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RESOLUCIÓN 410 DE 2011

(julio 19)

Diario Oficial No. 48.138 de 22 de julio de 2011

INSTITUTO COLOMBIANO PARA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

Por la cual se autoriza a las instituciones educativas que pagaron la inscripción de sus estudiantes de Grado 11, a culminar el proceso de registro para presentar el examen ICFES SABER 11 a realizarse el 4 de septiembre de 2011.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN - ICFES,

en ejercicio de sus atribuciones, en especial de las conferidas por el artículo 9o del Decreto 5014 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 000990 del 6 de diciembre de 2010, se fijaron las tarifas de los servicios ofrecidos por el Icfes para el primer semestre de 2011 y se estableció el calendario de aplicaciones para dicho periodo y mediante Resolución número 000164 del 25 de marzo de 2011, adoptaron para el segundo semestre de 2011 las mismas tarifas señaladas por la Resolución número 000990 del 6 de diciembre de 2010, considerando que el Icfes calculó para todo el año 2011, los costos y ajustes de los servicios de evaluación.

Que de conformidad con las mencionadas resoluciones el calendario para la aplicación de la prueba ICFES SABER 11, correspondiente al segundo semestre de 2011, se estableció en los siguientes términos:

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO FECHA
Solicitud de código de primera promoción Fecha límite: 25 de mayo de 2011
Recaudo Del 10 de mayo al 3 de junio de 2011
Registro Del 11 de mayo al 7 de junio de 2011
Recaudo extraordinario Del 10 de junio al 17 de junio de 2011
Registro extraordinario Del 13 de junio al 20 de junio de 2011
Fecha límite de solicitud de cambio de municipio 20 de junio de 2011
Publicación de citaciones 4 de agosto de 2011
Aplicación de examen 4 de septiembre de 2011
Publicación de resultados individuales 14 de octubre de 2011
Publicación de resultados institucionales 21 de octubre de 2011
Plazo para interponer reclamos sobre resultados individuales 24 de octubre de 2011
Plazo para interponer reclamos sobre resultados institucionales 31 de octubre de 2011

Que habiéndose divulgado ampliamente entre los usuarios, las etapas de inscripción y registro, los resultados finales de estas arrojaron resultados satisfactorios en la medida en que se consolidó una población cercana a los 600.000 estudiantes que participarán en la aplicación de SABER 11, prevista para el próximo 4 de septiembre de 2011.

Que pese a lo anterior, pudo establecerse que del total de 11.263 instituciones educativas que pagaron la inscripción de sus estudiantes de último grado al examen SABER 11 que se realizará el 4 de septiembre, el ocho por ciento (8%), esto es, 911 instituciones, no finalizaron dentro de los plazos establecidos el registro de los estudiantes, quedando sin la posibilidad de presentar la prueba un total de 2.343 alumnos.

Que algunas de las instituciones educativas que se encuentran en la situación descrita, han solicitado al Icfes, a través de sus rectores, se considere la posibilidad de permitirles terminar el proceso de registro, admitiendo su responsabilidad en la omisión del deber legal que les impuso la obligación de registrar a todos sus estudiantes del grado once para la presentación del examen de estado, y aceptando que las razones de dicha omisión son ajenas a los estudiantes.

Que el Icfes encuentra procedente acceder a estas solicitudes, pues claramente se advierte que la población estudiantil que se encuentra en la situación mencionada, se vería seriamente perjudicada por la omisión de sus respectivas instituciones, máxime si se considera que la presentación del examen de estado es requisito indispensable para el acceso a la educación superior y adicionalmente, por cuanto el propósito de tales peticiones no es otro que el de facilitar la presentación del examen estado a los alumnos de grado 11, cuyo proceso de registro no culminó satisfactoriamente.

Que por las anteriores consideraciones el Icfes estima conveniente autorizar a los colegios que pagaron la inscripción de sus alumnos de grado 11 para la presentación del Examen SABER 11, entre el 10 de mayo y el 17 de junio de 2011, pero no terminaron el proceso de registro, de manera que puedan concluir dicho proceso entre el 21 y el 25 de julio de 2011.

En mérito de lo expuesto

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Autorizar la culminación del proceso de registro entre el período comprendido entre el 21 y el 25 de julio de 2011, a los colegios que pagaron entre el 10 de mayo y el 17 de junio de 2011, la inscripción de sus alumnos de grado 11 para la presentación del Examen SABER 11 el próximo 4 de septiembre de 2011, de acuerdo con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta resolución.

PARÁGRAFO. Para los efectos previstos en este artículo el Icfes habilitará el sistema icfes interactivo, de manera que se facilite a las Instituciones educativas que pagaron la inscripción de sus estudiantes, la culminación del proceso de registro de conformidad con las reglas establecidas por el Icfes para este propósito.

ARTÍCULO 2o. Para todos los casos a que se refiere la presente resolución el registro se considerará como individual. Vale decir, el Icfes no generará resultados institucionales ni CLASIFICACIÓN DE PLANTELES por el período 2011, para las instituciones educativas autorizadas a culminar la etapa de registro de sus estudiantes de grado 11 en el período señalado en el artículo primero de esta resolución.

ARTÍCULO 3o. El Icfes comunicará a los interesados las decisiones adoptadas en la presente resolución, efecto para el cual podrá utilizar todos los medios disponibles a su alcance, publicando su contenido en la página web institucional.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2011.

La Directora General,

MARGARITA PEÑA BORRERO.

 

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n.d.
Última actualización: 29 de octubre de 2026

 

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