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RESOLUCIÓN 3062 DE 2014

(julio 23)

Diario Oficial No. 49.221 de 23 de julio de 2014

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) para la vigencia fiscal 2014.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, de las conferidas por el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, el numeral 31 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 5513 de 2013, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia 2014.

Que de acuerdo con el análisis de la información de la ejecución presupuestal del gasto de la Subcuenta de Compensación del FOSYGA, con corte a 31 de mayo de 2014, reportado por el Consorcio SAYP mediante Oficio 201433300917912, en el rubro “Licencias de Maternidad y Paternidad – Pago a través del Fosyga” se observan valores proyectados a 31 de diciembre de 2014 superiores con respecto a la apropiación, por lo que se hace necesario adicionar recursos por valor de setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000) moneda corriente.

Que en el portafolio de la Subcuenta de Compensación del FOSYGA, con corte a 31 de mayo de 2014, existe saldo suficiente para adicionar los recursos de que trata el considerando anterior en el rubro “Excedentes Financieros Vigencias Anteriores” del presupuesto de ingresos de la Subcuenta de Compensación.

Que de acuerdo con el análisis de la información de ejecución presupuestal del gasto de la Subcuenta de Compensación del Fosyga, con corte a 31 de mayo de 2014, reportado por el Consorcio SAYP mediante Oficio 201433300917912, en el rubro “Déficit Proceso Compensación - FOSYGA” se observan valores proyectados a 31 de diciembre de 2014 superiores con respecto a la apropiación, siendo viable trasladarle recursos del rubro “Proceso Compensación Apropiación Directa” por valor de dos billones seiscientos mil millones de pesos ($2.600.000.000.000) moneda corriente.

Que como consecuencia de la anterior operación, se requiere ajustar el Presupuesto de Ingresos de la Subcuenta de Compensación, trasladando en igual valor al rubro “Recaudo Proceso de Compensación – Con Situación de Fondos” del rubro “Recaudo Proceso de Compensación UPC – Sin Situación de Fondos”.

Que de acuerdo con el análisis de la información de ejecución presupuestal del gasto de la Subcuenta de Promoción del Fosyga, con corte a 31 de mayo de 2014, reportado por el Consorcio SAYP mediante Oficio 201433300917912, en el rubro “Programas de Promoción y Prevención EPS Déficit Proceso de Compensación (Fosyga)” se observan valores proyectados a 31 de diciembre de 2014 superiores con respecto a la apropiación, siendo viable trasladarle recursos del rubro “Programas de Promoción y Prevención Ejecución Directa Proceso de Compensación”, por valor de cuarenta y siete mil millones de pesos ($47.000.000.000) moneda corriente.

Que como consecuencia de la anterior operación, se requiere ajustar el Presupuesto de Ingresos de la Subcuenta de Promoción, trasladando en igual valor al rubro “Recaudo Proceso de Compensación 0.2 puntos del Régimen Contributivo – Con Situación de Fondos” del rubro “Recaudo Proceso Compensación 0.2 puntos del Régimen Contributivo – Sin Situación de Fondos”.

Que el recaudo de cuotas de amortización de capital por compra de cartera del mes de junio de 2014 es inferior al monto de las solicitudes que cumplen requisitos para su aprobación, por lo que se hace necesario disponer de recursos por valor de siete mil millones de pesos ($7.000.000.000) moneda corriente, para atender el proceso de compra de cartera correspondiente al mes de julio de 2014, para lo cual resulta viable trasladar esta suma en el presupuesto de gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), Subcuenta de Compensación, del rubro “Compensación por saldos no compensados y registros glosados” al rubro “Saldos no compensados y registros glosados prescritos”.

Que el Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, en Sesión número 50 del 20 de junio de 2014, emitió concepto favorable respecto de las operaciones presupuestales de traslado a que se hizo referencia en los considerandos anteriores, en los montos allí indicados.

Que el 25 de abril de 2014, fue suscrita entre este Ministerio y el señor José Edilberto Espinosa, el acta de liquidación del Contrato de Prestación de Servicios número 304 de 2010, estableciéndose a favor de este último un saldo por valor de diez millones de pesos ($10.000.000) moneda corriente.

Que el Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, en Sesión número 49 del 23 de mayo de 2014, emitió concepto favorable respecto de la constitución en el presupuesto de una vigencia expirada para el pago de la mencionada obligación, que se financiaría con cargo al rubro “Apoyo técnico, auditoría y remuneración fiduciaria” de la Subcuenta de Compensación.

