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RESOLUCIÓN 2753 DE 2009

(noviembre 19)

Diario Oficial No. 47.550 de 1 de diciembre de 2009

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se adoptan medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido a la Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F. M.).

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 7 del artículo 4o y los numerales 6 y 7 del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009 y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que conforme la primera parte del numeral 7 del artículo 4o de la Ley 1341 de 2009, uno de los fines de la intervención en el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es “Garantizar el uso adecuado del espectro radioeléctrico, así como la reorganización del mismo, respetando el principio de protección a la inversión, asociada al uso del espectro”.

Que el artículo 18 de la Ley 1341 de 2009 establece que son funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otras: Planear, asignar, gestionar y controlar el espectro radioeléctrico con excepción de la intervención en el servicio de que trata el artículo 76 de la Constitución Política, con el fin de fomentar la competencia, el pluralismo informativo, el acceso no discriminatorio y evitar prácticas monopolísticas y, establecer y mantener actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de todas las Frecuencias de Colombia con base en las necesidades del país, del interés público y en las nuevas atribuciones que se acuerden en las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, así como los planes técnicos de radiodifusión sonora.

Que el inciso 8o del artículo 57 de la Ley 1341 de 2009 determina que los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora deberán prestar el servicio atendiendo a los parámetros técnicos esenciales que fije el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La modificación de parámetros técnicos esenciales requiere autorización previa del Ministerio.

Que el artículo 60 de la Ley 1341 de 2009 estipula que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tiene a su cargo la inspección, vigilancia y control de los servicios de radiodifusión sonora.

Que el inciso 1o del artículo 68 de la Ley 1341 de 2009 establece que los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones establecidos a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, podrán mantener sus concesiones, licencias, permisos y autorizaciones hasta por el término de los mismos, bajo la normatividad legal vigente en el momento de su expedición y con efectos sólo para estas concesiones, licencias, permisos y autorizaciones. De ahí en adelante, a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones se les aplicará el nuevo régimen previsto en la presente ley.

Que se hace necesario actualizar periódicamente los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F.M.), teniendo en cuenta las modificaciones necesarias de los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora y los cambios que fuere necesario introducir para la óptima planificación del espectro radioeléctrico atribuido al servicio.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) en el numeral 4.23.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones a los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora, según se relacionan a continuación:

A. Modificaciones relativas a la potencia de operación

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(KHz)
POTENCIA
Anterior (KW.)
POTENCIA
Actual (KW.)
ESTADO
CANAL
CPUERTO BERRIO143015ASIGNADO

BOLIVAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(KHz)
POTENCIA
Anterior (KW.)
POTENCIA
Actual (KW.)
ESTADO
CANAL
AMAGANGUE9605010.1ASIGNADO

BOYACA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(KHz)
POTENCIA
Anterior (KW.)
POTENCIA
Actual (KW.)
ESTADO
CANAL
CSAN LUIS DE GACENO151015ASIGNADO

CORDOBA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(KHz)
POTENCIA
Anterior (KW.)
POTENCIA
Actual (KW.)
ESTADO
CANAL
AMONTERIA10501510.1 ASIGNADO

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(KHz)
POTENCIA
Anterior (KW.)
POTENCIA
Actual (KW.)
ESTADO
CANAL
ABOGOTA8505035ASIGNADO

NORTE DE SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(KHz)
POTENCIA
Anterior (KW.)
POTENCIA
Actual (KW.)
ESTADO
CANAL
ACUCUTA9001510.1ASIGNADO

SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(KHz)
POTENCIA
Anterior (KW.)
POTENCIA
Actual (KW.)
ESTADO
CANAL
CZAPATOCA142012ASIGNADO

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 4.23.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación

ARTÍCULO 2o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 6.0, denominado Altura Media sobre el nivel del Mar, registrando las modificaciones a las alturas media sobre el nivel del mar, de los siguientes municipios, de conformidad con las certificaciones del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), quedando como se indica a continuación:

MUNICIPIOALTURA m
BOYACA
15Cerinza2722
CASANARE
19Villanueva300
CAUCA
18López de Micay50
25Piamonte311
CUNDINAMARCA
13Cáqueza1698
24El Peñón1350
25El Rosal2700
NARIÑO
55Santacruz2600

