SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Circular Externa 049 de 2009 Página 3
CIRCULAR EXTERNA 049 DE 2009
( noviembre 19 )
<Fuente: Boletín Ministerio de Hacienda, Capítulo Superintendencia Financiera de Colombia, No. 153de 20 de noviembre de 2009>
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Señores
REPRESENTANTES LEGALES, REVISORES FISCALES Y DEMÁS ADMINISTRADORES DE LAS ENTIDADES SOMETIDAS A INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA.
Referencia: Modificación a las proformas F.1000-44, F.0000-92, F.0000-93, F.0000-104 y F.1000-52, en virtud de la expedición de la Circular Externa 040 del 21de octubre de 2009.
Apreciados señores:
Con el fin de armonizar los cambios introducidos por las Circulares Externas 035 y 040 de 2009, esta Superintendencia, en uso de sus facultades y en especial las consignadas en el numeral 9 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, considera necesario impartir instrucciones en materia de formatos para la transmisión de información.
En tal virtud, mediante la presente Circular Externa se modifican las siguientes proformas, con el propósito de incluir los ajustes contables a que se refiere la Circular Externa 040 de 2009:
a. Proforma F.1000-44 - Formato 281 “Informe Semanal Principales Cuentas Activas y Pasivas-Saldos al Cierre”: Se incluyen en el formato las subcuentas 396, 397, 398 y 399.
Las anteriores subcuentas así como la subcuenta 400 incorporada con la Circular Externa 035 de 2009, deberán incluirse en la transmisión de la información correspondiente al corte del 9 de abril de 2010.
b. Proforma F.0000-92 - Formato 322 “Captaciones y Colocaciones por Municipio”: Se incorpora la columna 71.
La columna 71 así como la columna 70 incorporada con la Circular Externa 035 de 2009, deberán incluirse en la transmisión de la información correspondiente al mes de junio de 2010.
c. Proforma F.0000-93 - Formato 323 “Captaciones y Colocaciones por Zonas de Municipio”. Se incorpora la columna 71.
La columna 71 así como la columna 70 incorporada con la Circular Externa 035 de 2009, deberán incluirse en la transmisión de la información correspondiente al mes de junio de 2010.
d. Proforma F.1000-52 - Formato 338 “Desagregado de sectorización de principales operaciones”: Se modifican las instrucciones impartidas en las columnas 7 y 8, con el fin de registrar la cuenta 1486. Tal modificación deberá reflejarse en la transmisión de la información correspondiente al mes de abril de 2010.
e. Proforma F.0000-104 - Formato 341 “Informe Individual por Deudor – Operaciones Activas de Crédito”: Se incorpora en el anexo denominado “Cuentas PUC a considerar en el reporte de endeudamiento de clientes para el sistema financiero y asegurador” la cuenta 148600.
Esta modificación junto con los cambios incorporados con la Circular Externa 035 de 2009 deberá reflejarse a partir de la transmisión de la información correspondiente al mes de junio de 2010.
El periodo de pruebas de los cambios realizados a los formatos de que trata la presente circular incluyendo aquellos incorporados con la Circular Externa 035 de 2009, se iniciará a partir del 15 de enero de 2010 y terminará el 15 de marzo de 2010 de acuerdo con los lineamientos que para el efecto se publicarán en la página de Internet de la Superintendencia Financiera de Colombia – www.superfinanciera.gov.co. La proforma F.0000-104 - Formato 341 no estará sujeta a pruebas.
La presente circular rige a partir del 1 de abril de 2010.
Anexos: Se adjuntan los instructivos y/o formatos modificados con sus respectivas vigencias.
Cordialmente,
ROBERTO BORRÁS POLANÍA
SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA
ANEXO I - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
<Página 275>
| TEMA: | Operaciones Activas de Crédito |
NOMBRE DE PROFORMA: | Informe individual por deudor - Operaciones activas de crédito |
NÚMERO DE PROFORMA: | F.0000-104 |
NÚMERO DE FORMATO: | 341 |
OBJETIVO: | Registrar la información de endeudamiento individual por deudor de acuerdo con las normas de evaluación de operaciones activas de crédito. |
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: | Establecimientos de crédito, Sociedades Fiduciarias, Entidades Aseguradoras, Sociedades de Capitalización, Organismos Cooperativos de Grado Superior e Instituciones Oficiales Especiales con excepción del Fondo Nacional de Garantías. |
TRAMITE: | 72 – Endeudamiento de clientes. |
| PERIODICIDAD: | Trimestral. |
| FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: | Marzo 31, junio 30, septiembre 30 y diciembre 31. |
| FECHA DE REPORTE: | Veinte (20) días comunes después del plazo establecido por la SFC para el envío de estados financieros, tanto para las entidades del sector financiero como asegurador. |
| DOCUMENTO TÉCNICO: | SB-DS-007 |
TIPO Y NUMERO DEL INFORME: | 0 Evaluación de cartera. |
MEDIO DE ENVÍO: | RAS |
DEPENDENCIA USUARIA: | Subdirección de Análisis e Información – Delegatura para Riesgo de Crédito |
Instructivo
Generalidades
Cuando en el presente instructivo se haga referencia a: “operaciones activas de crédito”, “activos de crédito”, “crédito” o “créditos”, “cartera de créditos” u “operaciones” se entenderá que incluyen los contratos de leasing que celebren las entidades autorizadas para el efecto. Las operaciones se reportarán en su orden por modalidad de crédito, nivel de riesgo, tipo de moneda, tipo de garantía, cuota esperada y recibida:
Modalidad: comercial, consumo, vivienda y microcrédito.
Nivel de riesgo: A, B, C, D y E.
Tipo de moneda: legal (ML), extranjera (ME).
Tipo de garantía: idónea y otras.
Cuota esperada: capital e intereses.
Cuota recibida: capital e intereses.
La información sobre evaluación de operaciones activas de crédito debe coincidir con los registros consignados en los estados financieros para el mismo período de reporte. La conciliación del informe se efectuará utilizando los códigos mencionados en la relación “Cuentas PUC a considerar en el reporte de endeudamiento de clientes” que se incluye al final de este instructivo.
Las instituciones financieras que por efecto de fusión, adquisición, conversión o cesión de activos, pasivos y contratos presenten contratos de leasing, deben reportar estas operaciones según lo establecido en el presente instructivo.
Para efectos de este reporte y una vez las entidades apliquen los modelos de referencia o los modelos internos no objetados para cada una de las carteras, se deberán atender las reglas de homologación previstas en el numeral 2.2 del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.
Las áreas sombreadas no se diligencian.
Las cifras deben venir expresadas en pesos.
En las celdas que contengan cifras en términos porcentuales, 25,32% se reporta como 25.32
Adicionalmente, para las operaciones de leasing (financiero u operativo) se debe tener en cuenta la suma de los saldos registrados en los códigos que se indican a continuación:
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Código Descripción
163595 Cuentas por cobrar, pagos por cuenta de clientes, otros
Naturaleza jurídica del deudor
- Entidades y organismos públicos de la administración a nivel nacional, departamental y municipal.
