código Nacional de Destino (NDC) 370 para las redes que provean acceso fijo a sus usuarios a través de soluciones satelitales y en consecuencia, actualizar la tabla del anexo 4 del Decreto 25 de 2002.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas expedidas con anterioridad a la misma que le sean contrarias.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2002.
La Presidenta,
MARTHA PINTO DE DE HART.
El Director Ejecutivo,
CARLOS EDUARDO BALEN Y VALENZUELA.