RESOLUCIÓN 276 DE 2025
(abril 23)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA
Por medio de la cual se modifica la Resolución de Junta Directiva N° 0022 de 2023 que regula el Comité de Riesgos del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA
LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA-,
en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el Artículo 76 de la Ley 489 de 1998, la Ordenanza 13 de 1964, la Resolución de Junta Directiva N° 006 de 2014 por medio de la cual se reforman los estatutos del IDEA y la Resolución de Junta Directiva 006 de 2024 por medio de la cual se delega en la Gerente General la creación, modificación y supresión de los Comités Institucionales y,
CONSIDERANDO:
1. Que por medio de la Resolución de Junta Directiva N° 0022 del 20 de septiembre de 2023 se unifican las disposiciones de Junta Directiva que regulan el Comité de Riesgos del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
2. Que en sesión ordinaria del Comité de Riesgos del día 11 de octubre de 2024, se aprobó modificar la periodicidad de las reuniones del comité de trimestral a bimestral, con el fin de realizar seguimiento a los riesgos identificados con mayor frecuencia y generar alertas tempranas.
3. Que la Gerente General se encuentra facultada para modificar la periodicidad de las reuniones del Comité de Riegos, de conformidad con la Resolución de Junta Directiva 006 de 2024.
Por lo anterior, la Gerente General del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo segundo de la Resolución de Junta Directiva N° 0022 de 2023, el cual quedará así:
“ARTÍCULO SEGUNDO. Periodicidad y convocatoria de las sesiones: El Comité de Riesgos se reunirá por lo menos (1) vez cada bimestre. De igual manera se reunirá de forma extraordinaria cuando se considere necesario. De todas las reuniones se levantará un acta.
La convocatoria a las reuniones se realizará mediante comunicación escrita o por correo electrónico con dos (2) días hábiles de antelación a la fecha de celebración de la respectiva reunión.
No obstante, el Gerente de Riesgos podrá convocar a reuniones extraordinarias sin la antelación señalada, en casos en los que, por su urgencia requieran de la toma de decisiones para evitar o controlar cualquier riesgo que pueda afectar las actividades del Instituto.
Cuando no fuera posible la asistencia presencial de los miembros del Comité o de parte de ellos en la sede del Instituto o en el lugar donde se haya convocado, podrá hacerse la reunión de manera virtual o por otros mecanismos para la toma de decisiones, con los mismos requisitos de convocatoria, quórum y actas previstos en los estatutos del Instituto, y tomarse decisiones válidas por cualquier medio de comunicación disponible en ese momento, aprovechando el desarrollo de los medios tecnológicos, siempre y cuando, de ello quede prueba."
ARTÍCULO SEGUNDO. Las disposiciones no modificadas de la Resolución de Junta Directiva N° 0022 de 2023 continúen vigentes.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Medellín, a los 23-04-2025
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CATALINA GÓMEZ TORO
Gerente General
