Buscar search
Índice developer_guide

ACUERDO 12 DE 2023

(mayo 3)

Diario Oficial No. 52.385 de 4 de mayo de 2023

INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR, MARIANO OSPINA PÉREZ

Por el cual se modifica, actualiza y adopta el Código de Integridad del Icetex.

LA JUNTA DIRECTIVA,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que le confiere la Ley 1002 de 2005, y el Decreto Reglamentario 1050 de 2006, y el numeral 6 del artículo 9o del Acuerdo 013 de 2022,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez” (Icetex), es una Entidad Financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, creado por el Decreto Ley 2586 de 1950, transformado por la Ley 1002 de 2005 y reglamentado por Decreto 1050 de 2006.

Que conforme al artículo 2o de la Ley 1002 de 2005, el objeto del Icetex es el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos, a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros.

Que de conformidad con el artículo 7o del Decreto 1050 de 2006, junto con el Presidente, la Junta Directiva es un órgano de dirección y administración que formula la política general, los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de 2005, en los lineamientos y política del Gobierno nacional en materia de crédito educativo.

Que el Decreto 1050 de 2006, en su artículo 9o, numeral sexto, le asignó como función a la Junta Directiva adoptar el Código de Ética y en virtud de lo anterior, mediante Acuerdo 009 del 26 de abril de 2010 adoptó el Código de Ética y de Conducta de la Entidad.

Que el Manual Operativo del Sistema de Gestión del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) señaló que era evidente “la necesidad de construir una Política de Integridad para las entidades públicas, dentro de la cual el más reciente desarrollo ha sido la adopción de un “código general” o “código tipo” que establece mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país, convirtiéndose así, en una guía de comportamiento en el servicio público. Un código que a la vez es una herramienta de cambio cultural que incita a nuevos tipos de reflexiones, actitudes y comportamientos”, y, sobre el Código de Integridad elaborado por la Función Pública se señaló que “constituye una herramienta para ser implementada por las entidades públicas de la Rama Ejecutiva Colombiana”.

Que conforme al Decreto Nacional 1499 de 2017 y al Manual Operativo de Gestión MIPG, los “Valores del Servicio Público - Código de Integridad”, deben hacer parte del engranaje de todas las entidades de la Rama Ejecutiva con la inclusión de este en el componente de Política de Talento Humano dentro del Modelo Integrado de Planeación y Gestión II de cada entidad.

Que teniendo en cuenta los parámetros del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y de la Política de Integridad, el Departamento Administrativo de la Función Pública desarrolló un “Código General” o “Código Tipo” que denominó Código de Integridad, con las características de ser general, conciso y en el cual se establecieron unos mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país, una línea de acción cotidiana para los servidores, quedando compendiados cinco (5) valores así: “honestidad, respeto, compromiso, diligencia y justicia”.

Que el Icetex realizó el proceso de armonización entre el Código de Ética y de Conducta de la Entidad con el Código de Integridad del Servicio Público teniendo en cuenta que los valores con los que se había forjado la cultura ética del Instituto no diferían de los valores consignados en el Código de Integridad, sino por el contrario se fortalecían al encontrarse inmersos en ellos.

Que la Junta Directiva de la Entidad, por medio del Acuerdo 007 del 6 de marzo del 2018, adoptó el Código de Integridad del Icetex.

Que el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, define que en cada una de las entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.

Que en cumplimiento de la norma anteriormente citada, el Icetex mediante Resolución número 2327 del 22 de diciembre de 2017, creó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y dispuso su funcionamiento.

Que la Resolución número 2327 del 22 de diciembre de 2017 con relación al seguimiento y cumplimiento de la política de Integridad de la Entidad, establece dentro de las funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño: “Someter a aprobación de la Junta Directiva las modificaciones o ajustes que consideren necesarios en el Código de Integridad del Icetex”.

Que en cumplimiento de las disposiciones legales y con el fin de garantizar un estudio integral, especializado y participativo de los temas de competencia del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Icetex, se hizo necesario actualizar su composición y reglamento, por lo tanto, por medio de la Resolución 1039 del 14 de septiembre de 2021 se crea, conforma y reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Icetex.

Que mediante la Resolución número 383 de 2022 se adoptó la Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional (IRSSI) del Icetex que contempla un pilar estratégico para la sostenibilidad ética, integridad y el Buen Gobierno que direcciona el propósito de valor estratégico de Gobierno corporativo para el Icetex.

Que mediante Acuerdo 18 del 21 de junio de 2022 por el cual se adopta, modifica y actualiza el Código para el Buen Gobierno del Icetex, se expresa en el Capítulo IV numeral 4.1 “Política de la integridad y Buen Gobierno” que “El Icetex, aplica sus Códigos de Integridad y para el Buen Gobierno como una forma de ejercer sus funciones dentro del estricto cumplimiento de la Constitución y la ley, en términos de eficiencia, integridad, equidad, transparencia y orientación hacia el bien común, orientándose hacia una gestión integra, con principios y valores institucionales frente a todos sus grupos de valor y demás grupos de interés”.

Que el Acuerdo 007 de 2018, “por el cual se adopta el Código de Integridad del Icetex” requiere actualización, con el fin de articularlo con la Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional (IRSSI) y con el nuevo Código para el Buen Gobierno del Icetex que en el literal a) numeral 4.1 del Capítulo IV menciona que, “para la gestión ética, integralidad y el buen gobierno el Icetex: “Guía y promueve sus actuaciones orientadas por los principios y valores institucionales establecidos en el Código de Integridad”, y en el literal h) establece que “Contribuye con la Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional en el marco de su categoría de ética y buen gobierno y la subcategoría de transparencia e integridad pública”.

Que en el Acuerdo 013 de 2022, “POR el cual se adoptan, compilan, modifican, actualizan y adicionan los Estatutos del Icetex y se dictan otras disposiciones”, se establece la función derivada del Decreto 1050 de 2006, asignada a la Junta Directiva de “(...) adoptar el Código para el Buen Gobierno e Integridad(...)” en el artículo 9o, numeral 6.

Que finalizado el término de la publicación para comentarios, en cumplimiento del ejercicio de participación, no se recibieron observaciones al proyecto de Acuerdo o sus documentos anexos por parte de la ciudadanía.

