RESOLUCIÓN 14 DE 2024
(diciembre 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA -
Por medio de la cual se aprueba la modificación al Manual de Políticas Contables, aplicando la resolución 332 de 2022, además el instructivo 007 del 19 de diciembre de 2022 para empresas que no cotizan en el mercado de valores y que no captan y administran ahorro del público, como es el caso del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
LA HONORABLE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO ANTIOQUIA - IDEA-,
en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, y en especial las que le confiere el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, y la Resolución de Junta Directiva 006 de 2014, en especial, el artículo décimo tercero,
CONSIDERANDO QUE
1. El artículo 354 de la Constitución Política, le asigna al Contador General la facultad de llevar la Contabilidad General de la Nación y consolidarla con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, así como determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley.
2. De conformidad con lo preceptuado en el marco normativo para entidades que no cotizan en bolsa ni captan ahorro del público, expedido mediante la resolución 414 del 2014, la modificación según resolución 426 del 23 de diciembre de 2019 y la modificación a esta normativa según resolución 332 del 19 de diciembre de 2022 por la Contaduría, General,de la Nación, y el artículo 209 de la Constitución Nacional, la función administrativa está el servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
3. A su vez, este marco.-normativo se fundamenta en las Normas Internacionales de Información Financiera expedidas por el internacional Accounting Standards Board - IASB-, con el objetivo de proveer información precisa idónea para los usuarios de la información, tales como: accionistas, administración, empleados, Estado, proveedores, clientes, entidades financieras, autoridades de control y vigilancia y demás usuarios interesados, generando en debida esencia la transparencia y confiabilidad de la información.
4. Los estados financieros del Instituto para el Desarrollo Antioquia -IDEA- constituirán una representación estructurada de su situación financiera, del rendimiento financiero y de sus flujos de efectivo. Su objetivo es suministrar información que sea útil a una amplia variedad de usuarios para tomar sus decisiones económicas.
5. Las políticas contables son los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por cada empresa para la elaboración y presentación de los estados financieros.
6. Tal como lo señala el anexo de la resolución 193 de 2016, emitida por la Contaduría General de la Nación en los numerales 2.1.1 y 2.1.2, “las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el representante legal o la máxima instancia administrativa de la entidad”.
7. Para ajustarse a la resolución 332 de 2022 se debe aprobar para el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, la modificación al Manual de Políticas Contables.
8. Se hace alusión los aspectos modificados a saber: se precisó la vigencia del Manual de Políticas Contables; se eliminó la política de depuración contable; se hizo referencia a la actualización de la Resolución de Junta Directiva 0026 de 2023 en relación con las mediciones, reconocimientos y revelaciones; se modificó la forma de registrar el efectivo restringido especificando los casos en que los recursos están embargados como consecuencia de un proceso judicial; se modificó la forma de registrar las propiedades de inversión; y se modificó la forma de registrar la propiedad, planta y equipo.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución sustituida por el artículo 2 de la Resolución 7 de 8 de abril de 2026del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Aprobar la modificación al Manual de Políticas Contables del Instituto para el Desarrollo Antioquia -IDEA-, el cual hace parte integrante del presente Acto, con base en el marco normativo vigente para entidades que no cotizan en bolsa ni captan el ahorro público, expedido mediante Resolución 332 del 19 de diciembre de 2022 por la Contaduría General de la Nación y en el artículo 209 de la Constitución Nacional.
ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución sustituida por el artículo 2 de la Resolución 7 de 8 de abril de 2026del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Medellín a los 10 días del mes de diciembre de 2024
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
EUGENIO PRIETO SOTO
Presidente
Delegado del Gobernador
MANUAL DE POLÍTICAS CONTABLES
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA IDEA
Mediante la Resolución 414 del 8 de septiembre de 2014 y modificada por la Resolución 332 de 2022, además el instructivo 007 del 19 de diciembre de 2022, la Contaduría General de la Nación incorporó al Régimen de Contabilidad Pública, un Marco Conceptual y unas Normas para el reconocimiento, la medición, la revelación y la presentación de los hechos económicos en empresas que no cotizan en el mercado de valores y que no captan ni administran ahorro del público.
TABLA DE CONTENIDO
| CAPÍTULO I: GENERALIDADES | 14 |
| 1. ACERCA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA -IDEA | 14 |
| 1.1. NATURALEZA JURÍDICA, FUNCIÓN SOCIAL, ACTIVIDADES QUE DESARROLLA | 14 |
| 1.2. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO | 14 |
| Misión | 14 |
| Visión | 15 |
| Valores corporativos | 15 |
| ACERCA DEL MANUAL DE POLITICAS CONTABLES | 16 |
| Objetivo | 16 |
| Alcance | 16 |
| Políticas contables | 16 |
| Control Interno Contable | 16 |
| Depuración contable | 17 |
| Fecha de vigencia | 17 |
| Responsable de actualización | 17 |
| CONTROL DE VERSIONES | 18 |
| Aprobación | 18 |
| 2. MARCO CONCEPTUAL | 19 |
| CAPÍTULO II: POLÍTICAS CONTABLES DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA. | 19 |
| 1. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS | 19 |
| 1. PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS | 36 |
| ALCANCE | 36 |
| Responsables de la preparación, presentación y publicación de los informes financieros y contables | 37 |
| Periodicidad de los informes financieros y contables | 37 |
| ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS | 37 |
| IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS | 37 |
| REFERENCIAS CRUZADAS | 38 |
| FIRMAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS | 38 |
| CERTIFICACIÓN | 38 |
| ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA | 39 |
| INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA | 39 |
| DISTINCIÓN DE PARTIDAS CORRIENTES Y NO CORRIENTES | 40 |
| ACTIVOS CORRIENTES Y NO CORRIENTES | 40 |
| PASIVOS CORRIENTES Y NO CORRIENTES | 41 |
| INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA O REVELAR EN LAS NOTAS | 41 |
| ESTADO DE RESULTADOS | 42 |
| INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE RESULTADOS O REVELAR EN LAS NOTAS | 42 |
| ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO | 43 |
| INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO O A REVELAR EN LAS NOTAS | 43 |
| ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO | 43 |
| PRESENTACIÓN | 44 |
| ACTIVIDADES DE OPERACIÓN | 44 |
| ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | 44 |
| ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | 45 |
| INTERESES, DIVIDENDOS Y EXCEDENTES FINANCIEROS | 45 |
| INVERSIONES EN CONTROLADAS, ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS | 45 |
| CAMBIOS EN LAS PARTICIPACIONES DE PROPIEDAD EN CONTROLADAS, ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS | 46 |
| INFORMACIÓN PARA REVELAR EN LAS NOTAS | 46 |
| NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS | 46 |
| ESTRUCTURA | 47 |
| REVELACIONES | 47 |
| 1. POLITICAS CONTABLES, CAMBIO EN LAS ESTIMACIONES CONTABLES Y CORRECCIÓN DE ERRORES | 48 |
| ALCANCE | 48 |
| POLÍTICAS CONTABLES | 48 |
| CAMBIOS EN LAS ESTIMACIONES CONTABLES | 51 |
| CORRECCIÓN DE ERRORES | 52 |
| 1. HECHOS OCURRIDOS DESPÚES DEL PERIODO CONTABLE | 53 |
| ALCANCE | 53 |
| HECHOS OCURRIDOS DESPUÉS DEL PERIODO CONTABLE QUE IMPLICAN AJUSTE | 53 |
| HECHOS OCURRIDOS DESPUÉS DEL PERIODO CONTABLE QUE NO IMPLICAN AJUSTE | 54 |
| REVELACIONES | 55 |
| CAPÍTULO III: POLÍTICAS CONTABLES ESPECÍFICAS | 55 |
| 1. EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO | 55 |
| ALCANCE | 55 |
| RECONOCIMIENTO | 55 |
| MEDICIÓN INICIAL | 56 |
| CUENTAS CORRIENTES Y OTROS DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS | 57 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 57 |
| TRATAMIENTO CONTABLE DE PARTIDAS CONCILIATORIAS | 57 |
| REVELACIONES | 58 |
| RESPONSABLES | 58 |
| INVERSIONES EN ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ | 59 |
| ALCANCE | 59 |
| RECONOCIMIENTO | 59 |
| CLASIFICACIÓN | 60 |
| MEDICIÓN INICIAL | 60 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 61 |
| 7.2.4.1. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN EL RESULTADO | 61 |
| 7.2.4.2. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE COSTO AMORTIZADO | 61 |
| 7.2.4.3. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN EL OTRO RESULTADO INTEGRAL | 62 |
| 7.2.4.4. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE COSTO | 63 |
| RECLASIFICACIONES | 64 |
| BAJA EN CUENTAS | 65 |
| REVELACIONES | 67 |
| RESPONSABLES | 68 |
| INVERSIONES PATRIMONIALES | 68 |
| ALCANCE | 68 |
| INVERSIONES EN CONTROLADAS | 69 |
| RECONOCIMIENTO | 69 |
| MEDICIÓN INICIAL | 70 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 70 |
| RECLASIFICACIONES | 72 |
| REVELACIONES | 73 |
| RESPONSABLES | 74 |
| INVERSIONES EN ASOCIADAS | 75 |
| RECONOCIMIENTO | 75 |
| MEDICIÓN INICIAL | 76 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 76 |
| RECLASIFICACIÓN | 77 |
| REVELACIONES | 78 |
| RESPONSABLES | 79 |
| INVERSIONES EN ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN | 80 |
| RECONOCIMIENTO | 80 |
| MEDICIÓN INICIAL | 80 |
| BAJA EN CUENTAS | 80 |
| REVELACIONES | 80 |
| RESPONSABLES | 80 |
| MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL | 81 |
| APLICACIÓN DEL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN | 81 |
| CUENTAS POR COBRAR | 82 |
| ALCANCE | 82 |
| RECONOCIMIENTO | 83 |
| CLASIFICACIÓN | 83 |
| MEDICIÓN INICIAL | 83 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 83 |
| DETERIORO DE VALOR DE LAS CUENTAS POR COBRAR | 84 |
| BAJA EN CUENTAS | 85 |
| REVELACIONES | 87 |
| RESPONSABLES | 88 |
| PRESTAMOS POR COBRAR | 88 |
| ALCANCE | 88 |
| RECONOCIMIENTO | 88 |
| CLASIFICACIÓN | 89 |
| - MEDICIÓN INICIAL | 90 |
| - MEDICIÓN POSTERIOR | 90 |
| - DETERIORO DE VALOR PARA LOS PRÉSTAMOS POR COBRAR | 90 |
| - REVERSIÓN DEL DETERIORO DE VALOR | 91 |
| BAJA EN CUENTAS | 91 |
| REVELACIONES | 92 |
| RESPONSABLES | 93 |
| INVENTARIOS | 94 |
| ALCANCE | 94 |
| RECONOCIMIENTO | 94 |
| MEDICIÓN INICIAL | 94 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 94 |
| BAJA EN CUENTAS | 95 |
| REVELACIONES | 95 |
| RESPONSABLES | 95 |
| PROPIEDADES DE INVERSIÓN | 96 |
| ALCANCE | 96 |
| RECONOCIMIENTO | 96 |
| MEDICIÓN INICIAL | 97 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 98 |
| RECLASIFICACIONES | 98 |
| BAJA EN CUENTAS | 98 |
| REVELACIÓN | 98 |
| RESPONSABLES | 99 |
| ARRENDAMIENTOS | 100 |
| PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO | 109 |
| ALCANCE | 109 |
| RECONOCIMIENTO | 109 |
| MEDICIÓN INICIAL | 110 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 110 |
| DEPRECIACIÓN | 111 |
| VIDA ÚTIL | 111 |
| DETERIORO DE VALOR | 113 |
| PERIODICIDAD EN LA COMPROBACIÓN DEL DETERIORO | 113 |
| INDICIOS DE DETERIORO DE VALOR DE LOS ACTIVOS | 114 |
| RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN DETERIORO | 114 |
| MEDICIÓN DEL VALOR DEL SERVICIO RECUPERABLE | 115 |
| REVERSIÓN DE LAS PÉRDIDAS POR DETERIORO DE VALOR | 115 |
| MEDICIÓN DE LA REVERSIÓN DEL DETERIORO | 115 |
| BAJA EN CUENTAS | 116 |
| REVELACIONES | 116 |
| RESPONSABLES | 117 |
| BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO | 118 |
| ALCANCE | 18 |
| RECONOCIMIENTO | 118 |
| MEDICIÓN INICIAL | 118 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 118 |
| BAJA EN CUENTAS | 118 |
| REVELACIONES | 119 |
| RESPONSABLES | 119 |
| ACTIVOS INTANGIBLES | 120 |
| ALCANCE | 120 |
| RECONOCIMIENTO | 120 |
| MEDICIÓN INICIAL | 121 |
| ACTIVOS INTANGIBLES ADQUIRIDOS | 121 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 121 |
| AMORTIZACIÓN | 121 |
| VIDA ÚTIL | 121 |
| MÉTODO DE AMORTIZACIÓN | 122 |
| DETERIORO DE VALOR | 123 |
| PERIODICIDAD EN LA COMPROBACIÓN DEL DETERIORO | 123 |
| INDICIOS DE DETERIORO DE VALOR DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES | 123 |
| RECONOCIMIENTO | 124 |
| REVERSIÓN DE LAS PÉRDIDAS POR DETERIORO DE VALOR | 124 |
| MEDICIÓN DE LA REVERSIÓN DEL DETERIORO | 124 |
| BAJA EN CUENTAS | 125 |
| REVELACIONES | 125 |
| RESPONSABLES | 126 |
| AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS | 127 |
| ALCANCE | 127 |
| RECONOCIMIENTO | 127 |
| MEDICIÓN INICIAL | 127 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 127 |
| BAJA EN CUENTAS | 127 |
| REVELACIONES | 128 |
| RESPONSABLES | 128 |
| DERECHOS DE COMPENSACIONES POR IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES | 128 |
| ALCANCE | 128 |
| RECONOCIMIENTO | 129 |
| MEDICIÓN INICIAL | 129 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 129 |
| BAJA EN CUENTAS | 129 |
| REVELACIONES | 129 |
| RESPONSABLES | 130 |
| RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN | 130 |
| ALCANCE | 130 |
| RECONOCIMIENTO | 130 |
| MEDICIÓN INICIAL | 131 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 131 |
| BAJA EN CUENTAS | 131 |
| REVELACIONES | 131 |
| RESPONSABLES | 131 |
| COSTOS DE FINANCIACIÓN | 132 |
| OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS | 137 |
| ALCANCE | 137 |
| RECONOCIMIENTO | 137 |
| MEDICIÓN INICIAL | 138 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 138 |
| BAJA EN CUENTAS | 138 |
| REVELACIONES | 138 |
| RESPONSABLES | 139 |
| CUENTAS POR PAGAR | 139 |
| ALCANCE | 139 |
| RECONOCIMIENTO | 139 |
| CLASIFICACIÓN | 140 |
| MEDICIÓN INICIAL | 140 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 140 |
| BAJA EN CUENTAS | 140 |
| REVELACIONES | 140 |
| RESPONSABLES | 141 |
| PRÉSTAMOS POR PAGAR | 141 |
| ALCANCE | 141 |
| RECONOCIMIENTO | 142 |
| CLASIFICACIÓN | 142 |
| MEDICIÓN INICIAL | 142 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 42 |
| BAJA EN CUENTAS | 143 |
| REVELACIONES | 143 |
| RESPONSABLES | 144 |
| BENEFICIOS A EMPLEADOS | 145 |
| ALCANCE | 145 |
| RECONOCIMIENTO | 145 |
| Beneficios A Los Empleados A Corto Plazo | 145 |
| Beneficios Post-Empleo | 146 |
| Reconocimiento Beneficios Post-Empleo: Aportes Pensionales (Aportes Definidos) | 146 |
| Reconocimiento Beneficios Por Pasivo Pensional (Planes de Beneficios Definidos) | 147 |
| BENEFICIOS A LARGO PLAZO | 148 |
| MEDICIÓN | 149 |
| Beneficios A Los Empleados A Corto Plazo | 149 |
| Beneficios Post-Empleo | 149 |
| Medición De Beneficios Por Pasivo Pensional (Planes De Beneficios Definidos) | 151 |
| Valor Presente de las obligaciones por pasivo pensional | 151 |
| Valor Razonable Del Plan | 154 |
| Determinación Del Valor Neto Del Pasivo Pensional | 154 |
| Beneficios A Largo Plazo | 154 |
| REVELACIONES | 155 |
| Beneficios A Los Empleados A Corto Plazo | 155 |
| BENEFICIOS POST-EMPLEO: | 156 |
| BENEFICIOS A LARGO PLAZO | 157 |
| PROVISIONES | 158 |
| ALCANCE | 158 |
| RECONOCIMIENTO | 158 |
| MEDICIÓN INICIAL | 160 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 161 |
| BAJA EN CUENTAS | 162 |
| REVELACIONES | 162 |
| RESPONSABLES | 162 |
| OTROS PASIVOS | 163 |
| ALCANCE | 163 |
| RECONOCIMIENTO | 163 |
| Avances Y Anticipos Recibidos | 164 |
| Recursos Recibidos en Administración | 164 |
| Otros Pasivos Diferidos | 164 |
| MEDICIÓN INICIAL | 164 |
| MEDICIÓN POSTERIOR | 165 |
| Avances Y Anticipos Recibidos | 165 |
| Recursos Recibidos en Administración | 165 |
| Otros Pasivos Diferidos | 165 |
| BAJA EN CUENTAS | 166 |
| REVELACIONES | 166 |
| RESPONSABLES | 166 |
| ACTIVOS Y PASIVOS CONTINGENTES | 167 |
| ALCANCE | 167 |
| ACTIVOS CONTINGENTES | 167 |
| RECONOCIMIENTO | 167 |
| Admisión De Las Demandas, Arbitrajes Y Conciliaciones Extrajudiciales | 168 |
| Sentencia Definitiva, Laudo Arbitral O Acuerdo De Conciliación Extrajudicial | 168 |
| MEDICIÓN INICIAL | 168 |
| REVELACIONES | 168 |
| PASIVOS CONTINGENTES | 169 |
| RECONOCIMIENTO | 169 |
| Admisión De Las Demandas, Arbitrajes Y Conciliaciones Extrajudiciales | 170 |
| MEDICIÓN INICIAL | 170 |
| REVELACIONES | 170 |
| RESPONSABLES | 171 |
| INGRESOS DE TRANSACCIONES SIN CONTRAPRESTACIÓN | 171 |
| ALCANCE | 171 |
| RECONOCIMIENTO | 172 |
| TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES | 172 |
| MEDICIÓN | 173 |
| REVELACIÓN | 174 |
| RESPONSABLES | 174 |
| INGRESOS DE TRANSACCIONES CON CONTRAPRESTACIÓN | 174 |
| ALCANCE | 174 |
| RECONOCIMIENTO | 175 |
| INGRESOS POR EL USO DE ACTIVOS POR PARTE DE TERCEROS | 175 |
| MEDICIÓN | 175 |
| REVELACIÓN | 175 |
| RESPONSABLES | 175 |
| POLÍTICA DE GASTOS | 176 |
GENERALIDADES.
1. ACERCA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA –IDEA
1.1. NATURALEZA JURÍDICA, FUNCIÓN SOCIAL, ACTIVIDADES QUE DESARROLLA
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, es un establecimiento público de carácter Departamental, descentralizado de fomento y desarrollo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Creado por la ordenanza número 13 de 1964 emanada de la Asamblea Departamental de Antioquia, sus estatutos están contenidos en las resoluciones número 005 de diciembre 22 de 1986 y 090 de agosto 11 de 2000, emanadas de la Honorable Junta Directiva, en atención a facultades concedidas al Señor Gobernador del Departamento, por medio de la ordenanza número 4 de 1986 y aprobado por el decreto Departamental número 0046 de enero 11 de 1989.
El IDEA tiene como objeto social, cooperar con el fomento económico, cultural y social, mediante la prestación de servicios de crédito y garantía, y eventualmente de otros, en favor de obras de servicio público que se adelanten en el país, de preferencia las de índole regional, las de interés común de varios municipios y las de carácter municipal.
Así mismo, podrá prestar servicios de financiación, garantía y los demás servicios financieros a los Departamentos y sus entes descentralizados. El Instituto, por excepción, podrá extender sus servicios al fomento de obras en empresas públicas o privadas, que estén destinadas a la prestación de un servicio público, o tiendan a satisfacer una necesidad básica de la comunidad, que sea de especial importancia para el desarrollo de Antioquia. Mediante Comunicación No. 2014059674-047-00 del 12 de noviembre de 2014 la Superintendencia Financiera autoriza al IDEA para que haga parte del Régimen Especial de Control y Vigilancia.
1.2. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
Misión: Fomentar el desarrollo sostenible de la región, mediante la prestación de servicios financieros, asesoría especializada, financiación de inversión pública, gestión y administración de recursos y participación en proyectos estratégicos de desarrollo regional, contribuyendo así con el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad
Visión: El IDEA en el año 2023, será una entidad sólida financieramente con capacidad de recursos para apalancar el desarrollo, con reconocimiento en el contexto nacional, logrando las mejores prácticas financieras, soportada en tecnología, cercana a sus clientes como primera Banca Digital de Fomento al Desarrollo del país, con instalaciones renovadas, acogedoras y amables para sus clientes y servidores. Con administración corporativa en todas sus prácticas.
Valores corporativos
La vida: Que fue, es y será nuestro valor supremo.
Equidad: Reconocer la equidad es asumir nuestras diferencias, para generar una sociedad con bienestar y desarrollo. Es un llamado a la justicia, a la responsabilidad en el actuar. La búsqueda de la equidad como producto de la racionalidad política y social.
Lo seis principios siguientes hacen parte del código de integridad del Instituto, y han sido construidos participativamente con los servidores que pertenecen al Comité de Integridad.
Transparencia: Es la transmisión de toda la información del IDEA, en forma veraz, completa y que expresa la imagen fiel del IDEA, de sus actividades y de sus estrategias de negocio.
Honestidad: Compostura, decencia y moderación en la persona, en sus acciones y palabras en la búsqueda permanente de lo recto, de lo honrado, de lo razonable y de lo justo. Actuamos siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo nuestros deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.
Bien Común: Reconocer la prevalencia del bien general sobre el bien particular
Legalidad: Las actividades de los directivos y demás funcionarios del IDEA se desarrollan con estricto cumplimiento de la normatividad vigente para cada una de las actuaciones que realicen en cumplimiento de sus funciones.
Pertenencia: Reconocer el talento Humano como el mejor activo del Instituto.
Respeto: Otorgar a todas las personas un trato amable, cordial y ecuánime. Todas las personas tenemos la misma dignidad. Todas las personas merecemos el mismo respeto; por eso aquí no habrá privilegios. Habrá oportunidades. Reconocemos, valoramos y tratamos de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.
ACERCA DEL MANUAL DE POLITICAS CONTABLES
Objetivo
El objetivo del presente Manual de Políticas Contables es definir los criterios y las bases fundamentales que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA aplicará para el reconocimiento, la medición, la baja en cuentas, la presentación y la revelación de cada uno de los rubros que componen los Estados Financieros, con el fin de asegurar que la información financiera sea relevante, represente fielmente los hechos económicos y sea útil para la rendición de cuentas, la toma de decisiones y el control.
Alcance
Este Manual de Políticas aplica al interior del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, y su contenido es de obligatorio cumplimiento por parte del personal y las dependencias que intervienen en el proceso de información contable, directa o indirectamente como lo son los proveedores de información.
Políticas contables
Las políticas de acuerdo con el capítulo VI Normas para la Presentación de Estados Financieros y Revelaciones de las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los hechos económicos de las Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, son “los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por el Instituto para la elaboración y presentación de los Estados Financieros”, por lo cual es importante establecer los principios sobre los cuales se apoyará el Sistema de Información Financiera, que servirán de guía para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de la Información Financiera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
Control Interno Contable
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA., a través de la dependencia encargada de la gestión de cada una de las Políticas Contables, implementará procedimientos con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la Resolución 193 de 2016 sobre Control Interno Contable, emitida por la Contaduría General de la Nación.
Los procedimientos para garantizar el control interno de las Políticas Contables incluyen, entre otros, la certificación de la información suministrada a la Gerencia Financiera por parte de la Dependencia responsable, como requisito previo a la incorporación en el Sistema de Información Financiera de los hechos económicos, de acuerdo con los apartados de reconocimiento, medición, baja en cuentas, presentación y revelación de cada una de las políticas contables.
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Los procedimientos para garantizar el control interno de las Políticas Contables incluyen que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA identifique de manera clara, el cumplimiento de cada uno de los requisitos para clasificarlos como tal, previo al reconocimiento, medición, revelación y presentación de los mismos, toda vez que los valores que se encuentran reconocidos en los informes financieros representen de manera completa, neutral y libre de error la realidad de los hechos económicos.
Depuración contable
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA adelantará las gestiones administrativas necesarias para depurar las cifras contenidas en los Estados Financieros de los periodos contables 2016 y 2017, aplicando los criterios de reconocimiento y medición del Régimen de Contabilidad Pública precedente (Resoluciones 354, 355 y 356 de 2007). Los ajustes que surjan del proceso de saneamiento contable no afectarán los impactos por transición al nuevo marco de regulación; se contabilizarán en cuentas separadas del patrimonio de conformidad con la Resolución 107 de 2017 emitida por la Contaduría General de la Nación.
En cuanto a la depuración contable permanente y sostenible, definida en la Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA deberá adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los Estados Financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, adelantará las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información.
Fecha de vigencia
El Manual de Políticas tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2023, y deja sin efecto cualquier disposición que le sea contraria. Toda vez, que se modifique o anexe una política contable y que no sea por cambio normativo, no se hará el manual completo, sólo se tendrá en cuenta la versión siguiente de la política a modificar o la versión inicial para la Nueva Política.
Responsable de actualización
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA actualizara la versión del manual de políticas contables cuando se realice una modificación al Marco normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público o cuando, en los casos específicos que éste lo permita, el Instituto considere pertinente un cambio de política que conlleve a la representación fiel y la relevancia de la información financiera, esta actualización estará a cargo del máximo órgano de dirección. Cuando los cambios no sean representativos estará a cargo del comité técnico de sostenibilidad del sistema contable.
Según lo anterior, la dependencia encargada de la gestión de cada una de las Políticas Contables designará al responsable de preparar el borrador de la actualización, indicando su justificación, análisis sustentado de los hechos que conllevan a la modificación, efectos de la aplicación y fecha esperada de entrada en vigor.
CONTROL DE VERSIONES
| Versión | Fecha | Razón de actualización | Actualizó |
| 1 | 30/12/2016 | Adopción del Manual de Políticas Contables – Resolución 414. | Adopción |
| 2 | 30/12/2020 | Actualización Resolución de Junta Directiva 0007 – 20. | Mediciones, reconocimientos y revelaciones |
| 3 | 28/12/2023 | Actualización Resolución de junta 0026-23. | Mediciones, reconocimientos y revelaciones |
| 4 | 10/12/2024 | Actualización Resolución de junta 0014-24. | Modificación de políticas por errores de transcripción |
Aprobación
| Elaboró | Dirección de Gestión Financiera |
| Revisó | Comité Técnico de Sostenibilidad Contable |
Aprobó | Junta Directiva Resolución No: 0026 del 28 de diciembre de 2023 Resolución No: 0014 del 10 de diciembre de 2024 |
2. MARCO CONCEPTUAL
POLÍTICAS CONTABLES DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA.
1. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Los términos siguientes se usan, en la presente Norma, con los significados que a continuación se especifican:
Activos: Son los bienes y derechos controlados por el Instituto como consecuencia de hechos pasados y de los cuales se espera que fluirán a el Instituto beneficios económicos futuros o un potencial de servicio.
Activo Calificado: Es el activo que necesariamente requiere un período de tiempo sustancial antes de estar listo para el uso o venta a que está destinado.
Activo Contingente: Es un activo de naturaleza posible, surgido a raíz de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser confirmada sólo cuando suceda, o en su caso no sucedan uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control del Instituto.
Activo de menor Cuantía: Son los que, con base en su valor de adquisición o incorporación, pueden depreciarse en su mismo año en que se adquieren o se incorporan, teniendo en cuenta los montos de compra que anualmente defina la Contaduría General de la Nación.
Activo Financiero: Es efectivo e Instrumento de capital de otra entidad, derecho contractual al recibir efectivo u otro instrumento, que sean de fácil intercambio con otra entidad, en condiciones potencialmente favorables para el Instituto, este puede ser:
a) efectivo;
b) un derecho contractual a recibir efectivo u otro activo financiero por parte de otra entidad;
c) un derecho contractual a intercambiar instrumentos financieros con otra entidad, en condiciones que son potencialmente favorables; o
d) un título patrimonial de otra entidad.
Activo intangible: es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física.
Activo Generadores de Efectivo: Son aquellos que se mantienen para obtener un rendimiento comercial.
Activo Neto/Patrimonio: es la participación residual que queda sobre los activos del Instituto, después de deducir todos los pasivos.
Activos No Generadores de efectivo: son aquellos activos distintos a los activos generadores de efectivo.
Actividades de Operación: Son las actividades que se constituyen la principal fuente de ingresos de actividades ordinarias del Instituto, así como otras actividades que no puedan ser calificadas como inversión o financiación.
Actividades de Inversión: Son las de adquisición y disposición de activos a largo plazo, así como de otras inversiones no incluidas en el efectivo y los equivalentes de efectivo.
Actividades de Financiación: Son actividades que producen cambios en el tamaño y composición de los capitales propios y de los préstamos tomados por parte del Instituto.
Acuerdo Vinculante: Es un acuerdo realizado conscientemente por dos o más entidades a responsabilidad legal.
Amortización: Es el tiempo que se ha consumido el potencial en servicio al que se le hace el procedimiento.
Aportes de los Propietarios: Son los beneficios económicos futuros o el potencial de servicio – excepto los que dan lugar a un pasivo – con que terceros externos al Instituto han contribuido a esta y que establecen en el activo neto/patrimonio una participación financiera que:
a) Por una parte, conlleva derechos sobre la distribución de los beneficios económicos futuros o el potencial de servicio del Instituto durante su existencia, haciéndose tal distribución a discreción de los propietarios o sus representantes, y, por otra parte, conlleva derechos sobre la distribución del excedente del activo sobre el pasivo en caso de liquidación del Instituto; o
b) Puede ser objeto de venta, intercambio, transferencia o redención.
La aplicación prospectiva: Es un cambio en una política contable y del reconocimiento del efecto de un cambio en una estimación contable consiste, respectivamente, en:
a) La aplicación de la nueva política contable a las transacciones, otros sucesos y condiciones ocurridos tras la fecha en que se cambió la política; y
b) el reconocimiento del efecto del cambio en la estimación contable para el periodo corriente y los futuros, afectados por dicho cambio.
Aplicación retroactiva: Consiste en aplicar una nueva política contable a transacciones, otros sucesos y condiciones, como si ésa se hubiera aplicado siempre.
Arrendador: Que da o cede una cosa en arrendamiento.
Arrendamiento: Contrato por el que una de las partes cede a la otra el uso temporal de una cosa, mueble o inmueble, por cierta cantidad de dinero.
Arrendatario: Que toma o tiene una cosa en arrendamiento.
Arrendamiento Operativo: es la operación realizada sobre aquellas propiedades de inversión que se espera tener algún ingreso producto de su explotación y del cual se es el dueño.
Asociación en Participación: es un acuerdo obligatorio por el cual dos o más partes interesadas se comprometen a emprender una actividad sujeta a control mancomunado.
Base Contable: Significa la base contable de acumulación (o devengo) o de efectivo tal como se define en las NICSP de acumulación (o devengo) y en las NICSP de efectivo.
Base Comparable: Significa los importes reales presentados según la misma base contable, y la misma base de clasificación, para las entidades y para el mismo periodo que el presupuesto aprobado.
Beneficios: dar o recibir algún bien, o sea aquello que satisface alguna necesidad. El beneficio aporta, adiciona, suma, y de él que se obtiene utilidad o provecho. Este beneficio puede ser económico o moral. - puede estar representados por la expectativa de una operación rentable a lo largo de la vida económica del activo, así como por una ganancia por revalorización o por una realización del valor residual.
Beneficios a empleados: son todas las retribuciones y formas de contraprestación concedidas y proporcionadas por el Instituto a sus empleados a cambio de la prestación personal de sus servicios para lo que fue contratado o por beneficios derivados de la terminación del vínculo laboral.
Beneficios a corto plazo: son las contraprestaciones concedidas a los funcionarios que se esperan liquidar completamente dentro de los doce meses siguientes al período en que se informa y en el cual los funcionarios proveen los servicios relacionados (diferente de los beneficios por terminación).
Beneficios a largo Plazo: son los beneficios a los empleados (diferentes a los beneficios post-empleo y de los beneficios por terminación) cuyo pago no vence dentro de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el cual los empleados han prestados sus servicios.
Beneficios económicos: Pueden ser:
a) La generación de ingresos de las actividades ordinarias que provienen de la venta de productos o servicios;
b) Ahorro de costos;
c) Otros rendimientos diferentes que provienen del uso del activo por parte del Instituto.
Beneficios Post-empleo: son las contraprestaciones concedidas a los funcionarios que son pagaderas después de completar su período de empleo en el Instituto.
Beneficios por terminación: Son las contraprestaciones concedidas a los funcionarios, pagaderas como resultado de i) la decisión por parte del Instituto de terminar el contrato laboral a un funcionario antes de la fecha normal de jubilación o ii) la decisión de un funcionario de aceptar la renuncia voluntaria a cambio de esos beneficios.
Bienes: Son los activos que el Instituto posee para ser explotados o vendidos y que producen ingresos o importe determinado.
Base Contable de Acumulación: Es el método contable por el cual las transacciones y otros hechos son reconocidos cuando ocurren (y no cuando se efectúa su cobro o su pago en efectivo o su equivalente). Por ello, las transacciones y otros hechos se registran en los libros contables y se reconocen en los estados financieros de los ejercicios con los que guardan relación. Los elementos reconocidos sobre la base contable de acumulación (o devengo) son: activo, pasivo, activos netos/patrimonio neto e ingresos ordinarios/recursos y gastos.
Condiciones sobre activos Transferidos: Son estipulaciones que se especifican que los beneficios económicos futuros o potencial de servicios incorporados en el activo se consuman por el receptor de la forma especificada o que devuelvan los mismos al transferirlo.
Costos de Endeudamiento: Son intereses y otros gastos en que el Instituto ha incurrido en relación con los fondos que han obtenido mediante préstamos.
Costos de Transacción: Los costos de transacción son los costos incrementales directamente atribuibles a la adquisición de una inversión de administración de liquidez. Se entiende como un costo incremental aquel en el que no se habría incurrido si el Instituto no hubiera adquirido dicha inversión. Los costos de transacción incluyen, por ejemplo, honorarios y comisiones pagadas a asesores, comisionistas e intermediarios y demás tarifas establecidas por los entes reguladores y bolsas de valores originadas en la adquisición del instrumento.
Control: Es la facultad de gobernar las políticas financieras y operativas de otra entidad, de modo de obtener beneficio de las actividades de esta.
Cuenta por cobrar: cuentas por cobrar son instrumentos de deuda, generados por servicios prestados en el desarrollo de su objeto social y otras actividades para el sostenimiento honesto del Instituto que permite cumplir oportunamente con las obligaciones inherentes al desarrollo de esta.
Cuentas Por Pagar: son pasivos financieros diferentes de las cuentas comerciales por pagar a corto plazo en condiciones normales de crédito.
Contrato de Garantía: es un contrato que exige que el emisor efectúe pagos específicos para rembolsar al tenedor por la pérdida en la que se incurre cuando un deudor específico incumpla su obligación de pago, de acuerdo con las condiciones, originales o modificadas, de un instrumento de deuda.
Costo: Es la cantidad de efectivo o efectivo equivalente pagado por un activo en el momento de su adquisición o construcción o, donde corresponda. - Es el importe de efectivo o medios líquidos equivalentes, o bien el valor razonable de la contraprestación entregada, para comprar un activo en el momento de su adquisición o construcciones por parte del Instituto.
Costo de disposición: son los costos incrementales directamente atribuibles a la disposición de un activo o una Unidad Generadora de Valor, excluyendo los costos financieros y los impuestos a las ganancias.
Costos de Financiación: Los conceptos de diferencia para lo que se utiliza:
a) Es la tasa de Intereses de préstamo o de descuento que exige los inversionistas.
b) En una emisión de bonos seria la tasa de colocación del instrumento.
c) En el caso de emisión de acciones, corresponde a la relación existente entre el aporte que realiza el nuevo accionista y la utilidad que se le repartirán como retribución, es decir, la relación precio/utilidades.
d) Tiene sociedad con los costos asociados a trámites legales, Impuestos, al agente colocador que se debe considerar en el plazo de financiamiento.
Costos de Venta: Son los costos incrementales directamente atribuibles a la venta de un activo o unidad generadora de efectivo, excluyendo los costos financieros y los impuestos a las ganancias.
Costos de Desapropiación: Son los costos incrementales directamente atribuibles a la desapropiación de un activo, excluyendo los gastos financieros y los impuestos sobre las ganancias.
Corto plazo: Son aquellas inversiones con vencimiento de tres meses o menos desde su fecha de adquisición.
Cambio en una estimación contable: Es un ajuste en el importe en libros de un activo o de un pasivo, o en el importe del consumo periódico de un activo, que se produce tras la evaluación de la situación actual del elemento, así como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva información o de nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores.
Condiciones sobre activos Transferidos: Son estipulaciones que se especifican que los beneficios económicos futuros o potencial de servicios incorporados en el activo se consuman por el receptor de la forma especificada o que devuelvan los mismos al transferirlo.
Control: Es la potestad de dirigir las políticas financieras y de operación de otra entidad, de tal forma que se obtengan beneficios de sus actividades.
Control de un Activo: Surge cuando el Instituto puede usar o beneficiarse de otra manera del activo para conseguir sus objetivos y puede excluir o regular de otra manera al acceso de otros a este beneficio.
Costos de Intereses: Son los intereses y otros gastos en que incurre el Instituto en relación con operaciones de endeudamiento.
Compras masivas: corresponde a la adquisición de grandes volúmenes de activos, que cumplen con características similares y pueden ser asociadas en un mismo conjunto.
