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RESOLUCIÓN 694 de 2025

(septiembre 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA

“Por medio de la cual se declara una situación excepcional que amerita el uso de la modalidad de trabajo en casa de manera transitoria en el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA”

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA,

en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas por la Resolución de Junta Directiva 006 del 03 de junio de 2014, la Ley 2088 de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Mediante la Ley 2088 del 12 de mayo de 2021 se reguló el trabajo en casa y se dictaron otras disposiciones.

El artículo 9 de la Ley 2088 de 2021 establece que, previo a la implementación del trabajo en casa en los términos en ella establecidos, las entidades públicas deberán contar con un procedimiento tendiente a proteger este derecho y garantizar, a través de las capacitaciones a que haya Iugar, el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación – TIC, o cualquier otro tipo de elemento utilizado que pueda generar alguna limitación para el uso de esta modalidad.

Mediante el Decreto 1662 de 2021 se adiciona el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, en relación con la habilitación del trabajo en casa para los servidores públicos de los organismos y entidades que conforman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, órganos de control, órganos autónomos e independientes del Estado.

Por medio de la Resolución de Gerencia 20250693 del 4 de septiembre de 2025 se estableció el procedimiento interno para habilitar la prestación del servicio en la modalidad de trabajo en casa, transitoriamente, ante situaciones ocasionales, en el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, señalando en su artículo 13 numeral 1o que: "Cuando se requiera implementar la modalidad de trabajo en casa a iniciativa de la Entidad, se deberá expedir un acto administrativo declarando la situación ocasional, excepcional o especial, estableciendo las condiciones en que se desarrollará esta modalidad, observando, en todo caso, lo dispuesto en el presente acto y en la normatividad vigente”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo décimo sexto de la Resolución de Junta Directiva 006 de 2014, la Gerente General tiene entre sus funciones: "2. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones de la organización y de su personal; 3. Administrar el funcionamiento general de la entidad, su organización e implementar y verificar el cumplimiento de las políticas establecidas en el Instituto por la Junta Directiva; (...) y 10. Con arreglo a las disposiciones legales realizar todas las actividades propias de la administración del talento humano e informar a la Junta Directiva las novedades del personal directivo y asesor”.

En mérito de lo expuesto, la Gerente General del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Declarar una situación excepcional que amerita el uso de la modalidad de trabajo en casa de manera transitoria en el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, por motivo de la ejecución del Contrato Interadministrativo 0117 de 2025 suscrito entre la Entidad y RENTAN EICE, cuyo objeto es: “Contrato interadministrativo de administración delegada de recursos para realizar obras de mantenimiento, adecuación y reparación del edificio Alejandro López Restrepo, sede principal del IDEA”, lo cual implica la intervención de la Sede de la Entidad, generando la necesidad de desocupar algunos espacios de las instalaciones y desplazar parte del personal por motivos de seguridad y requerimientos técnicos de las obras.

ARTÍCULO 2o. El término de la aplicación de la modalidad de trabajo en casa por la situación enunciada será de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente acto, el cual podrá ser prorrogado en caso de persistir la necesidad.

ARTÍCULO 3o. Para efectos de la habilitación del trabajo en casa para los servidores que se requiera, de conformidad con las necesidades de la obra, se dará cumplimiento a los requisitos y procedimientos establecidos en la Resolución de Gerencia 20250693 del 4 de septiembre de 2025.

ARTÍCULO 4o. Se faculta al Gerente Administrativo para establecer el cronograma de habilitación de trabajo en casa a los servidores que se requiera de acuerdo con las necesidades de la obra, aplicando los criterios que considere pertinentes, previa coordinación con la Gerencia General y el equipo directo responsable de cada una de las Dependencias.

PARÁGRAFO 1o: No se habilitará el trabajo en casa para los servidores que desempeñan cargos del nivel directivo o asesor, para quienes desempeñen empleos de conductor y mensajero, servicios generales, atención al público, y, de manera general, para quienes desempeñen funciones que requieran presencialidad. En estos casos, el personal será reubicado de forma temporal con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio y el normal desarrollo de la obra.

PARÁGRAFO 2o: Los jefes de cada dependencia definirán la organización de sus respectivos equipos, en coordinación con la Gerencia General y la Gerencia Administrativa, con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio y el normal desarrollo de la obra.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Su vigencia se supeditará al término establecido en el artículo 2o, sin perjuicio de que éste sea prorrogado por medio de acto administrativo motivado.

Dada en Medellín, a los 04-09-2025

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CATALINA GÓMEZ TORO

Gerente General

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Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA - DRA © 2025

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