- Las demás entidades que no corresponden a organismos públicos.
- Sociedades privadas extranjeras: Son sociedades privadas extranjeras las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior (artículo 469 del Código de Comercio).
- Sociedades privadas nacionales: Son las sociedades creadas con arreglo a la ley colombiana y con domicilio principal en el territorio nacional.
- Sociedades multinacionales: Son sociedades constituidas con capital proveniente de inversionistas de diferentes países y cuyo campo de acción rebasa las fronteras del Estado donde se encuentra ubicado su domicilio principal.
- Entidades sin ánimo de lucro: Son entidades constituidas sin el propósito de obtener beneficios o ganancias a través de las operaciones o negocios que realizan.
- Entidades cooperativas. Son empresas asociativas sin ánimo de lucro en las cuales los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa, la cual es creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general (Ley 79 de diciembre 1988).
- Entidad pública extranjera: Son las entidades extranjeras en las que el socio principal es el gobierno del país respectivo.
Calificación por parte de las compañías del sector asegurador
En el caso de financiación de primas de las compañías aseguradoras, se calificarán con los criterios establecidos para los créditos de consumo (con sus respectivas provisiones) y se regirán por lo establecido en el Capítulo ll de la Circular Externa 100 de 1995.
La cartera de de estas compañías se sujetará a las normas generales de ese mismo capítulo según la modalidad a la cual corresponda. En el caso específico de las primas por cobrar, se aplicarán las normas especiales que se establecen en el Plan Único de Cuentas (PUC) para el sector asegurador.
Encabezado
Nombre entidad: registre el nombre o sigla de la entidad.
Fecha de Corte: registre la fecha de corte de la información reportada, bajo el formato DD (día) MM (mes) y AAAA (año).
Deudor: Registre el número de identificación del deudor, el cual está compuesto por los siguientes campos:
Tipo: indica el tipo de identificación del deudor. Los códigos a utilizar son: 0 = no aplica, 1 = cédula de ciudadanía, 2 = cédula de extranjería, 3 = NIT, 4= tarjeta de identidad, 5 = pasaporte, 6 = carné diplomático, 7 = sociedad extranjera sin NIT en Colombia, 8 = fideicomiso, 9 = registro civil de nacimiento o NUIP.
<Página 277>
Nombre: registre el nombre completo o la razón social del deudor.
Naturaleza jurídica: registre el código de identificación de la naturaleza jurídica de las entidades. Los códigos que se deben utilizar son: 1 = entidad y organismo público a nivel nacional, 2 = entidad y organismo público a nivel departamental, 3 = entidad y organismo público a nivel municipal, 4 = sociedades privadas extranjeras, 5 = sociedades privadas nacionales, 6 = sociedades multinacionales, 7 = entidades sin ánimo de lucro, 8 = entidades cooperativas, 9 = entidad pública extranjera. Cuando el deudor sea una persona natural este campo no será tenido en cuenta y deberá ser diligenciado en 0: no aplica.
Los campos 7, 8 y 9 del registro tipo 4 se diligenciarán de acuerdo con la siguiente tabla
| Campo | Tipo | Longitud | Contenido |
| 7 | Numérico | 1 | Código de reestructurado 0 = No aplica 1 = Reestructurado 2 = No Reestructurado |
| 8 | Numérico | 1 | Código Concurso de Acreedores 0 = No aplica 1 = Concurso de Acreedores 2 = No Concurso de Acreedores |
| 9 | Numérico | 1 | Código Acuerdo Informal 0 = No aplica 1 = Acuerdo Informal 2 = No Acuerdo Informal |
Cuerpo del formato
En la subcuenta 005 de la unidad de captura 13 totales generales, registre la sumatoria por columna de las diferentes unidades de captura establecidas por modalidad de crédito y garantía.
Si la entidad ha realizado operaciones que impliquen un descuento por amortizar, deberá reportar dicho monto en la unidad de captura 14, con el propósito de que al realizar el cruce con la cuenta 14 del PUC no se presenten desfases.
Las operaciones realizadas en moneda legal se registran en las columnas M/L y las operaciones realizadas en moneda extranjera en las columnas M/E.
Columnas 1 y 2 Número de operaciones: registre el número de operaciones activas de crédito que hayan sido realizadas por la entidad con el cliente.
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Columnas 3 y 4 Capital: registre el saldo consolidado de capital de las operaciones activas de crédito que la entidad haya realizado con el cliente.
Columnas 5 y 6 Intereses: registre el saldo consolidado de los intereses (componente financiero en el caso de leasing financiero) que se han causado sobre las operaciones activas de crédito.
Columnas 7 y 8 Otros conceptos: registre el saldo por comisiones, honorarios causados y no pagados, entre otros, que se han causado sobre las operaciones activas de crédito que la entidad haya realizado con el cliente.
Columnas 9 y 10 Contingencia intereses: registre el saldo consolidado que de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Plan Único de Cuentas se debe registrar, teniendo en cuenta los códigos relacionados en “contingencias de intereses” del listado que se incluye al final de este instructivo.
Columnas 13 y 14 Valor Garantía: registre el valor del avalúo establecido con base en criterios técnicos y objetivos de las garantías constituidas, de acuerdo con los parámetros establecidos en el Capítulo ll de la Circular Externa 100 de 1995. Tratándose de los contratos de leasing financiero, se debe informar el valor de mercado de los bienes dados en leasing. En el caso de que el tipo de garantía = 0, estas columnas no se deben reportar.
El sector asegurador debe reportar las garantías idóneas otorgadas con prenda de títulos, hipoteca u otras, según corresponda.
Columna 15 Tipo de garantía: registre el código de la clase de garantía según lo establecido en el Capítulo ll de la Circular Básica Contable y Financiera, a saber:
0 = Sin garantía.
1 = No idónea.
2 = Bienes raíces comerciales y residenciales, fiducias hipotecarias.
3 = Otras prendas.
4 = Pignoración de rentas de entidades territoriales y descentralizadas de todos los órdenes.
5 = Garantía Soberana de la Nación. (Ley 617 de 2000).
6 =Contratos irrevocables de fiducia mercantil de garantía, inclusive aquellos que versen sobre rentas derivadas de contratos de concesión.
7 = Garantías otorgadas por el Fondo Nacional de Garantías S.A.
8 = Cartas de crédito Stand By idóneas conforme lo dispuesto en el literal d del subnumeral 1.3.2.3.1. del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.
9 = Otras garantías idóneas.
10 = FAG (Fondo Agropecuario de Garantías)
11 = Personal
12 = Bienes dados en Leasing diferente a inmobiliario.
13 = Bienes dados en Leasing inmobiliario.
14 = Prenda sobre títulos valores emitidos por instituciones financieras.
15 = Depósitos de dinero en garantía colateral.
16 = Seguros de crédito.