Contrato Oneroso: es un contrato para el intercambio de activos o servicios, en el que los inevitables costos necesarios para cubrir las obligaciones establecidas en el contrato excedan a los beneficios económicos o al potencial de servicios que espera recibir bajo el mismo.
Contratos Pendientes de ejecución: son aquellos en los cuales no se han cumplido, total o parcialmente, las obligaciones de las partes.
Distribución a Propietarios: La constituye los beneficios económicos futuros o el potencial de servicio que el Instituto distribuye a todos o algunos de sus propietarios, sea como utilidad de inversión, sea como utilidad de inversión, sea como devolución de inversión.
Depreciación (Amortización): Es la distribución sistemática del valor depreciable de un activo entre los años de su vida útil estimada.
Diferencia en Cambio: Es la diferencia que produce cuando una misma cantidad de unidades de una moneda extranjera es expresada en la moneda de presentación del Instituto, a diferentes tipos de cambio. - Es la variación que surge por presentar el mismo número de unidades de una moneda extranjera en términos de la moneda de los estados financieros, utilizando dos tasas de cambio diferentes.
Deterioro de Valor: Es una perdida en los beneficios económicos futuros o potencial de servicios de un activo, adicional y por encima del reconocimiento sistemático de la pérdida de beneficios económicos futuros o potencial de servicios que se lleva a cabo a través de la depreciación.
Dividendos: Distribuciones de superávit a los poseedores de participaciones en la propiedad de las entidades.
Distribución a los propietarios: La constituyen los beneficiarios económicos futuros o el potencial de servicio que el Instituto distribuye a todos o algunos de sus propietarios, sea como utilidad de inversión, sea como devolución de inversión.
Distribuciones a los Propietarios o Aportantes: Son aquellas que constituyen los beneficios económicos futuros o el potencial de servicio que la entidad distribuye a todos o algunos de sus propietarios, sea como rendimiento de la inversión, o como devolución de la misma.
Desembolsos por Impuestos: Son disposiciones preferentes de la legislación fiscal que da concesiones a ciertos contribuyentes las cuales no están disponibles para otros.
Desembolsos Posteriores: Deberán agregarse al Costo del inmueble cuando los beneficios futuros o el potencial de servicio probablemente superen los estándares de rendimientos más recientes evaluados para el inmueble y fluirán al Instituto; en caso contrario, deberán reconocerse como gasto.
Efectivo: Comprende lo relacionado con los recursos que el Instituto mantiene con una disponibilidad inmediata, tales como caja y saldos en entidades financieras.
Empresa Pública: Es la entidad que reúne todas las siguientes características;
a) Es una entidad que tiene la facultad de contraer en su propio nombre;
b) Se le ha asignado la autoridad financiera y operativa de llevar a cabo un negocio;
c) En el normal curso de su negocio vende, a otras entidades, bienes y servicios en que incluye una utilidad o la recuperación del costo total de los mismos;
d) No depende de un financiamiento continuo de parte del gobierno para permanecer como empresa en marcha (excepto en el caso de la compra de productos en condiciones de libre mercado); y
e) Es controladora por una entidad del sector público.
Equivalentes de efectivo: Comprende las inversiones a corto plazo de gran liquidez y de fácil conversión en valores de efectivo, los cuales se encuentran sujetos a un riesgo poco significativo de cambio en su valor.
Equivalentes de efectivo Restringido: Comprende los valores en efectivo y equivalentes de efectivo que tienen ciertas limitaciones específicas para su disponibilidad, que normalmente son de tipo contractual y legal.
Entidad Asociada: Es aquella en que el inversionista tiene una influencia significativa, y no es ni una entidad controlada ni un negocio conjunto en el que participa dicho inversor.
Entidad Controlada: es la entidad que está bajo control de otra (a la que se le denomina entidad controladora).
Entidad Controladora: Es la entidad que tienen una o más entidades bajo su control.
Entidad Económica: Es el grupo de entidades que comprende a una entidad controladora y una o más entidades controladas.
Estados financieros separados: Son estados financieros de una entidad económica, que se presentan como estados de una sola entidad.
Estados financieros consolidados: Son los estados financieros de una entidad económica, que se presentan como estados de una sola entidad.
El hecho imponible: Es el hecho que el gobierno, órgano legislativo u otra autoridad ha determinado que esté sujeto a imposición.
Estipulación: Disposición de un contrato, tratado, testamento o cualquier otro documento similar, público o particular, que expresa alguna condición. Acuerdo Verbal.
Errores Fundamentales: Son los errores que, habiendo sido descubiertos en el periodo corriente, resultan de una importancia tal que hacen que los estados financieros de uno o más periodos anteriores no puedan ser considerados fidedignos tal como fueron emitidos en su momento.
Errores de periodos anteriores: Son las omisiones e inexactitudes en los estados financieros del Instituto, para uno o más periodos anteriores, resultantes de un fallo al emplear o de un error al utilizar información fiable que:
a) Estaba disponible cuando los estados financieros para tales periodos fueron autorizados para su emisión; y
b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y presentación de aquellos estados financieros.
Flujos de Efectivo: Son las entradas y salidas de efectivo, equivalentes de efectivo y del efectivo restringido.
Fiabilidad: Información que debe de estar libre de error material, ser neutral, representar fielmente las transacciones y otros eventos que se pretenden incorporar.
Fecha de Presentación: Es la fecha del último día del periodo sobre el que se informa al que se refiere los estados financieros.
Fecha de los estados financieros: Es la que corresponde al último día del periodo al que se refieren los estados financieros.
Gastos: Son las reducciones en los beneficios económicos o en el potencial de servicio, que ocurren durante el ejercicio presentado y que toman la forma de flujos de salida o consumo de activos o incurrencia en pasivos y que producen una disminución en el activo neto/patrimonio – exceptuándose los casos de distribución a propietarios.
Gran Liquidez: Son valores que se pueden convertir en efectivo hasta por un periodo inferior de tres meses sin penalización importante.
Gastos: Son las reducciones de los beneficios económicos o del potencial de servicio, acaecidos durante el ejercicio sobre el que se informa y que toman la forma de flujos de salida o consumo de activos o incremento de pasivos, produciendo una disminución en los activos netos/patrimonio neto, excepto los relativos a lo distribuido a los propietarios.
Gastos Pagados a Través del Sistema Impositivo: Son importes que están disponibles para receptores con independencia de que paguen impuestos o no.
Hecho que genera obligación: Es todo aquel suceso del que nace una obligación de pago de tipo legal o implícita, de forma tal que al Instituto no le queda otra alternativa realista satisfacer el importe correspondiente.
Importe: Cantidad de dinero que vale una negociación o que figura en una factura, una cuenta, u otro tipo de soporte a cambio de un bien o prestación de servicios en cualquier tipo de modalidad. Para el tema que nos ocupa, dinero entregado en contraprestación de un servicio prestado.
Importe de un Activo en libros: Es el importe por el que se reconoce un activo en el estado de situación financiera o balance general del Instituto una vez deducidas todas las deprecaciones y/o pérdidas acumuladas relacionadas con el activo que estuviesen previamente contabilizados.
Importe de servicios recuperable: De un activo no generador de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos necesarios para la venta y su valor de uso.
Importe en libros: es el importe que se reconoce un activo en el estado de situación financiera o balance general del Instituto una vez deducidas todas las depreciaciones y/o pérdidas acumuladas relacionadas con el activo que estuviesen previamente contabilizadas.
Impuestos: Son Beneficios económicos o potencial de servicio pagado o por pagar obligatoriamente a las entidades del sector público, de acuerdo con las leyes y/o regulaciones, establecidas para proporcionar ingresos al gobierno. Los impuestos no incluyen multas, u otras sanciones impuestas por infringir la ley.
Impracticable: La aplicación de un requerimiento es impracticable cuando la entidad no puede aplicarlo después de haber hecho cualquier esfuerzo razonable para hacerlo. Para un periodo anterior en particular, es impracticable aplicar un cambio en una política contable retroactivamente o realizar una Re-expresión retroactiva para corregir un error si:
a) los efectos de la aplicación o de la Re expresión retroactivas no son determinables;
b) la aplicación o la Re expresión retroactivas implican establecer suposiciones acerca de cuáles hubieran podido ser las intenciones de la gerencia en ese periodo; o
c) la aplicación o la Re expresión retroactivas requieren estimaciones de importes significativos, y es imposible distinguir objetivamente información de tales estimaciones que:
i) Suministre evidencia de las circunstancias que existían en la fecha o fechas en que tales importes fueron reconocidos, medidos o fue revelada la correspondiente información; y
ii) tendría que haber estado disponible cuando los estados financieros del periodo previo fueron autorizados para su emisión; de otro tipo de información.
Dentro de estos errores se incluyen los efectos de errores aritméticos, errores en la aplicación de políticas contables, la inadvertencia o mala interpretación de hechos, así como los fraudes.
Ingreso Ordinario: Es la entrada bruta de beneficios económicos o potencial de servicio habida durante el periodo sobre el que se informa, siempre que tal entrada de lugar a un aumento en los activos netos/patrimonio neto, que no esté relacionado con las aportaciones de capital.
Ingresos: Está Constituido por el flujo bruto de entradas de beneficios económicos o de un potencial de servicio durante el ejercicio de presentación en que dicho flujo produce un aumento en el activo neto/patrimonio - exceptuando los casos de aportes de propietarios.
Inmueble Mantenido como una Inversión: Es el inmueble cuya posesión se mantiene para obtener renta de arrendamiento o una valorización de mercado o ambas cosas.
Instrumento Derivado: Es un contrato que da lugar simultáneamente, a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o un instrumento de capital en otra entidad.
Instrumentos de Patrimonio: Es cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entidad, una vez hayan deducido todos sus pasivos.
Instrumento Financiero: Es cualquier contrato que da lugar, simultáneamente, a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o un instrumento de patrimonio en otra entidad.
Indicio de deterioro: Es una señal que permite reconocer o indicar la pérdida de valor de un activo o grupo de activos.
Intereses: Cargos por uso del efectivo por parte de terceros.
Intereses Minoritarios: Constituyen aquella parte del resultado neto (ahorro o desahorro) de las operaciones, así como de los activos netos de la entidad subsidiaria, que no pertenecen, bien sea directa o indirectamente a través de otras entidades controladas, a la entidad controladora del grupo.
Inversiones: Son valores representados en instrumentos de patrimonio de gran liquidez, y a títulos de deuda de entidades gubernamentales, Gobiernos, y entidades financieras, legalmente constituidas.
Inversionistas: (Asociado Inversionista) de una asociación en participación es una de las partes de dicha asociación y no tiene control mancomunado sobre la misma.
Materialidad (Importancia Relativa): La información tiene importancia relativa, o es material, cuando su omisión o presentación errónea pueden influir en las decisiones económicas de los usuarios, tomadas a partir de los estados financieros. La materialidad depende de la naturaleza o magnitud de la partida (o rubro) o errores juzgados en las particulares circunstancias de la omisión o tergiversación.
Medición: es un proceso básico seleccionado con el objeto de medir.
Mercado Activo: Es un mercado en el que se dan las siguientes condiciones:
a) Las partidas negociadas en el mercado son homogéneas;
b) Normalmente se pueden encontrar en todo momento posibles compradores y vendedores; y
c) Los precios están disponibles para el público.
Método de lo devengado: es el método contable por el cual las transacciones y otros hechos son reconocidos cuando ocurren (y no únicamente cuando se efectúa su cobro o su pago en efectivo o su equivalente). Por ello las transacciones y otros hechos son asentados en los registros contables y reconocidos en los estados financieros de los ejercicios con los que guardan relación. Los elementos reconocidos por el método contable de lo devengado son: activo, pasivo, activo neto/patrimonio, ingresos y gastos.
Método de costos: es el método contable por el cual la inversión efectuada se registra al costo. El estado de resultados financieros refleja la renta producida por la inversión solo en el grado en que el inversionista recibe la distribución de los superávits netos acumulados por la entidad en que se ha invertido y que se han producido con posterioridad a la fecha de adquisición de los valores de la inversión.
Método Patrimonial: es el método contable por el cual la inversión efectuada se registra inicialmente al costo y, a partir de ahí, se ajusta por las variaciones que, posteriormente a la adquisición de los valores de la inversión, se produzcan en la parte de la inversionista en el activo neto/patrimonio de la entidad. El estado de resultados financieros refleja la parte del inversionista en los resultados de las operaciones de la entidad.
Método de la Participación: Es un método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente al costo, y es ajustada posteriormente en función de los cambios que experimenta, tras la adquisición, la porción de activos netos de la entidad que corresponde al inversionista. El Estado de rendimiento financiero recoge la proporción de los resultados de las operaciones de la entidad participada que corresponde al inversionista.
Moneda Extranjera: Es una moneda distinta a la moneda de presentación de los
Moneda de los Estados Financieros: Es la moneda usada por la entidad para presentar sus estados financieros.
Monto Depreciable: De su activo en su costo, o el monto que lo sustituya en los estados financieros, menos su valor residual.
Multas: Son beneficios económicos o potencial de servicio recibidos o por recibir por una entidad del sector públicos, por decisión de un tribunal u otro organismo responsable de hacer cumplir la ley, como consecuencia de infringir las leyes o regulaciones.
Negocio Conjunto: Es un acuerdo contractual en virtud del cual dos o más entidades participantes emprenden una actividad económica que se somete a control conjunto.
Otros beneficios: Son aquellos que no están contemplados particularmente en las definiciones anteriores.
Otro riesgo de precio: es el riesgo de que el valor razonable o los flujos de efectivo futuros de un instrumento financiero fluctúen debido a variaciones en los precios de mercado (diferentes de las que provienen del riesgo de tasa de interés y del riesgo de tasa de cambio), ya sea porque ellas estén causadas por factores específicos al instrumento financiero en concreto o a su emisor, o por factores que afecten a todos los instrumentos financieros similares negociados en el mercado.
Obligación implícita: es aquella que se deriva de las actuaciones de la propia entidad, en las que:
a) Debido a un patrón establecido de comportamiento en el pasado, a políticas gubernamentales que son de dominio público o a una declaración efectuada de forma suficientemente concreta, la entidad haya puesto de manifiesto ante terceros que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades; y
b) como consecuencia de lo anterior, la entidad haya creado una expectativa válida, ante aquellos terceros con los que debe cumplir sus compromisos o responsabilidades.
Obligación legal: es aquella que se deriva de un contrato con términos explícitos o implícitos del mismo, como consecuencia de lo anterior, la entidad haya creado una expectativa válida, ante aquellos terceros con los que debe cumplir sus compromisos o responsabilidades u otra obligación legal.
Operación en el extranjero: Es toda actividad que realiza una entidad controlada, asociada, negocio conjunto o sucursal de la entidad que informa, cuyas actividades se fundamentan o llevan a cabo en un país diferente al de la entidad que informa.
Partidas (o rubros) Extraordinarias: Son ingresos ordinarios/recursos o gastos que ordinarias de la entidad, que no se espera que se repitan frecuente o regularmente y que están fuera del control o influencia de esta.
Pasivo: Son las obligaciones presentes de la entidad, que proviene de hechos pasados y cuya liquidación se prevé que representará para la entidad un flujo de salida de recursos que llevan incorporados beneficios económicos o un potencial de servicio.
Pasivo contingente: es:
a) Una obligación posible, surgida a raíz de sucesos pasados y cuya existencia ha de ser confirmada sólo porque sucedan, o en su caso no sucedan uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control de la entidad; o bien,
b) Una obligación presente surgida a raíz sucesos pasados, que no se ha reconocido contablemente porque:
i) no es probable que la entidad tenga que satisfacerla, desprendiéndose de recursos que incorporen beneficios económicos o un potencial de servicio; o bien
ii) el importe de la obligación no puede ser medido con la suficiente fiabilidad.
Pasivo Financiero: Es cualquier pasivo que generan una obligación contractual de entregar, de intercambiar activos o pasivos financieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente favorables para la entidad.
Perdida por deterioro de un activo no generador de valor: Es la cantidad en que se excede el valor del libro de un activo o unidad generadora de efectivo a su valor recuperable.
Pérdida por deterioro: es el monto por el cual el valor en libros de un activo excede su valor recuperable.
Prestación de Servicio: Es de carácter civil y no laboral, por lo tanto, no está sujeto a la legislación de trabajo y no es considerado un contrato con vínculo laboral al no haber relación directa entre empleador y trabajo, por ello, no cuenta con el periodo de prueba y no genera para el contratante la obligación de pagar prestaciones sociales.
Préstamos por cobrar: Son recursos que el instituto destina para el uso de un tercero, del cual se espere la entrada de un flujo financiero fijo o determinable.
Propiedades de Inversión: Son propiedades (terrenos o un edificio, en su totalidad o en parte, o ambos) que se tienen para obtener rentas o plusvalía o ambas, en lugar de para:
a) Su uso en la producción o suministro de bienes o servicios o para fines administrativos; o bien para
b) Su venta en el curso ordinario de las operaciones.
Propiedad planta y Equipo: Son aquellos activos tangibles, muebles o inmuebles, caracterizados por:
a) Su utilización en la producción y comercialización de bienes; para la prestación de servicios; para propósitos administrativos y, en el caso de bienes muebles, para generar ingresos producto de su arrendamiento;
b) Se esperan usar durante más de un ejercicio económico;
c) No están destinados a la venta, dentro de la actividad ordinaria de la Entidad y no están destinados a la venta, dentro de la actividad ordinaria de la Entidad.
Propiedades Ocupadas por el dueño: son propiedades que se tienen (por parte del dueño o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos.
Provisión: es un pasivo en el que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento.
Políticas contables: Son los principios, bases, convencionalismos, reglas y procedimientos específicos adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros.
Políticas de operación: son los principios, métodos, convenciones, reglas y procedimientos adoptados por el Instituto para la implementación de estrategias empresariales; define los límites y parámetros necesarios para ejecutar los procesos y actividades en cumplimiento del objeto social, los planes, proyectos y políticas de administración de riesgos. Incluye, pero sin limitarse a los siguientes temas: contratación de bienes y servicios, administración de recurso humano, planes y proyectos, productos, mercadeo, entre otros.
Reestructuración: es un programa planeado y controlado por la gerencia de la entidad, cuyo efecto es un cambio significativo:
a) en el alcance de la actividad llevada a cabo por la entidad; o
b) en la manera de llevar la gestión de su actividad.
Resultado neto (ahorro o desahorro) de las Actividades Ordinarias: Es el importe que se obtiene después de deducir de los ingresos ordinarios/recursos provenientes
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de las actividades ordinarias, los gastos que se originan por las mismas. Resultado neto (ahorro o desahorro) es el constituido por los siguientes componentes:
a) el resultado neto (ahorro o desahorro) de las actividades ordinarias; y
b) las partidas extraordinarias.
Riesgo de tasa de Cambio: es el riesgo de que el valor razonable a los flujos de efectivo futuros de unos instrumentos financieros fluctúe como consecuencia de variaciones en las tasas de cambio de moneda extranjera.
Riesgo de Tasa de Intereses: es el riesgo de que el valor razonable o los flujos de efectivo futuros de un instrumento financiero puedan fluctuar como consecuencia de variaciones en las tasas de interés de mercado.
Riesgo de liquidez: es el riesgo de que una entidad encuentre dificultad para cumplir con obligaciones asociadas con pasivos financieros que se liquiden mediante la entrega de efectivo u otro activo financiero.
Reconocimiento: Se define como el proceso de incorporación en la información financiera de la entidad, de una partida que cumple con el concepto de efectivo o equivalente de efectivo, cuentas por cobrar detallado en el alcance de esta política.
Regalías: Cargos por el uso de los activos a largo Plazo.
Riesgos: Los riesgos incluyen la posibilidad de pérdidas por capacidad ociosa u obsolescencia tecnológica, así como las variaciones en el desempeño debidas a cambios en las condiciones económicas.
Restricciones sobre activos transferidos: Son términos de leyes o regulaciones, o un acuerdo/convenios vinculantes, impuestos sobre el uso de un activo transferido por las entidades externas a la entidad que informa.
Re-expresión retroactiva: Consiste en corregir el reconocimiento, medición e información a revelar de los importes de los elementos de los estados financieros, como si el error cometido en periodos anteriores no se hubiera cometido nunca.
SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
Superávit/Déficit Neto: Está constituido por los siguientes componentes:
a) Superávit o déficit en las actividades ordinarias; y
b) Partidas extraordinarias
Transferencias: Son entradas de recursos de beneficios económicos futuros o potencial de servicio de transacciones sin contraprestación, distintas de impuestos.
Tipo de Cambio: Es la razón (ratio) que se aplica para el intercambio de dos monedas.
Tasa de descuento: Corresponde a una renta que se paga por el uso de un capital durante un periodo de tiempo.
Transferir: Acción de servicio pactado por tomador sobre cubrimiento futuro.
Utilidad Generadora de Efectivo (UGE): Es el grupo identificable de activos más pequeños, que genera entradas de efectivo a favor de la entidad que son, en buena medida, independientes de los flujos derivados de otros activos o grupo de activos.
Uso: Utilización.
Valor en libros: Es el monto al cual un activo es reconocido después de deducir cualquier depreciación y pérdida acumuladas por deterioro.
Valor en uso de activo generador de efectivo: Es el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados que se espera se deriven del uso continuado de un activo y de su disposición al final de su vida útil.
Valor en uso de activo no generador de efectivo: Es el valor presente del potencial de servicio restante de un activo.
Valor en uso: Es el valor presente de los flujos futuros estimados de efectivo que se espera obtener de un activo o una unidad generadora de efectivo y de su disposición al final de su vida útil.
Valor Razonable: El precio que podría ser recibido al vender un activo o pagado para transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a una fecha de medición determinada, sin tener en cuenta los costos de importe por adiciones a su componente inicial.
Valor recuperable: De un activo o de una unidad generadora de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos de venta y su valor de uso.
Valor Inicial: Se hará por el Costo del inmueble y cuando se adquiere sin costo o por un costo nominal, el Costo será el valor razonable a la fecha de adquisición.
Valor residual: El valor residual de un activo es el importe estimado que la Entidad podría obtener actualmente por la disposición del elemento, después de deducir los costos estimados por tal disposición, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil.
Venta de Servicios: Ingresos generados por las operaciones de las entidades del Sector Paraestatal cuyo giro principal o complementario es la prestación de servicios.
Vida Útil del activo Intangible: es el tiempo en que la entidad espera recibir el potencial de servicio.
Vida económica: Pueden ser:
a) El período durante el cual se espera que un activo sea utilizable económicamente, por parte de uno o más usuarios; o
b) Ahorro de costos;
c) Otros rendimientos diferentes que provienen del uso del activo por parte de la Entidad.
Vida útil: es el período durante el cual se espera que un activo esté disponible para ser usado por una entidad; o el número de producción o unidades similares que se espera serán obtenidas del activo por una entidad.
Vínculo Laboral con el Estado: Es la relación jurídica existente entre una persona y la administración pública al amparo de una norma legal expresa. La persona puede poseer o no la calidad de funcionario público, dependiendo del tipo de vínculo laboral que tenga con la administración.
1. PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS ALCANCE
El alcance de esta política contable abarca el juego completo de Estados Financieros
con propósito de información general, tanto de fin de ejercicio (31 de diciembre) como de periodos intermedios; estos últimos, con la periodicidad y contenido que exija la Contaduría General de la Nación.
Los Estados Financieros constituyen una representación estructurada de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, y tienen como objetivo el suministrar información que sea útil a los usuarios para tomar y evaluar sus decisiones respecto a la asignación de los recursos, así como ejercer control a nivel interno y externo. Los Estados Financieros también constituyen un medio para la rendición de cuentas del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA por los recursos que le han sido confiados y pueden ser utilizados como un instrumento de carácter predictivo o proyectivo en relación con los recursos requeridos, los recursos generados en el giro normal de la operación y los riesgos e incertidumbres asociados a éstos.
El juego completo de Estados Financieros comprende:
| Estado de situación financiera | |
| Estado de Resultados | |
| Estado de Cambios en el Patrimonio | |
| Estado de Flujos de Efectivo | |
| Notas a los Estados Financieros |
Los Estados Financieros se presentarán de forma comparativa con los del periodo inmediatamente anterior.
Los Estados Financieros suministrarán información acerca de los siguientes elementos: activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos y costos; así como de los flujos de efectivo.
Responsables de la preparación, presentación y publicación de los informes financieros y contables
La preparación, presentación y publicación de los informes financieros y contables será responsabilidad del representante legal y del contador público que tenga a su cargo la contabilidad el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
Periodicidad de los informes financieros y contables
Los informes financieros y contables se prepararán y presentarán, de forma trimestral, con corte al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre del respectivo año. Los informes financieros del 31 de diciembre, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA preparará y presentará el juego completo de estados financieros regulado en los marcos normativos expedidos por la CGN.
ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, diferenciará cada estado financiero
y las notas de cualquier otro tipo de información que presente y destacará la siguiente información:
a) El nombre del Instituto, así como cualquier cambio ocurrido desde el estado
financiero anterior;
b) El hecho de que los Estados Financieros correspondan al Instituto individual o a un grupo de entidades;
c) La fecha del cierre del periodo al que correspondan los Estados Financieros o el periodo cubierto;
d) La moneda de presentación; y
e) El grado de redondeo practicado al presentar las cifras de los Estados Financieros.
REFERENCIAS CRUZADAS
Deben usarse referencias que permitan el cruce de cada uno de los conceptos y valores con las Notas a los Estados Financieros, mostrando el número de la Nota relacionada.
FIRMAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Los informes financieros y contables trimestrales deberán ser firmados por el representante legal, gerente financiero y el contador de la entidad incluyendo los datos de nombres y números de identidad y, en el caso del contador, el número de la tarjeta profesional.
Los informes financieros y contables anuales deberán ser firmados por el representante legal, contador y el revisor fiscal de la entidad incluyendo los datos de nombres y números de identidad y, en el caso del contador y el revisor fiscal, el número de la tarjeta profesional.
Los Estados Financieros certificados, salvo prueba en contrario, se presumen auténticos con la firma de los responsables y la certificación anexa.
CERTIFICACIÓN
El Contador del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA elaborará un escrito que contenga la declaración expresa y breve de que: a) los saldos fueron tomados fielmente de los libros de contabilidad; b) la contabilidad se elaboró conforme al Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público; c) se han verificado las afirmaciones contenidas en los Estados Financieros y la información presentada refleja en forma fidedigna la efectivo del Instituto; y d) se dio cumplimiento al control interno en cuanto a la correcta preparación y presentación de los Estados Financieros libres de errores significativos.
Dicha certificación debe estar firmada por el Gerente del Instituto y por el contador público con el número de tarjeta profesional. Adicionalmente, los Estados Financieros deben estar dictaminados.
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
El Estado de Situación Financiera presenta en forma clasificada, resumida y consistente, la situación financiera del Instituto a una fecha determinada y presenta la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones, y la situación del patrimonio.
INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
El Estado de Situación Financiera el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, incluirá como mínimo partidas que presenten los siguientes importes:
a) Efectivo y equivalentes al efectivo
b) Inversiones de administración de liquidez
c) Cuentas por cobrar
d) Inventarios
e) Propiedades, planta y equipo
f) Activos intangibles
g) Cuentas por pagar
h) Pasivos por beneficios a los empleados
i) Provisiones
Las anteriores partidas del activo y pasivo deberán ser clasificadas en corriente y no corriente, de conformidad con la distinción de partidas corrientes y no corrientes de esta política.
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA presentará, en el estado de situación financiera, partidas adicionales, encabezamientos y subtotales cuando la magnitud, naturaleza o función de estos sea tal que la presentación por separado resulte relevante para comprender la situación financiera de la entidad.
La ordenación de las partidas o agrupaciones de partidas similares podrán modificarse de acuerdo con la naturaleza del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA y de sus transacciones, para suministrar información que sea relevante en la comprensión de la situación financiera.
Adicionalmente, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA presentará en el estado de situación financiera, a continuación de los activos, pasivos y patrimonio, los saldos de las cuentas de orden deudoras contingentes, de control y fiscales, así como los saldos de las cuentas de orden acreedoras contingentes, de control y fiscales.
DISTINCIÓN DE PARTIDAS CORRIENTES Y NO CORRIENTES
La Gerencia Financiera presentará los activos corrientes y no corrientes, así como los pasivos corrientes y no corrientes del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, como categorías separadas en su Estado de Situación Financiera.
ACTIVOS CORRIENTES Y NO CORRIENTES
La Gerencia Financiera clasificará como activos corrientes aquellos que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA:
a) Espere realizar el activo, o tenga la intención de venderlo o consumirlo, en su ciclo normal de operación (este último es el periodo comprendido entre la adquisición de los activos que entran en el proceso productivo y su realización en efectivo o equivalentes al efectivo);
b) mantenga el activo principalmente con fines de negociación;
c) espere realizar el activo dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de los Estados Financieros; o
d) el activo sea efectivo o equivalente al efectivo (como se define en la presente Norma), a menos que este se encuentre restringido y no pueda intercambiarse ni utilizarse para cancelar un pasivo por un plazo mínimo de 12 meses siguientes a la fecha de presentación de los Estados Financieros. Se considerará el efectivo o equivalente al efectivo como de uso restringido únicamente los recursos estén embargados como consecuencia de un proceso judicial.
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA clasificará todos los demás activos como no corrientes.
PASIVOS CORRIENTES Y NO CORRIENTES
La Gerencia Financiera clasificará como pasivos corrientes: un título de deuda, un préstamo por pagar, una cuenta por pagar, un beneficio a empleados, una operación con instrumentos derivados, una provisión u otro pasivo, cuando el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA:
a) Espere liquidar el pasivo en el ciclo normal de su operación;
b) Liquide el pasivo dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de los Estados Financieros; o
c) No tenga derecho a aplazar la cancelación del pasivo durante, al menos, los 12 meses siguientes a la fecha de presentación de los Estados Financieros.
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA clasificará todos los demás pasivos como no corrientes.
INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA O REVELAR EN LAS NOTAS
La Gerencia Financiera presentará en el Estado de Situación Financiera o revelará en las notas desagregaciones de las partidas adicionales a las presentadas, clasificadas según las operaciones del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA. Para el efecto, tendrá en cuenta el tamaño, la naturaleza y la función de los importes afectados. La información incluida en las Notas a los Estados Financieros dependerá del criterio de materialidad contemplado en el apartado de definiciones.
El nivel de información suministrada variará para cada partida, así, por ejemplo:
a) Las partidas de propiedades, planta y equipo, activos intangibles y propiedades de inversión se desagregarán según su naturaleza.
b) Las cuentas por cobrar se desagregarán en importes por cobrar por concepto de venta de bienes, prestación de servicios, subvenciones, anticipos y otros importes.
c) Los inventarios se desagregarán son las propiedades de inversión disponibles para la venta
d) Las provisiones se desglosarán de forma que se muestren por separado las que correspondan a litigios y demandas, garantías y demás.
e) Las cuentas por pagar se desagregarán en subvenciones, importes por pagar a proveedores y a partes relacionadas, así como las procedentes de impuestos y otros importes.
f) Los componentes del patrimonio se desagregarán en capital, primas en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social, resultados de ejercicios anteriores, resultados del ejercicio, reservas, así como ganancias o pérdidas por operaciones específicas que de acuerdo con las normas se reconocen en el patrimonio y se presentan en el otro resultado integral.
ESTADO DE RESULTADOS
La Gerencia Financiera presentará en el Estado de Resultados, el total de ingresos menos los gastos y costos el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, reflejando el resultado del periodo.
INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE RESULTADOS O REVELAR EN LAS NOTAS
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA presentará un desglose de los gastos utilizando una clasificación basada en su función. Según esta clasificación, como mínimo presentará sus gastos asociados a las funciones principales llevadas a cabo por esta de forma separada. Igualmente, se revelará información adicional sobre la naturaleza de los gastos que incluya, entre otros, los gastos por depreciación y amortización y el gasto por beneficios a los empleados.
Cuando las partidas de ingreso o gasto sean materiales, revelará de forma separada, información sobre su naturaleza e importe. En todo caso, con independencia de la materialidad, revelará de forma separada, las partidas de ingresos o gastos relacionadas con lo siguiente:
a) Transferencias;
b) Ingresos por prestación de servicios;
c) Ingresos y gastos financieros;
d) Beneficios a los empleados;
e) Depreciaciones y amortizaciones de activos; y
f) Deterioro del valor de los activos, reconocido o revertido durante el periodo contable.
En el formato del Estado de Resultados, la Gerencia Financiera podrá adicionar los totales (análisis vertical).
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO
La Gerencia Financiera presentará en el Estado de Cambios en el Patrimonio, las variaciones de las partidas del patrimonio del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, en forma detallada, clasificada y comparativa entre un periodo y otro.
INFORMACIÓN PARA PRESENTAR EN EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO O A REVELAR EN LAS NOTAS
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA presentará, para cada componente del patrimonio, ya sea en el estado de cambios en el patrimonio o en las notas, la siguiente información:
a) El valor de los incrementos de capital fiscal;
b) El saldo de los resultados acumulados al inicio y al final del periodo contable, y los cambios durante el periodo; y
c) Una conciliación entre los valores en libros al inicio y al final del periodo contable para cada componente del patrimonio, informando por separado cada cambio.
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
El estado de flujos de efectivo presenta los fondos provistos y utilizados por el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, en desarrollo de sus actividades de operación, inversión y financiación, durante el periodo contable.
Los flujos de efectivo son las entradas y salidas de efectivo y equivalentes al efectivo.
El efectivo comprende los recursos de liquidez inmediata que se registran en caja, cuentas corrientes y cuentas de ahorro.
Los equivalentes al efectivo representan inversiones a corto plazo de alta liquidez que son fácilmente convertibles en efectivo, que se mantienen para cumplir con los compromisos de pago a corto plazo más que para propósitos de inversión y que están sujetas a un riesgo poco significativo de cambios en su valor.
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PRESENTACIÓN
Para la elaboración y presentación del estado de flujos de efectivo, la Gerencia Financiera realizará una clasificación de los flujos de efectivo del periodo en actividades de operación, de inversión y de financiación, atendiendo la naturaleza de estas.
ACTIVIDADES DE OPERACIÓN
La Gerencia Financiera considerará como flujos de efectivo por actividades de operación, entre otros, los siguientes: a) los recaudos en efectivo procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios; b) los recaudos en efectivo procedentes de regalías, cuotas, comisiones y otros ingresos de actividades ordinarias; c) los pagos en efectivo a proveedores por el suministro de bienes y servicios; d) los pagos en efectivo a los empleados; e) los pagos en efectivo a las entidades de seguros por primas y prestaciones, anualidades y otras obligaciones derivadas de las pólizas suscritas; f) los pagos y devoluciones en efectivo de impuestos sobre las ganancias, a menos que estos puedan clasificarse específicamente dentro de las actividades de inversión o financiación; y g) los recaudos y pagos en efectivo derivados de la resolución de litigios.
En los Estados Financieros individuales, los flujos de efectivo derivados de las actividades de operación se presentarán por el método directo, según el cual se presentan, por separado, las principales categorías de recaudos y pagos en términos brutos.
ACTIVIDADES DE INVERSIÓN
La Gerencia Financiera considerará como flujos de efectivo por actividades de inversión, entre otros, los siguientes: a) los pagos en efectivo por la adquisición de propiedades, planta y equipo; de activos intangibles y de otros activos a largo plazo, incluidos aquellos relacionados con los costos de desarrollo capitalizados y las propiedades, planta y equipo construidas por el Instituto para sí misma; b) los recaudos en efectivo por ventas de propiedades, planta y equipo; de activos intangibles y de otros activos a largo plazo; c) los pagos en efectivo por la adquisición de instrumentos de deuda o de patrimonio, emitidos por otras entidades, así como las participaciones en negocios conjuntos; d) los recaudos en efectivo por la venta y reembolso de instrumentos de deuda o de patrimonio emitidos por otras entidades, así como las participaciones en negocios conjuntos; e) los préstamos a terceros, distintos de las operaciones de ese tipo hechas por entidades financieras; f) los recaudos en efectivo derivados del reembolso de préstamos a terceros, distintos de las operaciones de este tipo hechas por entidades financieras; g) los pagos en efectivo derivados de contratos a término, de futuros, de opciones y de permuta financiera, excepto cuando dichos contratos se mantienen por motivos de intermediación u otros acuerdos comerciales habituales, o bien cuando los anteriores pagos se clasifican como actividades de financiación; y h) los recaudos en efectivo procedentes de contratos a término, de futuros, de opciones y de permuta financiera, excepto cuando dichos contratos se mantienen por motivos de intermediación u otros acuerdos comerciales habituales, o bien cuando los anteriores cobros se clasifican como actividades de financiación.
Cuando un contrato se trate contablemente como cobertura de una posición comercial o financiera determinada, sus flujos de efectivo se clasificarán de la misma forma que los procedentes de la posición que se esté cubriendo.
ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN
La Gerencia Financiera considerará como flujos de efectivo por actividades de financiación, entre otros, los siguientes: a) los recaudos en efectivo procedentes de la emisión de títulos, de la obtención de préstamos y de otros fondos, ya sea a corto o largo plazo; b) los reembolsos de los fondos tomados en préstamo; y c) los pagos en efectivo realizados por el arrendatario para reducir la deuda pendiente procedente de un arrendamiento financiero.
INTERESES, DIVIDENDOS Y EXCEDENTES FINANCIEROS
La Gerencia Financiera clasificará y presentará, de forma separada, los intereses pagados como flujos de efectivo por actividades de financiación, y los intereses, excedentes financieros y dividendos recibidos como flujos de efectivo por actividades de inversión.
INVERSIONES EN CONTROLADAS, ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS
La Gerencia Financiera presentará, de forma separada, los flujos de efectivo efectuados en operaciones con la entidad receptora de la inversión, tales como, dividendos y anticipos.
CAMBIOS EN LAS PARTICIPACIONES DE PROPIEDAD EN CONTROLADAS, ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS
Los flujos de efectivo totales derivados de la adquisición o enajenación de inversiones en controladas, asociadas y negocios conjuntos se presentarán por separado, y se clasificarán como actividades de inversión.
La Gerencia Financiera revelará, de forma agregada, respecto a cada adquisición o enajenación de inversiones en controladas, asociadas y negocios conjuntos, ocurridos durante el periodo, los siguientes datos: a) la contraprestación total pagada o recibida; b) la porción de la contraprestación en efectivo o su equivalente; c) el valor de efectivo y su equivalente originado en la adquisición o enajenación de inversiones en controladas, asociadas y negocios conjuntos; y d) el valor de los activos y pasivos (distintos de efectivo y su equivalente) en la controlada u otros negocios adquiridos o enajenados, agrupados por cada una de las categorías principales.