Que en sesión ordinaria de fecha 29 de marzo de 2023, la Junta Directiva aprobó la actualización del Código de Integridad, de acuerdo con la información presentada por la Secretaría General de la Entidad.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificar, actualizar y adoptar el Código de Integridad del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez” - Icetex, de acuerdo con lo siguiente:

TÍTULO I

1.1. GENERALIDAD. Las siguientes disposiciones voluntarias de autorregulación, del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez” (Icetex), plasmadas en lo que comprende el Código de Integridad, contribuyen a que se desarrollen reglas claras y precisas que permitirán definir las expectativas de comportamiento, un estilo de dirección unificado, incrementar la credibilidad y la confianza en los diferentes grupos de valor y demás grupos de interés, así como fortalecer una cultura organizacional orientada al cumplimiento de los fines de la Entidad.

1.2. DEFINICIÓN. El Código de Integridad es una herramienta de transformación cultural que busca un cambio en las percepciones que tienen los servidores de la Entidad sobre su trabajo, basado en el enaltecimiento, orgullo y vocación por su rol al servicio de los ciudadanos y en el entendimiento de la importancia que tiene su labor para el país.

1.3. OBJETIVO. Establecer los lineamientos para el Gobierno corporativo que se refiere a la conducción del Icetex, de acuerdo con criterios de eficiencia, integridad y transparencia, con la finalidad de generar e incrementar la confianza de la ciudadanía en el aparato estatal y adquirir mayores niveles de gobernabilidad.

1.4. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El Código de Integridad agrupa los valores y normas de conducta aplicables a la actuación que deben conservar los miembros de Junta Directiva y todos los servidores públicos, incluyendo pasantes y contratistas vinculados al Icetex.

1.5. VALORES INSTITUCIONALES

- Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.

- Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.

- Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.

- Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud, destreza y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.

- Justicia: Actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación.

- Trabajo en equipo: Preservamos la unidad del equipo y nuestra diversidad. Nos esforzamos en trabajar en colaboración con nuestros colegas y aliados para producir los mejores resultados posibles.

- Compromiso con la innovación y la excelencia: Damos al máximo todas nuestras capacidades para cumplir con todo aquello que nos ha sido confiado. Nos atrevemos a emprender acciones innovadoras construyendo nuestro futuro y mejoramos cada cosa que hacemos y nos aseguramos de que quede bien. Nos esforzamos por ser los mejores en todo lo que hacemos logrando una cultura de mejora continua.

1.6. CONFLICTO DE INTERÉS

1.6.1. PRINCIPIOS APLICABLES A LA PREVENCIÓN DE POTENCIALES CONFLICTOS DE INTERÉS(1)

Los miembros de la Junta Directiva, servidores públicos, contratistas y pasantes del Icetex se adhieren a los principios y fundamentos descritos en este Código cuando en ocasión del ejercicio de sus funciones, o sus decisiones, ingresen o se consideran que entran en conflicto con los intereses del Icetex declarándose impedidos para actuar en un asunto, cuando exista un interés particular, propio o de un tercero, directo o indirecto en su regulación, gestión, control o decisión respectiva, que pueda oponerse al mejor interés del Icetex, en especial si dicho interés lo tuviere la sociedad conyugal de hecho o de derecho, o alguno de los familiares del respectivo miembro o funcionario, hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil.

Así mismo, se debe dar cumplimiento en los procedimientos y medidas preventivas establecidas en la Guía de Conflicto de Intereses del Icetex; que tiene como finalidad conocer, prevenir y gestionar de manera oportuna los posibles conflictos de intereses que puedan presentarse a los servidores públicos y contratistas con ocasión del ejercicio de sus funciones y obligaciones, respectivamente.

Las situaciones que involucren un conflicto de interés deberán ser inmediatamente informadas a las instancias siguientes:

a) Cuando un miembro de Junta Directiva se encuentre incurso en una situación de conflicto de interés o considere poder estarlo, corresponderá a la Junta Directiva estudiar el caso y definir las acciones a seguir. Dicho análisis, será realizado sin la presencia del respectivo miembro de Junta.

b) Por los directivos y funcionarios, al superior jerárquico o directamente al Presidente del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, quien definirá si debe llevarse ante dicha instancia.

c) En el caso de los contratistas, deben poner en conocimiento la situación al supervisor del contrato.

d) Si alguno de los destinatarios del presente Código identifica la existencia de un conflicto de interés, deberá analizar la situación u operación y proceder a dar cumplimiento a los lineamientos y medidas preventivas establecidas en la Guía de Conflicto de Intereses Icetex, e informar al Representante Legal, para que lo releve de tomar decisiones o realizar gestión alguna tendiente a intervenir de manera directa o indirecta sobre el caso en particular.

e) Los conflictos de intereses que involucren a los servidores de la Oficina de Control Interno serán estudiados y analizados por el jefe de dicha oficina, de acuerdo con el estatuto de auditoría y código de ética de los auditores internos. Si se encuentra involucrado el Jefe de la Oficina de Control Interno, le corresponderá al Presidente de la entidad realizar el análisis.

f) En todo caso se debe dar cumplimiento a los procedimientos y medidas preventivas establecidas en la Guía de Conflicto de Intereses del Icetex que tiene como finalidad conocer, prevenir y gestionar de manera oportuna los posibles conflictos de intereses que puedan presentarse a los servidores públicos y contratistas con ocasión del ejercicio de sus funciones y obligaciones respectivamente. Así mismo, existe el correo electrónico conflictosdeinteres@icetex.gov.co como mecanismo de apoyo para la identificación y asesoría en el reporte de posibles casos de conflictos de interés, de acuerdo con lo establecido en el presente Código.

En consecuencia, los servidores públicos, contratistas y pasantes vinculados al Icetex deberán abstenerse de:

- Participar en actividades, negocios u operaciones contrarias a la Ley, a los intereses del Icetex, que puedan perjudicar el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades o afectar el buen nombre de la Entidad.

- Realizar cualquier negocio u operación con fundamento en sentimientos de amistad, enemistad o relaciones familiares, en provecho suyo o de un tercero.

- Otorgar a los constituyentes de fondos cualquier tipo de preferencia económica que esté por fuera de las políticas establecidas por el Instituto y el convenio suscrito para su administración de cada Fondo para las diferentes operaciones que realice, en provecho suyo o de un tercero.