Columna 16 Fecha del último avalúo: registre la fecha del último avalúo que se le efectuó a la garantía correspondiente bajo el formato DD (día), MM (mes), AAAA (año). En el caso de que el tipo de garantía = 0, esta columna no se deben reportar.
Cuota esperada: registre el valor consolidado que espera recibir la entidad como pago por parte del deudor de la cuota(s) del crédito(s) y que debe cancelar durante el período (considere únicamente capital e intereses). Las proyecciones de las cuotas esperadas deberán efectuarse sobre la cartera que la entidad espera recuperar, es decir sin incluir la cartera sobre la cual la entidad tiene un estimativo de pérdida.
Columna 17 y 18 Capital: registre el valor de la porción de la(s) cuota(s) que corresponde al abono a capital en el período.
Columna 19 y 20 Intereses: registre el valor de la porción de la(s) cuota(s) que corresponde a los intereses por cobrar al deudor en el período.
Cuota recibida: registre el valor consolidado efectivamente pagado por el deudor como cuota del crédito durante el período (se debe considerar únicamente capital e intereses). Las cuotas deben estar basadas en entradas de efectivo ciertas y en ningún caso pueden informarse con base en el concepto de causación.
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Columna 21 y 22 Capital: registre el valor de la porción de la(s) cuota(s), efectivamente recibida(s) por la entidad, que corresponden a un abono a capital en el período (puede ser un abono a capital regular, inferior o superior a lo esperado).
Columna 23 y 24 Intereses: registre el valor de la porción de la(s) cuota(s) efectivamente recibida(s) por la entidad, que corresponde a los intereses cubiertos por el deudor en el período.
Columna 25 Redescuento: registre 1 = si el crédito corresponde a redescuento ó 2 = si el crédito no corresponde a redescuento.
Columna 26 Fecha inicial del crédito: registre la fecha inicial de otorgamiento del crédito bajo el formato DD (día), MM (mes), AAAA (año).
Columna 27 Fecha de vencimiento del crédito: registre la fecha de vencimiento pactada bajo el formato DD (día), MM (mes), AAAA (año).
Columna 28: Tasa promedio del crédito (E.A.): Registre la tasa promedio del corte del trimestre ponderada por exposición. Esta tasa debe reportarse en términos efectivos anuales y cuando se trate de tasas variables deberá reexpresarse para efectos de este cálculo como la sumatoria en términos financieros entre el spread pactado y la tasa variable. En el evento en que un deudor tenga más de un crédito con la entidad reportante y éstos se encuentren clasificados y calificados en la misma categoría, se deberá reportar la tasa promedio ponderada sin tener en cuenta los créditos a tasa cero (0).
Columna 29: Días de mora: Registre los días que el deudor presenta en mora al momento del corte. En el evento en que un deudor tenga más de un crédito con la entidad reportante y éstos se encuentren clasificados y calificados en la misma categoría, se deberá reportar la máxima altura de mora de estos.
Columna 30 Modelo: registre el código si el modelo corresponde a: 1 = de referencia, 2 = propio ó 3 = sin modelo.
Columna 31 Probabilidad de incumplimiento: registre en términos porcentuales la probabilidad de incumplimiento calculada de acuerdo con el modelo interno no objetado por la SFC o calculada con el modelo de referencia, según sea el caso. Para efectos de este registro las entidades no deben tener en cuenta los criterios de homologación señalados en el numeral 2.2 del Capitulo II de la Circular Externa 100 de 1995.
En caso de que la entidad emplee los modelos de referencia de la SFC, debe reportar la probabilidad asociada a la matriz con la que se calcula la provisión individual.
Columna 36 y 37 Exposición: Registre el monto de la exposición crediticia según lo establecido en el literal c del numeral 1.3.3.1. del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.
Columnas 38 y 39 Tasa de descuento: registre la tasa de descuento utilizada en la metodología, en términos efectivos anuales.
Columna 40: Pérdida dado el incumplimiento (PDI): registre la pérdida dado el incumplimiento, obtenida a través de la metodología utilizada.
Cuando un deudor tenga más de una garantía asociada al grupo de consolidados, se deberá reportar la PDI ponderada de acuerdo al porcentaje de asignación de las garantías sobre la exposición (ej, Un cliente con 2 garantías (Hipoteca, Leasing diferente al inmobiliario) asociadas a los consolidados cuyos porcentajes de asignación (valor garantía/exposición) son 70% y 30% respectivamente debe reportar una PDI=(70%*PDI Hipoteca)+ (30%*PDI Leasing diferente al inmobiliario).
Reporte de información de las sociedades fiduciarias.
Las sociedades fiduciarias que tengan negocios fiduciarios que administren cartera de o contratos de leasing originados en el sector financiero o los constituidos como resultado de los procesos de titularización de cartera, deberán reportar la cartera de los deudores de los respectivos encargos fiduciarios y/o patrimonios autónomos debidamente clasificados y calificados según las normas de gestión de riesgo crediticio previstas en el Capítulo ll de la Circular Externa 100 de 1995.
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Las sociedades fiduciarias solamente deberán reportar en su informe de endeudamiento la cartera de de aquellos negocios fiduciarios que cumplan las consideraciones generales establecidas en el numeral 8 del capítulo primero, título V de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 007 de 1996).
Las cuentas por cobrar originadas por comisiones de servicio de las sociedades fiduciarias se calificarán de acuerdo con el criterio de altura de mora establecido para los comerciales y las respectivas provisiones se regirán por el régimen establecido en el Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.