INFORMACIÓN PARA REVELAR EN LAS NOTAS
La Gerencia Financiera revelará la siguiente información:
a) Los componentes del efectivo y equivalentes al efectivo;
b) una conciliación de los saldos del estado de flujos de efectivo con las partidas equivalentes en el Estado de Situación Financiera; sin embargo, no se requerirá presentar esta conciliación si el importe del efectivo y equivalentes al efectivo presentado en el estado de flujos de efectivo es idéntico al importe descrito en el Estado de Situación Financiera;
c) cualquier importe significativo de sus saldos de efectivo y equivalentes al efectivo que, por disposiciones legales, no esté disponible para ser utilizado por parte de la entidad;
d) las transacciones de inversión o financiación que no hayan requerido el uso de efectivo o equivalentes al efectivo; y
e) un informe en el cual se desagregue, por un lado, la información correspondiente a cada uno de los componentes del efectivo y equivalentes al efectivo y, por el otro, la información correspondiente a recursos de uso restringido en forma comparativa con el periodo anterior.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
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La Gerencia Financiera consolidará las Notas a los Estados Financieros el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, de conformidad con la información cuantitativa y cualitativa suministrada por las diferentes direcciones, secretarías, gerencias o dependencias generadoras de información financiera, según lo establecido en las políticas contables el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA y según la información exigida por los apartados relacionados con la información a presentar en los Estados Financieros o revelar en las Notas para cada Estado Financiero de la presente política contable.
ESTRUCTURA
Las notas a los Estados Financieros incluirán lo siguiente:
a) Información acerca de las bases para la preparación de los Estados Financieros y de las políticas contables específicas utilizadas;
b) información requerida por las normas que no se haya incluido en otro lugar de los Estados Financieros;
c) información comparativa respecto del periodo anterior para todos los importes incluidos en los Estados Financieros, cuando sea relevante para entender los Estados Financieros del periodo corriente; y
d) información adicional que sea relevante para entender los Estados Financieros y que no se haya presentado en estos.
La Gerencia Financiera presentará las Notas de forma sistemática; para tal efecto, referenciará cada partida incluida en los Estados Financieros con cualquier información relacionada en las Notas.
REVELACIONES
a) La información relativa a su naturaleza jurídica y funciones de cometido estatal. Para tal efecto, indicará su denominación; su naturaleza y régimen jurídico, identificando los órganos superiores de dirección y administración, y la entidad a la cual está adscrita o vinculada, cuando sea el caso; su domicilio y la dirección del lugar donde desarrolla sus actividades; una descripción de la naturaleza de sus operaciones y de las actividades que desarrolla con el fin de cumplir con las funciones de cometido estatal asignadas; y los cambios ordenados que comprometen su continuidad como supresión, fusión, escisión o liquidación.
b) La declaración explícita y sin reservas del cumplimiento del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, el cual hace parte integral del Régimen de
c) Las bases de medición utilizadas para la elaboración de los Estados Financieros y las otras políticas contables utilizadas que sean relevantes para la comprensión de los Estados Financieros, en el resumen de políticas contables significativas.
d) Los juicios, diferentes de aquellos que involucren estimaciones, que la administración haya realizado en el proceso de aplicación de las políticas contables de la entidad y que tengan un efecto significativo sobre los importes reconocidos en los Estados Financieros, en el resumen de las políticas contables significativas o en otras notas.
e) Los supuestos realizados acerca del futuro y otras causas de incertidumbre en las estimaciones realizadas al final del periodo contable, que tengan un riesgo significativo de ocasionar ajustes importantes en el valor en libros de los activos o pasivos dentro del periodo contable siguiente. Con respecto a esos activos y pasivos, las Notas incluirán detalles de su naturaleza y su valor en libros al final del periodo contable. El valor en libros corresponde al valor bruto del activo o pasivo menos las deducciones o compensaciones aplicables, tales como: depreciación, amortización, deterioro o agotamiento acumulados.
f) Las limitaciones y deficiencias generales de tipo operativo o administrativo que tienen impacto en el desarrollo normal del proceso contable o en la consistencia y razonabilidad de las cifras.
g) La información que permita a los usuarios de sus Estados Financieros evaluar los objetivos, las políticas y los procesos que aplica para gestionar el capital.
1. POLITICAS CONTABLES, CAMBIO EN LAS ESTIMACIONES CONTABLES Y CORRECCIÓN DE ERRORES
ALCANCE
El alcance de esta política contable aplica a los cambios en las Políticas Contables, cambios en las Estimaciones Contables y Corrección de Errores que se generen en el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
POLÍTICAS CONTABLES
contenidas en el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, dan lugar a Estados Financieros que contienen información relevante y fiable sobre los hechos económicos.
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, define y aplica de manera uniforme las mismas políticas contables dentro de cada período contable, excepto si se presenta alguna modificación en el Marco Normativo para entidades de gobierno o cuando, en los casos específicos que este lo permita y se considere pertinente un cambio de política que conlleve a la representación fiel y la relevancia de la información financiera.
Ante hechos económicos que no se encuentren regulados en el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA solicitará a la Contaduría General de la Nación, el estudio y la regulación del tema, para lo cual allegará la información suficiente y pertinente.
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA no puede rectificar políticas contables seleccionadas o aplicadas inapropiadamente mediante la revelación de las políticas contables utilizadas, ni mediante la utilización de notas u otro material explicativo. Si el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA ha seleccionado o aplicado inapropiadamente una política contable, seguirá lo establecido en esta Norma para la corrección de errores.
Los cambios en las políticas contables originados en cambios en el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público se aplicarán observando lo dispuesto en la norma que los adopte. Por su parte, los cambios en las políticas contables que en observancia del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público adopte el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, se aplicarán de manera retroactiva, es decir, la nueva política se aplicará como si se hubiera aplicado siempre. Para tal efecto, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA registrará el ajuste al valor de las partidas de activos, pasivos y patrimonio, que se vean afectadas por el cambio de política, en el periodo en el que este ocurra y reexpresará, para efectos de presentación de los Estados Financieros, los saldos iniciales al principio del periodo más antiguo para el que se presente información, así como los saldos de los periodos comparativos de los activos, pasivos y patrimonio afectados por el cambio de política de los periodos previos a los presentados en los Estados Financieros, se registrará, por lo general, contra las utilidades acumuladas y, para efectos de presentación, se Re expresarán las utilidades acumuladas y la utilidad del ejercicio de los periodos comparativos. Lo anterior, sin perjuicio de que el ajuste se efectúe en otro componente del patrimonio cuando resulte apropiado.
Cuando sea impracticable determinar los efectos que se derivan, en cada periodo específico, del cambio de una política contable sobre la información comparativa en uno o más periodos anteriores para los que se presente información, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA aplicará la nueva política contable a los saldos iniciales de los activos y pasivos al principio del periodo más antiguo para el que la aplicación retroactiva sea practicable (el cual puede ser el inicio del propio periodo corriente) y efectuará el correspondiente ajuste a los saldos iniciales de cada componente del patrimonio que se vea afectado por el cambio.
Cuando sea impracticable determinar el efecto acumulado al principio del periodo corriente por la aplicación de una nueva política contable a todos los periodos anteriores, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA ajustará la información comparativa aplicando la nueva política contable de forma prospectiva, es decir, a partir de la fecha en que se cambie la política.
El cumplimiento de un requisito será impracticable cuando el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA no pueda satisfacerlo tras efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo. Así, para un periodo anterior en particular, será impracticable aplicar un cambio en una política contable retroactivamente si los efectos de la aplicación retroactiva no son determinables; o si la aplicación retroactiva implica establecer suposiciones acerca de cuáles hubieran podido ser las intenciones de la gerencia en ese periodo.
También será impracticable aplicar un cambio en una política contable retroactivamente si dicha aplicación requiere estimaciones de valores significativos y si es imposible identificar, objetivamente, en tales estimaciones: a) información que suministre evidencia de las circunstancias existentes en la fecha en que tales valores se reconocieron o midieron o, de la fecha en que la correspondiente información se reveló; y b) información que hubiera estado disponible cuando se autorizó la publicación de los Estados Financieros de los periodos anteriores.
De acuerdo con la Norma de presentación de Estados Financieros, cuando el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA haga un cambio en las políticas contables, presentará un estado de situación financiera al inicio del primer periodo comparativo.
Para la creación y actualización de las Políticas Contables, establecidas de conformidad con la normatividad vigente expedida por la Contaduría General de la Nación, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA procederá de la siguiente manera:
a) La naturaleza del cambio;
b) Las razones por las cuales la aplicación de la nueva política contable contribuye a la representación fiel y suministra información relevante;
c) el valor del ajuste para cada partida de los Estados Financieros afectada, tanto en el periodo actual, como en periodos anteriores a los presentados, de forma agregada y en la medida en que sea practicable; y
d) una justificación de las razones por las cuales no se realizó una aplicación retroactiva por efecto del cambio en las políticas contables.
CAMBIOS EN LAS ESTIMACIONES CONTABLES
El uso de estimaciones razonables constituye una parte fundamental del proceso contable y no menoscaba la confiabilidad de la información financiera. No obstante, si como consecuencia de obtener nueva información o de poseer más experiencia, se producen cambios en las circunstancias en que se basa la estimación, esta se revisará y, de ser necesario, se ajustará. Lo anterior, no implica que esta se encuentre relacionada con periodos anteriores ni tampoco que constituya la corrección de un error, por lo cual su aplicación es prospectiva.
Un cambio en los criterios de medición aplicados implicará un cambio en una política contable y no un cambio en una estimación contable. Cuando sea difícil distinguir entre un cambio de política contable y un cambio en una estimación contable, se tratará como si fuera un cambio en una estimación contable.
Los efectos que se deriven de un cambio en una estimación contable se aplicarán de manera prospectiva afectando, bien el resultado del periodo en el que tenga lugar el cambio si afecta solamente este periodo, o bien el resultado del periodo del cambio y de los periodos futuros que afecte. No obstante, si el cambio en una estimación contable origina cambios en activos o pasivos o se relaciona con una partida del patrimonio, este se reconocerá a través de un ajuste en el valor en libros del activo, pasivo o patrimonio en el periodo en el que se presente el cambio.
Un cambio en una estimación contable es el resultado de nueva información o nuevos acontecimientos que afectan, bien el valor en libros de un activo o de un pasivo, bien el consumo periódico de un activo. Estos cambios se producen tras la
o evaluación de la situación actual del elemento, de los beneficios económicos futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes.
Cuando el Instituto realice un cambio en una estimación contable revelará lo siguiente:
a) La naturaleza del cambio;
b) el valor del cambio en una estimación contable que haya producido efectos en el periodo actual o que se espere los produzca en periodos futuros; y
c) la justificación de la no revelación del efecto en periodos futuros.
CORRECCIÓN DE ERRORES
Los errores del periodo corriente, descubiertos en el mismo periodo, se corregirán antes de que se autorice la publicación de los Estados Financieros.
El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA corregirá los errores de periodos anteriores, sean materiales o no, en el periodo en el que se descubra el error, ajustando el valor de las partidas de activos, pasivos y patrimonio, que se vieron afectadas por este. En consecuencia, el efecto de la corrección de un error de periodos anteriores en ningún caso se incluirá en el resultado del periodo en el que se descubra el error, lo cual significa que afectará el patrimonio.
En caso de errores de periodos anteriores que sean materiales, para efectos de presentación, el Instituto reexpresará de manera retroactiva la información comparativa afectada por el error. Si el error ocurrió con antelación al periodo más antiguo para el que se presente información, se reexpresarán los saldos iniciales de los activos, pasivos y patrimonio para el periodo más antiguo para el que se presente información, de forma que los Estados Financieros se presenten como si los errores no se hubieran cometido nunca.
Cuando sea impracticable determinar el efecto acumulado al principio del periodo más antiguo para el que se presente información, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA reexpresará la información desde la fecha en la cual dicha reexpresión sea practicable, o de forma prospectiva si no es practicable hacer la reexpresión.
En caso de errores de periodos anteriores que sean inmateriales no se requerirá su reexpresión retroactiva.
De acuerdo con la Norma de presentación de Estados Financieros, cuando el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA corrija errores materiales de periodos anteriores, presentará un Estado de Situación Financiera al inicio del primer periodo comparativo.
Cuando el Instituto efectúe una corrección de errores de periodos anteriores revelará lo siguiente:
a) La naturaleza del error de periodos anteriores;
b) el valor del ajuste para cada periodo anterior presentado, si es posible;
c) el valor del ajuste al principio del periodo anterior más antiguo sobre el que se presente información; y
d) una justificación de las razones por las cuales no se realizó una reexpresión retroactiva por efecto de la corrección del error.
1. HECHOS OCURRIDOS DESPÚES DEL PERIODO CONTABLE ALCANCE
El alcance de esta política contable aplica para todos los eventos, favorables o desfavorables, que se generen entre el final del periodo contable y la fecha de autorización para la publicación de los Estados Financieros.
HECHOS OCURRIDOS DESPUÉS DEL PERIODO CONTABLE QUE IMPLICAN AJUSTE
Los hechos ocurridos después del periodo contable que implican ajuste son aquellos que proporcionan evidencias de las condiciones existentes al final de dicho periodo. El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA ajustará los valores en sus Estados Financieros para reflejar la incidencia de los hechos ocurridos después del periodo contable que impliquen ajuste.
Algunos de los eventos ocurridos después del periodo contable que indican condiciones surgidas que no implican ajuste y que serán objeto de revelación debido a su materialidad son, entre otros, los siguientes:
a) La resolución de un litigio judicial que confirme que el Instituto tenía una obligación presente al final del periodo contable;
b) la recepción de información que indique el deterioro del valor de un activo al final del periodo contable o la necesidad de ajuste de un deterioro del valor anteriormente reconocido;
d) la determinación de la participación en las ganancias o en el pago de incentivos a los empleados que el Instituto deba realizar como resultado de hechos anteriores a esa fecha; y
e) el descubrimiento de fraudes o errores que demuestren que los Estados Financieros eran incorrectos.
HECHOS OCURRIDOS DESPUÉS DEL PERIODO CONTABLE QUE NO IMPLICAN AJUSTE
Los hechos ocurridos después del periodo contable que no implican ajuste son aquellos que indican condiciones surgidas después de este y que, por su materialidad, serán objeto de revelación por parte de la Gerencia Financiera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, en concordancia con la información suministrada por las diferentes Gerencias y/o Dirección responsables del manejo de los citados hechos.
La materialidad o importancia relativa es un aspecto de la relevancia, específico del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, que está basado en la naturaleza o magnitud (o ambas) de las partidas a las que se refiere la información en el contexto del informe financiero que se esté considerando. La información es material si su omisión o expresión inadecuada puede influir en las decisiones de los usuarios.
Algunos de los eventos ocurridos después del periodo contable que indican condiciones surgidas después del periodo que no implican ajuste y que serán objeto de revelación debido a su materialidad son los siguientes:
a) La reducción en el valor razonable de las inversiones;
b) el inicio de un proceso de combinación de negocios o la disposición de una controlada;
c) otras disposiciones de activos o la expropiación de activos por parte del gobierno;
d) las compras o disposiciones significativas de activos;
e) la ocurrencia de siniestros;
f) el anuncio o comienzo de reestructuraciones;
g) la decisión de la liquidación o cese de actividades del Instituto;
h) las variaciones importantes en los precios de los activos o en las tasas de cambio;
i) las diferencias en las tasas o leyes fiscales, aprobadas o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado;
j) el otorgamiento de garantías; y
REVELACIONES
La información revelada en las Notas a los Estados Financieros y relacionada con las partidas objeto de ajuste, se actualizará en función de la información suministrada a la Gerencia Financiera por parte de las diferentes dependencias responsables de la gestión y manejo de los hechos económicos objeto de ajuste.
Así mismo, la Gerencia Financiera el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA revelará la siguiente información, teniendo en cuenta lo indicado en el numeral anterior para la información concerniente a los eventos que no impliquen ajuste:
a) La fecha de autorización para la publicación de los Estados Financieros,
b) el responsable de la autorización,
c) la existencia de alguna instancia que tenga la facultad de ordenar la modificación de los Estados Financieros una vez se hayan publicado, la naturaleza de los eventos que no impliquen ajuste, y la estimación del efecto financiero de los eventos que no impliquen ajuste o la aclaración de que no es posible hacer tal estimación.
POLÍTICAS CONTABLES ESPECÍFICAS.
1. EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO
ALCANCE
El Instituto deberá aplicar esta política contable para la clasificación y tratamiento del efectivo, equivalentes de efectivo y efectivo restringido, para el desarrollo de las actividades de la institución.
RECONOCIMIENTO
El Instituto deberá reconocer el efectivo y equivalentes cuando cumpla los siguientes criterios:
- El efectivo se deberá reconocer al momento en que se genera una entrada de dinero proveniente de la operación del instituto.
- El efectivo restringido se deberá reconocer al momento en que se genera una entrada de dinero proveniente de un tercero siempre y cuando los recursos estén embargados como consecuencia de un proceso judicial.
De conformidad con las normas legales los recursos del Presupuesto General de la Nación son inembargables. No obstante, los fondos en efectivo que no estén disponibles para su uso inmediato por parte de la Entidad, como en el caso de decisiones judiciales, son considerados por las normas contables como “efectivo de uso restringido”; en estos casos el Instituto adelanta de manera inmediata las diligencias legales pertinentes para lograr el levantamiento de las medidas que originaron dicha restricción.
En caso de presentarse efectivo que tenga ciertas limitaciones para su disponibilidad y uso, ya sea por causas de tipo legal o económico o porque tiene una destinación específica con limitaciones en su uso y no pueda intercambiarse ni utilizarse para cancelar un pasivo durante los 12 meses siguientes a la fecha de los Estados Financieros, estos se manejan como activos no corrientes. Se presenta como activo corriente si la restricción es inferior a un (1) año.
Los recursos restringidos se reconocen contablemente en la cuenta “Efectivo de uso restringido” con el propósito de diferenciarlos de los demás recursos disponibles
- El efectivo en moneda extranjera se deberá reconocer al momento en que se genera una entrada de dinero en una moneda diferente a la moneda funcional de la Entidad, aplicando la tasa de cambio existente en la fecha en que la operación es realizada.
- El equivalente de efectivo se deberá reconocer cuando se tengan inversiones:
(i) Cuyo vencimiento sea inferior a 3 meses desde la fecha de adquisición;
(ii) Sean inversiones de gran liquidez; y
(iii) De un riesgo poco significativo de cambio en su valor.
MEDICIÓN INICIAL
El efectivo y equivalentes al efectivo se reconocen inicialmente por el valor de la transacción.
Las partidas monetarias denominadas en moneda extranjera se reconocerán en el momento de su reconocimiento inicial, utilizando la moneda funcional, mediante la aplicación al valor en moneda extranjera, empleando la tasa de cambio a la fecha de la operación entre la moneda funcional y la moneda extranjera.
CUENTAS CORRIENTES Y OTROS DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
Como regla general, la Institución realiza los pagos con abono en cuenta al beneficiario final mediante giro directo, en cuyo caso no se requiere el paso de dichos recursos por cuentas bancarias de la Entidad. En el caso de los pagos de las transferencias a los beneficiarios cuyo volumen de transacciones permite su carga masiva en el aplicativo y de los traspasos a operaciones para el pago de retenciones en la fuente, nómina y seguridad social, el giro de los recursos se realizará a través del giro directo al beneficiario final.
MEDICIÓN POSTERIOR
El efectivo y efectivo restringido se medirán posteriormente por su valor razonable, las variaciones en el valor razonable se reconocerán en el estado de resultados, las cuales surgen entre otros, por los rendimientos devengados. Los costos de transacción no se incluyen en la medición del activo, estos se reconocerán en resultados del período en que se incurren.
Los equivalentes de efectivo deberán valorarse con el método del costo amortizado, que se aproxima a su valor razonable por su corto tiempo de maduración y su bajo riesgo.
TRATAMIENTO CONTABLE DE PARTIDAS CONCILIATORIAS
Las partidas conciliatorias entre el valor en libros en contabilidad y extractos bancarios se tratan de la siguiente forma, al cierre contable mensual:
a) Consignaciones no identificadas: se realizan las depuraciones contables con el objetivo de identificar y legalizar esas partidas. Aquellas partidas superiores a seis (6) meses sin identificar, se reclasifican como un mayor valor de la cuenta de efectivo contra la cuenta contable “Recaudos por clasificar”; se hace la gestión para lograr su identificación y, de no ser posible, se tramita su depuración contable a través de una solicitud presentada ante el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable por parte de la Dirección de Gestión Financiera para ser reconocida como aprovechamientos en el periodo correspondiente.
b) Pagos masivos autorizados y pendientes de cobro: se aceptan como partida conciliatoria durante un plazo de treinta (30) días, si no se logra su pago en ese período se procede a realizar la anulación definitiva del pago, incrementado el saldo en efectivo con contrapartida en la cuenta “cuentas por pagar” –Valores pendientes por pagar”; se hace gestión para su legalización y, de no ser posible, se tramita su depuración contable a través de una solicitud ante el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable por parte de la Dirección de Gestión Financiera.
REVELACIONES
El Instituto deberá revelar en los estados financieros cualquier valor de efectivo, equivalentes de efectivo y efectivo restringido que no esté disponible para ser utilizado por la misma.
Si la restricción del efectivo es a corto plazo, es decir, inferior a 12 meses, la partida de efectivo será presentada como “activos corrientes” en el estado de situación financiera. Si la restricción del efectivo es a largo plazo, la partida será presentada en el balance de situación financiera como “activos no corrientes”.
Para el caso de fondos especiales restringidos, se deben revelar los detalles de los convenios, nombre de éstos, terceros con quienes se realizan, valor y duración de estos.
Relación de las cajas menores constituidas al corte de la información, indicando las dependencias a las que fueron asignadas y su correspondiente valor, así como su estado de legalización y reembolso.
La elaboración oportuna de las conciliaciones bancarias, si existen partidas conciliatorias pendientes de depuración superiores a 30 días.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Portafolio De Inversiones | Directivos |
| Medición inicial | Operaciones | Directivos |
| Medición Posterior | Portafolio De Inversiones | Directivos |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Directivos |
INVERSIONES EN ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ ALCANCE
Esta política contable aplica para todos los instrumentos financieros activos que se
encuentren clasificadas en inversiones, excepto en: asociadas, controladas y negocios conjuntos que se contabilicen de acuerdo con su naturaleza.
Aplica para las siguientes inversiones en títulos de deuda o patrimonio de renta fija y variable:
- Inversiones de administración de liquidez a valor de mercado (valor razonable) con cambios en el resultado
- Inversiones de administración de liquidez al costo
- Inversiones en controladas contabilizadas por el método de participación patrimonial
- Inversiones en asociadas contabilizadas por el método de participación patrimonial
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como inversiones de administración de liquidez los recursos financieros colocados en instrumentos de deuda o de patrimonio con el propósito de obtener rendimientos provenientes de las fluctuaciones del precio o de los flujos contractuales del título por pagos del principal e intereses. También harán parte de las inversiones de administración de liquidez los instrumentos de patrimonio que no se esperen negociar y que no otorguen control, influencia significativa ni control conjunto. Los instrumentos de deuda son títulos de renta fija que le otorgan a su tenedor la calidad de acreedor frente al emisor del título. Por su parte, los instrumentos de patrimonio le otorgan al tenedor derechos participativos en los resultados de la empresa emisora.
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Las inversiones de administración de liquidez se reconocerán en la fecha de liquidación, con independencia de que esta fecha coincida o no con la fecha de contratación. La fecha de liquidación es la fecha en la cual los títulos son transferidos a la empresa. La fecha de contratación es aquella en la que se pactan las condiciones de la transacción.
CLASIFICACIÓN
Las inversiones de administración de liquidez se clasificarán atendiendo el modelo de negocio definido para la administración de los recursos financieros, es decir, la política de gestión de la tesorería de la entidad y los flujos contractuales del instrumento. Estas inversiones se clasificarán en las siguientes cuatro categorías: valor razonable con cambios en el resultado, costo amortizado, valor de razonable con cambios en el otro resultado integral o categoría de costo.
a) La categoría de valor razonable con cambios en el resultado corresponde a las inversiones que tienen valor de razonable y que se tienen exclusivamente para negociar, es decir, las inversiones cuyos rendimientos esperados provienen del comportamiento del mercado.
b) La categoría de costo amortizado corresponde a las inversiones en instrumentos de deuda que la entidad tiene con la intención y capacidad de conservar hasta su vencimiento, es decir, aquellas cuyos rendimientos provienen de los flujos contractuales del instrumento. También se clasificarán en esta categoría los instrumentos de deuda que no tengan valor de mercado y que: a) se esperen negociar o b) no se mantengan con la intención exclusiva de negociar o de conservar hasta su vencimiento.
c) La categoría de valor de razonable con cambios en el patrimonio corresponde a las inversiones en instrumentos de patrimonio que tienen valor razonable, no se mantienen con la intención exclusiva de negociar y no otorgan control, influencia significativa ni control conjunto.
d) La categoría de costo corresponde a las inversiones en instrumentos de patrimonio que no tienen valor de razonable, con independencia de que se esperen o no negociar, siempre que no otorguen control, influencia significativa ni control conjunto
MEDICIÓN INICIAL
Las inversiones de administración de liquidez se medirán por el valor razonable de la fecha de cumplimiento, excepto cuando la fecha de cumplimiento sea posterior a la fecha de negociación y la inversión de administración de liquidez se clasifique en la categoría de costo amortizado, caso en el cual la inversión se medirán por el valor razonable de la fecha de negociación. Cualquier diferencia entre el valor razonable y el precio de la transacción se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo, excepto para las inversiones clasificadas a valor razonable con cambios en el otro resultado integral, cuya diferencia se reconocerá en el patrimonio y se presentará en el otro resultado integral.
El tratamiento contable de los costos de transacción dependerá del modelo de negocio definido para la administración de los recursos financieros. Los costos de transacción de las inversiones que de acuerdo con el modelo de negocio se esperan negociar, con independencia de su clasificación en la categoría de valor razonable con cambios en el resultado o costo, se reconocerán como gasto en el resultado del periodo. Los costos de transacción relacionados con las demás inversiones se tratarán como un mayor valor de la inversión. Para este último caso, los costos de transacción en los que se incurra con anterioridad al reconocimiento de la inversión se reconocerán como un activo diferido. Cuando la inversión se reconozca, la empresa incluirá en el valor de la inversión los costos de transacción previamente reconocidos y disminuirá el activo diferido.
Los costos de transacción son los costos incrementales directamente atribuibles a la adquisición de una inversión de administración de liquidez. Se entiende como un costo incremental aquel en el que no se habría incurrido si la empresa no hubiera adquirido dicha inversión.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, las inversiones de administración de liquidez se medirán atendiendo la categoría en la que se encuentran clasificadas.
7.2.4.1. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN EL RESULTADO
Con posterioridad al reconocimiento, las inversiones clasificadas en la categoría de valor razonable con cambios en el resultado se medirán al valor razonable. Las variaciones del valor razonable aumentarán o disminuirán el valor de la inversión afectando el resultado del periodo.
Los intereses y dividendos recibidos reducirán el valor de la inversión y aumentarán el efectivo o equivalentes al efectivo.
Las inversiones de administración de liquidez clasificadas en esta categoría no serán objeto de estimaciones de deterioro.
7.2.4.2. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE COSTO AMORTIZADO
Con posterioridad al reconocimiento, las inversiones clasificadas en la categoría de costo amortizado se medirán al costo amortizado. El costo amortizado corresponde al valor inicialmente reconocido más el rendimiento efectivo menos los pagos de capítal e intereses menos cualquier disminición por deterioro del valor.
El rendimiento efectivo se calculará multiplicando el costo amortizado de la inversión por la tasa de interés efectiva. La tasa de interés efectiva es aquella que hace equivalentes los flujos contractuales del título con su costo amortizado en la fecha de medición. El rendimiento efectivo se reconocerá como un mayor valor de la inversión y como un ingreso en el resultado del periodo.
El pago de los rendimientos y del capital reducirán el valor de la inversión, afectando el efectivo o equivalentes al efectivo de acuerdo con la contraprestación recibida.
Las inversiones de administración de liquidez clasificadas al costo amortizado serán objeto de estimaciones de deterioro cuando exista evidencia objetiva del incumplimiento de los pagos a cargo del emisor o del desmejoramiento de sus condiciones crediticias. Para el efecto, por lo menos al final del periodo contable, se verificará si existen indicios de deterioro. El deterioro corresponderá al exceso del valor en libros de la inversión con respecto al valor presente de sus flujos de efectivo futuros estimados (excluyendo las pérdidas crediticias futuras en las que no se haya incurrido). Para el cálculo del valor presente se utilizará como factor de descuento la tasa de interés efectiva de la inversión en la fecha de medición del deterioro. El deterioro se reconocerá de forma separada como un menor valor de la inversión, afectando el gasto en el resultado del periodo.
Si en una medición posterior las pérdidas por deterioro disminuyen debido a eventos objetivamente relacionados con su origen, se disminuirá el valor del deterioro acumulado y se afectará el resultado del periodo. En todo caso, las disminuciones del deterioro no superarán las pérdidas por deterioro previamente reconocidas ni excederán el costo amortizado que se habría determinado en la fecha de reversión si no se hubiera contabilizado la pérdida por deterioro del valor.
7.2.4.3. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN EL OTRO RESULTADO INTEGRAL
Con posterioridad al reconocimiento, las inversiones en instrumentos de patrimonio clasificadas en la categoría de valor razonable con cambios en el otro resultado integral se medirán al valor razonable. Las variaciones del valor razonable de estas inversiones se reconocerán en el patrimonio. Si el valor razonable es mayor que el valor registrado de la inversión, la diferencia aumentará el valor de la inversión y del patrimonio. Si el valor razonable es menor que el valor registrado de la inversión, la diferencia disminuirá el valor de la inversión y del patrimonio. Las variaciones reconocidas en el patrimonio se presentarán en el otro resultado integral.
Los dividendos de los instrumentos de patrimonio se reconocerán en el momento que sean decretados, conforme a la Norma de ingresos de actividades ordinarias, aumentando el valor de la inversión y reconociendo un ingreso en el resultado del periodo. Los dividendos pagados reducirán el valor de la inversión, afectando el efectivo o equivalentes al efectivo de acuerdo con la contraprestación recibida.
Los instrumentos de deuda se medirán al valor razonable previo reconocimiento del rendimiento efectivo a través de la aplicación de la tasa de interés efectiva. La tasa de interés efectiva es aquella que hace equivalentes los flujos contractuales del título con su costo amortizado en la fecha de medición. El costo amortizado corresponde al valor inicialmente reconocido más el rendimiento efectivo menos los pagos de capital e intereses menos cualquier disminución por deterioro del valor.
El rendimiento efectivo se calculará multiplicando la tasa de interés efectiva por el costo amortizado y se reconocerá como mayor valor de la inversión y como ingreso en el resultado del periodo. Los rendimientos recibidos reducirán el valor de la inversión, afectando el efectivo o equivalentes al efectivo de acuerdo con la contraprestación recibida. Las variaciones del valor razonable, una vez reconocido el rendimiento efectivo, se reconocerán en el patrimonio. Si el valor razonable es mayor que el valor registrado de la inversión, la diferencia aumentará el valor de la inversión y del patrimonio. Si el valor razonable es menor que el valor registrado de la inversión, la diferencia disminuirá el valor de la inversión y del patrimonio. Las variaciones reconocidas en el patrimonio se presentarán en el otro resultado integral.
Las inversiones de administración de liquidez clasificadas a valor razonable con cambios en el otro resultado integral serán objeto de estimaciones de deterioro, cuando exista evidencia objetiva del incumplimiento de los pagos a cargo del emisor o del desmejoramiento de sus condiciones crediticias. Para el efecto, por lo menos al final del periodo contable, se verificará si existen indicios de deterioro, previa actualización de la inversión a valor razonable en la fecha de medición.
El deterioro corresponderá a la diferencia entre el valor en libros de la inversión y el valor razonable en la fecha de medición del deterioro, cuando este último sea menor. Para tal efecto, el Instituto reconocerá esta diferencia disminuyendo el saldo acumulado reconocido en el patrimonio y presentado en el otro resultado integral, afectando el resultado del periodo.
Las pérdidas por deterioro del valor reconocidas como gasto en el resultado, que correspondan a inversiones en instrumentos de patrimonio, no se revertirán. Para el caso de inversiones en instrumentos de deuda, si en un periodo posterior el valor razonable aumenta y dicho aumento está relacionado con eventos objetivamente relacionados con el origen del deterioro, el Instituto disminuirá el valor del deterioro acumulado afectando el resultado del periodo.
7.2.4.4. INVERSIONES CLASIFICADAS EN LA CATEGORÍA DE COSTO
Con posterioridad al reconocimiento, las inversiones clasificadas en la categoría de costo se mantendran el costo y seran obvjetos de estimación de deterioros.
El deterioro de los instrumentos de patrimonio clasificados en la categoría de costo corresponderá a la diferencia entre el valor en libros de la inversión y el valor de la participación en el patrimonio de la entidad receptora, cuando este último sea menor. El deterioro se determinará al final del periodo contable y se reconocerá de forma separada, como un menor valor de la inversión, afectando el gasto en el resultado del periodo.
El deterioro de los instrumentos de patrimonio clasificados en la categoría de costo podrá revertirse únicamente hasta el costo inicial de la inversión cuando el valor de la participación en el patrimonio de la entidad receptora de la inversión supere su valor en libros. Para el efecto, se disminuirá el valor del deterioro acumulado y se afectará el resultado del periodo.
Los dividendos y participaciones se reconocerán en el momento que sean decretados, conforme a la Norma de ingresos de actividades ordinarias, como una cuenta por cobrar y como un ingreso en el resultado del periodo.
RECLASIFICACIONES
El Instituto reclasificará las inversiones de administración de liquidez cuando exista un cambio en el modelo de negocio o cuando existan cambios en la disponibilidad del valor razonable para la medición de las inversiones. En todo caso, las reclasificaciones tendrán efectos prospectivos desde la fecha de reclasificación, por tanto, no se re expresarán los valores previamente reconocidos, incluyendo las pérdidas o ganancias reconocidas por deterioro de valor.
Las inversiones en instrumentos de deuda que se reclasifiquen desde la categoría de valor razonable con cambios en el resultado hacia la categoría de costo amortizado se medirán, en la nueva categoría, por el valor en libros del instrumento en la fecha de reclasificación y sobre este se calculará la tasa de interés efectiva para efectos de realizar las mediciones posteriores.
Las inversiones en instrumentos de deuda o de patrimonio que se reclasifiquen desde de la categoría de valor razonable con cambios en el resultado hacia la categoría de valor razonable con cambios en el otro resultado integral se medirán, en la nueva categoría, por el valor razonable en la fecha de reclasificación.
Las inversiones en instrumentos de patrimonio que se reclasifiquen desde la categoría de valor razonable con cambios en el resultado hacia la categoría de costo se medirán, en la nueva categoría, por el valor en libros de la inversión en la fecha de reclasificación.
En ningún caso, se revertirán las ganancias o pérdidas por variaciones del valor razonable reconocidas previamente como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
El instituto no reclasificará una inversión hacia la categoría de valor razonable con cambios en resultado con postetioridad al reconocimiento, salvo que dicha reclasificación se genere por la disponibilidad de información sobre el valor razonable de las inversiones que, de acuerdo con el modelo de negocio, se esperan negociar y que estaban clasificadas en la categoría de costo amortizado o costo. En tal caso, se disminuirá el valor en libros de la inversión en las categorías de costo amortizado o costo, se registrará la inversión en la nueva categoría por el valor razonable en la fecha de reclasificación y la diferencia se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
Las inversiones en instrumento de deuda que se reclasifiquen desde la categoría de costo amortizado hacia la categoría de valor razonable con cambios en el otro resultado integral se medirán, en la nueva categoría, por el valor razonable en la fecha de reclasificación y la diferencia se reconocerá en el patrimonio y se presentará en el otro resultado integral.
Las inversiones en un instrumento de deuda que se reclasifiquen desde la categoría de valor razonable con cambios en el otro resultado integral hacia la categoría de costo amortizado se medirán, en la nueva categoría, por el valor en libros en la fecha de reclasificación. La ganancia o pérdida reconocida previamente en el patrimonio y presentada en el otro resultado integral, que se relacione con la inversión reclasificada, se eliminará del patrimonio afectando el valor de la inversión, en la fecha de reclasificación.
Las inversiones en instrumentos de patrimonio que se reclasifiquen desde la categoría de valor razonable con cambios en el otro resultado integral hacia la categoría de costo se medirán, en la nueva categoría, por el valor en libros de la inversión en la fecha de reclasificación. La ganancia o pérdida reconocida previamente en el patrimonio y presentada en el otro resultado integral, que se relacione con la inversión reclasificada, permanecerá en el patrimonio hasta que la inversión sea dada de baja.
Las inversiones en instrumentos de patrimonio que se reclasifiquen desde la categoría de costo hacia la categoría de valor razonable con cambios en el otro resultado integral se medirán, en la nueva categoría, por el valor razonable en la fecha de reclasificación y la diferencia se reconocerá en el patrimonio y se presentará en el otro resultado integral.
En todos los casos, con posterioridad a la reclasificación, se atenderán los criterios de medición establecidos para la respectiva categoría a la que fue reclasificada la inversión.
BAJA EN CUENTAS
Se dejará de reconocer, total o parcialmente, una inversión de administración de liquidez cuando expiren los derechos sobre los flujos financieros se renuncie a ellos o los riesgos y los beneficios inherentes a la propiedad de la inversión se transfieran. Para el efecto, se disminuirá el valor en libros de la inversión y las utilidades o pérdidas acumuladas en el patrimonio, si existieren. La diferencia entre estos valores y el valor recibido se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo. El Instituto reconocerá separadamente, como activos o pasivos, cualesquiera derechos u obligaciones creados o retenidos en la transferencia.
Si El Instituto transfiere una inversión, esto es, cuando se transfieren los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo de la inversión, el Instituto evaluará en qué medida retiene los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de la inversión transferida para proceder con su baja en cuentas.
En caso de que se retengan sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de la inversión, esta no se dará de baja y se reconocerá un préstamo por pagar por el valor recibido en la operación, el cual se medirá posteriormente conforme a la Norma de préstamos por pagar.