ARTÍCULO 3o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 6.1, denominado Altura media sobre el nivel del mar del área de servicio para las estaciones de radiodifusión sonora clase D en ciudades capitales donde operará más de una estación dentro una misma ciudad, registrando las modificaciones a las alturas medias sobre el nivel del mar, de las siguientes ciudades, quedando como se indica a continuación:

AREAMUNICIPIOALTURAAREAMUNICIPIOALTURA
SERVICIOmSERVICIOm
CAUCA  
1Popayán17422Popayán1810
META  
1Villavicencio4472Villavicencio438
QUINDIO  
1Armenia14062Armenia1516
TOLIMA  
1Ibagué12102Ibagué978

ARTÍCULO 4o. Incorporar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, los siguientes nuevos canales radioeléctricos atribuidos con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión y sus respectivos distintivos de identificación para la operación de estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) como se indican a continuación:

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CAPARTADO100.91150PROYECTADO306.7HJD25
BTURBO98.910130PROYECTADO305.5HJC98

ARAUCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CARAUCA89.31.3130PROYECTADO316.1HJC85

BOLIVAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CCARMEN DE BOLIVAR91.71.3130PROYECTADO328.1HJC86
CMAGANGUE102.5590PROYECTADO324.9HJC87
CMAHATES (Malagana)101.91.3130PROYECTADO321.7HJC90

BOYACA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CJENESANO92.60.40090PROYECTADO322.3HJC97
CSACHICA101.60.40090PROYECTADO324.7HJC96

CAUCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CGUAPI100.9590PROYECTADO321.3HJC88

HUILA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CBARAYA100.80.500130PROYECTADO326.5HJC94

MAGDALENA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
BSANTA MARTA95.96220PROYECTADO312.7HJD21

META

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CPUERTO LOPEZ98.13130PROYECTADO306.5HJC89

NARIÑO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CSANTACRUZ103.30.30090PROYECTADO325.3HJD22

RISARALDA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
BPEREIRA100.26130PROYECTADO314.9HJC92

SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CBARBOSA106.80.500130PROYECTADO328.5HJC93
CBUCARAMANGA101.75130PROYECTADO312.1HJC99

SUCRE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CCOVEÑAS95.35130PROYECTADO306.1HJC99

VALLE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
( MHz)
POTENCIA
(KW)
h
(m)
ESTADO CANALENLACE
(MHz)
DISTINTIVO
CBUENAVENTURA105.91.3130PROYECTADO327.5HJC91

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 5o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase A, B, y C; como se indica a continuación:

A. Modificación relativa a la frecuencia de operación

CUNDINAMARCA

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACION Anterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
CSAN BERNARDO95.898.3145PROYECTADO

NORTE DE SANTANDER

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACIONAnterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
BCUCUTA105.793.76750ASIGNADO

RISARALDA

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACIONAnterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
CQUINCHIA107.191.15150ASIGNADO

SANTANDER

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACIONAnterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
CCIMITARRA89.796.7145ASIGNADO

VALLE

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACIONAnterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
CULLOA100.197.2175PROYECTADO

B. Modificación relativa a la diferencia de altura (h)

BOYACA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CPAIPA103.15430794ASIGNADO

CALDAS

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CMANZANARES96.7175144ASIGNADO

CASANARE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
BYOPAL89.71090378ASIGNADO

CAUCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
BPOPAYAN95.1611311288ASIGNADO

CESAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CBECERRIL96.7175134ASIGNADO
CLA PAZ100.7521276ASIGNADO

CORDOBA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CLORICA91.7126220ASIGNADO

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
ABOGOTA90.415174589ASIGNADO

GUAJIRA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CRIOHACHA93.752443ASIGNADO

NORTE DE SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
BCUCUTA100.710261194ASIGNADO

RISARALDA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CQUINCHIA91.1575150ASIGNADO

TOLIMA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CCAJAMARCA95.72.51200781ASIGNADO

VALLE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
CBUENAVENTURA101.112674ASIGNADO
CEL CERRITO99.1240684ASIGNADO

C. Modificación relativa a la potencia de operación

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (KW)
POTENCIA
Actual (KW)
h
(m.)
ESTADO
CANAL
AMEDELLIN92.4155995ASIGNADO