Que según Certificación de Disponibilidad, expedida el 30 de junio de 2014, por la Coordinadora del Grupo de Administración Financiera del Fosyga, en el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), Gastos de las Subcuentas de Compensación y Promoción, existe apropiación presupuestal disponible libre de afectación en los siguientes rubros: Compensación: “Proceso compensación apropiación directa”, por valor de “$2.600.000.000.000”, “Apoyo técnico, auditoría y remuneración fiduciaria”, por valor de “$10.000.000”, “Compensación por saldos no compensados y registros glosados”, por valor de “$7.000.000.000” y, Promoción: “Programas de Promoción y Prevención Ejecución Directa Proceso de Compensación”, por valor de “$47.000.000.000”.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia 2014, la suma de setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000) moneda corriente, así:

SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

INGRESO

Excedentes Financieros Vigencias Anteriores$70.000.000.000
SUBTOTAL INGRESO$70.000.000.000
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

GASTO

Licencias de Maternidad y Paternidad – Pago a través del Fosyga$70.000.000.000
SUBTOTAL GASTO$70.000.000.000

ARTÍCULO 2o. Trasladar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia 2014, la suma de dos billones seiscientos mil millones de pesos ($2.600.000.000.000) moneda corriente, del rubro “Recaudo Proceso de Compensación UPC – Sin Situación de Fondos” al rubro “Recaudo Proceso de Compensación – Con Situación de Fondos”, y del rubro “Proceso Compensación Apropiación Directa” al rubro “Déficit Proceso Compensación – Fosyga”, respectivamente, así:

SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

INGRESO

CONTRACRÉDITO

Recaudo Proceso de Compensación UPC – Sin Situación de Fondos$2.600.000.000.000
SUBTOTAL INGRESO$2.600.000.000.000
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

INGRESO

CRÉDITO

Recaudo Proceso de Compensación – Con Situación de Fondos$2.600.000.000.000
SUBTOTAL INGRESO$2.600.000.000.000
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

GASTO

CONTRACRÉDITO

Proceso Compensación Apropiación Directa$2.600.000.000.000
SUBTOTAL GASTO$2.600.000.000.000
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

GASTO

CRÉDITO

Déficit Proceso Compensación – Fosyga$2.600.000.000.000
SUBTOTAL GASTO$2.600.000.000.000

ARTÍCULO 3o. Trasladar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia 2014, la suma de cuarenta y siete mil millones de pesos ($47.000.000.000) moneda corriente, del rubro “Recaudo Proceso Compensación 0.2 Puntos del Régimen Contributivo – Sin Situación de Fondos” al rubro “Recaudo Proceso de Compensación 0.2 Puntos del Régimen Contributivo – Con Situación de Fondos”, y del rubro “Programas de Promoción y Prevención Ejecución Directa Proceso de Compensación” al rubro “Programas de Promoción y Prevención EPS Déficit Proceso de Compensación – Fosyga”, respectivamente, así:

SUBCUENTA DE PROMOCIÓNVALOR

INGRESO

CONTRACRÉDITO

Recaudo Proceso Compensación 0.2 Puntos del Régimen Contributivo – Sin Situación de Fondos$47.000.000.000
SUBTOTAL INGRESO$47.000.000.000
SUBCUENTA DE PROMOCIÓNVALOR

INGRESO

CRÉDITO

Recaudo Proceso de Compensación 0.2 Puntos del Régimen Contributivo – Con Situación de Fondos$47.000.000.000
SUBTOTAL INGRESO$47.000.000.000
SUBCUENTA DE PROMOCIÓNVALOR

GASTO

CONTRACRÉDITO

Programas de Promoción y Prevención Ejecución Directa Proceso de Compensación$47.000.000.000
SUBTOTAL GASTO$47.000.000.000
SUBCUENTA DE PROMOCIÓNVALOR

GASTO

CRÉDITO

Programas de Promoción y Prevención EPS Déficit Proceso de Compensación – Fosyga$47.000.000.000
SUBTOTAL GASTO$47.000.000.000

ARTÍCULO 4o. Trasladar en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación, para la vigencia 2014, la suma de siete mil millones de pesos ($7.000.000.000) moneda corriente, del rubro “Compensación por saldos no compensados y registros glosados” al rubro “Saldos no compensados y registros glosados prescritos”, así:

SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

GASTO

CONTRACRÉDITO

Compensación por saldos no compensados y registros glosados$7.000.000.000
SUBTOTAL GASTO $7.000.000.000
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

GASTO

CRÉDITO

Saldos no compensados y registros glosados prescritos$7.000.000.000
SUBTOTAL GASTO$7.000.000.000

ARTÍCULO 5o. Trasladar en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia 2014, la suma de diez millones de pesos ($10.000.000), del rubro “Apoyo técnico, auditoría y remuneración fiduciaria” al rubro “Pasivos exigibles vigencia expirada – CPS 304 de 2010”, así:

SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

GASTO

CONTRACRÉDITO

Apoyo técnico, auditoria y remuneración fiduciaria$10.000.000
SUBTOTAL GASTO$10.000.000
SUBCUENTA DE COMPENSACIÓNVALOR

GASTO

CRÉDITO

Pasivos exigibles vigencia expirada – CPS 304 de 2010$10.000.000
SUBTOTAL GASTO$10.000.000

ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 5513 de 2013, modificada por las Resoluciones 1860 y 2002 de 2014.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2014.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

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