Si El Instituto no transfiere ni retiene, de forma sustancial, los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de la inversión, determinará si ha retenido el control sobre la inversión. La retención de control sobre la inversión dependerá de la capacidad que tenga el receptor de la transferencia para venderla. Si el Instituto no ha retenido el control, dará de baja la inversión y reconocerá por separado, como activos o pasivos, cualesquiera derechos u obligaciones creados o retenidos por efecto de la transferencia. Si el Instituto ha retenido el control, continuará reconociendo la inversión en la medida de su implicación continuada y reconocerá un préstamo por pagar. La implicación continuada corresponde a la medida en que el Instituto está expuesta a cambios de valor de la inversión transferida, originados por los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de esta.
El préstamo por pagar se medirá de forma que el neto entre los valores en libros del activo transferido y del préstamo por pagar sea: a) equivalente al costo amortizado de los derechos y obligaciones retenidos por el Instituto si el activo transferido se mide al costo amortizado; o b) igual al valor razonable de los derechos y obligaciones retenidos por el Instituto, cuando se midan independientemente, si el activo transferido se mide por el valor razonable.
El Instituto seguirá reconociendo cualquier ingreso que surja del activo transferido en la medida de su implicación continuada y reconocerá cualquier gasto en el que se incurra por causa del préstamo por pagar, por ejemplo, el generado en la gestión de recaudo.
A efectos de mediciones posteriores, los cambios reconocidos en el valor razonable del activo transferido y del préstamo por pagar se contabilizarán de forma coherente, de acuerdo con lo establecido en esta Norma para la categoría que corresponda.
En todo caso, el activo transferido que continúe reconociéndose no se compensará con el préstamo por pagar, ni los ingresos que surjan del activo transferido se compensarán con los gastos incurridos por causa del préstamo por pagar.
REVELACIONES
Para cada categoría de las inversiones de administración de liquidez, el Instituto revelará información relativa al valor en libros y a las principales condiciones de la inversión, tales como: plazo, tasa de interés, vencimiento y restricciones en la disposición de la inversión. De igual forma, revelará la fecha de negociación y la fecha de cumplimiento, la posición de riesgos que asuma el Instituto por las inversiones de administración de liquidez, por ejemplo: riesgo de tasa de cambio, riesgo de tasa de interés, riesgo de mercado, riesgo de crédito y riesgo de liquidez.
Se revelarán los dividendos e intereses reconocidos durante el periodo contable mostrando, por separado, los relacionados con inversiones dadas de baja en cuentas durante el periodo contable y los relacionados con inversiones mantenidas al final de este.
Para las inversiones clasificadas en las categorías de valor razonable con cambios en el resultado y de valor razonable con cambios en el otro resultado integral, el Instituto informará la fuente de información utilizada en la determinación del valor razonable de la inversión y mostrará el impacto que haya tenido la variación del valor razonable de estas inversiones en el resultado o en el patrimonio, según corresponda.
Para las inversiones clasificadas al costo amortizado, se revelará el precio pagado; los costos de transacción reconocidos como parte del valor del instrumento; la tasa de interés nominal; y la tasa de interés efectiva, así como los criterios utilizados para determinarla. Adicionalmente, el Instituto revelará el valor total de los ingresos por intereses calculados utilizando la tasa de interés efectiva.
Para las inversiones clasificadas al costo se revelará el precio pagado, los costos de transacción reconocidos como parte del valor del instrumento o como gasto en el resultado y el valor total de los ingresos por los dividendos causados durante el periodo.
También se revelará el valor de las pérdidas por deterioro, o de su reversión, reconocidas durante el periodo contable, así como el deterioro acumulado y los factores que el Instituto haya considerado para determinar el deterioro.
Cuando la empresa haya pignorado inversiones de administración de liquidez como garantía por pasivos o pasivos contingentes, revelará el valor en libros de las inversiones pignoradas como garantía, y los plazos y condiciones relacionados con su pignoración.
Si El Instituto ha transferido inversiones de administración de liquidez a un tercero en una transacción que no cumpla las condiciones para la baja en cuentas, el Instituto revelará, para cada clase de estas inversiones: a) la naturaleza de las inversiones transferidas, b) los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad a los que el Instituto
continúe expuesta y c) el valor en libros de los activos o de cualesquiera pasivos asociados que el Instituto continúe reconociendo.
Si de acuerdo con lo dispuesto en esta Norma el Instituto ha hecho una reclasificación de las inversiones de administración de liquidez, revelará: a) la fecha de reclasificación, b) una explicación detallada del origen del cambio en el modelo de negocio y una descripción cualitativa de su efecto sobre los estados financieros del Instituto c) el valor reclasificado hacia o desde cada una de esas categorías y d) el efecto en el resultado del periodo.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección Portafolio De Inversión | Directivo |
| Medición inicial | Dirección Portafolio De Inversión | Directivo |
| Medición Posterior | Dirección Portafolio De Inversión | Directivo |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Directivo |
INVERSIONES PATRIMONIALES ALCANCE
La Entidad deberá aplicar esta política contable para la clasificación y tratamiento de las inversiones en controladas, inversiones en asociadas, acuerdos conjuntos y en inversiones en entidades en liquidación. “la entidad que prepare y presente estados financieros por el método contable de lo devengado deberá aplicar la presente Norma en el caso del tratamiento contable que el inversionista debe un interés propietario bajo la norma de una participación u otra estructura patrimonial formal”.
La presente Norma proporciona la base para el tratamiento contable del interés propietario en una entidad asociada. Esto es, la inversión efectuada en la otra entidad confiere al inversionista los riesgos y retribuciones concomitantes a un interés propietario. La Norma se aplica sólo a la inversión efectuada en la estructura patrimonial formal (o su equivalente) de la entidad en que ha invertido. (Una estructura formal significa un capital social o una forma equivalente de capital unificado, como en el caso de las unidades de un fideicomiso de propiedades, pero puede también incluir otras estructuras patrimoniales en que el interés del inversionista puede ser confiablemente valuado. Cuando la estructura patrimonial esta deficientemente definida no es posible obtener una valuación confiable de interés propietario).
INVERSIONES EN CONTROLADAS
RECONOCIMIENTO
a) Se reconocerán como inversiones en controladas las participaciones patrimoniales que el Instituto tenga en otras empresas, sobre las cuales ejerza control.

La entidad ejercerá control sobre otra empresa si se configuran todos los siguientes
1. poder sobre la empresa,
2. exposición o derecho a rendimientos variables procedentes de su participación en la empresa y
3. capacidad de utilizar su poder sobre la empresa para influir en el valor de dichos rendimientos.
La entidad tiene poder cuando posee derechos que le otorgan la capacidad actual de dirigir las actividades relevantes de la empresa controlada, es decir, las actividades que afectan de manera significativa la naturaleza o valor de los beneficios o los riesgos, procedentes de su participación en esta. Se presume que la entidad tiene la capacidad de dirigir las actividades relevantes de la empresa controlada cuando tiene derecho a dirigir las políticas operativas y financieras de esta, con independencia de que ese derecho se origine en la participación patrimonial.
El Instituto tiene control si, además del poder que tiene sobre otra empresa y la exposición o derecho a rendimientos variables, procedentes de su participación en esta, también tiene la capacidad de utilizar su poder para influir en el valor de dichos rendimientos.
MEDICIÓN INICIAL
La empresa controladora medirá las inversiones en controladas, en sus estados financieros individuales, por el costo. Este valor se comparará con la participación de la empresa en el valor razonable de los activos y pasivos de la empresa controlada. En la medida que el costo sea superior, la diferencia corresponderá a una plusvalía, la cual hará parte del valor de la inversión y no será objeto de amortización. Si, por el contrario, el costo de la inversión es inferior a su participación en el valor razonable de los activos y pasivos de la empresa controlada, la diferencia se reconocerá como un mayor valor de la inversión y como ingreso en el resultado del periodo, cuando se reconozca la participación en el resultado, en la primera aplicación del método de participación patrimonial.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, la empresa controladora medirá las inversiones en controladas, en sus estados financieros individuales, por el método de participación patrimonial.
Este método implica que la inversión se incremente o disminuya para reconocer la participación que le corresponde a la empresa controladora en los resultados del periodo de la empresa controlada y en las variaciones originadas en sus partidas patrimoniales distintas de los resultados, que no se originen en variaciones del capital o en reclasificaciones de partidas patrimoniales, después de la fecha de adquisición de la inversión.
La participación en los resultados del periodo de la empresa controlada aumentará o disminuirá el valor de la inversión y se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo, respectivamente. La empresa controladora eliminará la participación que tenga en las ganancias o pérdidas originadas en las transacciones que esta realice con la empresa controlada, que aún no hayan sido realizadas a través de operaciones con terceros. Adicionalmente, si la empresa controlada tiene en circulación acciones preferentes clasificadas como patrimonio, la empresa controladora computará su participación en los resultados, tras haber ajustado los dividendos de tales acciones, con independencia de que los dividendos en cuestión hayan sido acordados.
La participación en las variaciones originadas en las partidas patrimoniales distintas de los resultados del periodo, que no se originen en variaciones del capital o en reclasificaciones de partidas patrimoniales, aumentará o disminuirá el valor de la inversión y se reconocerá en el patrimonio. La participación en las variaciones reconocidas en el patrimonio se presentará en el otro resultado integral.
Si como consecuencia de la corrección de errores, la empresa controlada afecta las utilidades acumuladas, la empresa controladora afectará de igual manera sus utilidades acumuladas en la participación que le corresponda sobre el ajuste realizado por la empresa controlada.
Con los dividendos y participaciones decretados se reducirá el valor de la inversión y se reconocerá una cuenta por cobrar, con independencia de que correspondan o no a distribuciones de periodos en los que se haya aplicado el método de participación patrimonial.
Si la participación de la empresa controladora en las pérdidas o en las variaciones patrimoniales negativas de la empresa controlada iguala o excede el valor en libros de la inversión, la empresa controladora dejará de reconocer su participación en las pérdidas o variaciones patrimoniales negativas adicionales. Si posteriormente la empresa controlada presenta utilidades o variaciones patrimoniales positivas, la empresa controladora volverá a reconocer su participación en esas utilidades o variaciones patrimoniales solo después de que su participación en las mismas iguale a su participación en las pérdidas o variaciones patrimoniales negativas no reconocidas.
Las inversiones en controladas no serán objeto de ajustes por diferencia en cambio. Para el caso de las inversiones netas en negocios en el extranjero, en los estados financieros individuales de la empresa controladora, se aplicará el método de participación en la moneda legal colombiana, previa conversión de los estados financieros de la empresa controlada, de conformidad con la Norma de efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera.
Para la aplicación del método de participación patrimonial, la empresa controladora dispondrá de los estados financieros de la empresa controlada, para la misma fecha de corte y bajo políticas contables uniformes con las de los estados financieros de la empresa controladora.
Si los estados financieros de la empresa controladora y los de la empresa controlada se preparan para distintas fechas de corte, se realizarán los ajustes que permitan reflejar las transacciones o eventos ocurridos entre las distintas fechas de corte, siempre que la diferencia no sea superior a tres meses.
Cuando las políticas contables de la empresa controlada sean distintas de las de la empresa controladora y la diferencia en los resultados del periodo y las variaciones originadas en las partidas patrimoniales de la empresa controlada medidos con una u otra política sean materiales, se realizarán los ajustes a que haya lugar con el fin de que las políticas contables de esta sean homogéneas con las empleadas por la empresa controladora. La empresa controladora definirá, en sus políticas contables, los criterios empleados para identificar las partidas que, dada la materialidad de las diferencias originadas por las políticas contables distintas, deban ser objeto de ajuste.
Las inversiones en controladas serán objeto de estimaciones de deterioro cuando: a) exista evidencia objetiva del incumplimiento de los pagos a cargo de la empresa controlada o del desmejoramiento de sus condiciones crediticias; b) el valor en libros de la inversión en los estados financieros individuales de la empresa controladora supere el valor en libros de los activos netos de la empresa controlada, incluyendo, cuando sea el caso, la plusvalía asociada en los estados financieros consolidados; o c) el dividendo procedente de la inversión supere el resultado integral total de la empresa controlada en el periodo en que este se haya decretado. Se verificará si existen indicios de deterioro, por lo menos, al final del periodo contable y, si es el caso, se seguirán los criterios de reconocimiento y medición de deterioro establecidos en la Norma de deterioro del valor de los activos. La comprobación del deterioro de valor no se realizará de manera separada para la plusvalía, puesto que esta hace parte del valor en libros de la inversión.
Si en una medición posterior las pérdidas por deterioro disminuyen debido a eventos objetivamente relacionados con su origen, se disminuirá el valor del deterioro acumulado y se afectará el resultado del periodo. En todo caso, las disminuciones del deterioro no serán superiores a las pérdidas por deterioro previamente reconocidas.
RECLASIFICACIONES
Cuando la empresa deje de tener el control sobre otra empresa, evaluará si la inversión cumple con las condiciones para ser clasificada como inversiones en asociadas, efectuará la reclasificación por el valor en libros de la inversión.
Si la inversión no cumple con las condiciones para ser clasificada como inversiones en asociada, se reclasificará a la categoría que corresponda de inversiones de administración de liquidez, considerando el modelo de negocio en la administración de las inversiones y la existencia de información sobre su valor razonable.
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La inversión se reclasificará a la categoría de inversiones de administración de liquidez a valor razonable con cambios en el resultado, cuando de acuerdo con el modelo de negocio la empresa la tenga exclusivamente para negociarla y exista valor razonable de la inversión. En este caso, la reclasificación se efectuará por el valor razonable y la diferencia entre este y el valor en libros se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
La inversión se reclasificará a la categoría de inversiones de administración de liquidez a valor razonable con cambios en el otro resultado integral, cuando de acuerdo con el modelo de negocio la empresa no la tenga exclusivamente para negociarla y exista valor razonable de la inversión. En este caso, la reclasificación se efectuará por el valor razonable y la diferencia entre este y el valor en libros se reconocerá en el patrimonio y se presentará en el otro resultado integral.
La inversión se reclasificará a la categoría de inversiones de administración de liquidez al costo, cuando no exista valor razonable de la inversión, con independencia de que la empresa de acuerdo con el modelo de negocio espere negociarla. En este caso, la reclasificación se efectuará por el valor en libros.
Con posterioridad a la reclasificación, se atenderán los criterios de las normas que le apliquen a la inversión, de acuerdo con la nueva clasificación.
En el evento que se configuren nuevamente los elementos para reconocer la inversión como controlada, la empresa reclasificará la inversión a inversiones en controladas por el valor en libros en la fecha de la reclasificación. Posteriormente, se aplicarán los criterios establecidos en esta Norma.
REVELACIONES
La empresa controladora revelará información sobre los juicios y supuestos significativos realizados y sobre los cambios en esos juicios y supuestos, para determinar si tiene el control de otra empresa. Además, revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros comprender la composición del grupo y la intervención que las participaciones no controladoras tienen en las actividades y flujos de efectivo del grupo.
La empresa controladora también revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros evaluar lo siguiente:
a) la naturaleza y alcance de restricciones significativas sobre su capacidad para acceder o utilizar activos y liquidar pasivos del grupo;
b) la naturaleza de los riesgos asociados con su participación en empresas controladas y los cambios en estos;
c) las consecuencias de cambios en su participación en la empresa controlada que no den lugar a una pérdida del control; y
d) Las consecuencias de la pérdida de control de una controlada durante un período contable.
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Adicionalmente, la empresa controladora revelará lo siguiente
a) El valor en libros de las inversiones en controladas,
b) el nombre de las empresas controladas, su participación en los resultados de estas y el efecto de la aplicación del método de participación patrimonial en el patrimonio;
c) la diferencia de fechas y los ajustes realizados, cuando los estados financieros de la entidad controladora y los de las empresas controladas se preparen con distintas fechas de corte o con políticas contables diferentes; y.
d) las políticas contables de la empresa controlada que eran diferentes a las de la entidad controladora pero que, dada la materialidad de las diferencias en los resultados del periodo y en las variaciones patrimoniales de la empresa controlada, medidos con una u otra política, no fueron objeto de ajuste y los criterios utilizados por la entidad controladora para definir la materialidad.
Si de acuerdo con lo dispuesto en esta Norma, la entidad efectúa reclasificaciones desde y hacia inversiones en controladas, revelará
a) La fecha de reclasificación y el valor reclasificado,
b) Una explicación detallada del motivo de la reclasificación y una descripción cualitativa de su efecto sobre los estados financieros de la Entidad,
c) El efecto del resultado del periodo.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Financiera | Gerente Financiero |
| Medición inicial | Gerencia Financiera | Gerente Financiero |
| Medición Posterior | Dirección De Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección De Gestión Financiera | Director (a) |
INVERSIONES EN ASOCIADAS
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como inversiones en asociadas las participaciones patrimoniales que la empresa tenga en otras empresas, sobre las cuales posea influencia significativa.
Se entiende por influencia significativa la capacidad de la empresa para intervenir en las decisiones de política financiera y de operación de la empresa asociada, sin que se configure control ni control conjunto sobre esta.
Se presumirá la existencia de influencia significativa cuando la empresa posea, directa o indirectamente, una participación igual o superior al 20% del poder de voto sobre la empresa asociada, con independencia de que exista otro inversor con una participación mayoritaria. Para tal efecto, se considerarán los derechos de voto potenciales de la empresa, así como los mantenidos por otras partes. Los derechos de voto potenciales que se considerarán son aquellos que se pueden ejercer o convertir de inmediato y se excluirán aquellos que tengan restricciones legales o contractuales. Por su parte, se presumirá que la empresa no ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente, menos del 20% del poder de voto de la empresa asociada, a menos que pueda demostrarse claramente que existe tal influencia.
La existencia de influencia significativa sobre la empresa asociada se evidencia, generalmente, a través de uno o varios de los siguientes hechos: a) tiene representación en la junta directiva u órgano equivalente de la asociada, b) participa en los procesos de fijación de políticas de la asociada, c) realiza transacciones importantes con la asociada, d) realiza intercambio de personal directivo con la asociada o e) suministra información primordial para la realización de las actividades de la asociada.
Podrá demostrarse la inexistencia de influencia significativa cuando existan restricciones al ejercicio del poder de voto originadas en normas legales o en acuerdos contractuales que impliquen que la empresa asociada quede sujeta al control de un gobierno, tribunal, administrador o regulador. También se demostrará cuando los derechos de voto tengan restricciones legales o contractuales como su condicionamiento a sucesos futuros o la posibilidad de ejercitarse solo hasta una fecha posterior.
MEDICIÓN INICIAL
La empresa medirá las inversiones en asociadas por el costo. Este valor se comparará con la participación de la empresa en el valor razonable de los activos y pasivos de la empresa asociada.
En la medida que el costo sea superior, la diferencia corresponderá a una plusvalía que hará parte del valor de la inversión y no será objeto de amortización. Si, por el contrario, el costo de la inversión es inferior a su participación en el valor razonable de los activos y pasivos de la empresa asociada la diferencia se reconocerá como un mayor valor de la inversión y como ingreso en el resultado del periodo, cuando se reconozca la participación en el resultado, en la primera aplicación del método de participación patrimonial.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, la empresa medirá las inversiones en asociadas por el método de participación patrimonial.
Este método implica que la inversión se incremente o disminuya para reconocer la participación que le corresponde a la empresa en los resultados del periodo de la empresa asociada y en las variaciones originadas en sus partidas patrimoniales distintas de los resultados, que no se originen en variaciones del capital o en reclasificaciones de partidas patrimoniales, después de la fecha de adquisición de la inversión.
La participación en los resultados del periodo de la empresa asociada aumentará o disminuirá el valor de la inversión y se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo, respectivamente. La empresa eliminará la participación que tenga en las ganancias o pérdidas originadas en las transacciones que esta realice con la empresa asociada, que aún no hayan sido realizadas a través de operaciones con terceros. Adicionalmente, si esta última tiene en circulación acciones preferentes clasificadas como patrimonio, la empresa computará su participación en los resultados, tras haber ajustado los dividendos de tales acciones, con independencia de que los dividendos en cuestión hayan sido acordados.
La participación en las variaciones originadas en las partidas patrimoniales distintas de los resultados del periodo, que no se originen en variaciones del capital o en reclasificaciones de partidas patrimoniales, aumentará o disminuirá el valor de la inversión y se reconocerá en el patrimonio. La participación en las variaciones reconocidas en el patrimonio se presentará en el otro resultado integral.
Si como consecuencia de la corrección de errores, la empresa asociada afecta las utilidades acumuladas, la empresa afectará de igual manera sus utilidades acumuladas en la participación que le corresponda sobre el ajuste realizado por la empresa asociada.
Con los dividendos y participaciones decretados se reducirá el valor de la inversión y se reconocerá una cuenta por cobrar, con independencia de que correspondan o no a distribuciones de periodos en los que se haya aplicado el método de participación patrimonial.
Si la participación de la empresa en las pérdidas o en las variaciones patrimoniales negativas de la empresa asociada iguala o excede el valor en libros de la inversión, la empresa dejará de reconocer su participación en las pérdidas o variaciones patrimoniales negativas adicionales. Si posteriormente la empresa asociada presenta utilidades o variaciones patrimoniales positivas, la empresa volverá a reconocer su participación en esas utilidades o variaciones patrimoniales solo después de que su participación en las mismas iguale a su participación en las pérdidas o variaciones patrimoniales negativas no reconocidas.
Las inversiones en asociadas no serán objeto de ajustes por diferencia en cambio. Para el caso de inversiones netas en negocios en el extranjero, se aplicará el método de participación patrimonial en la moneda legal colombiana, previa conversión de los estados financieros de la empresa asociada, de conformidad con la Norma de efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera.
Para la aplicación del método de participación patrimonial, la empresa dispondrá de los estados financieros de la empresa asociada, para la misma fecha de corte y bajo políticas contables uniformes con las de los estados financieros de la empresa.
Si los estados financieros del Instituto y los de la empresa asociada se preparan para distintas fechas de corte, se realizarán los ajustes que permitan reflejar las transacciones o eventos ocurridos entre las distintas fechas de corte, siempre que la diferencia no sea superior a tres meses.
RECLASIFICACIÓN
Cuando la empresa deje de tener influencia significativa sobre otra empresa, evaluará si la inversión cumple con las condiciones para ser clasificada como inversiones en controladas o en negocios conjuntos. En cualquiera de los dos casos, efectuará la reclasificación por el valor en libros de la inversión.
Si la inversión no cumple con las condiciones para ser clasificada como inversiones en controladas o en negocios conjuntos, se reclasificará a la categoría que corresponda de inversiones de administración de liquidez, considerando el modelo de negocio en la administración de las inversiones y la existencia de información sobre su valor razonable.
La inversión se reclasificará a la categoría de inversiones de administración de liquidez a valor razonable con cambios en el resultado, cuando la empresa de acuerdo con el modelo de negocio la tenga exclusivamente para negociarla y exista valor razonable de la inversión. En este caso, la reclasificación se efectuará por el valor razonable y la diferencia entre este y el valor en libros se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
La inversión se reclasificará a la categoría de inversiones de administración de liquidez a valor razonable con cambios en el otro resultado integral, cuando la empresa de acuerdo con el modelo de negocio no la tenga exclusivamente para negociarla y exista valor razonable de la inversión. En este caso, la reclasificación se efectuará por el valor razonable y la diferencia entre este y el valor en libros se reconocerá en el patrimonio y se presentará en el otro resultado integral.
La inversión se reclasificará a la categoría de inversiones de administración de liquidez al costo, cuando no exista valor razonable de la inversión, con independencia de que la empresa de acuerdo con el modelo de negocio espere o no negociarla. En este caso, la reclasificación se efectuará por el valor en libros.
Con posterioridad a la reclasificación, se atenderán los criterios de las normas que le apliquen a la inversión, de acuerdo con la nueva clasificación.
En el evento que se configuren nuevamente los elementos para reconocer la inversión como asociada, la empresa reclasificará la inversión a inversiones en asociadas por el valor en libros en la fecha de la reclasificación. Posteriormente, se aplicarán los criterios establecidos en esta Norma
REVELACIONES
La Empresa revelará información sobre los juicios y supuestos significativos realizados y sobre los cambios en esos juicios y supuestos, para determinar si tiene influencia significativa sobre otra empresa.
1. La naturaleza, alcance y efectos financieros de sus participaciones en asociadas, incluyendo la naturaleza y efectos de su relación contractual con los otros inversores que tenga control conjunto o influencia significativa; y
2. La naturaleza de sus riesgos asociados con sus participaciones en asociadas y los cambios en estos.
La empresa también revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros evaluar lo siguiente:
1. El valor en libros de las inversiones en asociadas,
2. el nombre de las empresas asociadas, su participación en los resultados de estas y el efecto de la aplicación del método de participación patrimonial en el patrimonio;
3. la diferencia de fechas y los ajustes realizados, cuando los estados financieros de la entidad y de las empresas asociadas se preparen con distintas fechas de corte o con políticas contables diferentes; y.
4. las políticas contables de la empresa asociada que eran diferentes a las de la entidad pero que, dada la materialidad de las diferencias en los resultados del periodo y en las variaciones patrimoniales de la empresa asociada, medidos con una u otra política, no fueron objeto de ajuste y los criterios utilizados por la entidad para definir la materialidad.
Si de acuerdo con lo dispuesto en esta norma, la empresa efectúa reclasificaciones desde y hacia inversiones en asociadas, revelará:
1. La fecha de reclasificación y el valor reclasificado,
2. Una explicación detallada del motivo de la reclasificación y una descripción cualitativa de su efecto sobre los estados financieros de la entidad; y
3. El efecto en los resultados.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Financiera | Gerente Financiero |
| Medición inicial | Gerencia Financiera | Gerente Financiero |
| Medición Posterior | Dirección De Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección De Gestión Financiera | Director (a) |
INVERSIONES EN ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN RECONOCIMIENTO
Se reclasificarán como inversiones en entidades en liquidación, aquellas que se hayan clasificado con anterioridad como inversiones en controladas, en asociadas o en negocios conjuntos, cuando se ordene la liquidación de la entidad receptora de la inversión.
MEDICIÓN INICIAL
Las inversiones en entidades en liquidación se medirán por el valor en libros que tenía la inversión en su anterior clasificación y se mantendrán por ese valor hasta la baja en cuentas.
BAJA EN CUENTAS
Se dejarán de reconocer las inversiones en entidades en liquidación cuando a) expiren los derechos) el valor de los pasivos exceda el valor de los activos, o b) cuando se culmine el proceso de liquidación. Lo anterior, sin perjuicio del reconocimiento de provisiones y de la revelación de pasivos contingentes, de acuerdo con las normas de provisiones o pasivos contingentes, cuando a ello haya lugar.
REVELACIONES
La entidad revelara la siguiente información:
a) La razón de la entidad o entidades en liquidación en la cuales se posea la inversión y el porcentaje de su participación patrimonial;
b) las causas que conllevaron a la liquidación de la entidad receptora de la inversión;
c) la fase del proceso de liquidación en que se encuentra la entidad, y
d) la fecha de la reclasificación hacia inversiones en entidades en liquidación y su valor en libros a esa fecha.
RESPONSABLES
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En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Financiera | Gerente Financiero |
| Medición inicial | Gerencia Financiera | Gerente Financiero |
| Revelación | Dirección De Gestión Financiera | Director (a) |
MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
La Entidad contabilizará una inversión utilizando el método de participación, desde la fecha en que pasa a ser una controlada, asociada o un negocio conjunto.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN
1. La Entidad deberá seguir los siguientes pasos, antes de aplicar el método de participación a las inversiones en controladas y asociadas.
2. Deberá establecer la participación de la Entidad, para esto se tomará la suma de las participaciones de la controlada y sus subsidiarias, en consecuencia, se ignorarán las participaciones de otras asociadas y negocios conjuntos de la Entidad.
3. Deberá determinar las pérdidas o ganancias y los activos netos de la controlada y asociada o negocio conjunto reconocidos en sus estados financieros para aplicar el método de participación. Estás deberán incluir la porción que le corresponde a la asociada o negocio conjunto en las pérdidas o ganancias y en los activos netos de sus asociadas y negocios conjuntos.
4. Los estados financieros de la controlada y asociada deberán encontrarse a la misma fecha de presentación de la Entidad, a menos que sea impracticable hacerlo.
5. Los estados financieros de la controlada y asociada, deberán estar preparados utilizando políticas contables uniformes. Si esto no es así, se deben efectuar los ajustes necesarios en los estados financieros de la asociada o negocio conjunto.
6. Deberá identificar las transacciones ascendentes realizadas de la controlada y asociada al inversionista (con sus subsidiarias consolidadas) y las
7. Transacciones descendentes, del inversionista (con sus subsidiarias consolidadas) a la asociada o negocio conjunto.
Implica que la inversión de la Entidad se incremente o disminuya para reconocer la porción que le corresponde en los resultados del periodo y en los cambios en el patrimonio de la entidad controlada y asociada, después de la fecha de adquisición de la inversión patrimonial.
Las variaciones patrimoniales originadas en los resultados del ejercicio de la controlada y asociada aumentarán o disminuirán el valor de la inversión y se reconocerán en el resultado del ejercicio como ingresos o gastos.
Las variaciones originadas en las partidas patrimoniales distintas a resultados, que no se originen en variaciones del capital o en reclasificaciones de partidas patrimoniales, aumentarán o disminuirán el valor de la inversión y se reconocerán en el patrimonio. Las variaciones reconocidas en el patrimonio se presentarán en el otro resultado integral.
Las inversiones en controladas y asociadas no serán objeto de reconocimiento de derechos e ingresos por dividendos y participaciones, ni de ajuste por diferencia en cambio.
Los dividendos y participaciones recibidos en efectivo reducirán el valor de la inversión e incrementarán el valor del efectivo, con independencia de que correspondan o no a distribuciones de periodos en los que se haya aplicado el método de participación patrimonial.
Cuando sea impracticable tener los estados financieros de la controlada y asociada a la misma fecha de presentación de la Entidad, la diferencia máxima permitida será hasta tres (3) meses y se deberán realizar los ajustes a los estados financieros para reflejar las transacciones y sucesos significativos ocurridos entre esas fechas. La diferencia de fechas, si la hay, deberá ser igual de un periodo a otro.
CUENTAS POR COBRAR ALCANCE
Esta política contable comprende los derechos adquiridos por El Instituto, en desarrollo de sus actividades, de los cuales se espere, a futuro, la entrada de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento.
Las cuentas por cobrar agrupan los siguientes conceptos:
- Sentencias y laudos arbitrales, conciliación extrajudicial a favor de la entidad
- Otras cuentas por cobrar
- Deterioro acumulado de CxC
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como cuentas por cobrar los derechos adquiridos por El Instituto, en desarrollo de sus actividades, de los cuales se espera, a futuro, la entrada de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo y equivalentes al efectivo u otro instrumento. Estas partidas incluyen los derechos originados en transacciones con y sin contraprestación. Las transacciones con contraprestación incluyen, la prestación de servicios, otras cuentas por cobrar por convenios, y las transacciones sin contraprestación incluyen, entre otros, las transferencias. El momento en que se reconocerá la cuenta por cobrar depende de las condiciones contractuales pactadas con el tercero.
CLASIFICACIÓN
Cuentas por cobrar C.P.: En esta categoría se clasificarán todas las transacciones que sean iguales o inferiores a 360 días.
Cuentas por cobrar L.P.: En esta categoría se clasificarán todas las transacciones que sean superiores a 360 días.
Las cuentas por cobrar se clasificarán en la categoría de valor razonable.
MEDICIÓN INICIAL
Las cuentas por cobrar se medirán por el valor de la transacción, determinado en los soportes documentales correspondientes. Cuando existan operaciones en moneda extranjera, las transacciones se reconocerán utilizando la tasa de cambio para el peso colombiano en la fecha de transacción.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, las cuentas por cobrar se medirán por el valor de la transacción menos cualquier disminución por deterioro de valor. Para el cálculo del deterioro la empresa podrá realizar la estimación de las pérdidas crediticias esperadas de manera individual o de manera colectiva. Las cuentas por cobrar originadas en moneda extranjera y en las que sus condiciones de cobro se mantengan bajo este criterio, se reexpresarán utilizando la tasa de cambio en la fecha de cierre del ejercicio, y las diferencias en cambio que surjan en su liquidación, se reconocerán como ingreso o gasto en el resultado del ejercicio.
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DETERIORO DE VALOR DE LAS CUENTAS POR COBRAR
La estimación del deterioro de las cuentas por cobrar se realice de manera individual, la empresa medirá, como mínimo al final del periodo contable, el deterioro por el valor de las pérdidas esperadas.
El Instituto medirá el deterioro por el valor de las pérdidas esperadas, las cuales corresponden al promedio ponderado de las pérdidas utilizando como ponderador los riesgos respectivos de que ocurra un incumplimiento de los pagos. A su vez, las pérdidas corresponden al exceso del valor en libros de la cuenta por cobrar sobre el valor presente de todos los flujos de efectivo.
Cuando la estimación del deterioro de las cuentas por cobrar se realice de manera individual, por lo menos al final del periodo contable, se verificará si existen indicios de deterioro originados por el incumplimiento de los pagos a cargo del deudor o el desmejoramiento de sus condiciones crediticias. El deterioro corresponderá al exceso del valor en libros de la cuenta por cobrar con respecto al valor presente de sus flujos de efectivo futuros estimados.
Cuando la estimación del deterioro de las cuentas por cobrar se realice de manera colectiva, El Instituto estimará, como mínimo al final del periodo contable, el deterioro de las cuentas por cobrar a través de una metodología que permita estimar las pérdidas esperadas. La estimación del deterioro de las cuentas por cobrar se podrá realizar de manera colectiva, cuando estas compartan, características similares que puedan influir en su riesgo crediticio, tales como sector industrial, condiciones contractuales, ubicación geográfica, calificación del deudor o plazos de vencimiento.
Si en una medición posterior las pérdidas por deterioro disminuyen, se ajustará el valor del deterioro acumulado y se afectará el resultado del ejercicio. En todo caso, las disminuciones del deterioro no superarán las pérdidas por deterioro previamente reconocidas.
Se considera que existe evidencia objetiva del deterioro de una cuenta por cobrar o un grupo de ellas, cuando se presenta alguno de los siguientes eventos:
a) Se presenta morosidad, es decir, la cuenta por cobrar se encuentra vencida respecto de las condiciones de pago inicialmente establecidas en la transacción económica.
b) La cuenta por cobrar cumplió con el tiempo correspondiente al cobro persuasivo, y no fue posible obtener, al menos, un recaudo parcial de la misma.
c) El deudor se encuentra inmerso en un proceso concursal o de quiebra.
d) Se ha reestructurado o refinanciado la deuda, a fin de otorgar al deudor más plazo para el pago de esta.
e) Se identifican situaciones que implican que el deudor tiene dificultades para cumplir con el pago normal de sus obligaciones.
f) Sí es una entidad, la misma se encuentra en proceso de liquidación o liquidada.
g) No ha sido posible identificar bienes del deudor.
h) El deudor no aparece, no se tienen datos de su ubicación para establecer contacto con él.
Si se cumple al menos tres (3) de los indicadores mencionados anteriormente, existirá evidencia de que la cuenta por cobrar o las cuentas por cobrar han perdido valor y se procederá a reconocer la pérdida por deterioro correspondiente.
BAJA EN CUENTAS
La Gerencia Financiera considerando los informes y actos administrativos entregado por la Dirección Jurídica y Contratación, dará de baja en cuentas, total o parcialmente, una cuenta por cobrar:
a) Cuando expiren los derechos sobre los flujos financieros y no se tenga probabilidad de recuperar dichos flujos.
b) Cuando se renuncie a ellos o se transfieran los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de la cuenta por cobrar.
La pérdida o ganancia originada en la baja en cuentas de la cuenta por cobrar se calculará como la diferencia entre el valor de la contraprestación recibida, si existiere, y su valor en libros, y se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo. El Instituto reconocerá separadamente, como activo o pasivo, cualquier derecho u obligación creado o retenido en la transferencia.
Si El Instituto transfiere una cuenta por cobrar, esto es, cuando se transfieren los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo de la cuenta por cobrar o se retienen tales derechos, pero se asume la obligación contractual de pagarlos a un tercero, El Instituto evaluará en qué medida retiene los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de la cuenta por cobrar transferida para proceder con su baja en cuentas.
En caso de que se retengan sustancialmente los riesgos y los beneficios inherentes a la propiedad de la cuenta por cobrar, esta no se dará de baja en cuentas y se reconocerá un préstamo por pagar por el valor recibido en la operación, el cual se medirá posteriormente conforme a la Norma de préstamos por pagar.
Si El Instituto no transfiere ni retiene, de forma sustancial, los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de la cuenta por cobrar, determinará si ha retenido el control sobre la cuenta por cobrar. La retención de control sobre la cuenta por cobrar dependerá de la capacidad que tenga el receptor de la transferencia para venderla. Si El Instituto no ha retenido el control, dará de baja en cuentas la cuenta por cobrar y reconocerá por separado, como activo o pasivo, cualquier derecho u obligación creado o retenido por efecto de la transferencia. Si El Instituto ha retenido el control, continuará reconociendo la cuenta por cobrar en la medida de su implicación continuada y reconocerá un préstamo - por pagar. La implicación continuada corresponde a la medida en que la empresa está expuesta a los cambios de valor de la cuenta por cobrar transferida, originados por los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de esta.
La Gerencia Financiera de El Instituto medirá el préstamo por pagar de forma que el neto entre los valores en libros del activo transferido y del préstamo por pagar sea el costo de los derechos y obligaciones retenidos por El Instituto
La Gerencia Financiera de El Instituto seguirá reconociendo cualquier ingreso que surja del activo transferido en la medida de su implicación continuada y reconocerá cualquier gasto en el que se incurra por causa del préstamo por pagar, por ejemplo, el generado en la gestión de recaudo.
En todo caso, el activo transferido que continúe reconociéndose no se compensará con el préstamo por pagar ni los ingresos que surjan del activo transferido se compensarán con los gastos incurridos por causa del préstamo por pagar.
Adicionalmente, cuando se cumplan las condiciones para la prescripción de la deuda, se dará de baja a la cuenta por cobrar y se seguirá controlando en cuentas de orden.
REVELACIONES
El Instituto revelará información relativa al valor en libros y a las condiciones de la cuenta por cobrar, tales como: plazo, tasa de interés (de ser pactada), vencimiento y restricciones, que las cuentas por cobrar le impongan a El Instituto (si aplica).