- Realizar cualquier operación utilizando información privilegiada en provecho suyo o de terceros.

- Recibir remuneración, dádivas o cualquier otro tipo de compensación en dinero o en especie por parte de cualquier persona natural o jurídica, en razón del ejercicio de sus funciones y actividades que realiza.

- Utilizar su condición de directivo, empleado, contratista, proveedor o pasante del Icetex para obtener beneficios personales.

- Utilizar el nombre, razón social, sigla, marca, denominación de servicios o productos del Icetex, o cualquier elemento propio de la Entidad para actividades particulares y/o terceras partes.

- Ofrecer sus servicios, experiencia profesional o conocimientos a clientes y usuarios de la Entidad.

- Utilizar las instalaciones, información y/o los elementos de trabajo del Icetex para manejar o promover negocios a título personal o en provecho de terceros.

1.6.2. CONFLICTOS DE INTERÉS PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN DE TESORERÍA O LA DEPENDENCIA QUE HAGA SUS VECES

a) Inversiones Personales: los servidores públicos del Icetex que tengan como función la compra y venta de títulos valores tendrán las siguientes obligaciones:

- Revelar cualquier tipo de inversión personal con entidades con las cuales se manejen recursos financieros propios o administrados por el Icetex.

- Actualizar trimestralmente la información financiera en el formato de Declaración de Bienes y Rentas.

- Las anteriores obligaciones no aplican a las inversiones realizadas en fondos de pensiones voluntarias, obligatorias, fondos de cesantías, carteras colectivas y cuentas de ahorro para el Fomento de la Construcción.

b) Realización de Inversiones: las operaciones de compra/venta de inversiones, no podrán efectuarse causando detrimento alguno a los recursos de terceros, de la nación, del TAE o de los propios de la Entidad.

c) Dádivas: los servidores públicos del área de tesorería del Icetex que realicen operaciones de compra y venta de títulos valores, no deben recibir ni dar ningún tipo de dádivas o regalos.

1.6.3. CONDUCTA PARA LAS OPERACIONES FINANCIERAS

El presente aparte, entre otros, tiene como finalidad servir de guía a los servidores públicos relacionados con las operaciones de tesorería y fijar el estándar mínimo de conducta que el Icetex espera de los servidores públicos relacionados con estas actividades.

a) Negociación: los servidores públicos de la Dirección de Tesorería o la dependencia que haga sus veces en la realización de sus actividades tienen el deber de conducirse con transparencia, confidencialidad y profesionalismo:

- Transparencia: en virtud de este principio todas las operaciones de tesorería deberán ser ejecutadas con estricta sujeción a las políticas, el manual de inversiones y demás reglas y procedimientos, previamente definidos y aprobados por la Junta Directiva o el Representante Legal del Icetex para lo cual se tendrán en cuenta las recomendaciones del Comité Financiero y de Inversiones.

- Confidencialidad: el compromiso como funcionario del Icetex exige mantener en reserva la información relacionada con el Instituto, que no deba ser de dominio público, así como abstenerse de aprovecharla para fines particulares.

- Profesionalismo: con fundamento en información seria, razonable y objetiva, deben actuar con el conocimiento necesario para desarrollar las actividades propias de la gestión de tesorería e inversiones, absteniéndose de dar información ficticia, incompleta o inexacta, así como omitir conductas que puedan provocar por error la compra o venta de valores o activos financieros en perjuicio de la Entidad.

- Grabación de las comunicaciones pertinentes a la negociación: Las comunicaciones de mensajería electrónica y de voz de los servidores públicos que participan en las negociaciones deben ser grabadas en sistemas auditables.

b) Estructura de Negociación:

- El servidor público encargado de realizar las operaciones de compra venta de títulos valores, deberá dejar un registro claro y preciso, a fin de evitar confusiones en el desarrollo y cumplimiento de las mismas. Toda operación deberá tener seguimiento del servidor hasta el cumplimiento de la misma, suministrándole al área operativa información clara y concisa que le permita cumplirla.

- En cuanto sea aplicable, deberán cumplirse las prácticas comerciales, las regulaciones del mercado de valores y las que se hayan expedido sobre el particular, por la Superintendencia Financiera de Colombia y cuando se considere aplicable y conveniente aquellas recomendaciones de sanas prácticas que expida el Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia.

c) Uso de Límites y Atribuciones:

- Los procedimientos, normas de control y medidas de seguridad establecidas para las operaciones son de obligatorio cumplimiento.

- Todas las operaciones que se realicen deben ser autorizadas previamente por el Comité Financiero y de Inversiones:

- Todas las operaciones que se realicen están sujetas a los cupos de emisor y emisión, límites de grupo económico y límites de operaciones con contrapartes aprobados por la Junta Directiva: si alguna de estas sobrepasa el cupo, límite y atribución conferida debe ser solucionada previa a su ejecución ante la instancia pertinente y reportada a los órganos colegiados.

- Solo podrán efectuarse cierres de operaciones dentro de la Dirección de Tesorería y en los horarios que para tal efecto se tengan determinados. En casos de contingencia se establecen otros espacios expresamente definidos por la Vicepresidencia Financiera.

d) Relaciones: Los servidores públicos del Icetex y en particular los de la Dirección de Tesorería en sus relaciones con la Entidad, las Contrapartes y los Organismos de Control y Vigilancia, deberán dar cumplimiento a las siguientes reglas de conducta:

Con la Entidad

- Aplicar los principios éticos que rigen la conducta profesional de las personas que realizan operaciones de tesorería.

- No podrá ofrecer, solicitar, ni aceptar gratificaciones personales, comisiones o cualquier otra forma de remuneración en transacción o inversión realizada por la Dirección de Tesorería.

- No podrá realizar operaciones que no correspondan a precios de mercado, como tampoco registrar las operaciones con una naturaleza distinta a la operación celebrada.

- No podrá aprovecharse de su condición como funcionario del Icetex para realizar negocios propios.

- En ningún caso se podrán realizar operaciones de tesorería que generen conflicto de interés.