<Página 280>
CUENTAS PUC A CONSIDERAR EN EL REPORTE DE ENDEUDAMIENTO DE CLIENTES
PARA EL SISTEMA FINANCIERO Y ASEGURADOR
Capital
140400 Créditos de Vivienda
141100 Categoría A Riesgo Normal, Garantía Idónea, y Operaciones de Leasing de Consumo
141900 Categoría B Riesgo Aceptable Garantía Idónea Operaciones Leasing de Consumo
143200 Categoría C Riesgo Apreciable Garantía Idónea Operaciones Leasing de Consumo
143300 Categoría D Riesgo Significativo Garantía Idónea y Operaciones Leasing de Consumo
143600 Categoría E Riesgo de Incobrabilidad, Garantía Idónea, Créditos y Operaciones de Leasing de Consumo
144100 Categoría A Riesgo Normal, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing de Consumo
144200 Categoría B Riesgo Aceptable, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing de Consumo
144400 Categoría C Riesgo Apreciable, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing de Consumo
144500 Categoría D Riesgo Significativo, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing de Consumo
145000 Categoría E Riesgo de Incobrabilidad, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing de Consumo
145600 Microcréditos, Garantía Idónea
145700 Microcréditos, Otras Garantías
145900 Categoría A Riesgo Normal, Garantía Idónea, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
146000 Categoría B Riesgo Aceptable, Garantía Idónea, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
146200 Categoría C Riesgo Apreciable, Garantía Idónea, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
146300 Categoría D Riesgo Significativo, Garantía Idónea, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
146500 Categoría D Riesgo Significativo, Garantía Idónea, Cerritos y Operaciones de Leasing Comerciales
146600 Categoría A Riesgo Normal, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
146700 Categoría B Riesgo Aceptable, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
146800 Categoría C Riesgo Apreciable, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
146900 Categoría D Riesgo Significativo, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
147000 Categoría E Riesgo de Incobrabilidad, Otras Garantías, Créditos y Operaciones de Leasing Comerciales
148600 Derechos de Transferencia de Cartera de Créditos por Apoyos Transitorios de Liquidez
148800 Derechos de Recompra de Cartera de Créditos y Operaciones de Leasing Financiero
162700 Cánones Bienes dados Leasing Operacional
186100 Bienes Dados en Leasing Operativo (descontadas las Subcuentas 189548 a la 189590)
Intereses
160506 Categoría A Riesgo Normal, Vivienda
160508 Categoría B Riesgo Aceptable, Vivienda
160512 Categoría C Riesgo Apreciable, Vivienda
160514 Categoría D Riesgo Significativo, Vivienda
160516 Categoría E Riesgo Incobrabilidad, Vivienda
160518 Categoría A Riesgo Normal, Consumo
160522 Categoría B Riesgo Aceptable, Consumo
160524 Categoría C Riesgo Apreciable, Consumo
160526 Categoría D Riesgo Significativo, Consumo
160528 Categoría E Riesgo Incobrabilidad, Consumo
160532 Categoría A Riesgo Normal, Microcrédito
160534 Categoría B Riesgo Aceptable, Microcrédito
160536 Categoría C Riesgo Apreciable, Microcrédito
160538 Categoría D Riesgo Significativo, Microcrédito
160540 Categoría E Riesgo Incobrabilidad, Microcrédito
160542 Categoría A Riesgo Normal, Comercial
160544 Categoría B Riesgo Aceptable, Comercial
160546 Categoría C Riesgo Apreciable, Comercial
160548 Categoría D Riesgo Significativo, Comercial
160549 Categoría E Riesgo Incobrabilidad, Comercial
160550 Mora en traslado de Cesantías al F.N.A.
160802 Categoría A Riesgo Normal Leasing Habitacional
160804 Categoría B Riesgo Aceptable Leasing Habitacional
160806 Categoría C Riesgo Apreciable Leasing Habitacional
160808 Categoría D Riesgo Significativo Leasing Habitacional
160810 Categoría E Riesgo Incobrabilidad Leasing Habitacional
160812 Categoría A Riesgo Normal Consumo
160814 Categoría B Riesgo Aceptable Consumo
160816 Categoría C Riesgo Apreciable Consumo
160818 Categoría D Riesgo Significativo Consumo
<Página 281>
160820 Categoría E Riesgo Incobrabilidad Consumo
160822 Categoría A Riesgo Normal, Microcrédito
160824 Categoría B Riesgo Aceptable, Microcrédito
160826 Categoría C Riesgo Apreciable, Microcrédito
160828 Categoría D Riesgo Significativo, Microcrédito
160830 Categoría E Riesgo Incobrabilidad, Microcrédito
160832 Categoría A Riesgo Normal Comercial
160834 Categoría B Riesgo Aceptable Comercial
160836 Categoría C Riesgo Apreciable Comercial
160838 Categoría D Riesgo Significativo Comercial
160840 Categoría E Riesgo Incobrabilidad Comercial
Otros Conceptos
150500 Aceptaciones (Bancarias) en Plazo
151000 Aceptaciones (Bancarias) después del Plazo
161005 Aceptaciones Bancarias
161010 Cartas de Crédito
161015 Avales
161020 Garantías Bancarias
161030 Servicios Financieros (Solo aplica para las Sociedades Fiduciarias)
161095 Otras
161500 Servicios de Almacenaje
163000 Venta de Bienes y Servicios
163595 Pagos por cuenta de Clientes - Otros
163600 Pagos por Cuenta De Clientes, Vivienda
163700 Pagos por Cuenta De Clientes, Consumo
163800 Pagos por Cuenta De Clientes, Microcrédito
163900 Pagos por Cuenta De Clientes, Comercial
165800 Entidades en Intervención
166100 Prestamos a Entidades Inscritas
166500 Fondos de Garantías
Otros activos
190410 Traslado de Cartera de Créditos
194500 Cartas de Crédito de Pago Diferido
195000 Créditos a Empleados
Provisiones
148700 Componente Contracíclico Provisión Individual
148900 Provisión Créditos de Vivienda (descontada la Subcuenta 148990) 149100 Provisión Créditos y Operaciones Leasing Financiero de Consumo (descontada la Subcuenta 149190)
149300 Provisión Microcrédito (descontada la subcuenta 149390)
149500 Provisión Créditos y Operaciones de Leasing Financiero Comercial (descontada la Subcuenta 149590)
169200 Provisión Cuentas Por Cobrar, Microcréditos
169400 Provisión Cuentas Por Cobrar Comercial
169600 Provisión Cuentas Por Cobrar de Consumo
169700 Provisión Cuentas Por Cobrar de Vivienda
169860 Provisión Entidades en Intervención
169861 Provisión Préstamos a Entidades Inscritas
189910 Bienes dados en Leasing Operativo
199923 Categoría A Crédito Normal Vivienda Empleados
199924 Categoría B Crédito Aceptable Vivienda Empleados
199926 Categoría C Crédito Apreciable Vivienda Empleados
199928 Categoría D Crédito Significativo Vivienda Empleados
199932 Categoría E Crédito Irrecuperable Vivienda Empleados