ATLANTICO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (KW)
POTENCIA
Actual (KW)
h
(m.)
ESTADO
CANAL
ABARRANQUILLA90.12015125ASIGNADO
ABARRANQUILLA89.14620146ASIGNADO
ABARRANQUILLA97.62015125ASIGNADO

CALDAS

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (KW)
POTENCIA
Actual (KW)
h
(m.)
ESTADO
CANAL
CMANZANARES96.751144ASIGNADO

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (KW)
POTENCIA
Actual (KW)
h
(m.)
ESTADO
CANAL
ABOGOTA90.91525624ASIGNADO
ABOGOTA100.910050345ASIGNADO

TOLIMA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (KW)
POTENCIA
Actual (KW)
h
(m.)
ESTADO
CANAL
CCAJAMARCA95.752.5781ASIGNADO

VALLE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
Anterior (KW)
POTENCIA
Actual (KW)
h
(m.)
ESTADO
CANAL
CCARTAGO95.113320ASIGNADO
CEL CERRITO99.112684ASIGNADO

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 6o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.3, denominado Plan de Estaciones clase D, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase D, como se indica a continuación:

A. Modificación relativa a la frecuencia de operación

CUNDINAMARCA

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACION Anterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
DRICAURTE95.691.10.20055PROYECTADO

HUILA

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACIONAnterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
DTIMANA95.8100.80.25030PROYECTADO

NORTE DE SANTANDER

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACIONAnterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
DPUERTO SANTANDER103.2107.20.20030ASIGNADO

TOLIMA

CLASEMUNICIPIOFRECUENCIAFRECUENCIAPOTENCIAhESTADO
ESTACIONAnterior (MHz.)Actual (MHz.)(KW.)(m.)CANAL
DICONONZO94.594.70.10030ASIGNADO

B. Modificación relativa a la diferencia de altura (h)

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
DBARBOSA88.40.1003075ASIGNADO
DBETULIA104.40.2003045ASIGNADO

BOLIVAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
DSIMITI89.00.2503053ASIGNADO

CESAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
DCHIRIGUANÁ107.70.2003047ASIGNADO

META

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
DCUBARRAL107.80.25075160ASIGNADO

SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
DBARBOSA103.20.20030118ASIGNADO

VALLE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz)
POTENCIA
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
ESTADO
CANAL
DDAGUA96.00.20045102ASIGNADO
DFLORIDA96.00.20045108ASIGNADO

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 7o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones de las frecuencias de operación del enlace entre Estudios y Sistema de Transmisión, de unas estaciones de radiodifusión sonora, según se relaciona a continuación:

CALDAS

CLASE DE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz).
POTENCIA
(KW)
h
(m.)
ESTADO CANALENLACE
Anterior (MHz)
ENLACE
Actual (MHz)
BMANIZALES91.710256ASIGNADOL. F.308.9

CHOCO

CLASE DE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz).
POTENCIA
(KW)
h
(m.)
ESTADO CANALENLACE
Anterior (MHz)
ENLACE
Actual (MHz)
CISTMINA106.31151ASIGNADOL. F.301.7

CUNDINAMARCA

CLASE DE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz).
POTENCIA
(KW)
h
(m.)
ESTADO CANALENLACE
Anterior (MHz)
ENLACE
Actual (MHz)
DTIBACUY107.40.20030ASIGNADO315.7L. F.

VALLE

CLASE DE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA
(MHz).
POTENCIA
(KW)
h
(m.)
ESTADO CANALENLACE
Anterior (MHz)
ENLACE
Actual (MHz)
CJAMUNDI93.15532ASIGNADO307.5304.1

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 8o. Dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución la Dirección de Desarrollo del Sector compilará, en un único documento el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F. M.), con sus actualizaciones.

ARTÍCULO 9o. La Subdirección Administrativa publicará en la web del Ministerio de Comunicaciones, el documento actualizado del Plan Técnico de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada y Frecuencia Modulada.

ARTÍCULO 10. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 2009.

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

MARÍA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA.

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