- Se debe reportar inmediatamente al Oficial de Cumplimiento, cualquier situación sospechosa, anomalía o inconsistencia que se presente en alguna operación, relacionada con Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

- Solo se deben cumplir operaciones que cuenten con los soportes y registros correctos.

- Se debe reportar inmediatamente a Presidencia y a la Vicepresidencia Financiera si los servidores públicos de la Dirección de Tesorería tienen familiares que trabajen en cargos de tesorería de las contrapartes y emisores con cupos y límites vigentes.

Con las Contrapartes

- Los Servidores públicos no podrán realizar negociaciones de inversiones y de tesorería, con recursos propios o administrados del Icetex, sin tener el conocimiento adecuado de su contraparte, quien debe cumplir con los requisitos establecidos por las entidades reguladoras y por el Icetex; no obstante, cuando se realicen operaciones de compra o venta de inversiones de capital con personas distintas a las vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, es responsabilidad de los servidores públicos de la Dirección de Tesorería identificar al comprador o al vendedor y la actividad económica del mismo. En todo caso, esta contraparte deberá estar aprobada por parte de la Junta Directiva.

- Ejecutar las políticas de inversión conforme a los principios de negociabilidad y oportunidad expuestos en el Manual de Inversiones del Icetex.

Entre servidores públicos

- Regirse con profesionalismo, respetando las normas legales que le sean aplicables y las buenas prácticas.

- Mantener una relación basada en principios éticos y de respeto mutuo.

- Compartir con los demás servidores públicos, los conocimientos e información no sujeta a reserva, obtenidos en el desarrollo y cumplimiento de las operaciones, que permitan mejorar el desempeño de la Dirección de Tesorería.

Con Entidades de Vigilancia y Control

- Es deber de los servidores públicos de la Dirección de Tesorería investigar, conocer y aplicar las normas que rigen la actividad y las relaciones con el mercado, al igual de los servidores públicos de la Oficina de Riesgos en su rol pertinente a esta actividad.

- En el momento que una entidad de vigilancia, supervisión, administrativa, judicial y de control requiera información relacionada con las actividades de la Dirección de Tesorería, debe suministrarse y someterse a las pruebas que las normas legales establezcan.

Personas Públicamente Expuestas: el relacionamiento del Icetex con Personas Públicamente Expuestas será objeto de un estudio especial y previo. Para el efecto, se divulgarán internamente los criterios para considerar una persona como tal y cualquier operación en la que esta tenga un interés directo o indirecto será sometida a consideración previa del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, para que este evalué si la misma se ajusta a la ley y al presente Código.

e) Manejo de Recursos: los recursos físicos, tecnológicos e informáticos que el Icetex ha dispuesto para la realización y cumplimiento de las actividades de la Dirección de Tesorería, deberán ser usados para tal fin, tener una correcta utilización y conservación en todo momento y consulte las mejores prácticas en materia de seguridad de la información.

1.6.4. PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN Y DIVULGACIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES

Los servidores públicos de Icetex involucrados, incursos o que crean que otro de ellos está inmerso en situaciones de conflicto de interés deberán informarlo de acuerdo con los términos y procedimientos establecidos en la Guía de Conflicto de Intereses Icetex.

Respecto a los miembros de Junta Directiva, se deberá informar al Presidente de la Junta Directiva por escrito, o al Secretario Técnico quien pondrá en conocimiento de los demás miembros, estudiarán el caso y definirán las acciones a seguir. Dicho análisis, será realizado sin la presencia del respectivo miembro de Junta que se declaró impedido.

Los grupos de interés deberán consultar con el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, los eventos que puedan ofrecer dudas en relación con un posible conflicto de interés o manejo de información de carácter reservado.

1.7. ACTOS INCORRECTOS

Se entiende por acto incorrecto, para efecto de la aplicación de este Código, toda acción u obra cuyo efecto sea el incumplimiento por acción o por omisión de las normas legales, de las disposiciones generales y particulares de este Código, así como cualquier intento o actuación de un servidor público y colaboradores sin importar el tipo de vinculación con el Icetex, de obtener un provecho indebido para sí mismo o para terceros, abusando de su posición, y aquellos que puedan utilizarse para confundir o sorprender la buena fe. Los actos incorrectos pueden involucrar a servidores públicos, clientes, usuarios, proveedores y terceros. Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto por la ley en relación con los deberes y prohibiciones, inhabilidades e impedimentos aplicables a los servidores públicos.

1.7.1. RELACIÓN CON PROVEEDORES, PROPONENTES Y CONTRATISTAS

En los procesos de selección y contratación de proveedores se deberán incluir los criterios de calificación y evaluación definidos para cada caso en particular según la necesidad que se pretende satisfacer en la contratación. En todo caso, en la contratación se observarán los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal, así como el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.

Con el propósito de ejecutar todas las actuaciones en el ejercicio de la función pública dirigidas hacia el logro de los objetivos y cumplimiento de la misión y visión de la Entidad, se dispone continuar con los siguientes lineamientos:

a) En el trato con proponentes, proveedores o contratistas, actuar siempre con transparencia e integridad y excluir toda acción que pueda redundar en provecho personal, con el fin de preservar la independencia de criterio y el principio de equidad, no mantener relaciones ni aceptar situaciones en cuyo contexto de intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.

b) Cuando exista o surja duda respecto a la existencia de un conflicto de intereses, el servidor debe abstenerse de intervenir directa o indirectamente en la gestión e informar inmediatamente a su superior.

c) Tienen que acatar y velar en el desempeño de sus actividades por el cumplimiento de los códigos de ética de cada una de sus profesiones.

d) No solicitar, aceptar u ofrecer, remuneraciones, contribuciones, regalos, propinas, favores, préstamos, premios, viajes, pagos en especie o tratos preferenciales de personas naturales o jurídicas que tienen o puedan solicitar y/o recibir beneficios para sí o para un tercero y que comprometan o pudieran dar la apariencia de comprometer su juicio e independencia de manera directa e indirecta en la toma de decisiones.

e) Debe tenerse en cuenta que los obsequios o los regalos no siempre son objetos físicos, sino que también pueden consistir en servicios, favores u otros elementos de valor y que las atenciones pueden darse a través de eventos sociales, invitaciones, comidas o el ofrecimiento de sitios de recreo, becas, rifas, premios, acceso a servicios sin costo o en condiciones preferenciales.