Se revelará el valor del deterioro reconocido o revertido, durante el ejercicio contable, así como el deterioro acumulado.
Cuando el deterioro de las cuentas por cobrar se estime de manera individual, se revelará:
a) Un análisis de la antigüedad de las cuentas por cobrar que estén en mora al final del periodo, informando el valor de acuerdo con la clasificación de su riesgo.
b) Un análisis de las cuentas por cobrar deterioradas, incluyendo los factores que la empresa haya considerado para determinar su deterioro.
Cuando el deterioro de las cuentas por cobrar se estime de manera colectiva, se revelará
a) La forma como se realizó la agrupación, la descripción de la metodología, los supuestos empleados para la estimación del deterioro y los porcentajes de incumplimiento aplicados.
Cuando El Instituto haya pignorado cuentas por cobrar como garantía por pasivos o pasivos contingentes, revelará:
a) El valor en libros de las cuentas por cobrar pignoradas como garantía, y los plazos y condiciones relacionados con su pignoración.
Si El Instituto ha transferido cuentas por cobrar a un tercero en una transacción que no cumpla las condiciones para la baja en cuentas, la empresa revelará, para cada clase de estas cuentas por cobrar, lo siguiente:
a) La naturaleza de las cuentas por cobrar transferidas.
b) Los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad a los que la empresa continúe expuesta.
c) El valor en libros del activo o de cualquier pasivo asociado que la empresa continúe reconociendo.
Cuando se dé de baja en cuentas, total o parcialmente, una cuenta por cobrar, se revelará la ganancia o pérdida reconocida en el resultado del periodo y las razones de su baja en cuentas.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Financiera | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Financiera | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia De Riesgos – Dirección Jurídica | Director |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
PRESTAMOS POR COBRAR ALCANCE
Esta política contable es aplicada para todos los préstamos por cobrar se tengan o se vayan a tener con las condiciones acordadas con los terceros, con la seguridad de recibir efectivo, equivalentes al efectivo u otro activo financiero a favor del Instituto.
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como préstamos por cobrar los recursos financieros que el Instituto destine para el uso por parte de un tercero, de los cuales se espere a futuro, la entrada de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento financiero.
Los préstamos por Cobrar que reconocerá el instituto corresponden a las siguientes líneas de crédito:
- Crédito de Fomento: Empréstito que tiene por objeto proveer recursos, para adelantar programas de desarrollo social y proyectos de inversión.
- Crédito de Tesorería: Empréstito para atender situaciones temporales de liquidez.
- Descuentos de Actas y Facturas: Suministro de recursos a personas jurídicas de derecho público mediante el endoso de las actas de obra ejecutada o factura de servicios prestados.
- Crédito con Destinación específica: Son dineros que se clasifican para ser entregados a un tercero para una destinación específica.
Los préstamos por cobrar se reconocen cuando quedan en firme los respectivos actos administrativos que generan el derecho de cobro, atendiendo la presunción de legalidad que acompaña todo acto administrativo, de lo contrario, esos derechos potenciales se reconocen como activos contingentes en las cuentas de orden previstas para tal efecto y revelarse.
Los préstamos por cobrar en cobro persuasivo no serán objeto de evaluación de deterioro, sin embargo, si las cuentas por cobrar han terminado su etapa de cobro persuasivo, es decir presentan una antigüedad superior a seis (6) meses, y aún no se ha iniciado el cobro coactivo, la dependencia generadora de la cartera debe efectuar el cálculo y reconocimiento del deterioro.
En caso de no ser aceptadas Los préstamos por cobrar para trámite de cobro coactivo por parte de la Dirección
jurídica contractual y que el Instituto haya agotado la gestión de cobro correspondiente, se debe presentar el caso al Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable para su depuración contable, indicando las razones y con los soportes pertinentes.
CLASIFICACIÓN
Los préstamos por cobrar se clasificarán en la categoría de valor razonable
En la determinación del valor razonable de un activo financiero, el instituto aplicara lo siguiente:
a) Los préstamos por cobrar se medirán por el valor desembolsado.
b) Los costos de transacción se tratarán como un mayor valor del préstamo por cobrar.
c) Los costos de transacción son los costos incrementales directamente atribuibles al préstamo por cobrar, estos incluyen, por ejemplo, honorarios y comisiones pagadas a asesores o abogados. Se entiende como un costo incremental aquel en el que no se habría incurrido si el Instituto no hubiera concedido el préstamo.
- MEDICIÓN INICIAL
Los préstamos por cobrar se medirán por el valor desembolsado.
- MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, los préstamos por cobrar se medirán al costo amortizado, el cual corresponde al valor inicialmente reconocido más el rendimiento efectivo menos los pagos de capital e intereses menos cualquier disminución por deterioro del valor.
El rendimiento efectivo se calculará según las condiciones pactadas multiplicando el costo amortizado del préstamo por cobrar por la tasa de interés efectiva. La tasa de interés efectiva es aquella que hace equivalentes los flujos contractuales del préstamo con su costo amortizado en la fecha de medición. El rendimiento efectivo y se reconocerá como préstamo por cobrar y como ingreso en el resultado del periodo.
Los intereses recibidos y los pagos de capital reducirán el valor del préstamo por cobrar, afectando el efectivo o equivalentes al efectivo de acuerdo con la contraprestación recibida.
- DETERIORO DE VALOR PARA LOS PRÉSTAMOS POR COBRAR
El deterioro se reconocerá de forma separada como un menor valor de los préstamos por cobrar, afectando el gasto del periodo. Para el cálculo del deterioro el Instituto podrá realizar la estimación de las pérdidas crediticias de manera individual o de manera colectiva.
Cuando la estimación del deterioro de los préstamos por cobrar se realice de manera individual, por lo menos al final del periodo contable, se verificará si existen indicios de deterioro originados por el incumplimiento de los pagos a cargo del deudor o el desmejoramiento de sus condiciones crediticias. El deterioro corresponderá al exceso del valor en libros de los préstamos por cobrar con respecto al valor presente de sus flujos de efectivo futuros estimados
Cuando la estimación del deterioro de los préstamos por cobrar se realice de manera colectiva, por lo menos al final del periodo contable, el Instituto estimará el deterioro de los préstamos por cobrar a través de una matriz de deterioro u otra metodología que permita estimar el riesgo crediticio en la fecha de medición.
La estimación del deterioro de los préstamos por cobrar se puede realizar de manera colectiva, cuando estos compartan características similares que pueden influir en su riesgo crediticio, tales como, sector industrial, condiciones contractuales, ubicación geográfica, calificación del deudor o plazos de vencimiento.
La matriz de deterioro es el resultado de un análisis histórico de tendencias de pago y de recuperabilidad de los préstamos por cobrar, en la cual se establecen porcentajes de incumplimiento promedio por edades para cada agrupación. En este caso, el deterioro corresponderá al valor resultante del producto de los porcentajes de incumplimiento y el valor de la transacción de los préstamos por cobrar, menos cualquier pérdida por deterioro del valor previamente reconocido.
- REVERSIÓN DEL DETERIORO DE VALOR
Si en una medición posterior las pérdidas por deterioro disminuyen, se ajustará el valor del deterioro acumulado y se afectará el resultado del periodo. Las disminuciones del deterioro no superarán las pérdidas por deterioro previamente reconocidas y, para el caso del deterioro estimado de forma individual, el valor del préstamo, luego de la reversión, no excederá el valor razonable que se habría determinado en la fecha de reversión si no se hubiera contabilizado la pérdida por deterioro del valor.
BAJA EN CUENTAS
Se dejará de reconocer, total o parcialmente, un préstamo por cobrar cuando expiren los derechos sobre los flujos financieros se renuncie a ellos o cuando los riesgos y los beneficios inherentes a la propiedad del préstamo se transfieran. Para el efecto, se disminuirá el valor en libros del préstamo y la diferencia con el valor recibido se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo. El Instituto reconocerá separadamente, como activos o pasivos, cualquier derecho u obligación creado o retenido en la transferencia.
Si una empresa transfiere un préstamo por cobrar a un tercero, esto es, cuando se transfieren los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo del préstamo o se retienen tales derechos, pero se asume la obligación contractual de pagarlos a un tercero, la empresa evaluará en qué medida retiene los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del préstamo transferido para proceder con su baja en cuentas.
En caso de que se retengan sustancialmente los riesgos y los beneficios inherentes a la propiedad del préstamo por cobrar transferido, este no se dará de baja y se reconocerá un préstamo por pagar por el valor recibido en la operación, el cual se medirá posteriormente conforme a la Norma de préstamos por pagar.
Si el Instituto no transfiere ni retiene, de forma sustancial, los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del préstamo por cobrar transferido, determinará si ha retenido el control sobre dicho préstamo. La retención de control sobre el préstamo por cobrar dependerá de la capacidad que tenga el receptor de la transferencia para venderlo. Si el Instituto no ha retenido el control, dará de baja al préstamo por cobrar y reconocerá por separado, como activos o pasivos, cualquier derecho u obligación creados o retenido por efecto de la transferencia. Si el Instituto ha retenido el control, continuará reconociendo el préstamo por cobrar en la medida de su implicación continuada y reconocerá un préstamo por pagar. La implicación continuada corresponde a la medida en que el Instituto está expuesta a los cambios del valor del préstamo por cobrar transferido, originados por los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de este.
El préstamo por pagar se medirá de forma que el neto entre los valores en libros del préstamo por cobrar transferido y del préstamo por pagar sea el valor razonable de los derechos y obligaciones retenidos por el Instituto.
El Instituto seguirá reconociendo cualquier ingreso que surja del préstamo por cobrar transferido en la medida de su implicación continuada y reconocerá cualquier gasto en el que se incurra por causa del préstamo por pagar, por ejemplo, el generado en la gestión de recaudo.
En todo caso, el préstamo por cobrar transferido que continúe reconociéndose no se compensará con el préstamo por pagar, ni los ingresos que surjan del préstamo por cobrar transferido se compensarán con los gastos en los que se haya incurrido por causa del préstamo por pagar.
REVELACIONES
a) El Instituto revelará información relativa al valor en libros, informando el valor de acuerdo con la clasificación de su riesgo.
a) También se revelará el valor desembolsado y el valor total de los ingresos por intereses calculados utilizando la tasa de interés efectiva.
b) Se revelará el valor del deterioro reconocido o revertido, durante el periodo contable, así como el deterioro acumulado y los factores que el Instituto haya considerado para determinar el deterioro. Adicionalmente, se revelarán los criterios para definir si hubo o no un incremento significativo del riesgo crediticio y para definir si el riesgo crediticio es bajo y el plazo empleado para el cálculo de las pérdidas crediticias esperadas.
c) Cuando el Instituto haya pignorado préstamos por cobrar como garantía por pasivos o pasivos contingentes, revelará el valor en libros de los préstamos por cobrar pignorados como garantía, y los plazos y condiciones relacionados con su pignoración.
d) Si el Instituto ha transferido préstamos por cobrar a un tercero en una transacción que no cumpla las condiciones para la baja en cuentas, revelará lo siguiente:
- la naturaleza de los préstamos transferidos,
- los riesgos y beneficios inherentes a los que el Instituto continúe expuesta y
- el valor en libros del activo o de cualquier pasivo asociado que el Instituto continúe reconociendo.
e) Cuando se dé de baja en cuentas, total o parcialmente, un préstamo por cobrar, se revelará la ganancia o pérdida reconocida en el resultado del periodo y las razones de su baja en cuentas.
El Instituto ha determinado que como la información que se debe de manipular para cumplir con cada uno de los requerimientos a revelar, son bases de datos demasiado grandes, realizara un esquema resumido que contenga esta información en grupos debidamente definidos y que cumplan lo que se necesita revelar.
Adicionalmente se revelará:
a) Un análisis de antigüedad de las cuentas y préstamos por cobrar que estén en mora, pero no deterioradas al final del periodo.
b) Un análisis de las cuentas y préstamos por cobrar que se hayan determinado individualmente como deterioradas al final del periodo, incluyendo factores que el Instituto haya considerado para determinar su deterioro.
El Instituto revelara, para cada clase de estas cuentas por cobrar, lo siguiente
a) La naturaleza de las cuentas y préstamos por cobrar transferidas.
b) los riesgos y ventajas inherentes a los que el Instituto continúe expuesta.
c) el valor en libros de los activos o pasivos o de cualquier pasivo asociado que el Instituto continúe reconociendo.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Crédito y Cartera | Director |
| Medición inicial | Dirección de Crédito y Cartera | Director |
| Medición Posterior | Gerencia de Riesgos y Dirección Jurídica y Contractual | Gerente De Riesgos Y Director Jurídico |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
INVENTARIOS
ALCANCE
El alcance de esta Política Contable solo aplica únicamente para las cuentas que representan las propiedades de inversión.
RECONOCIMIENTO
Se reconocerá como inventarios los activos registrados como propiedades de inversión y que se tenga una promesa de compraventa.
MEDICIÓN INICIAL
Los inventarios se medirán por el costo de adquisición del bien.
Los inventarios en existencia se medirán por el costo de adquisición real, que incluye el precio de compra, los aranceles y otros impuestos no recuperables, el transporte y otras erogaciones necesarias para colocar los inventarios en condiciones de venta.
Cuando se adquiera un inventario en una transacción sin contraprestación, El Instituto medirá el activo adquirido de acuerdo con la Norma de Ingresos de Transacciones sin Contraprestación. En todo caso, al valor determinado, se le adicionará cualquier desembolso que sea directamente atribuible a la preparación del activo para el uso previsto.
MEDICIÓN POSTERIOR
En este tipo de inventarios no aplica medición posterior.
BAJA EN CUENTAS
Un elemento del inventario se dará de baja en cuentas cuando no cumpla con los requisitos establecidos para que se reconozca como tal.
REVELACIONES
El Instituto revelará los principales conceptos que hacen parte del costo de adquisición y las erogaciones significativas necesarias para colocar los inventarios en condiciones de comercialización. Además, revelará lo siguiente:
a) El valor en existencia;
b) el método o métodos de valuación utilizados para cada clase de inventarios;
c) las pérdidas por deterioro del valor de los inventarios reconocidas o revertidas;
d) las circunstancias o eventos que hayan producido la reversión del deterioro de los inventarios;
e) el valor en libros de los inventarios que garanticen el cumplimiento de pasivos;
f) el valor en libros de los inventarios que se lleven al valor de mercado menos los costos de disposición; y
g) el valor del inventario recibido y distribuido en forma gratuita o a precios de no mercado.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Administrativa | Gerente administrativo |
| Medición inicial | Gerencia Administrativa | Gerente administrativo |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
PROPIEDADES DE INVERSIÓN
ALCANCE
Esta política aplica para el reconocimiento, medición y revelación de los recursos reconocidos como propiedades de Inversión, los activos representados en terrenos y edificaciones que tengan para generar rentas, plusvalía o ambos. También se reconocerán con este concepto los bienes inmuebles con un uso futuro indeterminado.
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como propiedades de inversión los activos representados en terrenos y edificaciones que se tengan con el objetivo principal de generar rentas, plusvalías o ambas. También se reconocerán como propiedades de inversión los bienes inmuebles con uso futuro indeterminado.
Los terrenos sobre los que se construyan las propiedades de inversión se reconocerán por separado.
Cuando una parte de una propiedad se use para obtener rentas o plusvalías, y la otra parte se use en la producción o venta de bienes o servicios, o para fines administrativos, El Instituto las contabilizará por separado siempre que estas partes puedan ser vendidas o colocadas en arrendamiento financiero, separadamente. En caso contrario, la propiedad únicamente se clasificará como propiedad de inversión cuando se utilice una porción poco significativa de ella para la producción o venta de bienes o servicios, o para fines administrativos.
Las adiciones y mejoras efectuadas a una propiedad de inversión se reconocerán como mayor valor de esta y, en consecuencia, afectarán el cálculo futuro de la depreciación. Las adiciones y mejoras son erogaciones en que incurre El Instituto para aumentar la vida útil del activo, ampliar su capacidad productiva y eficiencia operativa, mejorar la calidad de los productos y servicios, o reducir significativamente los costos.
Por su parte, el mantenimiento y las reparaciones de las propiedades de inversión se reconocerán como gasto en el resultado del periodo. El mantenimiento y las reparaciones son erogaciones en que incurre El Instituto con el fin de conservar o recuperar la capacidad normal de uso del activo, sin mejorar su capacidad productiva o eficiencia operativa.
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MEDICIÓN INICIAL
Las propiedades de inversión se medirán por el costo, el cual comprende, entre otros:
- El precio de adquisición.
- Los impuestos por traspaso de la propiedad.
- Los costos de beneficios a los empleados que procedan directamente de la construcción o adquisición de un elemento de propiedades de inversión.
- Los costos de los suministros empleados en la construcción.
- Los costos de preparación del lugar para su ubicación física.
- Los honorarios profesionales por servicios legales y todos los costos necesarios para dejar la propiedad en las condiciones de operación previstas por la administración de El Instituto.
- Cualquier descuento o rebaja del precio se reconocerá como un menor valor de las propiedades de inversión.
En todo caso, no se reconocerán como parte del elemento:
- Los costos de puesta en marcha (a menos que sean necesarios para poner la propiedad en las condiciones requeridas para que opere de la manera prevista por la administración de El Instituto).
- las pérdidas de operación en las que se haya incurrido antes de que la propiedad de inversión lograra el nivel planeado de ocupación.
- las cantidades anormales de desperdicios, de mano de obra o de otros recursos en los que se haya incurrido para la construcción o el desarrollo de la propiedad.
Los costos de financiación asociados con la adquisición o construcción de una propiedad de inversión que, cumpla con los requisitos establecidos para calificarse como activo apto.
Las propiedades de inversión que se reciban en permuta se medirán por su valor razonable. A falta de este, se medirán por el valor razonable de los activos entregados y en ausencia de ambos, por el valor en libros de los activos entregados. En todo caso, al valor determinado, se le adicionará cualquier desembolso que sea directamente atribuible a la preparación del activo para el uso previsto.
Las propiedades de inversión producto de un arrendamiento financiero se medirán de acuerdo con lo establecido en la Política de arrendamientos.
Cuando se adquiera una propiedad de inversión sin cargo alguno, o por una contraprestación simbólica, El Instituto medirá el activo de acuerdo con la Política de ayudas gubernamentales y subvenciones. En todo caso, al valor determinado, se le adicionará cualquier desembolso que sea directamente atribuible a la preparación del activo para el uso previsto.
- MEDICIÓN POSTERIOR
Después del reconocimiento, las propiedades de inversión se medirán por el costo menos la depreciación acumulada menos el deterioro acumulado. Para tal efecto, se aplicarán los criterios definidos en las normas de Propiedades, planta y equipo y de Deterioro del valor de los activos.
RECLASIFICACIONES
Se realizará una reclasificación hacia propiedades de inversión cuando exista un cambio en su uso, que se haya evidenciado por:
- El fin de la ocupación por parte de El Instituto (en el caso de la reclasificación de una propiedad, planta y equipo a una propiedad de inversión)
- El inicio de una operación de arrendamiento operativo de un activo que estaba destinado para la venta en el curso normal de la operación (en el caso de la reclasificación de un inventario a propiedad de inversión).
Para la reclasificación entre propiedades de inversión y propiedades, planta y equipo, el valor en libros del activo en esa fecha será el valor en libros del activo en la nueva clasificación. En consecuencia, la depreciación y el deterioro acumulados no serán eliminados. A partir de esta fecha, El Instituto aplicará los requisitos que la política correspondiente le exija.
BAJA EN CUENTAS
Una propiedad de inversión se dará de baja cuando se disponga del elemento o cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o enajenación. La pérdida o ganancia originada en la baja en cuentas de un elemento de propiedades de inversión se calculará como la diferencia entre el valor neto obtenido por la disposición del activo y su valor en libros, y se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
REVELACIÓN
El Instituto revelará la siguiente información:
- Los métodos de depreciación utilizados;
- las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizadas; una conciliación entre los valores en libros al principio y al final del periodo contable, que muestre por separado lo siguiente: adquisiciones, adiciones realizadas, disposiciones, retiros, sustitución de componentes, reclasificaciones, deterioros del valor reconocidos o revertidos, depreciación y otros cambios; el valor de los ingresos por rentas y los gastos directos de operación (incluyendo reparaciones y mantenimientos) incluidos en el resultado del periodo;
- el efecto en los resultados producto de la baja en cuentas de un elemento de propiedades de inversión;
- el cambio en la estimación de la vida útil y del valor residual, así como el cambio del método de depreciación;
- el valor de las propiedades de inversión en proceso de construcción, el estado de avance y la fecha estimada de terminación;
- el valor en libros de las propiedades de inversión que tengan alguna restricción bien sea, para llevar a cabo su disposición o para cobrar los ingresos que producen;
- el valor de las propiedades de inversión que garanticen el cumplimiento de pasivos;
- la información de bienes que se hayan reconocido como propiedades de inversión o que se hayan retirado por la tenencia del control, independientemente de la titularidad o derecho de dominio (esta información estará relacionada con: la entidad de la cual se reciben o a la cual se entregan, el monto, la descripción, la cantidad y la duración del contrato, cuando a ello haya lugar);
- las propiedades de inversión adquiridas mediante subvenciones;
- la información de su condición de bien histórico y cultural, cuando a ello haya lugar; y
- el valor reclasificado y una explicación detallada del origen del cambio, para el caso de las reclasificaciones desde o hacia propiedades de inversión.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
ARRENDAMIENTOS
Un arrendamiento es un acuerdo mediante el cual el arrendador cede al arrendatario el derecho a utilizar un activo durante un plazo determinado a cambio de percibir una suma única de dinero o una serie de pagos.
Cuando un contrato contenga componentes de arrendamiento y componentes que no constituyen un arrendamiento, la empresa aplicará esta Norma a cada componente de arrendamiento. Por su parte, los componentes que no son un arrendamiento se reconocerán y medirán conforme a la norma que les sea aplicable. No obstante, si el valor relativo de estos componentes no es significativo respecto del valor total del contrato, a este en su conjunto le aplicarán las disposiciones de esta Norma. Los componentes de arrendamiento identificados se justificarán a partir de la aplicación de los criterios de reconocimiento contenidos en esta Norma.
A efectos de la aplicación de esta Norma, no se considerarán como arrendamientos los derechos mantenidos por la empresa bajo acuerdos de licencia que deban contabilizarse conforme a la Norma de activos intangibles.
CLASIFICACIÓN
Los arrendamientos se clasificarán en operativos o financieros de acuerdo con la transferencia, que haga el arrendador al arrendatario, de los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo. Un arrendamiento se clasificará como financiero cuando el arrendador transfiera, sustancialmente al arrendatario, los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo, así su propiedad no sea transferida. Un arrendamiento se clasificará como operativo si el arrendador no transfiere, sustancialmente al arrendatario, los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo. Cuando el arrendador y el arrendatario sean entidades públicas, estos clasificarán el arrendamiento de igual manera, esto es, como arrendamiento financiero o arrendamiento operativo, según corresponda.
La clasificación del arrendamiento dependerá de la esencia económica y naturaleza de la transacción, más que de la forma legal del contrato. Un arrendamiento se clasificará como financiero cuando se den, entre otras, alguna o varias de las siguientes situaciones:
a) el arrendador transfiere la propiedad del activo al arrendatario al finalizar el plazo del arrendamiento;
b) el arrendatario tiene la opción de comprar el activo a un precio que se espera sea suficientemente inferior al valor razonable, en el momento en que la opción es ejercitable, de modo que, al inicio del arrendamiento, se prevé con razonable certeza que tal opción se ejercerá;
c) el plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida económica del activo, incluso si la propiedad no se transfiere al final de la operación (la vida económica corresponde al periodo durante el cual se espera que un activo sea utilizable
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económicamente, por parte de uno o más usuarios, o a la cantidad de unidades de producción o similares que se espera obtener de este, por parte de uno o más usuarios);
d) el valor presente de los pagos que debe realizar el arrendatario al arrendador es al menos equivalente a casi la totalidad del valor razonable del activo objeto de la operación, al inicio del arrendamiento;
e) los activos arrendados son de una naturaleza tan especializada que solo el arrendatario tiene la posibilidad de usarlos sin realizar modificaciones importantes en ellos;
f) el arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y las pérdidas sufridas por el arrendador a causa de tal cancelación las asume el arrendatario;
g) las pérdidas o ganancias derivadas de las fluctuaciones en el valor razonable del valor residual recaen sobre el arrendatario; y
h) el arrendatario tiene la posibilidad de prorrogar el arrendamiento, con unos pagos que son sustancialmente inferiores a los habituales del mercado.
Las anteriores situaciones son indicios de que un arrendamiento puede clasificarse como financiero. Sin embargo, la administración de la empresa analizará las particularidades del contrato para determinar si en realidad, se transfieren, al arrendatario, los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo.
Cuando el arrendador y el arrendatario acuerden cambiar las estipulaciones del contrato de tal forma que esta modificación dé lugar a una clasificación diferente del arrendamiento, el contrato revisado se considerará como un nuevo arrendamiento para el plazo restante, salvo que sea para renovarlo. No obstante, los cambios en las estimaciones o los cambios en las circunstancias no darán lugar a una nueva clasificación del arrendamiento a efectos contables.
Cuando un arrendamiento incluya componentes de terrenos y de edificios conjuntamente, la empresa evaluará la clasificación de cada componente por separado como un arrendamiento financiero u operativo. Para la contabilización, la empresa distribuirá los pagos por el arrendamiento, incluyendo los pagos por adelantado, entre los componentes de terrenos y de edificios en proporción a los valores razonables relativos que representan los derechos de arrendamiento en estos componentes. No obstante, cuando resulte poco significativo el valor que se reconocería para alguno de los componentes, los terrenos y edificios podrán tratarse como una unidad individual para la clasificación del arrendamiento.
ARRENDAMIENTO FINANCIERO CONTABILIZACIÓN PARA EL ARREADOR RECONOCIMIENTO
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Cuando el arrendamiento se clasifique como financiero, en la fecha en la cual el arrendatario tenga el derecho de utilizar el activo arrendado, el arrendador reconocerá un préstamo por cobrar, el cual se medirá de acuerdo con lo definido en esta Norma. Cualquier diferencia con respecto al valor en libros del activo entregado o de la contraprestación pagada o por pagar se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
MEDICIÓN INICIAL
El valor del préstamo por cobrar será igual a la inversión neta realizada por el arrendador, la cual corresponde a la inversión bruta descontada a la tasa implícita del acuerdo. La inversión bruta es la suma de todos los pagos que recibirá el arrendador por parte del arrendatario, o un tercero vinculado con él, a lo largo del plazo del contrato más el valor residual no garantizado por el arrendatario o por otra entidad vinculada con este. De estos pagos, se excluirán las cuotas de carácter contingente y los costos de los servicios e impuestos, que pagó el arrendador y que le serán reembolsados.
La tasa implícita del acuerdo es la tasa de descuento que, al inicio del arrendamiento, produce la igualdad entre: a) el valor presente total de los pagos a cargo del arrendatario, o un tercero vinculado con él, más el valor residual no garantizado por el arrendatario o por otra entidad vinculada con éste; y b) la suma del valor razonable del activo arrendado más los costos directos iniciales del arrendador.
Si para calcular la tasa implícita del contrato el arrendador no puede determinar el valor razonable del bien arrendado, empleará el costo de reposición o, a falta de este, el valor en libros. El valor razonable y el costo de reposición se determinarán conforme a lo definido en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera para estas bases de medición.
Cuando el arrendador no sea productor o distribuidor del activo arrendado, los costos directos iniciales harán parte del cálculo de la inversión neta y no se reconocerán como gasto en el resultado del periodo en el momento en que se incurra en ellos. Los costos iniciales se llevarán al resultado como un menor valor del ingreso por intereses a lo largo del plazo del arrendamiento a través de la tasa de interés implícita. Los costos directos iniciales para el arrendador son aquellos directamente imputables a la negociación y contratación del arrendamiento, es decir, los costos que el arrendador habría evitado si no hubiera realizado el acuerdo.
Si el arrendador es productor o distribuidor del activo arrendado, los costos relacionados con la negociación y contratación de un arrendamiento se excluirán de los costos directos iniciales. En consecuencia, estos se excluirán de la inversión neta del arrendamiento y se reconocerán como gasto en el resultado del periodo cuando se reconozca el beneficio de la venta, lo que, en un arrendamiento financiero, normalmente, tiene lugar al comienzo del plazo de arrendamiento.
Cuando el arrendador sea productor o distribuidor, reconocerá por separado:
a) la pérdida o ganancia equivalente al resultado de la venta directa del activo arrendado y
b) la ganancia financiera que se obtenga en el transcurso del periodo del arrendamiento.
El ingreso por la venta del activo para un arrendador que sea productor o distribuidor será el menor valor entre el valor razonable del activo y el valor presente de todos los pagos que recibirá el arrendador por parte del arrendatario a lo largo del plazo del contrato descontados a la tasa de interés implícita del acuerdo. No obstante, si se han pactado tasas de interés inferiores a las de mercado, se utilizará la tasa de interés de mercado para calcular el valor presente. En todo caso, los pagos incluirán el valor residual del bien arrendado que esté garantizado por el arrendatario o por otra entidad no vinculada con el arrendador, la cual tenga la capacidad financiera de atender las obligaciones derivadas de la garantía prestada.
El costo de la venta corresponderá al valor por el que esté contabilizada la propiedad entregada en arrendamiento menos el valor presente del valor residual del activo cuya realización, por parte del arrendador, no esté asegurada o quede garantizada exclusivamente por una parte vinculada con el arrendador. La diferencia entre el ingreso y el costo de la venta será la ganancia en la venta que se reconocerá como tal de acuerdo con las políticas seguidas por la empresa para las operaciones de venta directa.
MEDICIÓN POSTERIOR
Cada una de las cuotas del arrendamiento se dividirá en dos partes que representan los ingresos financieros y la reducción del préstamo por cobrar. Los ingresos financieros totales se distribuirán entre los periodos que constituyen el plazo del arrendamiento con base en la tasa implícita del contrato. Los pagos contingentes que realice el arrendatario se reconocerán como ingresos en los periodos en los que se incurra en ellos.
Las estimaciones de los valores residuales del activo (cuya realización por parte del arrendador no esté asegurada o quede garantizada exclusivamente por una parte vinculada con el arrendador) que se utilicen para determinar el préstamo por cobrar, serán objeto de revisiones regulares. Si se produce una reducción permanente en la estimación del valor residual, se procederá a revisar la distribución del ingreso del contrato y cualquier reducción respecto a las cantidades de ingresos ya devengados se reconocerá inmediatamente.
Para efectos del deterioro y baja en cuentas del préstamo por cobrar, la empresa aplicará lo dispuesto en la Norma de préstamos por cobrar.
REVELACIONES
El arrendador revelará la siguiente información:
a) una conciliación entre la inversión bruta en el arrendamiento y el valor presente de los pagos mínimos por cobrar al final del periodo contable;
b) la inversión bruta en el arrendamiento y el valor presente de los pagos mínimos por cobrar para cada uno de los siguientes plazos: un año, entre uno y cinco años, y más de cinco años;
c) los ingresos financieros no ganados, es decir, la diferencia entre la inversión bruta y la inversión neta, al final del periodo contable;
d) el monto de los valores residuales no garantizados acumulables a favor del arrendador;
e) la estimación de incobrables relativa a los pagos que debe realizar el arrendatario al arrendador;
f) las cuotas contingentes reconocidas como ingreso en el resultado del periodo; y
g) una descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos del arrendador incluyendo, por ejemplo, información sobre cuotas contingentes, opciones de renovación o adquisición y cláusulas de revisión, subarrendamientos y restricciones impuestas por los acuerdos de arrendamiento.
En relación con el préstamo por cobrar, la empresa aplicará las exigencias de revelación contenidas en la Norma de préstamos por cobrar.
ARRENDAMIENTO FINANCIERO CONTABILIZACIÓN PARA EL ARRENDATARIO
RECONOCIMIENTO
Cuando el arrendamiento se clasifique como financiero, en la fecha en la cual el arrendatario tenga el derecho de utilizar el activo arrendado, el arrendatario reconocerá un préstamo por pagar y el activo tomado en arrendamiento, el cual se tratará como propiedades, planta y equipo; propiedades de inversión; o activos intangibles, según corresponda. El préstamo por pagar y el activo tomado en arrendamiento se medirán de acuerdo con lo definido en esta Norma.
MEDICIÓN INICIAL
El valor del préstamo por pagar así como el del activo reconocido, corresponderán al menor entre el valor razonable del bien tomado en arrendamiento (o el costo de reposición si el valor razonable no puede ser medido) y el valor presente de los pagos que el arrendatario debe realizar al arrendador, incluyendo el valor residual garantizado por el arrendatario o por una parte vinculada con él o, el valor de la opción de compra cuando esta sea significativamente inferior al valor razonable del activo en el momento en que esta sea ejercitable. De estos pagos, se excluirán las cuotas de carácter contingente y los costos de los servicios e impuestos, que pagó el arrendador y que le serán reembolsados.
Para el cálculo del valor presente, el arrendatario empleará como factor de descuento, interés incremental. La tasa implícita del acuerdo es la tasa de descuento que, al inicio del arrendamiento, produce la igualdad entre: a) la suma del valor presente total de los pagos a cargo del arrendatario, o un tercero vinculado con él, más el valor residual no garantizado por el arrendatario o por otra entidad vinculada con este; y b) la suma del valor razonable del activo arrendado más los costos directos iniciales del arrendador, siempre que este no sea productor o distribuidor del activo arrendado.
Por su parte, la tasa incremental es aquella en que incurriría el arrendatario si pidiera prestados los fondos necesarios para comprar el activo en un plazo y con garantías similares a las estipuladas en el contrato de arrendamiento.
Si el arrendatario no puede determinar el valor razonable del activo, comparará el costo de reposición con el valor presente de los pagos a realizar al arrendador. El valor razonable y el costo de reposición se determinarán conforme a lo definido en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera para estas bases de medición.
Si el arrendatario incurre en costos directos iniciales, estos se contabilizarán como un mayor valor del activo y se llevarán al resultado a través de la depreciación o amortización del recurso adquirido en arrendamiento. Los costos directos iniciales para el arrendatario son aquellos directamente imputables a la negociación del arrendamiento, es decir, los costos que el arrendatario habría evitado de no haber realizado el acuerdo.
MEDICIÓN POSTERIOR
Cada una de las cuotas del arrendamiento se dividirá en dos partes que representan los gastos financieros y la reducción del préstamo por pagar. Los gastos financieros totales se distribuirán entre los periodos que constituyan el plazo del arrendamiento con base en la tasa de interés efectiva calculada para el arrendamiento. Los pagos contingentes que realice al arrendador se reconocerán como gastos en los periodos en los que se incurra en ellos.
Para la medición posterior del activo recibido en arrendamiento, la empresa aplicará la norma que corresponda, de acuerdo con la clasificación del activo. Para el cálculo de la depreciación o amortización de los activos recibidos en arrendamiento, la empresa utilizará la misma política definida para los demás activos similares que posea. Si no existe certeza razonable de que el arrendatario obtendrá la propiedad al término del plazo del arrendamiento, el activo se depreciará totalmente durante el periodo que sea menor entre su vida útil y el plazo del arrendamiento.
REVELACIONES
El arrendatario revelará la siguiente información:
a) el total de pagos futuros que debe realizar al arrendador, y su valor presente, para cada uno de los siguientes periodos: un año, entre uno y cinco años, y más de cinco años;
b) las cuotas contingentes reconocidas como gasto en el resultado del periodo; y
c) una descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos del arrendatario incluyendo, por ejemplo, información sobre cuotas contingentes, opciones de renovación o adquisición y cláusulas de revisión, subarrendamientos y restricciones impuestas por los acuerdos de arrendamiento.
En relación con el préstamo por pagar, la empresa aplicará las exigencias de revelación contenidas en la Norma de préstamos por pagar.
ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS CONTABILIZACIÓN PARA EL ARRENDADOR
RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN
Cuando el arrendamiento se clasifique como operativo, el arrendador seguirá reconociendo el activo arrendado, de acuerdo con su clasificación, la cual corresponderá a propiedades, planta y equipo; propiedades de inversión; o activos intangibles.
El arrendador reconocerá la cuenta por cobrar y los ingresos procedentes de los arrendamientos operativos (excluyendo lo que se reciba por servicios tales como seguros o mantenimientos) de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, incluso si los cobros no se perciben de tal forma. Lo anterior, salvo que otra base sistemática de reparto resulte más representativa para reflejar adecuadamente el patrón temporal de consumo de los beneficios derivados del uso del activo arrendado.
Los costos directos iniciales en los que incurra el arrendador durante la negociación y contratación de un arrendamiento operativo se añadirán al valor en libros del activo arrendado y se reconocerán como gasto a lo largo del plazo de arrendamiento, sobre la misma base de los ingresos del arrendamiento.
La depreciación o amortización de los activos arrendados se efectuará de forma coherente con las políticas normalmente seguidas por el arrendador para activos similares, y se calculará de acuerdo con las bases establecidas en la norma que le sea aplicable al activo arrendado.
El arrendador, que sea a la vez productor o distribuidor de los bienes arrendados, no reconocerá ningún resultado por la venta cuando celebre un contrato de arrendamiento operativo.
Para efectos del deterioro y baja en cuentas de la cuenta por cobrar, la empresa aplicará lo dispuesto en la Norma de cuentas por cobrar.
REVELACIONES
El arrendador revelará la siguiente información:
a) los pagos futuros del arrendamiento para cada uno de los siguientes periodos: un año, entre uno y cinco años, y más de cinco años;
b) las cuotas contingentes totales reconocidas como ingreso en el resultado del periodo; y
c) una descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos, incluyendo, por ejemplo, información sobre cuotas contingentes, opciones de renovación o adquisición y cláusulas de revisión, así como restricciones impuestas por los acuerdos de arrendamiento.
En relación con la cuenta por cobrar, la empresa aplicará las exigencias de revelación contenidas en la Norma de cuentas por cobrar.
ARRENDAMIENTO OPERATIVO CONTABILIZACIÓN PARA EL ARRENDATARIO RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN
Cuando el arrendamiento se clasifique como operativo, el arrendatario no reconocerá el activo arrendado en sus estados financieros.
