CARTA CIRCULAR 55 DE 2020
(septiembre 01)
Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 552 de 04 de septiembre de 2020
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA
| Señores | REPRESENTANTES LEGALES DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE REGISTRO DE OPERACIONES SOBRE VALORES Y DE LOS ORGANISMOS DE AUTORREGULACIÓN DEL MERCADO DE VALORES. |
| Referencia: | Registro de operaciones sobre valores realizadas en el mercado mostrador (OTC). |
Como es de su conocimiento, la Superintendencia Financiera de Colombia mediante Carta Circular No. 39 del 17 de junio de 2020 permitió la ampliación temporal al plazo máximo para que se realice el registro de las operaciones sobre valores realizadas en el mercado mostrador (OTC) ante las sociedades administradoras de sistemas de registro de operaciones y, posteriormente, mediante Carta Circular No. 49 del 31 de julio de 2020 extendió los efectos de la misma hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive.
En razón a que la Resolución número 1462 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social estableció que la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, derivada de la pandemia del COVID-19, estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2020 -sin perjuicio de que dicho término pueda finalizar antes de la fecha señalada cuando desaparezcan las causas que le dieron origen o, si estas persisten o se incrementan, prorrogarse nuevamente-, esta Superintendencia considera pertinente prorrogar la duración de la mencionada instrucción transitoria, mientras esté vigente la situación de emergencia referida.
La presente Carta Circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
JUAN CARLOS ALFARO LOZANO
Superintendente Delegado Adjunto para Mercado de Capitales