199934 Categoría A Crédito Normal Consumo Empleados
199936 Categoría B Crédito Aceptable Consumo Empleados
199938 Categoría C Crédito Apreciable Consumo Empleados
199942 Categoría D Crédito Significativo Consumo Empleados
199944 Categoría E Crédito Irrecuperable Consumo Empleados
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Contingencias de Interés
643000 Intereses Cartera de Créditos
643200 Intereses Leasing Financiero
643500 Corrección Monetaria Cartera de Créditos
643600 Corrección Monetaria Operaciones de Leasing Financiero
643700 Cánones y Sanciones en contratos de Leasing Operativo
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SECTOR ASEGURADOR
Capital:
140200 Cartera de con garantía hipotecaria
140600 Cartera de con garantía prendaria
143300 Otros conceptos
Intereses:
160506 Categoría A riesgo normal, con garantía hipotecaria
160508 Categoría B riesgo aceptable, con garantía hipotecaria
160512 Categoría C riesgo apreciable, con garantía hipotecaria
160514 Categoría D riesgo significativo, con garantía hipotecaria
160516 Categoría E riesgo de incobrabilidad, con garantía hipotecaria
160532 Categoría A riesgo normal, con garantía prendaria
160534 Categoría B riesgo aceptable, con garantía prendaria
160536 Categoría C riesgo apreciable, con garantía prendaria
160538 Categoría D riesgo significativo, con garantía prendaria
160540 Categoría E riesgo de incobrabilidad, con garantía prendaria
160552 Categoría A riesgo normal, por financiación de primas
160554 Categoría B riesgo aceptable, por financiación de primas
160556 Categoría C riesgo apreciable, por financiación de primas
160558 Categoría D riesgo significativo, por financiación de primas
160559 Categoría E riesgo de incobrabilidad, por financiación de primas
160595 Otros
Provisiones:
149500 Provisión con garantía hipotecaria
149600 Provisión con garantía prendaria
149700 Provisión otros conceptos
Intereses:
169406 Categoría A riesgo normal, con garantía hipotecaria
169408 Categoría B riesgo aceptable, con garantía hipotecaria
169410 Categoría C riesgo apreciable, con garantía hipotecaria
169412 Categoría D riesgo significativo, con garantía hipotecaria
169414 Categoría E riesgo de incobrabilidad, con garantía hipotecaria
169426 Categoría A riesgo normal, con garantía prendaria
169428 Categoría B riesgo aceptable, con garantía prendaria
169430 Categoría C riesgo apreciable, con garantía prendaria
169432 Categoría D riesgo significativo, con garantía prendaria
169434 Categoría E riesgo de incobrabilidad, con garantía prendaria
169446 Categoría A riesgo normal, por financiación de primas
169448 Categoría B riesgo aceptable, por financiación de primas
169450 Categoría C riesgo apreciable, por financiación de primas
169452 Categoría D riesgo significativo, por financiación de primas
169454 Categoría E riesgo de incobrabilidad, por financiación de primas
<Página 216>
| TEMA: | Estadística |
| NOMBRE DE PROFORMA | Captaciones y Colocaciones por Municipio |
| NUMERO DE PROFORMA: | F.0000-92 |
| NUMERO DE FORMATO: | 322 |
| OBJETIVO: | Presentar el detalle de las captaciones y colocaciones de las entidades financieras, discriminados por departamento y municipio, como apoyo a la función comercial de las entidades financieras y para efectos de supervisión por parte de esta Superintendencia. |
| TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: | Establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial, organismos cooperativos de grado superior, instituciones oficiales especiales y cooperativas financieras. |
| PERIODICIDAD: | Trimestral. |
| TRAMITE:: | 216 – Estadística. |
| FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: | Marzo 31, junio 30, septiembre 30, diciembre 31. |
| FECHA DE REPORTE: | Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al reporte de estados financieros. |
| DOCUMENTO TECNICO: | SB DS 003. |
| TIPO Y NUMERO DEL INFORME | 39 – Estadísticas por municipio. |
| MEDIO DE ENVÍO: | RAS. |
| DEPENDENCIA USUARIA: | Subdirección de Análisis e Información. |
INSTRUCTIVO:
Las entidades deberán remitir, para cada municipio donde se tengan oficinas abiertas al público, el valor de los códigos PUC relacionados en el formato, los cuales deberán coincidir con los reportados en el PUC para la misma fecha. Se deberá reportar las operaciones realmente efectuadas en cada oficina, sin considerar la dependencia contable que la misma tenga con respecto de otra.
Las entidades con oficinas en Bogotá, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Ibagué, Pereira, Cartagena, Santa Marta y Manizales, deben remitir la información de captaciones, colocaciones, por zona, de acuerdo con la sectorización definida.
Se reportará en pesos y en moneda total sufijo 0 (Moneda legal, sufijo 1 + moneda extranjera, sufijo 2).
En la columna “subcuenta” se registra en orden consecutivo el código de cada uno de los municipios. El listado con la codificación lo podrán consultar en nuestra página WEB www.superfinanciera.gov.co en la sección Normatividad/Índice de Reportes/Guías para el reporte de información, archivo “Códigos de Municipios.XLS”.
El número de la “unidad de captura” asignado por esta Superintendencia corresponderá al código de departamento, de acuerdo con el siguiente listado:
| Unidad de Captura del Formato | Código del Departamento | Nombre del Departamento |
| 01 | 5 | Antioquia |
| 02 | 8 | Atlántico |
| 03 | 11 | Bogotá |
| 04 | 13 | Bolívar |
| 05 | 15 | Boyacá |
| 06 | 17 | Caldas |
| 07 | 18 | Caquetá |
| 08 | 19 | Cauca |
| 09 | 20 | Cesar |
| 10 | 23 | Córdoba |
| 11 | 25 | Cundinamarca |
| 12 | 27 | Choco |
| 13 | 41 | Huila |
| 14 | 44 | La Guajira |
| 15 | 47 | Magdalena |
| 16 | 50 | Meta |
| 17 | 52 | Nariño |
| 18 | 54 | Norte de Santander |
| 19 | 63 | Quindío |
| 20 | 66 | Risaralda |
<Página 217>
| 21 | 68 | Santander |
| 22 | 70 | Sucre |
| 23 | 73 | Tolima |
| 24 | 76 | Valle |
| 25 | 81 | Arauca |
| 26 | 85 | Casanare |
| 27 | 86 | Putumayo |
| 28 | 88 | San Andrés |
| 29 | 91 | Amazonas |
| 30 | 94 | Guainía |
| 31 | 95 | Guaviare |
| 32 | 97 | Vaupés |
| 33 | 99 | Vichada |
| 34 | - - - | Total Nacional |
ENCABEZADO
ENTIDAD: Identificación de la entidad vigilada que diligencia el formato, indicando tipo y código de entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o sigla.
FECHA DE CORTE: Se debe indicar la fecha de corte de la información bajo el formato Día (DD), Mes (MM), y Año (AAAA, a cuatro dígitos).