f) La responsabilidad legal y ética de todo servidor público, pasante o contratista que preste sus servicios para la Entidad, debe mantener en reserva la información obtenida en el ejercicio de sus responsabilidades que no deba ser de dominio público, así como abstenerse de aprovecharla para fines particulares.

g) La violación de las normas contractuales lesiona la buena imagen y la credibilidad de la Entidad y de la persona natural o jurídica que como contratista del mismo se viese implicada en una situación de dicha índole, a la vez que puede comprometer en responsabilidad penal, disciplinaria y patrimonial con ocasión de sus actuaciones en procesos de contratación de bienes y servicios o por relaciones indebidas con proveedores.

h) Es necesario establecer que las reuniones con los proveedores, proponentes y contratistas son de carácter institucional, razón por la cual estas deberán realizarse dentro de las instalaciones de la Entidad.

i) En todo proceso contractual deberá prevalecer la equidad, imparcialidad, el trato igualitario y carente de interés predeterminado en favor o en contra de alguna persona natural o jurídica desde el inicio de un proceso de adquisición de bienes o servicios, cuyo primer paso es la selección de los potenciales contratistas.

j) En relación con la información que se suministre a los proponentes, las audiencias que se hacen con ellos, las respuestas a sus observaciones, así como las condiciones de presentación y de entrega de las propuestas, debe prevalecer el principio de igualdad. En las invitaciones se plantearán claramente las reglas que regirán el proceso y se expondrán las exigencias técnicas, económicas y legales que se deben cumplir.

k) Teniendo en cuenta que el desconocimiento de las normas legales no excusa su incumplimiento, los funcionarios y contratistas que presten sus servicios para la Entidad deben preocuparse por conocer con precisión las leyes y normas vigentes y agotar los medios a su alcance para aclarar las dudas que se les presenten; entender que la ley es objetiva y por ende ajena a interpretaciones individuales o circunstanciales.

1.7.2. RELACIÓN CON LOS BENEFICIARIOS Y USUARIOS

Los destinatarios del presente Código deberán abstenerse de realizar actos con personas naturales o jurídicas de las cuales se tenga conocimiento o sospecha que observan un comportamiento contrario a las leyes. Se debe informar con claridad a los beneficios y usuarios las condiciones y requisitos de los productos y servicios que ofrece la entidad, en especial que los servicios que ofrece el Icetex son gratuitos y no requiere intermediarios.

Las solicitudes, reclamaciones y requerimientos deberán ser atendidos de manera oportuna y precisa, conforme a la normatividad a la que está sometido el instituto y a los contratos respectivos.

1.8. RÉGIMEN SANCIONATORIO

Los destinatarios del presente Código que incumplan el procedimiento y las normas citadas en el presente Código serán sancionados de conformidad con lo estipulado en la Ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y la normatividad vigente, sin perjuicio de las sanciones penales, fiscales y administrativas correspondientes.

1.9. COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

El Comité Institucional de Gestión y Desempeño, fue creado mediante Resolución número 1039 del 14 de septiembre de 2021 el cual se encargará de las funciones del Comité de Ética y Buen Gobierno por tratarse de un comité que no se encuentra establecido en una norma específica. Lo anterior, de acuerdo con el concepto emitido por la Directora de Gestión y Desempeño Institucional del Departamento de la Función Pública el 13 de diciembre de 2017. Así mismo, es importante resaltar que dicho Comité es el facultado en el tema de la prevención y manejo de los conflictos de interés dentro de la Entidad.

1.9.1. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

El Comité Institucional de Gestión y Desempeño tendrá la siguiente conformación:

- El Secretario General con voz y voto quien lo presidirá.

- El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica con voz y voto.

- El Jefe de la Oficina de Riesgos con voz y voto.

- El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o quien haga sus veces, con voz y voto y ejercerá la secretaria técnica del Comité.

- El Asesor Técnico de Planeación o quien haga sus veces con voz y voto.

- El Jefe de la Oficina de Control Interno con voz, pero sin voto.

1.9.2. REUNIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

El Comité Institucional de Gestión y Desempeño se reunirá de acuerdo con lo establecido mediante la Resolución número 1039 del 14 de septiembre de 2021 y demás actualizaciones o modificaciones a las que tenga lugar.

1.9.3. FUNCIONES DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO

En relación con el manejo de los conflictos de interés dentro del Icetex, son funciones del Comité, además de las señaladas en la Resolución número 1039 del 14 de septiembre de 2021 se crea, conforma y reglamenta el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Icetex y demás actualizaciones o modificaciones a las que tenga lugar, las siguientes:

a) Proponer la identificación de un conflicto de interés en un caso concreto.

b) Proponer mecanismos para facilitar la prevención, el manejo y la divulgación de los conflictos de interés que puedan presentarse entre los grupos de interés.

c) Proponer procedimientos de resolución y divulgación de conflictos de interés de acuerdo con lo establecido en el acápite pertinente de este Código.

d) Proponer estrategias para prevenir y resolver los conflictos de interés.

e) Proponer a Junta Directiva la adopción de mecanismos para la administración de conflictos de interés de los miembros de la alta dirección, de los Comités Especiales y de los demás miembros de la Entidad.

f) Proponer políticas sobre conflictos de interés con los grupos de interés.

g) Administrar y tratar los casos de conflictos de interés que ocurran al interior de la Entidad y de los cuales tenga conocimiento.

En relación con el seguimiento y cumplimiento de la política de Integridad de la Entidad, son funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño:

a) Monitorear y hacer seguimiento al desarrollo y cumplimiento de las políticas generales y de dirección de la Entidad y velar por el cumplimiento de las disposiciones estatutarias y reglamentarias relacionadas con la Integridad de la Entidad.

b) Asegurarse de la difusión del Código de Integridad a través de una adecuada capacitación sobre los mismos a los servidores públicos, contratistas y grupos de interés de la Entidad.

c) Realizar seguimiento a las políticas de contratación de la Entidad, en aras del cumplimiento del principio de transparencia en los procesos contractuales.

d. Presentar al Comité Ejecutivo de Presidencia las recomendaciones generadas sobre los temas discutidos por el Comité.

e) Someter a aprobación de la Junta Directiva las modificaciones o ajustes que consideren necesarios en el Código de Integridad del Icetex.