Las cuotas derivadas de los arrendamientos operativos (excluyendo lo que se pague por servicios tales como seguros o mantenimientos) se reconocerán como cuenta por pagar y gasto de forma lineal durante el transcurso del plazo del arrendamiento, incluso si los pagos no se realizan de tal forma. Esto, a menos que otra base sistemática de reparto resulte más representativa para reflejar adecuadamente el patrón temporal de los beneficios del arrendamiento.
REVELACIONES
El arrendatario revelará la siguiente información:
a) El total de pagos futuros del arrendamiento para cada uno de los siguientes periodos: un año, entre uno y cinco años, y más de cinco años;
b) los pagos por arrendamiento reconocidos como gasto en el resultado del periodo; y Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el mercado de valores ni captan ahorro del público.
c) una descripción general de los acuerdos de arrendamiento significativos incluyendo, por ejemplo, información sobre cuotas contingentes, opciones de renovación o adquisición, cláusulas de revisión y subarrendamientos, así como restricciones impuestas por los acuerdos de arrendamiento.
En relación con la cuenta por pagar, la empresa aplicará las exigencias de revelación contenidas en la Norma de cuentas por pagar.
TRANSACCIONES DE VENTA CON ARRENDAMIENTO POSTERIOR
Una venta con arrendamiento posterior es una transacción que implica la enajenación de un activo y su posterior arrendamiento al vendedor. Las cuotas del arrendamiento y el precio de venta son usualmente interdependientes, puesto que se negocian simultáneamente. El tratamiento contable de las operaciones de venta con arrendamiento posterior dependerá del tipo de arrendamiento implicado en ellas.
Si una venta con arrendamiento posterior resulta en un arrendamiento financiero, el exceso del valor de la venta sobre el valor en libros del activo enajenado no se reconocerá inmediatamente como ingreso en los estados financieros del vendedor arrendatario. Este exceso se diferirá y amortizará a lo largo del plazo del arrendamiento. Si, por el contrario, el valor de la venta es inferior al valor en libros, no se reconocerá ninguna pérdida por esta operación, salvo que se haya producido un deterioro del valor del activo, en cuyo caso el valor en libros se reducirá hasta que alcance el valor recuperable, de acuerdo con la Norma de deterioro del valor de los activos.
Si una venta con arrendamiento posterior resulta en un arrendamiento operativo y la operación se establece a su valor razonable, el ingreso o gasto se reconocerá inmediatamente. Si el precio de venta fuese inferior al valor razonable, todo resultado se reconocerá inmediatamente, excepto si la pérdida se compensa con cuotas futuras por debajo de los precios de mercado. En tal caso, se diferirá y amortizará en proporción con las cuotas pagadas durante el periodo en el cual se espere utilizar el activo. Si el precio de venta es superior al valor razonable, dicho exceso se diferirá y amortizará en el periodo durante el cual se espere utilizar el activo.
Las revelaciones de información establecidas tanto para los arrendadores como para los arrendatarios en arrendamientos financieros y operativos aplicarán igualmente a las ventas con arrendamiento posterior. En el caso de la descripción general de los acuerdos relevantes de los arrendamientos, será oportuno revelar las disposiciones no habituales que se hayan incluido en los acuerdos, o en los términos de las transacciones de venta con arrendamiento posterior.
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO ALCANCE
Esta política abarca todos los bienes tangibles que posee el Instituto para el desarrollo de su objeto misional y para propósitos administrativos, los cuales no se espera venderlos en el curso de sus actividades y se prevé usarlos durante más de un periodo.
RECONOCIMIENTO
El Instituto reconoce una partida como elemento de propiedad planta y equipo cuando:
a) los activos tangibles empleados por el Instituto para la producción o comercialización de bienes, para la prestación de servicios o para propósitos administrativos;
b) los bienes muebles que se tengan para generar ingresos producto de su arrendamiento. Estos activos se caracterizan porque no se espera venderlos en el curso de las actividades ordinarias del Instituto y se prevé usarlos durante más de 12 meses.
Se reconocerá como adiciones y/o mejoras las erogaciones en que incurre El Instituto para aumentar la vida útil del activo, ampliar su capacidad productiva o eficiencia operativa, mejorar la calidad de los productos o servicios, o reducir significativamente los costos. adiciones y/o mejoras se registrarán como mayor valor de la propiedad planta y equipo y afecta el cálculo de la depreciación.
Las reparaciones de las propiedades, planta y equipo se reconocerán como gasto en el resultado del ejercicio. Las reparaciones son erogaciones en que incurre El Instituto con el fin de recuperar la capacidad normal de uso del activo, sin mejorar su capacidad productiva o eficiencia operativa.
El mantenimiento de las propiedades, planta y equipo se reconocerá como gasto en el resultado del periodo. El mantenimiento corresponde a erogaciones en que incurre El Instituto con el fin de conservar la capacidad normal de uso del activo.
Se considerará la materialidad por valor cuando los activos cuyo costo de adquisición sea mayor o igual a 50 UVT se reconocerán como activos fijos y se depreciarán en 12 meses partiendo desde la fecha del reconocimiento. Ahora bien, los activos de menor cuantía, es decir, inferiores a la 50 UVT se llevarán directamente al gasto, los activos que tengan esta connotación y estén asegurados se deben llevar como activos de control afectando el saldo en la cuenta de orden. Los mismos se controlan mediante la entrega documentada a los funcionarios.
MEDICIÓN INICIAL
Las propiedades, planta y equipo se medirán por el costo, el cual comprende, entre otros, lo siguiente:
a) El precio de adquisición y las demás erogaciones incurridas en la compra ya sea de origen nacional o importado.
b) Cualquier descuento o rebaja del precio se reconocerá como un menor valor de las propiedades, planta y equipo.
Cuando se adquiera una propiedad, planta y equipo en una transacción sin contraprestación, El Instituto medirá el activo adquirido por el valor de mercado del activo recibido y, en ausencia de éste, por el costo de reposición. Si no es factible obtener alguna de las anteriores mediciones, las transferencias no monetarias se medirán por el valor en libros que tenía el activo en la entidad que transfirió el recurso. En todo caso, al valor determinado, se le adicionará cualquier desembolso que sea directamente atribuible a la preparación del activo para el uso previsto.
MEDICIÓN POSTERIOR
Después del reconocimiento, las propiedades, planta y equipo se medirán por el costo menos la depreciación acumulada menos el deterioro acumulado.
El valor residual, la vida útil y el método de depreciación serán revisados, como mínimo, al término de cada periodo contable y si existe un cambio significativo en estas variables, se ajustarán para reflejar el nuevo patrón de consumo de los beneficios económicos futuros o del potencial de servicio. Dicha modificación se contabilizará como un cambio en una estimación contable, de conformidad con la Norma de Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Corrección
DEPRECIACIÓN
La depreciación es la distribución sistemática del valor depreciable de un activo a lo largo de su vida útil en función del consumo de los beneficios económicos futuros.
La depreciación se determinará sobre el valor del activo o sus componentes menos el valor residual y se distribuirá sistemáticamente a lo largo de su vida útil
La depreciación de una propiedad, planta y equipo iniciará cuando esté disponible para su uso, esto es, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la administración de El Instituto.
El cargo por depreciación de un periodo se reconocerá como gasto en el resultado de este, salvo que deba incluirse en el valor en libros de otros activos de acuerdo con las normas de los Activos intangibles.
Los terrenos no serán objeto de depreciación, salvo que se demuestre que tienen una vida útil finita, es decir que, por el uso dado al terreno, sea factible establecer el tiempo durante el cual estará en condiciones de generar beneficios económicos.
La depreciación de un activo cesará cuando se produzca la baja en cuentas o cuando el valor residual del activo supere su valor en libros. La depreciación no cesará cuando el activo esté sin utilizar o se haya retirado del uso activo ni cuando el activo sea objeto de operaciones de reparación y mantenimiento. Sin embargo, si se utilizan métodos de depreciación en función del uso, el cargo por depreciación podría ser nulo cuando no tenga lugar ninguna actividad de producción.
El Instituto, depreciará sus activos utilizando el método lineal. VIDA ÚTIL
La vida útil de una propiedad, planta y equipo es el periodo durante el cual se espera utilizar el activo. La política de gestión de activos llevada a cabo por El Instituto podría implicar la disposición de los activos después de un periodo específico de utilización o después de haber consumido una cierta proporción de los beneficios económicos o potencial de servicio incorporados a ellos. Esto significa que la vida útil de un activo puede ser inferior a su vida económica, entendida como el periodo durante el cual se espera que un activo sea utilizable por parte de uno o más usuarios. Por lo tanto, la estimación de la vida útil de un activo se efectuará con fundamento en la experiencia que la entidad tenga con activos similares.
Con el fin de determinar la vida útil, se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes factores:
a) La utilización prevista del activo, evaluada con referencia a la capacidad o al producto físico que se espere de este;
b) el desgaste físico esperado, que depende de factores operativos, tales como: el programa de reparaciones y mantenimiento, el cuidado y conservación que se le da al activo mientras no se está utilizando;
c) la obsolescencia técnica o comercial procedente de los cambios o mejoras en la producción, o de los cambios en la demanda del mercado de los productos o servicios que se obtienen con el activo; y
d) los límites legales o restricciones similares sobre el uso del activo, tales como, las fechas de caducidad de los contratos de arrendamiento relacionados.
El Instituto determinó la vida útil de sus activos según su clasificación, como se presenta a continuación:
| Nombre de la Construcción | Años Vida Útil - Avalúos |
| Locales Plaza la Libertad | 100 años |
| Parqueaderos Plaza la Libertad | 100 años |
| Locales Plaza Losa | 100 años |
| Losa la libertad | 100 años |
| Estación Medellín | 100 años |
| Sede Administrativa | 100 años |
Bienes Muebles
| Nombre de la Construcción | Años Vida Útil - Avalúos |
| Maquinaria y Equipo (Ascensores, aire acondicionado, Bombas Hidráulicas, Plantas de Tratamientos). | 10 años |
| Muebles y Enseres | 10 años |
| Nombre de la Construcción | Años Vida Útil - Avalúos |
| Equipo de Computación y Comunicaciones | 5 años |
| Vehículos | 5 años |
La Gerencia Financiera aplicara los diferentes criterios teniendo en cuenta el concepto técnico del área responsable del bien a depreciar.
Cuando no se indique la vida útil del activo a depreciar por parte la Gerencia Financiera, se aplicará el máximo en años establecido en la tabla anterior.
DETERIORO DE VALOR
El deterioro de valor de un activo es una pérdida en sus beneficios económicos futuros, adicional al reconocimiento sistemático realizado a través de la depreciación o amortización. El deterioro de un activo, por tanto, refleja una disminución en los beneficios económicos futuros que el activo le genera a la empresa que lo controla.
Se evaluará los indicios de deterioro de valor de la propiedad, planta y equipo con base en lo siguiente:
a) Para los bienes inmuebles se evaluarán los indicios de deterioro de valor como mínimo una vez al año sin importar el costo del bien.
b) Para los bienes muebles, se evaluarán los indicios de deterioro de valor, sólo si el bien posee un costo superior a (1.000) UVT (unidad de valor tributaria).
c) Para el deterioro de valor, se podrá evaluar para aquellos activos que no excedan la suma señalada en los anteriores literales, de acuerdo con resultado del juicio profesional debidamente documentado se determina que pueden presentarse indicios internos o externos que afecten de forma significativa el valor de los activos, cuya omisión pueda influir en la relevancia y representación fiel de la información financiera para la rendición de cuentas, la toma de decisiones y el control.
PERIODICIDAD EN LA COMPROBACIÓN DEL DETERIORO
Como mínimo al final del periodo contable, El Instituto evaluará si existen indicios de deterioro del valor de sus activos. Si existe algún indicio, El Instituto estimará el valor de servicio recuperable del activo para comprobar si efectivamente se encuentra deteriorado; en caso contrario, la entidad no estará obligada a realizar una estimación formal del valor del servicio recuperable.
INDICIOS DE DETERIORO DE VALOR DE LOS ACTIVOS
Para determinar si hay indicios de deterioro del valor de un activo no generador de efectivo, El Instituto recurrirá, entre otras, a las siguientes fuentes externas e internas de información:
Fuentes Externas De Información:
a) Durante el periodo, han tenido lugar, o van a tener lugar en un futuro inmediato, cambios significativos con una incidencia adversa sobre El Instituto, los cuales están relacionados con el entorno legal, tecnológico o de política gubernamental, en los que opera la entidad.
b) Durante el periodo, el valor de mercado del activo ha disminuido significativamente más que lo que se esperaría como consecuencia del paso del tiempo o de su uso normal.
Fuentes Internas De Información:
a) Se dispone de evidencia sobre la obsolescencia o deterioro físico del activo.
b) Cambios significativos en la utilización o la manera como se usa o se espera usar el activo.
c) Se decide detener el desarrollo de la construcción del activo antes de su finalización o de su puesta en condiciones de funcionamiento.
d) Se dispone de evidencia procedente de informes internos realizado por el experto que indican que la capacidad del activo para suministrar bienes o servicios ha disminuido o va a ser inferior a la esperada.
e) Se han incrementado significativamente los costos de funcionamiento y mantenimiento del activo en comparación con los inicialmente presupuestados.
f) Si existe algún indicio de que el activo está deteriorado se verificará si existe pérdida por deterioro. En algunos casos podrá ser necesario revisar y ajustar la vida útil restante, el método de depreciación o de amortización, incluso si finalmente no se reconoce ningún deterioro del valor para el activo.
RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN DETERIORO
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El Instituto reconocerá una pérdida por deterioro del valor de un activo no generador de efectivo cuando su valor en libros supere el valor del servicio recuperable. El valor del servicio recuperable es el mayor entre el valor de mercado menos los costos de disposición y el costo de reposición.
La pérdida por deterioro se reconocerá como una disminución del valor en libros del activo y un gasto en el resultado del periodo.
Luego de reconocer una pérdida por deterioro del valor, los cargos por depreciación o amortización del activo se determinarán, para los periodos futuros, teniendo en cuenta el valor en libros ajustado por dicha pérdida. Esto permitirá distribuir el valor en libros ajustado del activo de una forma sistemática a lo largo de su vida útil restante.
MEDICIÓN DEL VALOR DEL SERVICIO RECUPERABLE
Para comprobar el deterioro del valor del activo, El Instituto estimará el valor del servicio recuperable, el cual corresponde al mayor valor entre el valor de mercado menos los costos de disposición y el costo de reposición.
No siempre será necesario determinar el valor de mercado del activo menos los costos de disposición y el costo de reposición. Si cualquiera de esos valores excede el valor en libros del activo, no habrá deterioro del valor y no será necesario estimar el otro valor.
Si no es factible medir el valor de mercado del activo menos los costos de disposición, El Instituto podrá utilizar el costo de reposición como el valor del servicio recuperable.
REVERSIÓN DE LAS PÉRDIDAS POR DETERIORO DE VALOR
El Instituto evaluará al final del periodo contable, si existe algún indicio a juicio del experto de que la pérdida por deterioro del valor reconocida en periodos anteriores ya no existe o podría haber disminuido. Si existe tal indicio, la entidad estimará nuevamente el valor del servicio recuperable del activo.
MEDICIÓN DE LA REVERSIÓN DEL DETERIORO
El valor del servicio recuperable corresponde al mayor valor entre el valor de mercado menos los costos de disposición y el costo de reposición. El Instituto revertirá una pérdida por deterioro del valor de un activo no generador de efectivo cuando su valor en libros sea inferior al valor del servicio recuperable
La reversión de la pérdida por deterioro se reconocerá como un incremento del valor en libros del activo, afectando el resultado del periodo.
En todo caso, el valor en libros del activo, después de la reversión de una pérdida por deterioro del valor, no excederá al valor en libros que tendría el activo si no se hubiera reconocido una pérdida por deterioro del valor en periodos anteriores.
Después de reconocer una reversión de la pérdida por deterioro del valor, los cargos por depreciación o amortización del activo se ajustarán para los periodos futuros con el fin de distribuir el valor en libros de una forma sistemática a lo largo de su vida útil restante.
BAJA EN CUENTAS
Un elemento de propiedad, planta y equipo se dará de baja cuando se pierda el control sobre el elemento o cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o enajenación. La pérdida o ganancia originada en la baja en cuentas de un elemento de propiedad, planta y equipo se calculará como la diferencia entre el valor de la contraprestación recibida, si existiere, y su valor en libros, y se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
Los bienes inservibles, lo destruido parcial o totalmente y los bienes perdidos se retiran de los activos, una vez agotado los procedimientos internos y legales aplicados en el Comité de Sostenibilidad Contable y Comité de Gerencia
REVELACIONES
El Instituto revelará, para cada clase de propiedad, planta y equipo, los siguientes aspectos:
a) Los métodos de depreciación utilizados;
b) las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizadas;
c) una conciliación entre los valores en libros al principio y al final del periodo contable, que muestre por separado lo siguiente: adquisiciones, adiciones realizadas, disposiciones, retiros, sustitución de componentes, inspecciones generales, reclasificaciones a otro tipo de activos, pérdidas por deterioro del valor reconocidas o revertidas, depreciación y otros cambios;
d) el efecto en los resultados producto de la baja en cuentas de un elemento de propiedad, planta y equipo;
e) el cambio en la estimación de la vida útil, así como el cambio en el método de depreciación;
f) el valor de la propiedad, planta y equipo en proceso de construcción, y el estado de avance y la fecha estimada de terminación. (en caso de que aplique);
g) el valor en libros de la propiedad, planta y equipo cuya titularidad o derecho de dominio tenga alguna restricción o de aquellas que estén garantizando el cumplimiento de pasivos; y
h) el valor reclasificado y una explicación detallada del origen del cambio, para el caso de las reclasificaciones desde o hacia propiedad, planta y equipo.
Para los activos objeto de deterioro que se consideren materiales, El Instituto revelará, en la clasificación que corresponda a propiedades, planta y equipo, la siguiente información:
a) El valor de las pérdidas por deterioro del valor reconocidas durante el periodo;
b) el valor de las reversiones de pérdidas por deterioro del valor reconocidas durante el periodo;
c) los eventos y circunstancias que hayan llevado al reconocimiento o a la reversión de la pérdida por deterioro del valor; y
d) si el valor del servicio recuperable se estableció con base en el valor de mercado menos los costos de disposición o el costo de reposición y el enfoque que se utilizó para la determinación de este último.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO ALCANCE
El alcance de esta política contable abarca las erogaciones en las cuales se acuerda un pago antes de que El Instituto obtenga el beneficio que del mismo se deriva o como garantía para asegurar una transacción, la obtención de un bien o un servicio que se recibirá de terceros.
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán el valor de los pagos anticipados por concepto de la adquisición de bienes y servicios que se recibirán de terceros, tales como seguros, intereses, impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones, entre otros.
MEDICIÓN INICIAL
Los bienes y servicios pagados por anticipado se medirán por el valor de la transacción, el cual corresponderá al valor entregado al tercero.
MEDICIÓN POSTERIOR
Los bienes y servicios pagados por anticipado se medirán. adicionando los valores que se generen posterior al valor de la transacción.
Además, se amortizará el valor de los bienes y servicios pagados por anticipado durante el periodo en que se reciban los bienes y servicios, o se causen los costos o gastos, según el tipo de bien o servicio pagado
BAJA EN CUENTAS
El Instituto dejará de reconocer los activos que están en el alcance de esta política, cuando:
a) El tercero que recibió los recursos no cumplió con el objeto del contrato;
b) los recursos entregados no se encuentran amparados bajo una póliza de cumplimiento;
c) se renuncie a los derechos o cuando los riesgos y ventajas inherentes se transfieran a un tercero; y
d) expiren los términos de ley para reclamar los recursos entregados y no aplicados.
REVELACIONES
La Gerencia Financiera, teniendo en cuenta la información reportada desde los diferentes procesos para cada tipo de bien y servicio pagado por anticipado, deberá revelar la siguiente información:
a) Información relativa al valor en libros y las condiciones del anticipo, tales como: plazo, vencimiento y restricciones que el anticipo le imponga a El Instituto;
b) el tipo de bien o servicio que se recibirá;
c) en los casos que sea posible, el porcentaje que represente el anticipo sobre el valor total del contrato;
d) la existencia de pólizas de cumplimiento asociadas al contrato; y
e) el valor de la amortización reconocida en el resultado del periodo.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
ACTIVOS INTANGIBLES ALCANCE
El alcance de esta política contable para El Instituto abarca todas las erogaciones que tengan el carácter de intangible, sobre las cuales se tiene el control, se espera obtener beneficios económicos futuros y se pueden realizar mediciones fiables.
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como activos intangibles los recursos identificables, de carácter no monetario y sin apariencia física, sobre los cuales El Instituto tiene el control, espera obtener potencial de servicio y puede realizar mediciones fiables. Estos activos se caracterizan porque no se espera venderlos en el curso de las actividades del Instituto y se prevé usarlos durante 12 meses o más.
El Instituto controla un activo intangible cuando puede obtener los beneficios económicos futuros de los recursos derivados de este y puede restringir el acceso de terceras personas a tales beneficios. Un activo intangible produce beneficios económicos futuros cuando:
a) Puede generar ingresos procedentes de la venta de bienes o servicios en los cuales se usa el activo intangible;
b) puede generar rendimientos diferentes de los derivados del uso del activo por parte del Instituto o;
c) le permite al Instituto disminuir sus costos o gastos.
No se reconocerán como activos intangibles las marcas, las listas de clientes ni otras partidas similares que se hayan generado internamente. Tampoco se reconocerán como activos intangibles los desembolsos por actividades de capacitación; la publicidad y actividades de promoción; los desembolsos por reubicación o reorganización de una parte o la totalidad de El Instituto.
Las adiciones y mejoras efectuadas a un activo intangible se reconocerán como mayor valor de este y, en consecuencia, afectarán el cálculo futuro de la amortización. Las adiciones y mejoras son erogaciones en que incurre el Instituto para aumentar la vida útil del activo, ampliar su capacidad productiva y eficiencia operativa, mejorar la calidad de los productos y servicios, o reducir significativamente los costos.
MEDICIÓN INICIAL
Los activos intangibles se medirán al costo de su adquisición.
ACTIVOS INTANGIBLES ADQUIRIDOS
El costo de un activo intangible que se adquiere en forma separada estará conformado por el precio de adquisición, e impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición y cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto. Cualquier descuento o rebaja del precio se reconocerá como un menor valor del activo intangible y afectará la base de amortización.
Cuando se adquiera un activo intangible sin cargo alguno o por una contraprestación simbólica, el Instituto lo medirá de acuerdo con la Norma de ayudas gubernamentales y subvenciones. En todo caso, al valor determinado, se le adicionará cualquier desembolso que sea directamente atribuible a la preparación del activo para el uso previsto.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, los activos intangibles se medirán por su costo menos la amortización acumulada menos el deterioro acumulado.
AMORTIZACIÓN
La amortización iniciará cuando el activo esté disponible para su utilización, es decir, cuando se encuentre en la ubicación y condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la administración de El Instituto. El cargo por amortización de un periodo se reconocerá como gasto en el resultado de este, salvo que deba incluirse en el valor en libros de otros activos.
La amortización acumulada de un activo intangible estará en función de la vida útil y el método de amortización.
VIDA ÚTIL
La vida útil de un activo intangible dependerá del periodo durante el cual El Instituto espere recibir los beneficios económicos asociados al activo. Esta se determinará en función del tiempo durante el cual el Instituto espere utilizar el activo. Si no es posible
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hacer una estimación fiable de la vida útil de un activo intangible, se considerará que este tiene vida útil indefinida y no será objeto de amortización.
La vida útil de los activos intangibles estará dada por el menor periodo entre el tiempo en que se obtendrían los beneficios económicos esperados y el plazo establecido conforme a los términos contractuales, siempre y cuando el activo intangible se encuentre asociado a un derecho contractual o legal.
La vida útil de un activo intangible asociado a un derecho contractual o legal fijado por un plazo limitado que puede renovarse incluirá el periodo de renovación cuando exista evidencia que respalde que la renovación no tiene un costo significativo. Si el costo de la renovación es significativo en comparación con los beneficios económicos futuros que se espera fluyan al Instituto como resultado de esta, estos costos formarán parte del costo de adquisición de un nuevo activo intangible en la fecha de renovación.
La vida útil determinada para los intangibles se presenta a continuación:
| Desglose | Vida útil |
| Software adquirido | Entre 1 y 5 años de vida finita según lo pactado contractualmente. Vidas indefinidas. |
| Licencias | Entre 1 y 5 años de vida finita según lo pactado contractualmente. Vidas indefinidas. |
MÉTODO DE AMORTIZACIÓN
La Gerencia Financiera, utilizará el método lineal de amortización para distribuir el valor amortizable de los activos intangibles. El método de amortización se aplicará uniformemente en todos los periodos, a menos que se produzca un cambio en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros o del potencial de servicio incorporados en el activo.
La Gerencia Financiera revisará el método de amortización, como mínimo, al término del periodo contable y se actualizará con base en las estimaciones que realicen para reflejar el nuevo patrón de consumo de los beneficios económicos futuros o del potencial de servicio. Se tratará como un cambio en las estimaciones contables, según el Manual de Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Corrección de Errores.
DETERIORO DE VALOR
El deterioro de valor de un activo es una pérdida en sus beneficios económicos futuros, adicional al reconocimiento sistemático realizado a través de la depreciación o amortización. El deterioro de un activo, por tanto, refleja una disminución en los beneficios económicos futuros que el activo le genera a la empresa que lo controla.
Se evaluará los indicios de deterioro de valor de los activos intangibles con base en lo siguiente:
a) Se evaluarán los indicios de deterioro de valor como mínimo una vez al año sin importar el costo del bien.
b) Se evaluarán los indicios de deterioro de valor, sólo si el bien posee un costo superior a (30) UVT (unidad de valor tributaria).
c) No obstante, se podrá evaluar para aquellos activos que no excedan la suma señalada, si como resultado del juicio profesional, determinan que pueden presentarse indicios internos o externos que afecten de forma significativa el valor de los activos, cuya omisión pueda influir en la relevancia y representación fiel de la información financiera para la rendición de cuentas, la toma de decisiones y el control.
PERIODICIDAD EN LA COMPROBACIÓN DEL DETERIORO
Como mínimo al final del periodo contable, El Instituto evaluará si existen indicios de deterioro del valor de sus activos intangibles. Si existe algún indicio, El Instituto estimará el valor de servicio recuperable de los activos intangibles para comprobar si efectivamente se encuentra deteriorado; en caso contrario, la entidad no estará obligada a realizar una estimación formal del valor del servicio recuperable.
INDICIOS DE DETERIORO DE VALOR DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES
El Instituto evaluará si existe algún indicio de que el activo intangible está deteriorado, se verificará si existe pérdida por deterioro. En algunos casos podrá ser necesario revisar y ajustar la vida útil restante, el método de depreciación o de amortización, o el valor residual del activo, incluso si finalmente, no se reconoce ningún deterioro del valor para el activo intangible considerado.
RECONOCIMIENTO
El Instituto reconocerá una pérdida por deterioro del valor de un activo intangible cuando su valor en libros supere el valor del servicio recuperable. El valor del servicio recuperable es el mayor entre el valor de mercado menos los costos de disposición y el costo de reposición.
La pérdida por deterioro se reconocerá como una disminución del valor en libros del activo intangible y un gasto en el resultado del periodo.
Luego de reconocer una pérdida por deterioro del valor, los cargos por amortización del activo intangible se determinarán, para los periodos futuros, teniendo en cuenta el valor en libros ajustado por dicha pérdida. Esto permitirá distribuir el valor en libros ajustado del activo intangible de una forma sistemática a lo largo de su vida útil restante.
MEDICIÓN DEL VALOR DEL SERVICIO RECUPERABLE
Para comprobar el deterioro del valor del activo intangible, El Instituto estimará el valor del servicio recuperable, el cual corresponde al mayor valor entre el valor de mercado menos los costos de disposición y el costo de reposición.
No siempre será necesario determinar el valor de mercado del activo menos los costos de disposición y el costo de reposición. Si cualquiera de esos valores excede el valor en libros del activo, no habrá deterioro del valor y no será necesario estimar el otro valor.
Si no es factible medir el valor de mercado del activo menos los costos de disposición, El Instituto podrá utilizar el costo de reposición como el valor del servicio recuperable.
REVERSIÓN DE LAS PÉRDIDAS POR DETERIORO DE VALOR
El Instituto evaluará al final del periodo contable, si existe algún indicio de que la pérdida por deterioro del valor reconocida en periodos anteriores ya no existe o podría haber disminuido. Si existe tal indicio, la entidad estimará nuevamente el valor del servicio recuperable del activo.
MEDICIÓN DE LA REVERSIÓN DEL DETERIORO
El Instituto revertirá una pérdida por deterioro del valor de un activo no generador de efectivo cuando su valor en libros sea inferior al valor del servicio recuperable. El valor del servicio recuperable corresponde al mayor valor entre el valor de mercado menos los costos de disposición y el costo de reposición. Para el cálculo del costo de reposición, la entidad empleará el mismo enfoque utilizado en la determinación del deterioro originalmente reconocido.
La reversión de la pérdida por deterioro se reconocerá como un incremento del valor en libros del activo, afectando el resultado del periodo.
En todo caso, el valor en libros del activo, después de la reversión de una pérdida por deterioro del valor, no excederá al valor en libros que tendría el activo si no se hubiera reconocido una pérdida por deterioro del valor en periodos anteriores.
Después de reconocer una reversión de la pérdida por deterioro del valor, los cargos por depreciación o amortización del activo se ajustarán para los periodos futuros con el fin de distribuir el valor en libros revisado del activo menos su valor residual, si existiere, de una forma sistemática a lo largo de su vida útil restante.
BAJA EN CUENTAS
Un activo intangible se dará de baja cuando se pierda el control sobre el elemento o cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso. La pérdida o ganancia originada en la baja en cuentas del activo intangible se calculará como la diferencia entre el valor de la contraprestación recibida, si existiere, y su valor en libros, y se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
REVELACIONES
El Instituto revelará, para cada clase de activos intangibles, lo siguiente:
a) Las vidas útiles o las tasas de amortización utilizadas.
b) Los métodos de amortización utilizados.
c) Una conciliación entre los valores en libros al principio y al final del periodo contable que muestre por separado lo siguiente: adiciones realizadas, disposiciones, adquisiciones, amortizaciones, deterioros del valor reconocidos o revertidos.
d) El valor por el que se hayan reconocido inicialmente los activos intangibles.
e) La descripción, valor en libros y periodo de amortización restante de cualquier activo intangible individual que sea significativo para los estados financieros del Instituto.
Para los activos intangibles objeto de deterioro que se consideren materiales, se revelará, en la clasificación que corresponda la siguiente información:
a) Identificación del activo y el valor de las pérdidas por deterioro del valor reconocidas durante el periodo.
b) El valor de las reversiones de pérdidas por deterioro del valor reconocidas durante el periodo.
c) Los eventos y circunstancias que hayan llevado al reconocimiento o a la reversión de la pérdida por deterioro del valor.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición inicial | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición Posterior | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS
ALCANCE
Representa los valores entregados por la entidad, en calidad de avance o anticipo, para la obtención de bienes y servicios, así como los correspondientes a los viáticos y anticipos para gastos de viaje que están pendientes de legalización.
RECONOCIMIENTO
Se reconocen en el momento en que se transfiera el efectivo o equivalente al efectivo a un tercero en cumplimiento a los compromisos contractuales adquiridos.
MEDICIÓN INICIAL
Los avances y anticipos entregados y los bienes y servicios pagados por anticipado se medirán por el valor de la transacción, el cual corresponderá al valor entregado al tercero.
MEDICIÓN POSTERIOR
Se actualiza con la legalización de los recursos entregados por parte de los responsables originados por la entrega de bienes o prestación de servicios
BAJA EN CUENTAS
El Instituto dejará de reconocer los activos que están en el alcance de esta política, cuando:
- Se renuncie a los derechos o cuando los riesgos y ventajas inherentes se transfieran a un tercero.
- No se espera un beneficio económico futuro.
- -Expiren los términos de Ley para reclamar los recursos entregados y no aplicados.
REVELACIONES
El Instituto revelará información relativa al valor en libros y a las condiciones de las partidas de otros activos, tales como:
- Deudor, monto y antigüedad de anticipos entregados.
- Monto de los reintegros de recursos entregados por terminación anticipada.
- El monto de los bienes y gastos reconocidos durante la vigencia, para los bienes y servicios pagados por anticipado.
- Los valores llevados a cuenta por cobrar a cargo del servidor, que sean relevantes.
- el método de amortización utilizado, la tasa aplicada y los valores acumulados
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Administrativa | Gerente |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
DERECHOS DE COMPENSACIONES POR IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES
ALCANCE
El alcance de esta política contable comprende los siguientes recursos controlados por El Instituto:
- Anticipo de impuesto de industria y comercio
- Impuesto de industria y comercio retenido
RECONOCIMIENTO
Se reconocerá el valor de los recursos a favor del Instituto por concepto de anticipos de impuestos, así como los saldos a favor originados en liquidaciones de declaraciones tributarias y contribuciones, que serán solicitados como devolución o compensación en liquidaciones futuras.
MEDICIÓN INICIAL
Los derechos de compensaciones por impuestos y contribuciones se medirán por el valor de la transacción.
MEDICIÓN POSTERIOR
Se medirá durante el periodo las compensaciones que se reciban por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones que figuren a su cargo, a través de la utilización de un saldo a favor determinado en una liquidación privada de sus declaraciones tributarias y/o aduaneras, o en una actuación oficial, siguiendo los procedimientos y cumpliendo los requisitos establecidos para tal fin.
BAJA EN CUENTAS
La Gerencia Financiera dará de baja los saldos a favor de impuestos con base en la notificación de devolución o compensación que reciba de la administración de impuestos, una vez se haga la respectiva validación de que los recursos efectivamente han ingresado a las cuentas bancarias del Instituto.
En caso de que la administración de impuestos le notifique que no se ejecutará la devolución, se deberá dar de baja el saldo a favor con base en dicho soporte.
Los anticipos del impuesto de industria y comercio se darán de baja con base en la declaración anual de ICA.
REVELACIONES
El Instituto revelará la siguiente información.
a) Información relativa al valor en libros y los motivos por los que se generó el anticipo o saldo a favor. saldo a favor.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Gestión Financiera | Director |
| Medición inicial | Dirección de Gestión Financiera | Director |
| Medición Posterior | Dirección de Gestión Financiera | Director |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director |
RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN ALCANCE
El alcance de esta política contable comprende los recursos controlados por El Instituto, que se entregan a una entidad, con el propósito de que esta cumpla una finalidad específica. La entrega de recursos puede hacerse directamente o a través de otra entidad.
Los recursos bajo el control de El Instituto son aquellos sobre los cuales esta tiene la capacidad de definir su uso establecido en el objeto del contrato con el tercero., a través de la aplicación de los recursos administrados a la finalidad establecida, o para generar beneficios económicos futuros, los cuales se pueden materializar en el pago de obligaciones a cargo de la entidad o en la obtención de ingresos.
RECONOCIMIENTO
El Instituto reconocerá en esta categoría los recursos entregados en efectivo y equivalentes al efectivo a su favor que se originan en contratos y/o convenios para la administración de recursos bajo diversas modalidades, celebrados con las distintas entidades
MEDICIÓN INICIAL
Los recursos entregados en administración se medirán por el valor de la transacción, que corresponderá al valor entregado a las entidades administradoras de los recursos de El Instituto.
MEDICIÓN POSTERIOR
Se medirá con base en el informe de ejecución financiera, entregado por el administrador del recurso, el cual deberá ser revisado y aprobado por el supervisor asignado por el instituto para el control del contrato del instituto.
BAJA EN CUENTAS
Se dará de baja con el acta de liquidación, cuando se renuncie a los derechos o expiren los términos de ley para reclamar los recursos entregados.
REVELACIONES
El Instituto, revelará la siguiente información.
a) Para cada contrato de recursos entregados en administración a otras entidades públicas, convenios interadministrativos y contratos de mandatos, se revelará un informe que contenga el saldo inicial, las adiciones, los desembolsos y el saldo final para cada periodo contable;
b) las condiciones generales del contrato, incluyendo el objeto del contrato, el saldo a la fecha de cierre contable de los Estados Financieros, la modalidad bajo la cual se entregaron, tiempo de ejecución y la entidad encargada de administrarlos; y
c) cuando aplique, los honorarios o las comisiones pagadas a la entidad encargada de administrar los recursos.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Oficina de comunicaciones Dirección de Gestión Humana – Convenios y Cooperación | Director (a) |
| Medición inicial | Oficina de comunicaciones Dirección de Gestión Humana – Convenios y Cooperación | Director (a) |
| Medición Posterior | Oficina de Comunicaciones Dirección de Gestión Humana – Convenios y Cooperación | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
COSTOS DE FINANCIACIÓN ALCANCE
a) La presente norma será aplicada a la contabilización de los costos de endeudamiento.
b) La presente norma se aplicará a todas las entidades del sector público, excepto a Empresas Públicas.
c) La presente Norma no se ocupa del costo efectivo o imputable al activo neto/patrimonio. Cuando una jurisdicción aplique una carga al capital de las entidades individuales, se requerirá del criterio para determinar si tal cargo satisface la definición de costo de endeudamiento o si debe ser tratado como un costo efectivo o imputable al activo neto/patrimonio.
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como un mayor valor de los activos los costos de financiación directamente atribuibles a la adquisición, construcción, desarrollo o producción, de un activo apto. Un activo apto es aquel que requiere necesariamente de un periodo sustancial para que esté en condiciones de utilización, venta, explotación o generación de rentas o plusvalías. Los demás costos de financiación se reconocerán como gastos en el periodo en que se incurra en ellos.
MEDICIÓN
Cuando los fondos que originan los costos de financiación se puedan asociar específicamente a un activo apto, la empresa capitalizará el valor de dichos costos incurridos durante el periodo contable, deduciendo los rendimientos obtenidos por la inversión temporal de tales fondos.
Si los fondos se obtienen a través de préstamos genéricos, la empresa determinará el valor de los costos por financiación aplicando una tasa de capitalización a los desembolsos efectuados en dicho activo. La tasa de capitalización corresponde al promedio ponderado de los costos de financiación relacionados con los préstamos recibidos por la empresa que han estado vigentes en el periodo.
No harán parte de este cálculo, los fondos y costos por financiación que se hayan asociado específicamente a un activo apto. El valor de los costos de financiación que la empresa capitalice durante el periodo no excederá el total de costos de financiación incurridos durante ese mismo periodo.