CUERPO DEL FORMATO
1. Captaciones
| COL. | CÓDIGO | NOMBRE |
| 1 | 2105 | Depósitos en cuenta corriente bancaria |
| 2 | 2110 | Depósitos simples |
| 3 | 2115 | Certificados de depósito a término |
| 4 | 2120 | Depósitos de ahorro |
| 5 | 2125 | Cuenta de ahorros de valor real |
| 6 | 2127 | Cuentas de ahorro especial |
| 7 | 2130 | Certificado de ahorro valor real |
| 8 | 2135 | Documentos por pagar |
| 9 | 2140 | Cuenta centralizada |
| 10 | 26 | Títulos de inversión en circulación |
2. Colocaciones (Cartera de créditos y operaciones de leasing financiero)
| COL. | CÓDIGO | NOMBRE |
| 11 | 14 | Cartera de créditos |
| 12 | 1404 | Créditos de vivienda |
| 13 | 140405 | Categoría A riesgo normal |
| 14 | 140410 | Categoría B riesgo aceptable |
| 15 | 140415 | Categoría C riesgo apreciable |
| 16 | 140420 | Categoría D riesgo significativo |
| 17 | 140425 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad |
| 18 | 1411 | Categoría A riesgo normal, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 19 | 1419 | Categoría B riesgo aceptable, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 20 | 1432 | Categoría C riesgo apreciable, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 21 | 1433 | Categoría D riesgo significativo, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 22 | 1436 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 23 | 1441 | Categoría A riesgo normal, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 24 | 1442 | Categoría B riesgo aceptable, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 25 | 1444 | Categoría C riesgo apreciable, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
<Página 218>
| COL. | CÓDIGO | NOMBRE |
| 26 | 1445 | Categoría D riesgo significativo, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 27 | 1450 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 28 | 1456 | Microcréditos, garantía idónea |
| 29 | 145605 | Categoría A riesgo normal |
| 30 | 145610 | Categoría B riesgo aceptable |
| 31 | 145615 | Categoría C riesgo apreciable |
| 32 | 145620 | Categoría D riesgo significativo |
| 33 | 145625 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad |
| 34 | 145630 | Categoría A riesgo normal bienes dados en leasing |
| 35 | 145635 | Categoría B riesgo aceptable bienes dados en leasing |
| 36 | 145640 | Categoría C riesgo apreciable bienes dados en leasing |
| 37 | 145645 | Categoría D riesgo significativo bienes dados en leasing |
| 38 | 145650 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad bienes dados en leasing |
| 39 | 1457 | Microcréditos, otras garantías |
| 40 | 145705 | Categoría A riesgo normal |
| 41 | 145710 | Categoría B riesgo aceptable |
| 42 | 145715 | Categoría C riesgo apreciable |
| 43 | 145720 | Categoría D riesgo significativo |
| 44 | 145725 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad |
| 45 | 145630 | Categoría A riesgo normal bienes dados en leasing |
| 46 | 145635 | Categoría B riesgo aceptable bienes dados en leasing |
| 47 | 145640 | Categoría C riesgo apreciable bienes dados en leasing |
| 48 | 145645 | Categoría D riesgo significativo bienes dados en leasing |
| 49 | 145650 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad bienes dados en leasing |
| 50 | 1459 | Categoría A riesgo normal, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 51 | 1460 | Categoría B riesgo aceptable, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 52 | 1462 | Categoría C riesgo apreciable, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 53 | 1463 | Categoría D riesgo significativo, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 54 | 1465 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 55 | 1466 | Categoría A riesgo normal, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 56 | 1467 | Categoría B riesgo aceptable, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 57 | 1468 | Categoría C riesgo apreciable, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 58 | 1469 | Categoría D riesgo significativo, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 59 | 1470 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 60 | 1489 | Provisión créditos de vivienda |
| 61 | 1491 | Provisión créditos y operaciones de leasing de consumo |
| 62 | 1493 | Provisión microcréditos |
| 63 | 1495 | Provisión créditos y operaciones de leasing comerciales |
| 64 | 1498 | Provisión general |
| 65 | 999901 | Número de CDT |
| 66 | 999902 | Número de cuentas centralizadas |
| 67 | 999903 | Número de oficinas |
| 68 | 999904 | Número de empleados contratados |
| 69 | 999905 | Número de empleados subcontratados |
| 70 | 1487 | Componente contracíclico provisión individual |
| 71 | 1486 | Derechos de transferencia de cartera de créditos por operaciones de apoyos transitorios de liquidez |
Columna 12 = Sumatoria de las columnas 13, 14, 15, 16 y 17.
Columna 28 = Sumatoria de las columnas 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38.
Columna 39 = Sumatoria de las columnas 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 48 y 49.
La subcuenta 005 de la unidad de captura 34 corresponderá a la sumatoria de las subcuentas 999 de todas las unidades de captura, salvo la unidad de captura 03, en la cual se tomará la subcuenta 001.
El valor registrado en la columna 11 deberá ser igual al saldo del código 14 de los estados financieros del mes reportado.
Los códigos 9999xx (no PUC) corresponden a conceptos que se han asignado únicamente para permitir el envío de la información.
Columna 65 – Número de CDT: Reportar el número de CDT (cuenta 2115 del PUC) a la fecha de corte.
<Página 218 - 1>
Columna 66 – Número de cuentas centralizadas: Reportar el número de cuentas centralizadas (cuenta 2140 del PUC) a la fecha de corte.
Columna 67 - Número de Oficinas: Reportar el número de oficinas que tenga la entidad en cada departamento y municipio.
Columna 68 – Número de Empleados Contratados: Reportar el número de empleados contratados directamente por la entidad.
Columna 69 – Número de Empleados Subcontratados: Reportar el número de empleados que no son contratados directamente por la entidad pero que están vinculados a ella.
<Página 222>
| TEMA: | Estadística |
| NOMBRE DE PROFORMA | Captaciones y Colocaciones por Zonas de Municipio |
| NUMERO DE PROFORMA: | F.0000-93 |
| NUMERO DE FORMATO: | 323 |
| OBJETIVO: | Presentar el detalle de las captaciones y colocaciones de las entidades financieras, discriminados por zonas de municipio, como apoyo a la función comercial de las entidades financieras y para efectos de supervisión por parte de esta Superintendencia. |
| TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: | Establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial, organismos cooperativos de grado superior, instituciones oficiales especiales y cooperativas financieras. |
| PERIODICIDAD: | Trimestral. |
| TRAMITE: | 216 – Estadística. |
| FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: | Marzo 31, junio 30, septiembre 30, diciembre 31. |
| FECHA DE REPORTE: | Diez (10) días hábiles después del reporte de estados financieros. |
| DOCUMENTO TECNICO: | SB DS 003. |
| TIPO Y NUMERO DEL INFORME | 39 – Estadísticas por municipio |
| MEDIO DE ENVÍO: | RAS. |
| DEPENDENCIA USUARIA: | Subdirección de Análisis e Información. |
INSTRUCTIVO:
Las entidades deberán remitir la información de captaciones y colocaciones, para las zonas que tengan oficinas abiertas al público, de acuerdo con la sectorización definida, en pesos y en moneda total sufijo 0 (Moneda legal, sufijo 1 + moneda extranjera, sufijo 2), de los municipios de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Ibagué, Pereira, Cartagena, Santa Marta, Manizales y Bucaramanga, del valor de los códigos PUC relacionados en el formato, los cuales deberán coincidir con los reportados en el PUC para la misma fecha. Se reportarán las operaciones realmente efectuadas en cada oficina, sin considerar la dependencia contable que la misma tenga con respecto de otra.
En la columna “subcuenta” se registra en orden consecutivo el código de cada una de las zonas de los municipios mencionados.
El valor registrado en la subcuenta 999, de cada columna, de las unidades de captura del formato (323), debe cruzar con el valor registrado en la subcuenta 001, de cada columna, de las unidades de captura que se relacionan a continuación del formato (322):
| Formato 323 | Formato 322 | |||
| Subcuenta 999 de las unidades de captura No. | Código de la subcuenta y del municipio | Nombre del municipio | Unidad de captura No. | |
| 01 | 001 | Bogotá | 03 | |
| 02 | 001 | Medellín | 01 | |
| 03 | 001 | Cali | 24 | |
| 04 | 001 | Barranquilla | 02 | |
| 05 | 001 | Ibague | 23 | |
| 06 | 001 | Pereira | 20 | |
| 07 | 001 | Cartagena | 04 | |
| 08 | 001 | Santa Marta | 15 | |
| 09 | 001 | Manizales | 06 | |
| 10 | 001 | Bucaramanga | 21 | |
ENCABEZADO
ENTIDAD: Identificación de la entidad vigilada que diligencia el formato, indicando tipo y código de entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o sigla.