1.10. ALINEACIÓN DEL CÓDIGO DE INTEGRIDAD CON LA INICIATIVA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Y SOSTENIBILIDAD INSTITUCIONAL

La Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional del Icetex se adoptó mediante Resolución número 383 del 2022, donde se definió como la estrategia de innovación social que contribuye a impulsar proyectos de vida brindando las mejores alternativas para crear caminos incluyentes en la educación superior; a través de su relacionamiento con los grupos de valor y demás grupos de interés mediante compromisos y acciones éticas y transparentes para gestionar sus riesgos e impactos mediante propósitos de valor estratégico en lo corporativo, social, ambiental y económico. Es así de la importancia de armonizar y articular el Código de Integridad con los Principios del Pacto Global; principios, ámbitos y materialidades de la responsabilidad social desde el enfoque de la norma Internacional ISO 26000 y su contribución con los Objetivos de Desarrollo Sostenible - ODS; que ayudan a integrar un comportamiento socialmente responsable desde el enfoque de los valores y la integridad.

1.10.1 Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), representan un nuevo punto de partida para tomar decisiones y acciones de manera ética y transparente en torno a la responsabilidad social y buscan garantizar un desarrollo sostenible que satisfaga las necesidades actuales sin repercutir e impactar en el de las futuras generaciones. La contribución de los ODS al concepto de integridad desde lo público representa un reto global, multinivel y transversal en el que deben interactuar todos los actores relevantes (grupos de valor y demás grupos de interés) que tienen relacionamiento de manera directa e indirecta con la operación de la Entidad.

Es así, como el ODS 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas” que ofrece una proyección clara en términos de transparencia, participación y colaboración, desde la perspectiva con la rendición de cuentas, por su conexión con la integridad pública.

A continuación, se establece la alineación y contribución con las metas de este ODS:

Tabla No. 1 ODS 16 - Integridad

ODS 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”

 
16.5. Reducir sustancialmente la corrupción y el soborno en todas sus formas. Las políticas de integridad están llamadas a actuar directamente en la gestión de riesgos para la prevención y, en su caso, lucha contra la corrupción, a través del correspondiente mapa de riesgos, detección de irregularidades,
sistema de denuncias, y el correspondiente régimen disciplinario.

16.6.- Crear instituciones eficaces, responsables y transparentes a todos los niveles.

La transparencia es una de las claves sobre las que pivota el Compliance público, más allá de las exigencias legales, se trata de promover un cambio cultural, entendiendo la transparencia también como una herramienta que permita una efectiva rendición de cuentas, y, en su caso, la exigencia de las respectivas responsabilidades.
16.7.- Garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades a todos los niveles. El Compliance actúa directamente sobre los procesos de toma de decisión, garantizando no solo la debida transparencia que aleje cualquier atisbo de arbitrariedad en los factores determinantes, sino también que todos los actores implicados estén representados y tengan la oportuna participación.

16.10. Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales.
El libre acceso a la información pública, la publicidad pasiva, constituye la otra cara de la moneda de la transparencia, cuyo libre ejercicio se identifica con la normalidad democrática en los países en los que se respetan los derechos y libertades fundamentales, más allá de su configuración legal y base constitucional. El establecimiento de las garantías en el procedimiento, la supervisión a modo de oficial de compliance y el establecimiento de un sistema de control y seguimiento, así como de sanción, vertebran su cumplimiento a través del Compliance.

1.10.2 Alineación con los Principios del Pacto Global

El Pacto Global es un instrumento de libre adhesión para las empresas, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil, para aplicar los diez (10) Principios que lo integran en sus estrategias y operaciones. El 5 de mayo de 2022 el Icetex se adhirió al Pacto Global para asumir voluntariamente el compromiso de ir implantando los diez principios en sus actividades cotidianas y rendir cuentas a la sociedad, con publicidad y transparencia.

Desde Pacto Global se pretende generar una mayor claridad sobre el rol y las responsabilidades de las organizaciones en el tema de la ética y las prácticas anticorrupción para lograr un mayor entendimiento de cómo abordar el tema por fuera de la esfera pública, donde históricamente ha estado concentrado el debate. Esta articulación y contribución estará dada por:

Tabla No. 2 Principios Pacto Global - Integridad

Principio Anticorrupción Alineación con el Código de Integridad
Principio 10: Las empresas deben trabajar contra la corrupción en todas sus formas, incluyendo la extorsión y el soborno. La adopción del décimo principio compromete a los participantes del Pacto Global no solamente a evitar el soborno, la extorsión y otras formas de corrupción, sino también a desarrollar políticas y programas concretos que aborden el tema de la corrupción. Se les plantea a las empresas el reto de unirse a los gobiernos, agencias de la ONU y a la sociedad civil para que realicen una economía global transparente. a) Valores
Institucionales.
b) Conflicto de
Interés.
c) Actos
Incorrectos.
d) Régimen
Sancionatorio.

1.10.3 Alineación con los Principios de Responsabilidad Social con enfoque ISO 26000

Los siete (7) principios de la responsabilidad social según la ISO 26000, permite facilitar la integración de la responsabilidad social en la gestión de lo cotidiano y establecer así una base sólida que maximice la contribución de esta al desarrollo sostenible. Esta articulación y contribución está dada por:

Tabla No. 3 principios responsabilidad Social - Integridad

Principios de Responsabilidad Social ISO 26000 Alineación
Código Integridad
Principio 1: Rendición de cuentas: Consiste en que el Icetex debe rendir cuentas ante las autoridades competentes, por sus impactos en la sociedad, la economía y el medio ambiente y las acciones tomadas para prevenir la repetición de impactos negativos involuntarios e imprevistos internacionalmente. a) Valores Institucionales.
b) Comité Institucional de Gestión y Desempeño.
Principio 2: Transparencia: Consiste en que el Icetex debe ser transparente en sus decisiones y actividades que impacten a la sociedad y el medio ambiente.
El Icetex debe revelar de forma clara, precisa y completa la información sobre las políticas, decisiones y actividades de las que son responsables, incluyendo sus impactos conocidos y probables sobre la sociedad y el medio ambiente. La información debería estar fácilmente disponible y accesible para los interesados.
a) Valores Institucionales.
b) Conflicto de Interés.
c) Actos Incorrectos.
d) Régimen Sancionatorio.
Principio 3: Comportamiento ético: Consiste en que el comportamiento de una organización debe basarse en los valores de la honestidad, equidad e integridad, estos valores implican el respeto por las personas, el medio ambiente y el compromiso de tratar el impacto de sus actividades y decisiones de sus partes interesadas. a) Valores Institucionales.
b) Actos incorrectos.
Principio 4: Respeto a los intereses de las partes interesadas: Consiste en que el Icetex debe respetar, considerar y responder a los intereses de sus partes interesadas.
Aún y cuando los objetivos institucionales son transversales a los clientes o integrantes, otros individuos o grupos, también podrían tener derechos, reclamaciones o intereses específicos que se deben tener en cuenta.
a) Valores Institucionales.
b) Conflicto de Interés.
c) Actos Incorrectos.
d) Régimen Sancionatorio.
Principio 5: Respeto al principio de legalidad: Consiste en que el Icetex debe aceptar que el respeto al principio de legalidad es obligatorio.
El principio de legalidad se refiere a la supremacía del derecho y, en particular a la idea de que ningún individuo u Organización está por encima de la ley y de que los Gobiernos están también sujetos a la ley. Este principio se contrapone con el ejercicio arbitrario del poder. El respeto a este principio implica que una Organización cumple con todas las leyes y regulaciones aplicables.
a) Valores Institucionales.
b) Conflicto de Interés.
c) Régimen Sancionatorio.
Principio 6: Respeto a la norma internacional de comportamiento: Consiste en que el Icetex debe respetar la normatividad internacional de comportamiento, a la vez que acatar el principio de respeto de legalidad. a) Valores Institucionales.
b) Régimen Sancionatorio.
c) Comité Institucional de Gestión y Desempeño.
Principio 7: Respeto a los derechos humanos: Consiste en que el Icetex debe respetar los derechos humanos y reconocer tanto su importancia como su universalidad.
Una Organización debería promover el respeto de los derechos humanos y evitar beneficiarse de esas situaciones cuando la ley o su implementación no proporcionen la protección adecuada.
a) Valores Institucionales.
b) Conflicto de Interés.

1.10.4 Alineación con la Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional del Icetex

La Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional del Icetex, está enfocado a los asuntos de la norma ISO 26000 que identifica siete (7) materias fundamentales de RS asociadas a los propósitos de valor estratégico en lo corporativo, social, ambiental y económico que se ha definido en la Entidad como organización del sector público el cual debe considerar en su estrategia de integración de la RS; como son: Gobernanza de la organización (todo debe, en principio, apoyarse en los criterios y procesos de Gobierno de la misma); derechos humanos; prácticas laborales; medio ambiente; prácticas justas de operación (referidas a corrupción, competencia, cadena de valor, etc.); asuntos de consumidores; y participación activa en la comunidad y desarrollo de la misma.

Para este caso en particular como el Código de Integridad; su alineación y articulación es dada de la siguiente manera:

Tabla No. 4 Iniciativa Responsabilidad Social y Sostenible Institucional- Integridad

Pilar Estratégico de Sostenibilidad Dimensión /Categoría Alineación con el Código de Integridad Contribución Política Buen Gobierno
Pilar Estratégico de Sostenibilidad Ética, Integridad y Buen Gobierno. Propósito de Valor Estratégico Corporativo Ética y Buen Gobierno/Transparencia e Integridad Pública. a) Valores Institucionales.
b) Conflicto de Interés.
c) Actos Incorrectos.
d) Régimen Sancionatorio.
a) Políticas para el buen Gobierno para la administración de la entidad.
b) Políticas para el Buen Gobierno para la gestión de la entidad.

1.11. GLOSARIO

A continuación, se definen algunos de los términos utilizados en este documento:

a) Conflicto de Interés: cuando existen intereses contrapuestos entre un miembro de la Junta Directiva, directivo o servidor público y los intereses de la Entidad, que pueden llevar a tomar decisiones o ejecutar actos para beneficio propio o de terceros.

b) Corrupción: abuso de posiciones de poder o de confianza, para el beneficio particular en detrimento del interés colectivo, realizado a través de ofrecer o solicitar, entregar o recibir bienes o dinero en especie, en servicios o beneficios, a cambio de acciones, decisiones u omisiones. A través de este concepto se busca delimitar un fenómeno que ha sido considerado, por algunos autores, como ambiguo, ya que se refiere a una gran cantidad de prácticas humanas y por este motivo su estudio empírico se ha adelantado a partir de prácticas tipificadas penalmente.

c) Compliance: es un término que se refiere al grado de cumplimiento legal de una empresa en todas sus actividades. Aunque en sus orígenes tenía como objetivo la lucha contra el fraude y el lavado de dinero, actualmente, su ámbito de actuación se ha extendido al total de los procesos de las corporaciones.

d) Directivos: son los servidores públicos del más alto nivel jerárquico encargados de idear, ejecutar y controlar los objetivos y estrategias del Icetex.

e) Grupos de Interés: son las personas o grupos de personas que por su vinculación con la Entidad tienen interés en la misma, como son los beneficiarios y codeudores, proveedores, organismos de control, autoridades competentes, entidades públicas, funcionarios, contratistas y la comunidad, entre otros.

f) Grupos de valor: personas naturales (ciudadanos) o jurídicas (organizaciones públicas o privadas) a quienes van dirigidos los bienes y servicios de una entidad.

g) Gobierno Corporativo: manera en que las entidades son dirigidas, mejorando su funcionamiento interna y externamente, buscando eficiencia, transparencia e integridad, para responder adecuadamente ante sus grupos de interés, asegurando un comportamiento ético organizacional.

h) Información privilegiada: debe entenderse aquella a la cual solo tienen acceso directo ciertas personas en razón de su profesión u oficio, la cual por su carácter, está sujeta a reserva, que de conocerse podría ser utilizada, con el fin de obtener provecho o beneficio para sí o para un tercero, entre las cuales se considera como tal la información contable, proyecciones financieras, planes de negocio, políticas y prácticas comerciales y operativas, procesos judiciales, información personal de los funcionarios, propiedad intelectual, listados de clientes y la información recaudada de ellos, entre otras.