Cuando el valor en libros o el costo final del activo al cual se le han capitalizado costos de financiación exceda su valor recuperable, su valor neto de realización, o su costo de reposición (según corresponda), se reducirá el valor en libros o se dará de baja el activo de acuerdo con las exigencias de las normas correspondientes. En ciertos casos, el valor reducido o dado de baja se recuperará y se podrá reponer de acuerdo con las normas que correspondan.
COSTOS DE ENDEUDAMIENTO – TRATAMIENTO ALTERNATIVO PERMITIDO
Los costos de endeudamiento deberán reconocerse como gastos en el ejercicio en que se incurran, excepto en lo que corresponda a la capitalización de intereses en los que se hayan incurrido de conformidad con el párrafo siguiente.
Los costos de endeudamiento que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo pre-habilitable deberán capitalizarse formando parte del costo de dicho activo. El importe de los costos de endeudamiento calificables para su capitalización deberá determinarse de conformidad con la presente norma.
Bajo el tratamiento alternativo permitido, los costos de endeudamiento que son directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo, se incluyen en el costo de dicho activo. Tales costos de endeudamiento se capitalizan como parte del costo del activo cuando es probable que generen beneficios económicos futuros o a un servicio potencial para la entidad y se les puede evaluar de manera confiable. Los otros costos de endeudamiento se reconocen como gasto del ejercicio en que se ha incurrido en ellos.
Si la entidad adopta el tratamiento alternativo permitido, dicho tratamiento deberá aplicarse de manera consistente a todos los costos de endeudamiento que sean directamente atribuibles a la adquisición construcción o producción de todos los activos pre - Habilitables de la entidad.
COSTOS DE ENDEUDAMIENTO CALIFICABLES PARA SU CAPITALIZACIÓN
Costos de endeudamiento que son diferentes atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo pre-habilitable son aquellos que se habría evitado de no haberse efectuado desembolsos para el activo pre-habilitable. Cuando la entidad consigue fondos específicamente con el fin de obtener un particular activo pre-habilitable, los costos de endeudamiento directamente relacionados con dicho activo pueden ser prontamente identificados.
Puede ser difícil identificar una relación directa entre un préstamo en particular y un activo pre-habilitable y determinar el endeudamiento que, de otro modo, se podría haber evitado.
Esta dificultad se produce, por ejemplo, cuando las actividades de financiación de la entidad se coordinan de modo centralizado. También se producen dificultades cuando la entidad económica utiliza una variedad de instrumentos de endeudamientos para conseguir fondos a tasas de interés variables y transfiere dichos fondos en diferentes modalidades a otras entidades de la entidad económica. Los fondos en préstamo obtenidos centralizadamente pueden transferirse a otras entidades conformantes de la entidad económica, bajo la forma de otorgamiento de préstamos, subvenciones o inyecciones de capital. Estas transferencias pueden hacerse libres de intereses o se puede prescribir que se recupere sólo una porción del costo efectivo de los intereses. Otras implicaciones surgen cuando se hace uso de préstamos con denominación en moneda extranjera o asociadas a una moneda extranjera – en caso de que la entidad económica opere en economías altamente inflacionarias – y otras más son causadas por las fluctuaciones en los tipos de cambio. Como consecuencia, la determinación del importe de los costos de endeudamiento que son directamente atribuibles a la adquisición de un activo pre-habilitable se hace difícil y se requiere de la aplicación del criterio para realizarla.
En la medida que los fondos se hayan tomado prestados específicamente con el propósito de obtener un activo que cumpla las condiciones para su calificación como tal, el importe de los costos por intereses susceptibles de capitalización en ese activo se determinará según los costos reales incurridos por tales préstamos durante el periodo, menos los rendimientos conseguidos por la colocación de tales fondos en inversiones temporales.
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Según los acuerdos financieros relativos a los activos que cumplan las condiciones correspondientes para su calificación, puede suceder que la entidad obtenga los fondos, e incurra en costos por intereses, antes de que los mismos sean usados para hacer desembolsos que correspondan al activo en cuestión. En tales circunstancias, la totalidad o una parte de los fondos se pueden invertir temporalmente a la espera de hacer los desembolsos correspondientes al citado activo. Para determinar la cuantía de los costos por intereses susceptibles de ser capitalizados durante el periodo, cualquier rendimiento obtenido de tales fondos se deduce de los costos por intereses incurridos en el mismo.
En la medida en que los fondos procedan de préstamos genéricos, usados para obtener el activo que cumple las condiciones para su calificación, el importe de los costos por intereses susceptibles de ser capitalizados debe ser determinado aplicando una tasa de capitalización a los desembolsos efectuados en dicho activo. La tasa de capitalización debe ser la media ponderada de los costos por intereses aplicables a los préstamos recibidos por la entidad, que han estado vigentes en el periodo, y son diferentes de los específicamente acordados para financiar el activo. El importe de los costos por intereses, capitalizados durante el periodo, no debe exceder del total de costos por intereses en que se ha incurrido durante ese mismo periodo.
Sólo se pueden capitalizar aquellos costos de endeudamiento que son aplicables a los préstamos obtenidos por la entidad. Cuando la entidad controladora, sin asignarle costos por intereses, o asignándole sólo parte de éstos, la entidad controladora puede capitalizar únicamente aquellos costos por intereses en que ella misma haya incurrido. Cuando la entidad controladora recibe un aporte de capital libre de intereses, o una subvención de capital, no incurre en ningún costo por intereses y no tiene, por consiguiente, que hacer ninguna capitalización de estos costos.
Cuando la entidad controladora transfiere fondos con un costo parcial a una entidad controlada, la entidad controlada puede capitalizar la porción de dichos costos por intereses en que ella misma haya incurrido. En los estados financieros de la entidad económica se puede capitalizar el importe total de los costos por intereses como parte del activo calificado, siempre que se hayan hecho los ajustes de consolidación necesarios para eliminar los costos capitalizados por la entidad controlada.
Cuando la entidad controladora haya transferido fondos sin ningún costo a una entidad controlada, ni la entidad controladora ni la entidad controlada cumplen los criterios para la capitalización de los costos por intereses. Sin embargo, si la entidad económica ha satisfecho tales criterios, en sus estados financieros puede capitalizar los costos por intereses como parte del activo calificado.
En algunas circunstancias, podría ser adecuado incluir todos los préstamos recibidos por la controladora y sus entidades controladas al calcular la media ponderada de los costos por intereses; en otros casos, sin embargo, será adecuado utilizar, para cada entidad controlada, una media ponderada de los costos por intereses atribuibles a sus propios préstamos.
INICIO DE CAPITALIZACIÓN
La capitalización de los costos de financiación comenzará en la fecha en la que la empresa cumpla por primera vez, todas y cada una de las siguientes condiciones: incurre en desembolsos relacionados con la adquisición, construcción, desarrollo o producción del activo; incurre en costos de financiación; y lleva a cabo las actividades necesarias en la preparación del activo para el fin previsto.
Los desembolsos relativos a un activo incluirán únicamente los desembolsos que hayan dado lugar a pagos en efectivo, transferencias de otros activos o asunción de pasivos que devenguen intereses. El valor de los desembolsos se reducirá por la cuantía de los anticipos y ayudas recibidas en relación con el activo. La empresa podrá usar el valor en libros promedio del activo (incluyendo los costos de financiación capitalizados anteriormente) durante un periodo como una aproximación de los desembolsos a los que se les aplique la tasa de capitalización en ese periodo.
SUSPENSIÓN DE LA CAPITALIZACIÓN
La empresa suspenderá la capitalización de los costos de financiación durante los periodos en los que se haya interrumpido el desarrollo de las actividades necesarias para dejar el activo en condiciones de uso o venta, siempre que dicha interrupción se extienda de manera significativa en el tiempo. Durante este periodo de interrupción, los costos de financiación se reconocerán como gasto en el resultado del periodo. Sin embargo, la empresa no suspenderá la capitalización cuando una demora temporal sea necesaria como parte del proceso de preparación de un activo para el uso previsto o para la venta.
FINALIZACIÓN DE LA CAPITALIZACIÓN DE LOS COSTOS DE FINANCIACIÓN
La capitalización de los costos de financiación finalizará cuando se completen todas, o prácticamente todas, las actividades necesarias para dejar el activo en condiciones de uso o venta. Por lo tanto, los costos por financiación posteriores en que incurra la empresa se reconocerán como gasto en el resultado del periodo.
Cuando la empresa complete la construcción de un activo por partes y cada parte se pueda utilizar por separado mientras continúe la construcción de las restantes, la empresa cesará la capitalización de los costos de financiación una vez estén terminadas, sustancialmente, todas las actividades necesarias en la preparación de esa parte para el uso al que está destinada o para la venta.
Cuando la construcción de un activo, que cumple las condiciones que le califican para poder capitalizar costos por intereses, se realiza por partes, y cada parte es capaz de ser utilizada por separado mientras se terminan las restantes, la capitalización de los costos por intereses debe finaliza cuando estén terminadas, sustancialmente, todas las actividades necesarias para preparar esa parte para su utilización deseada o su
REVELACIONES
En los estados Financieros se debe revelar información acerca de los siguientes extremos:
a) el valor de los costos de financiación capitalizados durante el periodo;
b) la tasa de capitalización utilizada para determinar el valor de los costos de financiación susceptibles de capitalización;
c) las fuentes y monto de la financiación;
d) la moneda de la transacción;
e) el valor de los rendimientos generados u obtenidos con los fondos de financiación asociados al activo;
f) las fechas de comienzo, suspensión y finalización de la capitalización de los costos de financiación; y
g) las políticas contables específicas adoptadas por la empresa para definir el periodo sustancial y la suspensión de la capitalización.
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Financiera | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Financiera | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Financiera | Gerente |
| Revelación | Gerencia Financiera | Gerente |
OPERACIONES DE BANCA CENTRAL E INSTITUCIONES FINANCIERAS
ALCANCE
Esta política representa el valor de los recursos captados por el IDEA para el apoyo al fomento y desarrollo regional, de acuerdo con las normas especiales que rigen esta clase de operaciones y entidades.
RECONOCIMIENTO
- Depósitos a la vista
- Depósitos a término
- Convenios (Fondos especiales)
Los depósitos a la vista corresponden a los efectuados en la modalidad de disponibilidad inmediata, en los cuales se liquidan y capitalizan diariamente los intereses generados, estos depósitos están ligados a la Deposito a Termini Fijo - DTF
Los depósitos a término son efectuados con plazos preestablecidos para su vencimiento, plazo mínimo 30 días, los intereses se liquidan diariamente, pero se entregan al vencimiento, estos depósitos se asimilan a una cuenta de ahorros con un pacto de permanencia; al momento de constituirse se emite un certificado el cual no es negociable en el mercado, es únicamente a favor del primer beneficiario (entidad o municipio).
MEDICIÓN INICIAL
Las operaciones de captación y servicios financieros se medirán por el valor recibido.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, las operaciones de captación y servicios financieros se medirán al costo amortizado, el cual corresponde al valor inicialmente reconocido más el costo efectivo reconocido menos los pagos de capital e intereses realizados. El costo efectivo se calculará multiplicando el costo amortizado del saldo captado por la tasa de interés efectiva.
BAJA EN CUENTAS
Se dará de baja en cuentas, total o parcialmente, una operación de captación y servicios financieros cuando se extingan las obligaciones que lo originaron, esto es, cuando la obligación se pague, expire o se transfiera a un tercero o cuando el acreedor renuncie a ella.
REVELACIONES
La deuda adquirida mediante la obtención una operación de captación y servicios financieros se revelará:
- Tipo de cliente
-Saldo de la deuda por captación
-Tasa de efectivo anual
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Comercial | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Comercial | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Comercial | Gerente |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
CUENTAS POR PAGAR ALCANCE
Esta política aplica para todas las cuentas por pagar del Instituto tales como:
- Adquisición de bienes y servicios nacionales
- Subvenciones por pagar
- Recursos a favor de terceros
- Descuentos de nómina
- Retención en la fuente e impuesto de timbre
- Impuestos, contribuciones y tasas
- Impuesto al valor agregado - IVA
- Otras cuentas por pagar
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como cuentas por pagar las obligaciones adquiridas por la empresa con terceros, originadas en el desarrollo de sus actividades y de las cuales se espere, a futuro, la salida de un flujo financiero fijo o determinable a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento.
CLASIFICACIÓN
Las cuentas por pagar se clasificarán en la categoría del valor razonable.
MEDICIÓN INICIAL
Las cuentas por pagar se medirán por el valor de la transacción.
Las Cuentas por Pagar en moneda extranjera se medirán al valor de la TRM del día de entrada y recibo del bien o servicio o de acuerdo a lo pactado con el proveedor en el respectivo contrato.
Las Cuentas por Pagar en moneda extranjera por concepto de viáticos y gasto de viaje se medirán al valor de la TRM del día de expedición del acto administrativo que lo autorice.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, las cuentas por pagar y mantendrán por el valor de la transacción.
BAJA EN CUENTAS
Se dará de baja en cuentas, total o parcialmente, una cuenta por pagar cuando se extingan las obligaciones que la originaron, esto es, cuando la obligación se pague, expire o se transfiera a un tercero o cuando el acreedor renuncie a ella.
La diferencia entre el valor en libros de la cuenta por pagar que se da de baja en cuentas y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
Cuando el acreedor renuncie al derecho de cobro o un tercero asuma la obligación de pago, el Instituto aplicará la Norma de ayudas gubernamentales y subvenciones.
REVELACIONES
El Instituto revelará información relativa al valor en libros y a las condiciones de la cuenta por pagar, tales como: plazo, tasa de interés (de ser pactada) y vencimiento.
Si el IDEA infringe los plazos o incumple con el pago del principal, intereses o cláusulas de reembolso, revelará:
a) Los detalles de esa infracción o incumplimiento;
b) el valor en libros de las cuentas por pagar relacionadas al finalizar el periodo contable; y
c) la corrección de la infracción o renegociación de las condiciones de las cuentas por pagar antes de la fecha de autorización para la publicación de los estados financieros.
Cuando se dé de baja en cuentas, total o parcialmente, una cuenta por pagar, se revelará la ganancia reconocida en el resultado del periodo y las razones de su baja en cuentas.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | IDEA | Gerentes - Directivos |
| Medición inicial | IDEA | Gerentes - Directivos |
| Medición Posterior | IDEA | Gerentes - Directivos |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
PRÉSTAMOS POR PAGAR ALCANCE
Esta política aplica para todas los Préstamos por Pagar, para el siguiente concepto:
Financiamiento interno de largo plazo
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como préstamos por pagar, los recursos financieros recibidos por el Instituto para su uso y de los cuales se espera, a futuro, la salida de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento.
CLASIFICACIÓN
Los préstamos por pagar se clasificarán en la categoría de costo amortizado, con independencia de que se originen en operaciones de crédito público o en operaciones de financiamiento autorizadas por vía general.
MEDICIÓN INICIAL
Los préstamos por pagar se medirán por el valor recibido. En caso de que la tasa de interés pactada sea inferior a la tasa de interés del mercado, se medirán por el valor presente de los flujos futuros descontados utilizando la tasa de referencia del mercado para transacciones similares. La diferencia entre el valor recibido y el valor presente se reconocerá como ingreso, de acuerdo con lo establecido en la Norma de ayudas gubernamentales y subvenciones.
Los costos de transacción disminuirán el valor del préstamo por pagar. Los costos de transacción en los que se incurra con anterioridad al reconocimiento del préstamo se reconocerán como un activo diferido. Cuando el préstamo por pagar se reconozca, el Instituto disminuirá del valor del préstamo los costos de transacción previamente reconocidos y disminuirá el activo diferido.
Los costos de transacción son los costos incrementales directamente atribuibles al préstamo por pagar, estos incluyen, por ejemplo, honorarios y comisiones pagadas a asesores o abogados. Se entiende como un costo incremental, aquel en el que no se habría incurrido si el Instituto no se le hubiera concedido el préstamo.
MEDICIÓN POSTERIOR
Con posterioridad al reconocimiento, los préstamos por pagar se medirán al costo amortizado, el cual corresponde al valor inicialmente reconocido más el costo efectivo reconocido menos los pagos de capital e intereses realizados. El costo efectivo se calculará multiplicando el costo amortizado del préstamo por pagar por la tasa de interés efectiva. La tasa de interés efectiva es aquella que hace equivalentes los flujos contractuales del préstamo con su costo amortizado en la fecha de medición.
El costo efectivo se reconocerá como un mayor valor del préstamo por pagar y como gasto en el resultado del periodo. No obstante, los gastos de financiación se reconocerán como mayor valor del activo financiado cuando los recursos obtenidos se destinen a financiar un activo apto, de conformidad con la Norma de costos de financiación.
Los pagos de intereses y de capital disminuirán el valor del préstamo por pagar, afectando el efectivo o equivalentes al efectivo de acuerdo con la contraprestación pagada.
BAJA EN CUENTAS
Se dará de baja en cuentas, total o parcialmente, un préstamo por pagar cuando se extingan las obligaciones que lo originaron, esto es, cuando la obligación se pague, expire o se transfiera a un tercero o cuando el acreedor renuncie a ella.
La diferencia entre el valor en libros del préstamo por pagar que se da de baja en cuentas y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
En caso de que se origine una modificación sustancial de las condiciones actuales de un préstamo por pagar o de una parte de este, la empresa dará de baja en cuentas dicho préstamo y reconocerá uno nuevo. La diferencia entre el valor en libros del préstamo por pagar que se da de baja en cuentas y el nuevo préstamo originado se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo. Se considera que existe una modificación sustancial de un préstamo por pagar cuando el valor presente de los flujos futuros del préstamo con las nuevas condiciones diste significativamente del valor presente de los flujos futuros del préstamo con las condiciones iniciales.
En caso de que la modificación de las condiciones actuales del préstamo por pagar o de una parte del mismo no sea sustancial, la empresa recalculará el valor del préstamo por pagar y reconocerá una ganancia o pérdida por la modificación en el resultado del periodo.
Cuando el prestamista renuncie al derecho de cobro o un tercero asuma la obligación de pago, la empresa aplicará la Norma de ayudas gubernamentales y subvenciones.
REVELACIONES
La deuda adquirida mediante la obtención de préstamos se revelará de acuerdo con dos criterios. El primero es su origen como deuda interna o deuda externa. Es interna aquella que, de conformidad con la reglamentación vigente, se pacta exclusivamente entre residentes del territorio nacional; por su parte, es externa aquella que, de conformidad con la reglamentación vigente, se pacta con no residentes. El segundo criterio es el plazo pactado que puede ser de corto o largo plazo. Es de corto plazo la deuda adquirida con un plazo para su pago igual o inferior a un año y de largo plazo la deuda adquirida con un plazo para su pago superior a un año.
La empresa revelará información relativa al valor en libros y a las condiciones del préstamo por pagar, tales como: plazo, tasa de interés y vencimiento.
También se revelará el valor recibido, los costos de transacción reconocidos como menor valor del préstamo, la tasa de negociación, la tasa de interés efectiva, así como los criterios utilizados para determinarla. Adicionalmente, la empresa revelará el valor total de los gastos por intereses calculados utilizando la tasa de interés efectiva.
Si la empresa infringe los plazos o incumple con el pago del principal, de los intereses o de las cláusulas de reembolso, revelará:
a) Los detalles de esa infracción o incumplimiento,
b) el valor en libros de los préstamos por pagar relacionados al finalizar el periodo contable y;
c) la corrección de la infracción o renegociación de las condiciones de los préstamos por pagar antes de la fecha de autorización para la publicación de los estados financieros.
Cuando se dé de baja en cuentas, total o parcialmente, un préstamo por pagar, se revelará la ganancia reconocida en el resultado del periodo y las razones de su baja en cuentas. Así mismo, revelará el valor de los préstamos por pagar que se hayan dado de baja en cuentas por causas distintas a su pago
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Gerencia Financiera | Gerente |
| Medición inicial | Gerencia Financiera | Gerente |
| Medición Posterior | Gerencia Financiera | Gerente |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
BENEFICIOS A EMPLEADOS ALCANCE
La presente política contable aplica para las obligaciones generadas por concepto de las retribuciones que el Instituto proporciona a sus empleados a cambio de sus servicios prestados, incluyendo, cuando haya lugar, beneficios por terminación del vínculo laboral. Estos beneficios abarcan tanto los suministrados directamente a los empleados, según lo establecido en la normativa vigente o en acuerdos contractuales.
Los beneficios a los empleados agrupan los siguientes conceptos:
- Beneficios a los empleados a corto plazo
- Beneficios a los empleados a largo plazo
- Beneficios posempleo – pensiones
RECONOCIMIENTO
Beneficios A Los Empleados A Corto Plazo
Comprende todos los tipos de contraprestaciones que la entidad proporciona a los empleados de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción, a cambio de sus servicios
Los beneficios corto plazo son los beneficios a los funcionarios (distintos de los beneficios por terminación) cuyo pago será totalmente atendido en el término de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el cual los funcionarios han prestado sus servicios.
Los beneficios a corto plazo a los empleados comprenden partidas tales como las siguientes:
a) Sueldos, salarios y aportes a la seguridad social;
b) Ausencias remuneradas a corto plazo (las ausencias remuneradas por enfermedad), cuando espere que tenga lugar dentro del periodo fiscal que se informa, cuando este pase de 12 meses, se considerara beneficio a largo plazo.
c) Participaciones en ganancias e incentivos dentro de los doce meses siguientes al cierre del periodo que se informa en el que los funcionarios han prestado los servicios correspondientes; y
d) Beneficios no monetarios a los empleados actuales (tales como asistencia médica, alojamiento, automóviles y entrega de bienes y servicios gratuitos o subvencionados, entre otros).
Beneficios Post-Empleo
Son los beneficios a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese y beneficios a los empleados a corto plazo) que se pagan después de completar su periodo de empleo en la Entidad.
Planes de beneficio Post-empleo son acuerdos, formales o informales, en los que una entidad se compromete a suministrar beneficios a uno o más empleados tras la terminación de su periodo de empleo. Los planes de beneficio post – empleo se pueden clasificar como planes de aportaciones o beneficios definidos, según la esencia económica que se derive de los principales términos y condiciones contenidos en ellos, son:
a) Las obligaciones pensionales (planes de aportes definidos): Son planes de beneficios post-empleo, en los cuales la entidad realiza aportaciones de carácter predeterminado a una entidad separada (un fondo) y no tiene obligaciones legal ni implícita de realizar aportaciones adicionales, en el caso de que el fondo no tenga suficientes activos para atender los beneficios a los empleados que se relacionen con los servicios que estos han prestado en el periodo presente y en los anteriores. Según los planes de aportaciones definidas, la obligación legal o implícita de la entidad se limita al importe que haya acordado aportar al fondo. De esta forma, el importe de los beneficios post-empleos al recibir por el empleado estará determinado por el importe de las aportaciones pagadas por la entidad (y eventualmente el empleado) a un plan de beneficio post-empleo o a una campaña de seguros, junto con los rendimientos de las inversiones procedentes de las aportaciones. En consecuencia, el riesgo actuarial (de que los beneficios sean menores que los esperados) y el riesgo de inversión (de que los activos invertidos sean suficientes para atender los beneficios esperados) son asumidos, en sustancia, por el empleado.
Reconocimiento Beneficios Post-Empleo: Aportes Pensionales (Aportes Definidos)
La Entidad reconocerá los beneficios post-empleo por los aportes a pensionales definidas:
a) Como un pasivo (gasto causado o acumulado o devengado), después de deducir cualquier valor ya satisfecho. Si el valor ya pagado es superior al valor sin descontar de los beneficios, La Entidad deberá reconocer ese exceso como un activo (pago anticipado de un gasto), en la medida en que el pago anticipado vaya a dar lugar, por ejemplo, a una reducción en los pagos futuros o a un reembolso en efectivo.
Como un gasto, a menos que otra NIIF requiera o permita la inclusión de la aportación en el costo de un activo (véase, por ejemplo, la NIC 2 y la NIC 16).
Reconocimiento Beneficios Por Pasivo Pensional (Planes De Beneficios Definidos)
La Entidad reconocerá en los resultados del periodo los siguientes conceptos de beneficios por pasivo pensional
a) Costo del servicio actual: es el incremento en el valor presente de la obligación por pasivo pensional, que procede de servicios prestados por los funcionarios en el período actual.
b) Costo del servicio pasado: es el cambio en el valor presente de la obligación por pasivo pensional y los servicios prestados por los funcionarios en períodos anteriores, procedentes de una modificación del plan (aumento, disminución) o una reducción (una reducción significativa por la Entidad en el número de funcionarios cubiertos por un plan).
c) Ganancia o pérdida en la liquidación: son los excedentes o pérdidas en una transacción que elimina todas las obligaciones legales o implícitas asociados con el pasivo pensional.
d) El interés neto sobre el pasivo (activo) por pasivo pensional: es el cambio en el pasivo, que surge del valor del dinero en el tiempo; es decir, corresponde a la actualización de los pagos futuros de la obligación a una tasa de referencia utilizada en el cálculo actuarial.
e) El rendimiento esperado de los activos del plan: son los intereses, dividendos y otros ingresos derivados de los activos del plan, menos cualquier costo de gestión de los activos del plan y menos cualquier impuesto por pagar del plan en sí.
f) Las ganancias o pérdidas actuariales: son los cambios en la obligación de beneficio definido como resultado de los cambios en los supuestos actuariales.
g) Cambios en el techo del activo: es el valor presente de los beneficios económicos disponible en forma de reembolso del plan o reducciones en las contribuciones futuras al mismo.
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BENEFICIOS A LARGO PLAZO
El importe reconocido como un pasivo por otros beneficios a largo plazo a los empleados será el importe total neto resultante de los siguientes importes:
a) El valor presente de la obligación por beneficios definidos a fecha de presentación.
b) Menos valor razonable a fecha de presentación de los activos del plan (si los hubiere) con los que se cancelarán directamente las obligaciones.
Para otros beneficios a largo plazo a los empleados, una entidad reconocerá el importe neto total como gastos o como ingresos de las siguientes cantidades:
a) El costo del servicio del periodo corriente;
b) El costo por intereses;
c) El rendimiento esperado de cualquier activo del plan y de cualquier derecho de reembolso reconocido como un activo;
d) Las ganancias y pérdidas actuariales, que será reconocido total e inmediatamente;
e) El efecto de cualquier reducción o liquidación.
Una forma de otros beneficios a largo Plazo a empleados es el beneficio por incapacidad prolongada. Si el nivel del beneficio depende del periodo de servicio, surgirá una obligación cuando se preste el servicio. La medición de esa obligación refleja la probabilidad de que el pago vaya a ser requerido y el intervalo de tiempo a lo largo del cual se espera realizar pagos. Si el nivel de beneficio es el mismo para todos los empleados con incapacidad, independiente de los años de servicios, el costo esperado de esos beneficios se reconoce cuando produzca el suceso que cause la incapacidad de larga duración. Los pagos por incapacidad prolongada pueden estar sujetos a un mayor grado de incertidumbre que otros beneficios a largo plazo a los empleados.
La empresa reconocerá un pasivo por beneficios a los empleados a largo plazo, junto con su gasto o costo asociado, cuando consuma el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado a cambio del beneficio otorgado.
Adicionalmente, la empresa reconocerá, de manera separada, los activos que hagan parte del plan de activos para beneficios a los empleados a largo plazo, el cual corresponde a los recursos que se destinan exclusivamente al pago del pasivo por dichos beneficios y que no se pueden utilizar para otro fin.
Por otra parte, cuando sea prácticamente cierto que un tercero reembolsará a la empresa parte o la totalidad de los desembolsos requeridos para cancelar el pasivo por beneficios a los empleados a largo plazo, esta reconocerá su derecho a reembolso como un activo distinto de los que hacen parte del plan de activos para beneficios a los empleados a largo plazo.
Así mismo, en caso de que la empresa efectúe pagos por beneficios a largo plazo que estén condicionados al cumplimiento de determinados requisitos por parte del empleado y este no los haya cumplido parcial o totalmente, la empresa reconocerá un activo por los beneficios pagados por anticipado.
MEDICIÓN
Beneficios A Los Empleados A Corto Plazo
El pasivo por beneficios a los empleados a corto plazo se medirá por el valor de la obligación derivada de dichos beneficios, después de deducir cualquier pago anticipado si lo hubiera.
El activo reconocido cuando la empresa efectúe pagos por beneficios a corto plazo que estén condicionados al cumplimiento de determinados requisitos por parte del empleado y este no los haya cumplido parcial o totalmente, se medirá por el valor equivalente a la proporción de las condiciones no cumplidas con respecto al beneficio total recibido por el empleado.
Beneficios Post-Empleo:
a) aportaciones definidas
La Entidad medirá las obligaciones por beneficios corto plazo por el valor esperado a pagar en el periodo.
b) Pasivo pensional (Planes de beneficio definidos)
Estos son diferentes a los planes de aportaciones definidas. En los planes de beneficio definidos se tienen:
a. La obligación de la entidad consiste en suministrar los beneficios acordados a los empleados y anteriores; y
b. Tanto el riesgo actuarial (de que los beneficios tengan un costo mayor que el esperado) como el riesgo de inversión son asumidos, esencialmente, por la propia entidad. Si los resultados actuariales o de la inversión son peores de lo esperado, las obligaciones de la entidad pueden verse aumentadas.
La contabilización, por parte de la entidad de los planes de beneficios definidos, supone los siguientes pasos:
a) Determinar el déficit o superávit. Esto implica:
- Utilizar técnicas actuariales, el método de la unidad de crédito proyectada para hacer estimación fiable del costo final para la entidad del beneficio que los empleados tienen acumulado (devengando) a cambio de sus servicios en los periodos presentes y anteriores. Esto requiere que una entidad determine la cuantía de los beneficios que resultan atribuibles al periodo presente y a los anteriores, y que realice las estimaciones (suposiciones actuariales) periodo presente y a los anteriores, y que realice las estimaciones (suposiciones actuariales) respecto a las variable demográficas (tales como rotación de los empleados y mortalidad) y financieras (tales como incrementos futuros en los salarios y en los costos de asistencia médica) que influyen en el costo de los beneficios.
- Descontar ese beneficio para determinar el valor presente de la obligación por beneficios definitivos y el costo de los servicios presentes.
- Deducir el valor razonable de los activos del plan del valor presente de la obligación por beneficios definidos.
b) Determinar el importe del pasivo (activo) por beneficios definidos netos como el importe del déficit o superávit en:(a) ajustado por los efectos de limitar un activo por beneficios definidos neto a un techo del activo.
c) Determinar los importes a reconocer en el periodo que se informa:
- El costo del servicio presente;
- Cualquier costo de servicios pasados y la ganancia o pérdida en el momento de la liquidación.
- El interés sobre el pasivo (activo) por beneficios definidos neto.
d) Determinar las nuevas mediciones del pasivo (activo) por beneficios definidos neto a reconocer en otro resultado integral, que comprende:
- Las ganancias y Pérdidas actuariales;
- El rendimiento de los activos del plan, excluyendo los importes incluidos en el interés neto sobre el pasivo (activo) por beneficio neto; y
- Los cambios en el efecto del techo del activo excluyendo los importes incluidos en el interés neto sobre el pasivo (activo) por beneficio definido neto.
Si la entidad mantiene más de dos beneficios de un plan de beneficios definidos, aplicaría estos procedimientos a cada uno de los planes significativos por separado.
Medición De Beneficios Por Pasivo Pensional (Planes De Beneficios Definidos)
La Entidad medirá las obligaciones del pasivo pensional por el neto entre:
a) El valor presente de las obligaciones por pasivo pensional a la fecha del estado de situación financiera, menos
b) El valor razonable de los activos del plan (si los hubiere) a la fecha del estado de situación financiera, que se emplearán para la cancelación directa de las obligaciones.
Valor Presente de las obligaciones por pasivo pensional
La Entidad deberá estimar el valor de los beneficios por pasivo pensional que los funcionarios han acumulado a cambio de su servicio a través de los años, incluyendo el período actual, y usando un método de valoración actuarial denominado Método de la Unidad de Crédito Proyectada, si tiene posibilidad de hacerlo sin un costo o esfuerzo desproporcionado; en caso contrario se podrá utilizar el método simplificado.
a) Método de la Unidad de Crédito Proyectada
El método de la unidad de crédito proyectada será utilizado por el actuario, para determinar el valor presente de las obligaciones por pasivo pensional. En este método se requiere que se realicen suposiciones actuariales demográficas y financieras.
b) Supuestos Actuariales
El método actuarial requerirá la utilización de estimaciones o suposiciones actuariales. Las características que deben tener las estimaciones actuariales son: estar libres de sesgo (imparcial) y ser compatibles entre sí:
c) Supuestos Actuariales Demográficos
Estos supuestos hacen referencia a los condicionantes de sucesos futuros sobre características de los funcionarios actuales y futuros. Entre las variables demográficas se encuentran:
(i) Tasa de mortalidad: corresponde a la tabla de mortalidad vigente definida por el ente regulador correspondiente en cada país.
(ii) Tasas de rotación de personal, incapacidad y retiros prematuros: corresponde a la relación porcentual entre el volumen de entradas y salidas de personal, y los recursos humanos disponibles en la Entidad durante el período. Se calcula, dividiendo los retiros de personal ocurridos en el período, sobre el personal activo en la Entidad a la fecha del cálculo.
(iii) Proporción de los miembros del plan con beneficiarios que tendrán derechos a los beneficios: se calcula dividiendo el número de empleados con beneficiarios sobre el total de los beneficiarios.
(iv) Suposiciones sobre los costos por atenciones médicas: se deberá tener en cuenta los futuros cambios estimados en el costo de servicios médicos, tanto de la inflación como de las variaciones específicas en los costos por atenciones, como por ejemplo el nivel y frecuencia de la demanda futura de tales servicios.
d) Supuestos Actuariales Financieros
Estos se encuentran influenciados por el mercado de capitales y las características financieras de la economía donde se encuentra ubicada la Entidad. Entre las variables financieras se encuentran:
(i) Tasa de descuento: La tasa de descuento (tasas) debe ser una tasa (tasas) antes de impuestos que refleje (reflejen) las evaluaciones actuales del mercado correspondientes al valor del dinero en el tiempo.
Así mismo, dado que en Colombia no existe un mercado amplio de bonos corporativos de alta calidad, la tasa a utilizar para el descuento de los flujos se determinará como referencia a los rendimientos del mercado de los bonos emitidos por el Gobierno Nacional. En Colombia, en cuanto a las tasas libre del riesgo, se deberá utilizar el rendimiento de los Bonos TES (Títulos de deuda pública emitidos por la Tesorería General de la Nación) al final del periodo sobre el que se informa; ésta tasa debe ser antes de impuestos y se deberá determinar la tasa de descuento para cada una de las provisiones con base a la curva de rendimiento de estos bonos.
(ii) Niveles de sueldo e incremento salarial futuro: esta tasa corresponde al reajuste salarial determinado por la Entidad.
(iii) En el caso de beneficios médicos, futuros costos médicos, incluyendo donde sea material, el costo de administrar pagos de siniestros y beneficios: en el caso de los supuestos o hipótesis sobre los costos médicos, se deben considerar:
(a) Los cambios futuros estimados en el costo de tales servicios, teniendo en cuenta la inflación, los cambios específicos en los costos médicos.
(b) Se requiere la realización de supuestos o hipótesis sobre el nivel y la frecuencia de las atenciones médicas futuras, así como del costo de estas.
(c) La Entidad deberá estimar los costos médicos futuros, considerando los datos históricos basados en la propia experiencia, complementada, de ser necesario, con los datos históricos de otras entidades, compañía de seguros, proveedores de servicios médicos y otras fuentes.
(d) Las estimaciones de los costos médicos futuros deberán considerar el efecto de avances tecnológicos y de los cambios en la salud de los participantes del plan, así mismo debe considerarse que el nivel y la frecuencia de las atenciones médicas son variables y sensibles a la edad, salud y sexo de los empleados e incluso a otros factores como la localización geográfica.
(e) Tasa de retorno esperada sobre los activos del plan: corresponde a los rendimientos esperados: intereses, dividendos y cualquier otro ingreso derivado de los activos que respaldan el plan, menos los costos incurridos para administrar el plan y menos los impuestos asumibles por el plan. Está basado en expectativas de mercado al comienzo del período sobre las rentabilidades esperadas durante toda la vigencia de la obligación
e) Método Simplificado
Si la Entidad no puede usar el método de la unidad de crédito proyectada para medir el pasivo pensional, sin hacer un costo o esfuerzo desproporcionado, podrá realizar las siguientes simplificaciones para medir tal obligación:
i) Ignorar los incrementos de los salarios futuros estimados (es decir, suponer que los salarios actuales se mantendrán hasta que se espere que los empleados actuales comiencen a recibir los beneficios de pensión);
ii) Ignorar los beneficios del plan futuros a los empleados actuales (es decir, suponer el cierre del plan para los empleados actuales, así como para los nuevos);
iii) Ignorar la posible mortalidad en servicio de los empleados actuales entre la fecha sobre la que se informa y la fecha en que se espera en que los empleados comiencen a recibir los beneficios de la pensión (es decir, suponer que todos los empleados actuales recibirán la pensión). Sin embargo, se necesitará considerar la mortalidad después de la prestación del servicio (es decir, la esperanza de vida).
Valor Razonable Del Plan
Los activos del plan son aquellos que la Entidad dispone para respaldar el pasivo por pasivo pensional.
Estos activos deberán tener las siguientes características:
a) Activos mantenidos por un fondo o tercero legalmente separado de la Entidad y tales activos deben estar dedicados exclusivamente a pagar o a compensar los desembolsos realizados, correspondientes al plan de beneficios pensional.
b) Los activos del plan deberán ser valuados al valor razonable basado en precios de mercado. Cuando no exista un precio de mercado, el valor razonable de los activos del plan deberá ser estimado, descontando los flujos de efectivo esperados y usando una tasa de descuento que refleje los riesgos asociados con los activos del plan y el vencimiento o fecha esperada de la disposición de esos activos (o, si no vencen, el período esperado hasta la liquidación de la obligación relacionada).Cuando los activos del plan incluyen pólizas de seguros calificadas o aptas y corresponden exactamente con el monto y el término de algunos o todos los beneficios pagaderos, el valor razonable de esas pólizas de seguros es considerado como el valor presente de las obligaciones relacionadas.
Determinación Del Valor Neto Del Pasivo Pensional
Una vez establecido el valor razonable de los activos del plan y el valor presente de la obligación por pasivo pensional, éstos se comparan resultando un superávit o un déficit.