FECHA DE CORTE: Se debe indicar la fecha de corte de la información bajo el formato Día (DD), Mes (MM), y Año (AAAA, a cuatro dígitos).
CUERPO DEL FORMATO
<Página 223>
1. Captaciones
| COL. | CÓDIGO | NOMBRE |
| 1 | 2105 | Depósitos en cuenta corriente bancaria |
| 2 | 2110 | Depósitos simples |
| 3 | 2115 | Certificados de depósito a término |
| 4 | 2120 | Depósitos de ahorro |
| 5 | 2125 | Cuenta de ahorros de valor real |
| 6 | 2127 | Cuentas de ahorro especial |
| 7 | 2130 | Certificado de ahorro valor real |
| 8 | 2135 | Documentos por pagar |
| 9 | 2140 | Cuenta centralizada |
| 10 | 26 | Títulos de inversión en circulación |
2. Colocaciones (Cartera de créditos y operaciones de leasing financiero)
| COL. | CÓDIGO | NOMBRE |
| 11 | 14 | Cartera de créditos |
| 12 | 1404 | Créditos de vivienda |
| 13 | 140405 | Categoría A riesgo normal |
| 14 | 140410 | Categoría B riesgo aceptable |
| 15 | 140415 | Categoría C riesgo apreciable |
| 16 | 140420 | Categoría D riesgo significativo |
| 17 | 140425 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad |
| 18 | 1411 | Categoría A riesgo normal, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 19 | 1419 | Categoría B riesgo aceptable, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 20 | 1432 | Categoría C riesgo apreciable, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 21 | 1433 | Categoría D riesgo significativo, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 22 | 1436 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, garantía idónea, créditos y leasing de consumo |
| 23 | 1441 | Categoría A riesgo normal, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 24 | 1442 | Categoría B riesgo aceptable, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 25 | 1444 | Categoría C riesgo apreciable, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 26 | 1445 | Categoría D riesgo significativo, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 27 | 1450 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, otras garantías, créditos y leasing de consumo |
| 28 | 1456 | Microcréditos, garantía idónea |
| 29 | 145605 | Categoría A riesgo normal |
| 30 | 145610 | Categoría B riesgo aceptable |
| 31 | 145615 | Categoría C riesgo apreciable |
| 32 | 145620 | Categoría D riesgo significativo |
| 33 | 145625 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad |
| 34 | 145630 | Categoría A riesgo normal bienes dados en leasing |
| 35 | 145635 | Categoría B riesgo aceptable bienes dados en leasing |
| 36 | 145640 | Categoría C riesgo apreciable bienes dados en leasing |
| 37 | 145645 | Categoría D riesgo significativo bienes dados en leasing |
| 38 | 145650 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad bienes dados en leasing |
| 39 | 1457 | Microcreditos, otras garantías |
| 40 | 145705 | Categoría A riesgo normal |
| 41 | 145710 | Categoría B riesgo aceptable |
| 42 | 145715 | Categoría C riesgo apreciable |
| 43 | 145720 | Categoría D riesgo significativo |
| 44 | 145725 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad |
| 45 | 145630 | Categoría A riesgo normal bienes dados en leasing |
| 46 | 145635 | Categoría B riesgo aceptable bienes dados en leasing |
| 47 | 145640 | Categoría C riesgo apreciable bienes dados en leasing |
| 48 | 145645 | Categoría D riesgo significativo bienes dados en leasing |
| 49 | 145650 | Categoría E riesgo de Incobrabilidad bienes dados en leasing |
| 50 | 1459 | Categoría A riesgo normal, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 51 | 1460 | Categoría B riesgo aceptable, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 52 | 1462 | Categoría C riesgo apreciable, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 53 | 1463 | Categoría D riesgo significativo, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 54 | 1465 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, garantía idónea, créditos y leasing comerciales |
| 55 | 1466 | Categoría A riesgo normal, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 56 | 1467 | Categoría B riesgo aceptable, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 57 | 1468 | Categoría C riesgo apreciable, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 58 | 1469 | Categoría D riesgo significativo, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
| 59 | 1470 | Categoría E riesgo de incobrabilidad, otras garantías, créditos y leasing comerciales |
<Página 224>
| 60 | 1489 | Provisión créditos de vivienda |
| 61 | 1491 | Provisión créditos y operaciones de leasing de consumo |
| 62 | 1493 | Provisión microcréditos |
| 63 | 1495 | Provisión créditos y operaciones de leasing comerciales |
| 64 | 1498 | Provisión general |
| 65 | 999901 | Número de CDT |
| 66 | 999902 | Número de cuentas centralizadas |
| 67 | 999903 | Número de oficinas |
| 68 | 999904 | Número de empleados contratados |
| 69 | 999905 | Número de empleados subcontratados |
| 70 | 1487 | Componente contracíclico provisión individual |
| 71 | 1486 | Derechos de transferencia de cartera de créditos por operaciones de apoyos transitorios de liquidez |
Columna 12 = Sumatoria de las columnas 13, 14, 15, 16 y 17.
Columna 28 = Sumatoria de las columnas 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38.
Columna 39 = Sumatoria de las columnas 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 48 y 49.
La subcuenta 005 de la unidad de captura 34 corresponderá a la sumatoria de las subcuentas 999 de todas las unidades de captura, salvo la unidad de captura 03, en la cual se tomará la subcuenta 001.
El valor registrado en la columna 11 deberá ser igual al saldo del código 14 de los estados financieros del mes reportado.
Los códigos 9999xx (no PUC) corresponden a conceptos que se han asignado únicamente para permitir el envío de la información.
Columna 65 – Número de CDT: Reportar el número de CDT (cuenta 2115 del PUC) a la fecha de corte.
Columna 66 – Número de cuentas centralizadas: Reportar el número cuentas centralizadas (cuenta 2140 del PUC) a la fecha de corte.
Columna 67 - Número de Oficinas: Reportar el número de oficinas que tenga la entidad en cada departamento y municipio.
Columna 68 – Número de Empleados Contratados: Reportar el número de empleados contratados directamente por la entidad.
Columna 69 – Número de Empleados Subcontratados: Reportar el número de empleados que no son contratados directamente por la entidad pero que están vinculados a ella.
