RESOLUCIÓN 5448 DE 2010
(diciembre 23)
Diario Oficial No. 47.933 de 24 de diciembre de 2010
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, Subcuenta de Compensación, para la vigencia fiscal 2010.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 123 del Decreto 111 de 1996 establece que los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga, en desarrollo del mecanismo de Compensación y Promoción, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación.
Que de conformidad con la información suministrada por el Administrador de los recursos del Fosyga - Consorcio Fidufosyga 2005, mediante Oficio PTO-038-10 de fecha 21 de diciembre de 2010 y de acuerdo a la revisión de la ejecución presupuestal de gastos de la Subcuenta de Compensación del Fosyga, con corte al 21 diciembre de 2010 elaborada por la Dirección General de Financiamiento, el concepto “Licencias de Maternidad y Paternidad Apropiación Directa”, presenta un valor proyectado al cierre de la vigencia 2010 inferior al valor estimado, por lo que se hace necesario realizar un traslado presupuestal en dicha Subcuenta del concepto “Proceso de Compensación Apropiación Directa” al concepto “Licencias de Maternidad y Paternidad Apropiación Directa”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, Subcuenta de Compensación, efectuando un traslado en el Presupuesto de Gastos de dicha Subcuenta, para la vigencia fiscal 2010, en los siguientes conceptos:
CONTRACRÉDITO
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓN | VALOR |
PROCESO COMPENSACIÓN APROPIACIÓN DIRECTA | $2.500.000.000 |
CRÉDITO
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓN | VALOR |
LICENCIAS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD –APROPIACIÓN DIRECTA | $2.500.000.000 |
ARTÍCULO 2o. El presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, para la vigencia fiscal de 2010, quedará así:
<TABLA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.933 de 24 de diciembre de 2010; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica la Resolución 5435 de 2009 y las Resoluciones 1678, 2214, 2666, 4229, 4710 y 5235 de 2010, del Ministerio de la Protección Social y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2010.
El Ministro de la Protección Social,
MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.