Si el valor presente de la obligación por pasivo pensional es menor que el valor razonable de los activos del plan en esa fecha, el plan tiene un superávit; en caso contrario, se tendrá un déficit.
Beneficios A Largo Plazo
El pasivo por beneficios a los empleados a largo plazo se medirá por el valor presente, sin deducir los activos del plan de activos para beneficios a los empleados a largo plazo, de los pagos futuros esperados que serán necesarios para liquidar las obligaciones por dichos beneficios.
Para la medición del pasivo por beneficios a los empleados a largo plazo, de los activos que hacen parte del plan de activos para beneficios a los empleados a largo plazo y de los derechos de reembolso se considerarán los requerimientos señalados en la medición de los beneficios postempleo. No obstante, el costo del servicio presente, el costo del servicio pasado, el interés sobre el activo, el interés sobre el pasivo, las ganancias o pérdidas actuariales, las ganancias o pérdidas del plan de activos para beneficios a los empleados a largo plazo y las ganancias o pérdidas por la liquidación final de beneficios, se reconocerán como gasto o ingreso en el resultado del periodo.
En el caso de las cesantías retroactivas a cargo de la empresa, el pasivo por beneficios a los empleados a largo plazo se medirá, como mínimo al final del periodo contable, por el valor que la empresa tendría que pagar si fuera a liquidar esa obligación a esa fecha.
El activo reconocido cuando la empresa efectúe pagos por beneficios a los empleados a largo plazo que estén condicionados al cumplimiento de determinados requisitos por parte del empleado y este no los haya cumplido parcial o totalmente, se medirá por el valor equivalente a la proporción de las condiciones no cumplidas con respecto al beneficio total recibido por el empleado.
REVELACIONES
Beneficios A Los Empleados A Corto Plazo
La empresa revelará la siguiente información:
a) una descripción general del tipo de beneficios a los empleados a corto plazo.
b) la cuantía y metodología que sustenta la estimación de los beneficios a corto plazo otorgados a los empleados.
c) la naturaleza y cuantía de las remuneraciones del personal clave de la gerencia, entendido como aquel que tiene el poder y la responsabilidad de planificar, dirigir y controlar las actividades de la empresa, ya sea en forma directa o indirecta.
d) Permisos y Ausencias Retribuidas a corto Plazo: La Entidad puede retribuir a los empleados por ausencia por varias razones: permisos retribuidos por vacaciones y las ausencias remuneradas por enfermedad (incapacidad), las cuales pueden ser de dos clases acumulativas o no acumulativas, a saber:
1. Acumulativas:
Corresponde a los conceptos que pueden ser utilizados en vigencias futuras si los empleados no usan la totalidad de las ausencias a las que tienen derecho en el periodo corriente.
2. No acumulativas:
Corresponde a las remuneraciones a los empleados dándoles el derecho de ausentarse del trabajo por razones muy variadas, entre las que se incluye el disfrute de vacaciones, enfermedad o incapacidad transitorias, no se trasladan al futuro: caducan si no son utilizadas enteramente en el periodo presente y no dan al funcionario el derecho de cobrarla en caso de retiro.
Beneficios no monetarios: La Entidad reconocerá estos conceptos como gasto por beneficios a funcionarios y el pasivo correspondiente en el momento en que se ha generado la obligación. La Entidad medirá las obligaciones por beneficios corto plazo por el valor esperado a pagar (no descontado) por esos servicios.
BENEFICIOS POST-EMPLEO:
a) Información para revelar sobre los beneficios post-empleo: aportes a fondos de pensiones
La Entidad revelará el valor reconocido en resultados como un gasto por los planes de aportaciones definidas.
b) Información para revelar sobre los beneficios post-empleo: pasivo pensional
La Entidad revelará los siguientes conceptos de los pasivos pensionales:
a) Una descripción general del tipo de plan incluyendo la política de financiación.
b) El costo total del pasivo pensional del periodo revelando de forma separada:
i) El valor reconocido en resultados como un gasto; y
ii) El valor capitalizado en el costo como un activo
c) La cuantía de las ganancias o pérdidas actuariales reconocida durante el período en el patrimonio y presentada en el otro resultado integral;
d) la metodología aplicada para la medición de la obligación de este tipo de beneficios con relación a los funcionarios actuales, si a ello hubiera lugar;
e) Una conciliación de los saldos iniciales y finales del pasivo pensional presentando por separado los beneficios pagados y todos los demás cambios.
f) Los principales supuestos actuariales utilizados, incluyendo:
i) Las tasas de descuento;
ii) Las tasas de rendimiento esperadas de los activos del plan
iii) Las tasas esperadas de incrementos salariales;
iv) Las tasas de tendencia de los costos de asistencia médica; y
v) Cualquier otro supuesto actuarial significativo utilizado.
g) La política contable para reconocer las ganancias y pérdidas actuariales (en el caso de la Entidad se reconocerá en el periodo que se informe) y el valor de las pérdidas y ganancias actuariales reconocidas durante el periodo.
h) Una conciliación de los saldos iniciales y finales del valor razonable de los activos del plan presentando por separado:
i) Aportes al fondo;
ii) Beneficios pagados; y
iii) Otros cambios en los activos del plan.
i) Cuando se posean varios activos del plan, el porcentaje o valor que cada uno representa en el valor razonable de los activos totales del plan.
j) El rendimiento real de los activos del plan.
BENEFICIOS A LARGO PLAZO
El Instituto revelará la siguiente información:
a) una descripción general del tipo de beneficios a los empleados a largo plazo, incluyendo la política de financiación;
b) el valor del pasivo por beneficios a los empleados a largo plazo y la naturaleza y el valor de los activos que hacen parte del plan de activos para beneficios a los empleados a largo plazo;
c) la metodología aplicada para la medición del pasivo por beneficios a los empleados a largo plazo; y
d) la naturaleza y cuantía de las remuneraciones del personal clave de la gerencia, entendido como aquel que tiene el poder y la responsabilidad de planificar, dirigir y controlar las actividades de la empresa, ya sea en forma directa o indirecta.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Talento Humano | Director (a) |
| Medición inicial | Dirección de Talento Humano | Director (a) |
| Medición Posterior | Dirección de Talento Humano | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
PROVISIONES
ALCANCE
Esta política aplica para los pasivos a cargo del Instituto que estén sujetos a
condiciones de incertidumbre en relación con su cuantía o vencimiento, tales como:
- Litigios y demandas
- Provisiones diversas
Dentro de las Provisiones no se tendrán en cuenta las Prestaciones Sociales a favor de los empleados del Instituto, las cuales se tratarán según la Política Contable de Beneficios a los Empleados.
RECONOCIMIENTO
El Instituto reconocerá y actualizará mensualmente, en el aplicativo de Contabilidad, las provisiones cuando se cumpla todas y cada una de las siguientes condiciones:
a) El Instituto tiene una obligación presente, de origen legal, como resultado de un suceso pasado;
b) probablemente, deba desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos o potencial de servicio para cancelar la obligación; y
c) pueda hacerse una estimación fiable del valor de la obligación.
Las obligaciones pueden ser probables, posibles o remotas. Una obligación es probable cuando la probabilidad de ocurrencia es más alta que la probabilidad de que no ocurra, lo cual conlleva al reconocimiento de una provisión. Una obligación es posible cuando la probabilidad de ocurrencia es menor que la probabilidad de no ocurrencia, lo cual conlleva a la revelación de un pasivo contingente. Una obligación es remota cuando la probabilidad de ocurrencia del evento es prácticamente nula, en este caso no se reconocerá un pasivo ni será necesaria su revelación como pasivo contingente.
La probabilidad de erogación de recursos financieros en el caso de litigios y de demandas, es determinada por Dirección Jurídica con base en el estudio y análisis que debe realizar de cada uno de los procesos en contra del IDEA considerando entre otros los siguientes aspectos: las pretensiones del demandante, el resultado de casos similares, la jurisprudencia existente al respecto, la evolución del proceso, la cualificación de los daños determinados por los abogados de la entidad y/o terceros contratados por la entidad.
A continuación, se ilustra el procedimiento que aplica el Instituto para reconocer sus provisiones y pasivos contingentes:
| SITUACIÓN | RECONOCIMIENTO | REVELACIONES |
| Si el Instituto posee una obligación presente que probablemente exija una salida de recursos. | Se procede a reconocer una provisión por la mejor estimación de valor de la obligación. | Se exige revelar información sobre la provisión. |
| Si el Instituto posee una obligación posible, o una obligación presente, que pueda o no exigir una salida de recursos. | No se reconoce provisión. | Se exige revelar información sobre el pasivo contingente. |
| Si el Instituto posee una obligación posible, o una obligación presente en la que se considere remota la posibilidad de salida de recursos. | No se reconoce provisión. | No se exige revelar ningún tipo de información. |
Con lo anterior, el reconocimiento dependerá de la probabilidad que se obtenga como resultado de aplicar dicha metodología, así:
a) Si la probabilidad se califica como ALTA (probable), es decir, mayor al 50%, se reconocerá una provisión.
b) Si la probabilidad se califica como MEDIA (posible), es decir, superior al 25% e inferior o igual al 50%, se reconocerá un pasivo contingente, para lo cual se deberá remitir a la Política Contable de Activos y Pasivos Contingentes.
c) Si la probabilidad de pérdida se califica como BAJA (Remota), es decir, inferior al 10%, no se deberá registrar esta información, ni se revelará.
Las provisiones se utilizarán solo para afrontar los desembolsos para los cuales fueron originalmente reconocidas.
Las provisiones se reconocerán como un pasivo y un gasto en el resultado del periodo.
Las provisiones se reclasificarán al pasivo que corresponda cuando ya no exista incertidumbre en relación con su cuantía y/o vencimiento.
MEDICIÓN INICIAL
La Dirección Jurídica, medirá las provisiones por el valor que refleje la mejor estimación del desembolso que se requeriría para cancelar la obligación presente. Dicha estimación tendrá en cuenta los desenlaces asociados de mayor probabilidad, la experiencia que se tenga en operaciones similares, los riesgos e incertidumbres y los informes de expertos, entre otros. Así mismo es el responsable de informar a la Financiera a reportar y actualizar en el aplicativo de Contabilidad.
El riesgo implica considerar la variabilidad en los desenlaces posibles. Un ajuste por la existencia de riesgo puede aumentar el valor por el que se mide una obligación. Será preciso tener precaución al realizar juicios en condiciones de incertidumbre, de manera que no se sobreestimen los activos o los ingresos y que no se subestimen los pasivos o los gastos. No obstante, la incertidumbre no será una justificación para la creación de provisiones excesivas, o para la sobrevaloración deliberada de los pasivos.
Las incertidumbres que rodean el valor a reconocer como provisión se tratan de diferentes formas, atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso. En caso de que la provisión que se esté midiendo se refiera a una población importante de casos individuales, la obligación presente se estimará aplicando el método estadístico del valor esperado, el cual consiste en promediar todos los posibles desenlaces por sus probabilidades asociadas. Cuando exista un rango de desenlaces posibles con la misma probabilidad, el Instituto utilizará el valor medio del intervalo para estimar la provisión.
Cuando el efecto del valor del dinero en el tiempo resulte significativo, el valor de la provisión será el valor presente de los valores que se espera sean requeridos para liquidar la obligación. Un efecto significativo del valor del dinero en el tiempo se presenta cuando el plazo para cancelar la obligación se estima mayor a los 12 meses siguientes a la fecha de reconocimiento de la provisión. La tasa de descuento utilizada para este cálculo será la tasa antes de impuestos que refleje las evaluaciones actuales del mercado correspondientes al valor del dinero en el tiempo.
El derecho al reembolso relacionado con provisiones, en caso de que exista, se medirá por el valor que refleje la mejor estimación de los recursos que recibirá la Entidad producto de este. Adicionalmente, si el efecto del valor del dinero en el tiempo es significativo, el derecho se descontará utilizando como factor de descuento la tasa empleada para la medición de la provisión relacionada. En todo caso, el valor reconocido para el derecho no excederá el valor de la provisión.
MEDICIÓN POSTERIOR
Las provisiones se revisarán cuando se tenga evidencia de que el valor ha cambiado sustancialmente o, como mínimo, al final del periodo contable, y se ajustarán afectando el resultado del periodo para reflejar la mejor estimación disponible.
Cuando el valor de la provisión se calcule como el valor presente de la obligación, el valor de ésta se aumentará en cada periodo para reflejar el valor del dinero en el tiempo. Tal aumento se reconocerá como gasto en el resultado del periodo.
Cuando ya no sea probable la salida de recursos que incorporen beneficios económicos o potencial servicio para cancelar la obligación correspondiente, se procederá a liquidar o a revertir la provisión.
Cuando se presenten reversiones de las provisiones de periodos anteriores originadas por cambios en las estimaciones, se afectará el resultado del periodo.
La información a tener en cuenta para la medición posterior de las provisiones de los litigios y demandas en contra de la entidad deberá ser reportada por la Dirección Jurídica.
BAJA EN CUENTAS
El Instituto dará de baja en cuentas una provisión cuando:
a) La obligación deje de ser probable y pase a ser posible, caso en el cual se deberá tratar como un pasivo contingente en cuentas de orden.
b) La obligación deje de ser probable y pase a ser remota, caso en el cual se eliminará la provisión y no se revelará información sobre la obligación remota.
c) La obligación deje de ser probable y pase a ser un pasivo exigible para el Instituto, caso en el cual se deberá reconocer según lo establecido en la Política de cuentas por pagar.
REVELACIONES
Para cada tipo de provisión, el Instituto revelará la siguiente información:
a) La naturaleza del hecho que la origina;
b) una conciliación que muestre el valor en libros al inicio y al final del periodo; las adiciones realizadas durante el periodo, incluidos los ajustes procedentes de los cambios en la medición del valor descontado; los valores cargados contra la provisión durante el periodo; y los valores no utilizados que hayan sido objeto de liquidación o reversión en el periodo;
c) una descripción acerca de la naturaleza de la obligación contraída, así como del valor y fecha esperada de cualquier pago resultante;
d) una indicación acerca de las incertidumbres relativas al valor o a las fechas de salida de recursos;
e) los criterios considerados para la estimación y el valor de cualquier reembolso esperado que esté asociado con la provisión constituida; y
f) informar sobre la baja en cuenta realizada en el periodo contable, detallando los siguientes conceptos: situaciones presentadas que dieron lugar al hecho, fechas y valores.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Secretaria General – Gerencia Financiera | Secretaria - Gerente |
| Medición inicial | Secretaria General – Gerencia Financiera | Secretaria - Gerente |
| Medición Posterior | Secretaria General – Gerencia Financiera | Secretaria - Gerente |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
OTROS PASIVOS ALCANCE
El alcance de esta Política Contable aplica para las obligaciones adquiridas por Instituto con terceros, contraídas en el desarrollo de sus actividades y que, por sus características particulares, no cumplen con las condiciones o características definidas en las demás Políticas Contables relacionadas con los pasivos.
Los pasivos tratados en la presente Política agrupan, entre otros, los siguientes conceptos:
- Avances y anticipos recibidos
- Recursos recibidos en administración
RECONOCIMIENTO
El Instituto reconocerá en este grupo los hechos económicos que se generen en los siguientes conceptos:
Avances Y Anticipos Recibidos
Se reconocen como otros activos los valores entregados por la entidad, en calidad de avance o anticipo para la obtención de bienes y servicios que están pendientes de legalización.
Recursos Recibidos en Administración
El IDES reconocerá como recursos recibidos en administración, aquellos entregados por otras entidades para su administración, los cuales se destinarán únicamente en lo establecido en el contrato y/o convenio interadministrativo suscrito por las partes.
El reconocimiento de los recursos recibidos en administración estará soportado por los respectivos contratos y/o convenios interadministrativos debidamente legalizados, los soportes de la transferencia de los recursos recibidos, así como con la debida incorporación de los recursos al presupuesto del Instituto.
Otros Pasivos Diferidos
El Instituto reconocerá el valor de los pasivos que, en razón a su origen y naturaleza, tienen el carácter de ingresos y afectan varios periodos en los que deberán ser aplicados o distribuidos, tales como ingreso diferido por transferencias condicionadas.
Adicionalmente, cuando el Instituto sea receptor de un activo (efectivo y/o equivalente al efectivo) sujeto a una condición, según lo establecido en la Política de Ingresos de Transacciones sin Contraprestación, reconocerá un ingreso diferido por transferencias condicionadas.
MEDICIÓN INICIAL
Los Otros Pasivos se medirán por el valor de la transacción.
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MEDICIÓN POSTERIOR
Avances Y Anticipos Recibidos
Una vez efectuado el desembolso, y de forma mensual el supervisor, designado por el Instituto, debe remitir a la oficina de contabilidad el informe de ejecución de los recursos adjuntando copia de los soportes de cada uno de los gastos realizados.
Recursos Recibidos en Administración
El Instituto debitará la cuenta de Otros Pasivos con abonos en cuenta de los pagos realizados con los recursos recibidos en administración en la ejecución del contrato y/o convenios interadministrativos.
Si el uso de los recursos recibidos en administración implica la generación de un activo que será administrado por el Instituto, durante la ejecución del contrato y/o convenios interadministrativos, se registrará el control en cuenta de orden acreedoras atendiendo lo establecido por la Contaduría General de la Nación, las cuales se cancelaran una vez ejecutado el objeto del contrato y el recibo a entera satisfacción.
Los rendimientos financieros generados por los recursos recibidos en administración se medirán de acuerdo con la información reportado por las entidades financieras donde se administren los recursos y harán parte integral del saldo del contrato y/o convenios interadministrativos pendiente por ejecutar y/o sujeto a devolución.
Otros Pasivos Diferidos
El pasivo correspondiente al ingreso diferido por transferencias condicionadas se medirá por la mejor estimación del valor requerido para cancelar la obligación presente al cierre del periodo contable y la diferencia se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
El pasivo correspondiente al ingreso diferido por transferencias condicionadas se reducirá en la medida que el Instituto cumpla las condiciones asociadas a su uso o destinación, momento en el cual se reconocerá el ingreso en el resultado del periodo.
En la ejecución de los recursos registrados en otros pasivos diferidos se deberá realizar un ajuste contable para el reconocimiento del ingreso por transferencias y Subvenciones, la cuenta contable de la contrapartida tendrá en cuenta lo establecido en el objeto de los contratos y/o convenios interadministrativos que dieron origen al recurso.
El Instituto controlará la ejecución de los recursos destinados a proyectos de construcción, mejoramiento y mantenimiento de escenarios deportivos a través de las cuentas de orden acreedoras de control.
BAJA EN CUENTAS
Estos pasivos se darán de baja en cuentas cuando: (i) se extingan las obligaciones que las originaron, (ii) se realice la respectiva liquidación de los contratos y/o convenios interadministrativos, (iii) expire la obligación, (iv) el acreedor renuncie a ella, o (v) se transfiera a un tercero.
REVELACIONES
El Instituto, revelará para cada uno de los contratos y/o convenios interadministrativos la siguiente información.
a) Número del contrato.
b) Nombre del contratante.
c) Objeto.
d) Valor inicial y sus adicciones.
e) Valor ejecutado.
f) Valor por ejecutar.
g) Rendimientos financieros generados.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición inicial | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición Posterior | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
ACTIVOS Y PASIVOS CONTINGENTES ALCANCE
El alcance de esta política contable abarca activos y obligaciones de naturaleza posible surgidos a raíz de sucesos pasados, cuya existencia se confirmará sólo por la ocurrencia o por la no ocurrencia de uno o más sucesos futuros inciertos que no están enteramente bajo el control del Instituto, por ejemplo, demandas y litigios que aún no tienen una alta probabilidad de fallo a favor o en contra de la entidad.
ACTIVOS CONTINGENTES RECONOCIMIENTO
Los activos contingentes no serán objeto de reconocimiento en los estados financieros. Un activo contingente es un activo de naturaleza posible, surgido a raíz de sucesos pasados, cuya existencia se confirmará solo por la ocurrencia o por la no ocurrencia de uno o más sucesos futuros inciertos que no están enteramente bajo el control del Instituto.
Los activos contingentes se evaluarán cuando la empresa obtenga nueva información de los hechos económicos asociados o, como mínimo, al final del periodo contable, con el fin de asegurar que su evolución se refleje apropiadamente en los estados financieros. En caso de que la entrada de beneficios económicos a la empresa pase a ser prácticamente cierta, se procederá al reconocimiento del activo y del ingreso en los estados financieros del periodo en el que dicho cambio tenga lugar.
Admisión De Las Demandas, Arbitrajes Y Conciliaciones Extrajudiciales
La admisión de las demandas, arbitrajes y conciliaciones extrajudiciales interpuestas por el Instituto en contra de un tercero se revelarán como activo contingente. Para tal efecto, la medición corresponderá a la mejor estimación del valor que el Instituto podría llegar a cobrar al culminar el proceso de manera favorable.
El activo contingente se ajustará cuando el Instituto obtenga nueva información acerca del proceso o, como mínimo, al final del periodo contable, con el fin de asegurar que su evolución se refleje apropiadamente en los estados financieros.
Sentencia Definitiva, Laudo Arbitral O Acuerdo De Conciliación Extrajudicial
Con la sentencia definitiva a favor del Instituto o con base en el laudo arbitral o en el acuerdo de conciliación extrajudicial, se registrará el derecho y el ingreso, afectando las subcuentas correspondientes.
Cuando la sentencia definitiva, laudo arbitral o acuerdo de conciliación extrajudicial, deniegue las pretensiones demandadas por el Instituto, se ajustarán los saldos registrados en las cuentas de orden.
MEDICIÓN INICIAL
Los Activos contingentes se medirán por el valor que refleje la mejor estimación de la entrada de beneficios económicos o potencial de servicio que posiblemente recibirá el Instituto Dicha estimación tendrá en cuenta los desenlaces asociados de mayor posibilidad de ocurrencia, la experiencia que se tenga en operaciones similares, los riesgos e incertidumbres y los informes de expertos, entre otros.
Cuando se extinga la causa que dio origen al reconocimiento de un Activo contingente, Contabilidad deberá ajustar los saldos registrados en cuentas de orden. Por el contrario, cuando se confirme que los beneficios económicos o el potencial de servicio fluirán del Instituto, el Activo contingente se retirará de las cuentas de orden y se reconocerá como un derecho de la entidad.
REVELACIONES
El Instituto revelará los activos contingentes en cuentas de orden deudoras cuando sea posible realizar una medición. Además, para cada tipo de activo contingente, revelará la siguiente información:
a) Una descripción de la naturaleza del activo contingente;
b) Una estimación de los efectos financieros y una indicación de las incertidumbres relacionadas con el valor o las fechas de entrada de recursos; lo anterior, en la medida en que sea practicable obtener la información.
Adicionalmente, cuando sea posible realizar una medición de los efectos financieros del activo contingente, estos se registrarán en cuenta de orden deudoras contingentes. La medición corresponderá a la mejor estimación de los recursos que la empresa recibiría. Ahora bien, cuando el efecto del valor del dinero en el tiempo resulte significativo, el valor del activo contingente será el valor presente de los valores que la empresa espera recibir utilizando como factor de descuento la tasa de interés extraída de la curva cero cupones de los TES, emitidos por el Gobierno Nacional, más cercana a los plazos estimados para el pago de dicho activo contingente. Un efecto significativo del valor del dinero en el tiempo se presenta cuando el plazo para recibir los recursos se estima mayor a los 12 meses siguientes a la fecha de registro del activo contingente.
PASIVOS CONTINGENTES RECONOCIMIENTO
Los pasivos contingentes no serán objeto de reconocimiento en los estados
financieros. Un pasivo contingente corresponde a una obligación posible, surgida a raíz de sucesos pasados, cuya existencia se confirmará solo por la ocurrencia o por la no ocurrencia de uno o más sucesos futuros inciertos que no están enteramente bajo el control del Instituto.
Un pasivo contingente también corresponde a toda obligación presente, surgida a raíz de sucesos pasados, pero no reconocida en los estados financieros, bien sea porque no es probable que, para satisfacerla, se requiera que la empresa tenga que desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos; o bien sea porque no puede estimarse el valor de la obligación con la suficiente fiabilidad.
Los pasivos contingentes se evaluarán cuando la empresa obtenga nueva información de los hechos económicos asociados o, como mínimo, al final del periodo contable, con el fin de asegurar que su evolución se refleje apropiadamente en los estados financieros. En caso de que la salida de recursos sea probable y que se obtenga una medición fiable de la obligación, se procederá al reconocimiento del pasivo y del gasto en los estados financieros del periodo en el que dicho cambio tenga lugar.
Admisión De Las Demandas, Arbitrajes Y Conciliaciones Extrajudiciales
Con la admisión de las demandas, arbitrajes y conciliaciones extrajudiciales interpuestas por un tercero en contra del Instituto, se evaluará la probabilidad de pérdida del proceso, con el fin de identificar si existe una obligación remota, posible o probable.
En caso de que existan múltiples entidades demandadas frente a un mismo proceso, cada entidad evaluará la probabilidad de pérdida del proceso, en la parte que estime le corresponda. Lo anterior, con independencia de la probabilidad de pérdida de todo el proceso y de que se espere el reembolso parcial o total por parte de un tercero.
MEDICIÓN INICIAL
Los Pasivos contingentes se medirán por el valor que refleje la mejor estimación del desembolso que requeriría el Instituto para cancelar la obligación. Dicha estimación tendrá en cuenta los desenlaces asociados de mayor posibilidad de ocurrencia, la experiencia que se tenga en operaciones similares, los riesgos e incertidumbres y los informes de expertos, entre otros.
Los Pasivos contingentes serán evaluados por la Área correspondiente cuando obtenga nueva información de los hechos económicos asociados o, como mínimo, al final del periodo contable, con el fin de asegurar que su evolución se refleje apropiadamente en los Estados Financieros. Por tanto, la probabilidad de pérdida será objeto de seguimiento cuando la dependencia encargada obtenga nueva información o, como mínimo, al final del periodo contable para determinar si la obligación continúa siendo posible o pasa a ser remota o probable, en estos dos últimos casos revertirá los saldos registrados en las cuentas de orden.
REVELACIONES
El Instituto revelará los activos contingentes en cuentas de orden deudoras cuando sea posible realizar una medición. Además, para cada tipo de activo contingente, revelará la siguiente información:
c) una descripción de la naturaleza del pasivo contingente;
d) Una estimación de los efectos financieros y una indicación de las incertidumbres relacionadas con el valor o las fechas de entrada de recursos; lo anterior, en la medida en que sea practicable obtener la información.
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Adicionalmente, cuando sea posible realizar una medición de los efectos financieros del pasivo contingente, estos se registrarán en cuenta de orden acreedoras contingentes. La medición corresponderá a la mejor estimación del desembolso que la empresa tendría que realizar para cancelar la obligación. Ahora bien, cuando el efecto del valor del dinero en el tiempo resulte significativo, el valor del pasivo contingente será el valor presente de los valores que se requerirían para cancelar la obligación. Para el cálculo del valor presente, se utilizará como factor de descuento la tasa de interés extraída de la curva cero cupones de los TES, emitidos por el Gobierno Nacional, más cercana a los plazos estimados para el pago de dicho pasivo contingente. Un efecto significativo del valor del dinero en el tiempo se presenta cuando el plazo para cancelar la contingencia se estima mayor a los 12 meses siguientes a la fecha de registro del pasivo contingente.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición inicial | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición promotor Posterior | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
INGRESOS DE TRANSACCIONES SIN CONTRAPRESTACIÓN
ALCANCE
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Esta política contable comprende los recursos, monetarios o no monetarios, que reciba El Instituto., sin que deba entregar a cambio una contraprestación que se aproxime al valor de mercado del recurso que recibe, es decir, la entidad no entrega nada a cambio del recurso recibido o si lo hace, el valor entregado es menor al valor de mercado del recurso recibido.
RECONOCIMIENTO
El Instituto, se reconocerá como ingresos de transacciones sin contraprestación, los recursos, monetarios o no monetarios, sin que deba entregar a cambio una contraprestación que se aproxime al valor de mercado del recurso que se recibe.
Un ingreso de una transacción sin contraprestación se reconocerá cuando:
a) Se tenga el control sobre el activo.
b) Sea probable que fluyan, a El Instituto. beneficios económicos futuros
c) El valor del activo pueda ser medido con fiabilidad. Los recursos que reciba El Instituto a favor de terceros no se reconocerán como ingresos de transacciones sin contraprestación, sino como pasivos.
Los ingresos sin contraprestación de El Instituto. se descomponen de la siguiente manera: transferencias y subvenciones.
TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES
Los ingresos por transferencias y subvenciones corresponden a ingresos por transacciones sin contraprestación, recibidos de terceros para la ejecución de proyectos.
En caso de estar sometidos a estipulaciones sobre el uso o destinación de los recursos transferidos a El Instituto, originadas en la normatividad vigente o en acuerdos de carácter vinculante se considerarán para determinar su reconocimiento.
Existen restricciones cuando se requiere que El Instituto, los use o destine a una finalidad particular, sin que ello implique que dichos recursos se devuelvan al cedente en el caso de que se incumpla la estipulación. En este caso, si El Instituto, beneficiaria del recurso transferido evalúa que su transferencia le impone simplemente restricciones, reconocerá un ingreso en el resultado del periodo cuando se den las condiciones de control del recurso.
Existen condiciones cuando se requiere que El Instituto. los use o destine a una finalidad particular y si esto no ocurre, dichos recursos se devuelven a la entidad que los transfirió, quien tiene la facultad administrativa o legal de hacer exigible la devolución. Por consiguiente, cuando El Instituto. reconozca inicialmente un activo sujeto a una condición, también reconocerá un pasivo. El pasivo inicialmente reconocido se reducirá en la medida que El Instituto. cumpla las condiciones asociadas a su uso o destinación, momento en el cual se reconocerá el ingreso en el resultado del periodo.
Si El Instituto. evalúa que la transferencia y subvenciones del recurso no impone estipulaciones, reconocerá un ingreso en el resultado del periodo cuando se den las condiciones de control del recurso.
En los casos en los cuales se requiera un acuerdo de transferencia y subvenciones antes de que los recursos puedan ser transferidos, El Instituto. no reconocerá los recursos como activos hasta el momento en que el acuerdo sea vinculante y esté claro el derecho a la transferencia y subvenciones. Si El Instituto. no tiene capacidad de reclamar legal o contractualmente los recursos, no los reconocerá como activo.
En consecuencia, solo se reconocerá el activo, y el ingreso o pasivo correspondiente, cuando exista un derecho exigible por ley o por acuerdo contractual vinculante y cuando El Instituto evalúe que es probable que la entrada de recursos ocurra.
Las transferencias y subvenciones en efectivo entre entidades de gobierno se reconocerán como ingreso en el resultado del periodo cuando la entidad cedente expida el acto administrativo de reconocimiento de la obligación por concepto de la transferencia, salvo que esta esté sujeta a condiciones, caso en el cual se reconocerá un pasivo.
Los bienes que reciba la entidad de otras entidades del sector público y las donaciones se reconocerán como ingreso en el resultado del periodo, cuando quien transfiere el recurso se obligue, de manera vinculante, a la transferencia.
MEDICIÓN
El Instituto. medirá las transferencias y subvenciones en efectivo por el valor recibido. En caso de que la transferencia se perciba en moneda extranjera.
Las transferencias no monetarias (inventarios, propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión, activos intangibles, bienes de uso público, y bienes históricos y culturales) se medirán por el valor de mercado del activo recibido y, en ausencia de éste, por el costo de reposición. Si no es factible obtener alguna de las anteriores mediciones, las transferencias no monetarias se medirán por el valor en libros que tenía el activo en la entidad que transfirió el recurso.
REVELACIÓN
El Instituto. revelará la siguiente información:
a) El valor de los ingresos de transacciones sin contraprestación reconocidos durante el periodo contable mostrando, por separado, las transferencias, las retribuciones, detallando en cada uno, los principales conceptos;
b) el valor de las cuentas por cobrar reconocidas con respecto a los ingresos sin contraprestación;
c) el valor de los pasivos reconocidos originados en los recursos transferidos sujetos a condiciones; y
d) la existencia de cualquier cobro anticipado con respecto a las transacciones sin contraprestación.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición inicial | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición Posterior | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
INGRESOS DE TRANSACCIONES CON CONTRAPRESTACIÓN ALCANCE
El alcance de esta política contable aplica para todos los hechos económicos
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originados por la venta de bienes, por la prestación de servicios o por el uso que terceros hacen de activos, los cuales producen intereses, regalías, arrendamientos, dividendos o participaciones, entre otros.
RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como ingresos de transacciones con contraprestación, los que se originan en la prestación de servicios o en el uso que terceros hacen de activos, venta de bienes y otros ingresos.
INGRESOS POR EL USO DE ACTIVOS POR PARTE DE TERCEROS
Se reconocerán como ingresos derivados del uso de activos de El Instituto. por parte de terceros, los intereses (rendimientos financieros), entre otros.
Los ingresos por el uso de activos por parte de terceros se reconocerán siempre que el valor de los ingresos pueda medirse con fiabilidad y sea probable que El Instituto. es quien recibe los beneficios económicos o el potencial de servicio, asociados con la transacción.
Los ingresos por intereses corresponden a la remuneración que terceros pagan por el uso de efectivo y de equivalentes al efectivo de El Instituto. Su reconocimiento se realizará utilizando la tasa de interés efectiva.
MEDICIÓN
Los ingresos se medirán por el valor de mercado de la contraprestación recibida o por recibir.
REVELACIÓN
El instituto, revelará la siguiente información:
a) La cuantía y el origen de cada categoría prestación de servicios, intereses, entre otras; y
b) El valor de los ingresos producidos por intercambios de bienes o servicios.
RESPONSABLES
En el siguiente esquema se indican las dependencias responsables del cumplimiento de la presente política:}
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición inicial | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición Posterior | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
POLÍTICA DE GASTOS
En el Instituto los gastos corresponden a los decrementos en el potencial de servicio a lo largo del periodo contable (bien en forma de salidas o disminuciones del valor de los activos, o bien por la generación o aumento de los pasivos), que dan como resultado decrementos en el patrimonio. Los gastos resultan del consumo de activos (depreciación), de la disminución del potencial de servicio (deterioro), del ajuste de activos al valor de mercado, del ajuste de pasivos por variaciones en su valor, de las pérdidas por siniestros o de la venta de activos no corrientes que deben reconocerse en el resultado del periodo.
Toda erogación se documenta mediante soportes de origen, internos o externos, debidamente fechados y autorizados por quienes intervengan en ellos o los elaboren. Así mismo los hechos económicos se reconocen y contabilizan en el periodo contable en que ocurren, es decir en el periodo que se recibe el bien o servicio.
El Instituto reconoce y registra los siguientes gastos:
- Gastos de administración y operación.
- Deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones.
- Transferencias y subvenciones.
- Gasto público social.
Otros gastos.
Los gastos se revelan de acuerdo con las funciones que desempeña la Entidad, la naturaleza del gasto, la ocurrencia de eventos extraordinarios y hechos no transaccionales, y las relaciones con otras entidades del sector público.
EFECTOS DE LAS VARIACIONES EN LAS TASAS DE CAMBIO DE LA MONEDA EXTRANJERA
Cuando la empresa realice transacciones en moneda extranjera, conversión de estados financieros de negocios en el extranjero o conversión de sus estados financieros a una moneda de presentación distinta a la moneda funcional, aplicará los criterios de esta Norma. La moneda funcional corresponderá al peso colombiano.
TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA
Una transacción en moneda extranjera es toda transacción cuyo valor se denomina o exige su liquidación en una moneda diferente al peso colombiano. Entre estas transacciones se incluyen aquellas en las que la empresa compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera y aquellas en las que presta o toma prestados fondos que se liquidan en una moneda extranjera.
RECONOCIMIENTO INICIAL
Toda transacción en moneda extranjera se reconocerá utilizando el peso colombiano. Para tal efecto, la tasa de cambio de contado en la fecha de la transacción se aplicará al valor en moneda extranjera. La tasa de cambio de contado es la tasa del valor actual de la moneda funcional en la fecha de la transacción. La fecha de una transacción es la fecha en la cual dicha transacción cumple las condiciones para su reconocimiento como un elemento de los estados financieros.
RECONOCIMIENTO DE LAS DIFERENCIAS DE CAMBIO
Al final de cada periodo contable, las partidas monetarias en moneda extranjera se reexpresarán utilizando la tasa de cambio en la fecha del cierre del periodo. Las partidas no monetarias en moneda extranjera que se midan en términos del costo se reexpresarán utilizando la tasa de cambio en la fecha de la transacción y las que se midan al valor razonable o al costo de reposición se convertirán utilizando las tasas de cambio en la fecha en que se mida ese valor.
Las diferencias en cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias o al reexpresar las partidas monetarias a tasas de cambio diferentes de las utilizadas para su reconocimiento inicial, se reconocerán como ingreso o gasto en el resultado del periodo. Las diferencias en cambio que surjan al reexpresar partidas no monetarias medidas al valor razonable o al costo de reposición, se reconocerán como ingreso o gasto en el resultado del periodo como parte de la variación del valor que ha tenido la partida durante el periodo contable.
Las partidas monetarias por cobrar o por pagar cuya liquidación no esté contemplada ni sea probable que ocurra en el futuro previsible formarán parte de la inversión neta en un negocio en el extranjero. Por lo tanto, las diferencias de cambio surgidas de esas partidas se reconocerán en los resultados de los estados financieros separados de la empresa. Para los estados financieros que contengan el negocio en el extranjero y la entidad inversora, estas diferencias de cambio se reconocerán en el patrimonio y se presentarán en el otro resultado integral. Cuando se realice la disposición del negocio en el extranjero, el valor acumulado en el patrimonio se reclasificará al resultado del periodo.
REVELACIONES
La empresa revelará la siguiente información:
a) el valor de las diferencias de cambio reconocidas en el resultado del periodo, con excepción de las procedentes de los instrumentos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados, de acuerdo con la Norma de inversiones de administración de liquidez; y
b) las diferencias de cambio netas reconocidas en el patrimonio y presentadas en el otro resultado integral, así como una conciliación entre los valores de estas diferencias al principio y al final del periodo contable
| Etapa del proceso contable | Dependencia | Responsable |
| Reconocimiento | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición inicial | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Medición Posterior | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
| Revelación | Dirección de Gestión Financiera | Director (a) |