i) Integridad: cumplimiento de las promesas que hace el Estado a los ciudadanos frente a la garantía de su seguridad, la prestación eficiente de servicios públicos, la calidad en la planeación e implementación de políticas públicas que mejoren la calidad de vida de cada uno de ellos.

j) Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional del Icetex: es la estrategia de innovación social y educativa que contribuye a impulsar proyectos de vida brindando las mejores alternativas para crear caminos incluyentes en la educación superior; a través de su relacionamiento con los grupos de valor y grupos de interés mediante compromisos y acciones éticas y transparentes para gestionar sus riesgos e impactos mediante propósitos de valor estratégico en lo corporativo, social, ambiental y económico.

k) Modelo de Transformación Organizacional: es el mecanismo para orientar, articular, acompañar y hacer posible la transformación del Icetex y el cumplimiento de su marco estratégico, con el cual se prevé impulsar los proyectos de vida de los colombianos, brindando las mejores alternativas para crear caminos incluyentes en la educación superior.

l) Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): son objetivos mundiales adoptados por todos los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas en el año 2015 como un llamado universal para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad para 2030.

m) Pacto Global de Naciones Unidas: es una iniciativa que promueve el compromiso del sector privado, sector público y sociedad civil a alinear sus estrategias y operaciones con diez principios universalmente aceptados en cuatro áreas temáticas: Derechos Humanos, Estándares Laborales, Medio Ambiente y Lucha Contra la Corrupción, así como contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

n) Propósito de Valor Estratégico Corporativo: comprende los aspectos relacionados con el liderazgo integral en las actuaciones y comportamientos éticos, de transparencia e integridad pública para el Buen Gobierno Corporativo del Icetex; con el propósito de generar valor estratégico en la definición de roles, responsabilidades, autoridades y comunicación eficaz para el relacionamiento con los grupos de valor y grupos de interés que contribuyen en el logro de los objetivos estratégicos en alineación con las prácticas de sostenibilidad (social, ambiental y económico) y al fortalecimiento de la cultura y desarrollo organizacional.

o) Propósito de Valor Estratégico Social: comprende los aspectos relacionados en la gestión de los riesgos e impactos sociales en el marco de los Derechos Humanos, la participación ciudadana, la contribución en el desarrollo de las comunidades y el trabajo digno para el mejoramiento de la calidad de vida en torno al relacionamiento con los grupos de valor y grupos interés del Icetex.

p) Propósito de Valor Estratégico Ambiental: comprende los aspectos relacionados en la gestión de los riesgos e impactos ambientales, con la realización de prácticas ambientales que favorezcan la protección del medio ambiente y que contribuya a la prevención de la contaminación y al cambio climático.

q) Propósito de Valor Estratégico Económico: comprende los aspectos relacionados en la gestión de los riesgos e impactos económicos, generados de la implementación de las prácticas de anticorrupción, compras públicas sostenibles, seguridad de la información incorporadas en la cadena de valor sostenible para los productos y servicios que satisfacen las necesidades y expectativas de los grupos de valor y grupos de interés; asegurando el logro de los objetivos estratégicos institucionales.

r) Políticas: son las directrices o lineamientos establecidos en la Entidad para orientar las actividades de los directivos y servidores públicos en forma coherente a la toma de decisiones en el desarrollo de los objetivos corporativos.

s) Valores: rigen de manera implícita la conducta de los seres humanos, son el soporte de la visión, la misión, la estrategia y los objetivos estratégicos. Estos valores se manifiestan y se hacen realidad en nuestra cultura, en nuestra forma de ser, pensar y conducirnos.

t) Servidor Público: definido por la Constitución Política como aquellos miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios, quienes están al servicio del Estado y de la comunidad.

u) Soborno: en la legislación colombiana el soborno o cohecho es el ofrecimiento o solicitud, recibo o entrega, de regalos, préstamos, dinero o cualquier otro tipo de recurso con el propósito de obtener un beneficio particular o ventaja indebidas. El soborno se configura entre un sujeto que recibe o entrega bienes en especie o dineros a cambio de “algo”, y un sujeto que ofrece o solicita su entrega. El delito puede ser cometido por un servidor público en el ejercicio de sus funciones o una empresa o particular que busca un beneficio individual.

v) Código para el Buen Gobierno: disposiciones voluntarias de autorregulación de quienes ejercen el gobierno de las entidades, que a manera de compromiso ético buscan garantizar una gestión eficiente, íntegra y transparente en la administración pública. Este documento recoge las normas de conducta, mecanismos e instrumentos que deben adoptar las instancias de dirección, administración y gestión de las entidades públicas, con el fin de generar confianza en los públicos internos y externos hacia el ente estatal.

w) Comité Institucional de Gestión y Desempeño: el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, fue creado mediante Resolución número 1039 de 2021 y demás actualizaciones o modificaciones a las que tenga lugar, el cual se encarga de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

ARTÍCULO 2o. COMUNICACIONES. El presente acuerdo deberá ser comunicado a través de la Secretaría General a los miembros de la Junta Directiva, la Vicepresidencia de Fondos en Administración, Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología, Vicepresidencia Financiera, Vicepresidencia de Crédito y Cobranza, Oficina de Riesgos, Oficina Asesora de Planeación, Oficina Comercial y Mercadeo, Oficina Asesora Jurídica, Oficina de Control Interno, Oficina de Relaciones Internacionales, Oficina Asesora de Comunicaciones y demás grupos de interés de la Entidad.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. El presente acuerdo rige a la fecha de su publicación, deroga el Acuerdo 007 de 2018.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 2023.

La Presidenta de la Junta Directiva,

Ana Carolina Quijano Valencia.

La Secretaria Técnica de la Junta Directiva,

María Carolina Carillo Saltarén.

NOTAS AL FINAL:

1. Articulación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), Dimensión No. 3 Gestión con Valores para Resultado, Política Control Interno, Política Integridad, Política Talento Humano. Contribuye a la Iniciativa de Responsabilidad Social y Sostenibilidad Institucional; pilar estratégico de sostenibilidad de ética, integridad y Buen Gobierno; propósito de valor estratégico corporativo, categorías ética y Buen Gobierno, subcategoría transparencia e integridad pública

×
Volver arriba