<Página 29>
ANEXO I - REMISION DE INFORMACION
PARTE II - PROFORMAS F.1000
| TEMA: | Información Sectorizada |
| NOMBRE DE PROFORMA: | Desagregado de sectorización de principales operaciones. |
| NUMERO DE PROFORMA: | F.1000-52 |
| NUMERO DE FORMATO: | 338 |
| OBJETIVO: | Contar con información de las principales operaciones activas y pasivas realizadas por las entidades vigiladas, que permita revelar el sector económico donde se desarrollaron. |
| TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: | Establecimientos Bancarios, Corporaciones Financieras, Compañías de Financiamiento Comercial, Organismos Cooperativos de Grado Superior de Carácter Financiero, Instituciones Oficiales Especiales y Cooperativas Financieras. |
| PERIODICIDAD: | Mensual |
| TRAMITE: | 30 Balances Intermedios |
| FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: | Último día del mes al que corresponde la información. |
| FECHA DE REPORTE: | Término establecido para presentación de estados financieros. |
| DOCUMENTO TECNICO: | SB DS 003 |
| TIPO Y NUMERO DEL INFORME: | 0 - Estados financieros intermedios |
| MEDIO DE ENVÍO: | RAS |
| DEPENDENCIA USUARIA: | Subdirección de Análisis e Información de la SFC y Departamento Técnico y de Información Económica de la Subgerencia de Estudios Económicos del Banco de la República. |
INSTRUCTIVO: | |
El reporte de la información de este formato debe realizarse en miles de pesos. Los valores son a nivel nacional, sin incluir los saldos de agencias o sucursales en el exterior.
La subcuenta 005 de la unidad de captura 43 Total General debe corresponder al (los) saldo(s) del (los) código(s) PUC reportados en el corte respectivo.
Encabezado
Entidad:
Tipo: registre el tipo de entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Código: registre el código de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Nombre: diligencie el nombre o razón social de la entidad vigilada.
Fecha de corte: diligencie la fecha de corte de la información, bajo el formato DD (día), MM (mes), AAAA (año).
Cuerpo del formato
Con el fin de facilitar la identificación de las entidades y organismos públicos, los destinatarios de este instructivo, podrán consultar la agrupación por niveles de administración nacional, departamental y municipal, a través del siguiente enlace: www.superfinanciera.gov.co/ Normativa/Índice de Reportes a la S.B./Guías para el Reporte de Información/ Lista de entidades - formato 338
La información que se transmita en este formato se validará con los códigos vigentes de los estados financieros mensuales respectivos.
Columna 1 y 2 fondos interbancarios vendidos ordinarios, otras entidades financieras: 120595
Columna 3 y 4 inversiones brutas: 1304+1306+1308+1313+1316
<Página 30>
Columna 9 y 10 operaciones de leasing financiero: 141183 a 98 + 141983 a 98 + 143283 a 98 + 143383 a 98 + 143683 a 98 + 144183 a 98 + 144283 a 98 + 144483 a 98 + 144583 a 98 + 145083 a 98 + 145630 a 50 + 145730 a 50 + 145983 a 98 + 146083 a 98 + 146283 a 98 + 146383 a 98 + 146583 a 98 + 146683 a 98 + 146783 a 98 + 146883 a 98 + 146983 a 98 + 147083 a 98.
Columna 11 y 12 derechos de compra sobre divisas (Activo): 151205+151505+151507+151605+151705+151805+156505+156507+156605+156705+156805
Columna 13 y 14 derechos de venta sobre divisas (Activo): 151206+151506+151508+151606+151825+156506+156508+156606+156825
Columnas 15 y 16 intereses cartera de créditos: 160506 + 160508 + 160512 + 160514 + 160516 + 160518 + 160522 + 160524 + 160526 + 160528 + 160532 + 160534 + 160536 + 160538 + 160540 + 160542 + 160544+ 160546 + 160548 + 160549.
Columnas 17 y 18 fondos interbancarios vendidos y pactos de reventa, intereses: 160505.
Columnas 19 y 20 otros intereses: 160595.
Columnas 21 y 22 componente financiero operaciones de leasing financiero: 1608.
Columnas 23 y 24 cánones de bienes dados en leasing operacional: 1627.
Columnas 25 y 26 diversas, otras (cuentas por cobrar): 168795.
Columnas 27 y 28 bienes dados en leasing operativo: 1861.
Columnas 29 y 30 gastos anticipados, intereses: 191505.
Columnas 31 y 32 depósitos en cuenta corriente bancaria: 2105.
Columnas 33 y 34 certificados de depósito a término: 2115.
Columnas 35 y 36 depósitos de ahorro: 2120.
Columnas 37 y 38 cuentas de ahorro de valor real: 2125.
Columnas 39 y 40 cuentas de ahorro especial: 2127.
Columnas 41 y 42 certificados de ahorro de valor real: 2130.
Columnas 43 y 44 fondos en fideicomiso y cuentas especiales: 2145.
Columnas 45 y 46 depósitos especiales, judiciales: 216030.
Columnas 47 y 48 servicios bancarios de recaudo: 72170. Debe corresponder al valor reportado en la subcuenta 030 de la unidad de captura 01 del formato 243 (proforma F.0000-51).
Columnas 49 y 50 servicios bancarios de recaudo, otros: 217095.
Columnas 53 y 54 otros bancos y entidades financieras – país, créditos: 243005.
Columnas 55 y 56 organismos nacionales, otros: 245095.
Columnas 57 y 58 intereses, depósitos y exigibilidades: 250505.
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Columnas 59 y 60 intereses, Operaciones de mercado monetario y relacionadas: 250510.
Columnas 61 y 62 intereses, créditos de bancos y otras obligaciones financieras: 250515.
Columnas 63 y 64 intereses, títulos de inversión en circulación: 250520.
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Columnas 65 y 66 intereses, otras, cuentas por pagar: 250595.
Columnas 67 y 68 diversas, recaudos realizados: 259570.
Columnas 69 y 70 diversas, otras (cuentas por pagar): 259595.
Columnas 71 y 72 títulos de inversión en circulación: 26.
Definiciones
Este reporte de sectorización comprende los registros contables de algunos códigos del activo y del pasivo relacionados con los principales renglones de colocación y captación de recursos. El saldo de cada código se clasifica según el sector institucional al que pertenezca el usuario que participó en las distintas operaciones.
Unidades de captura 01 a 15 sector público financiero y no financiero: Es el sector institucional de la economía formado por todos los agentes económicos que son de creación, control y propiedad del Estado en forma total y mayoritariamente, directa o indirectamente, con excepción de las entidades vigiladas por la SFC (unidades de captura 01 a 15):
En las unidades de captura 01 a 05 se desagregan en las subcuentas las operaciones del Gobierno a nivel nacional central con sus organismos y empresas descentralizadas financieras y no financieras de ese nivel.
En las unidades de captura 06 a 10 se desagregan en las subcuentas las operaciones del Gobierno a nivel departamental central con sus organismos y empresas descentralizadas financieras y no financieras de ese nivel.
En las unidades de captura 10 a 15 se desagregan en las subcuentas las operaciones del Gobierno a nivel municipal central con sus organismos y empresas descentralizadas financieras y no financieras de ese nivel.
Unidades de captura 16 a 37 sector financiero: Este sector lo forma el grupo institucional de la economía que comprende a todos los intermediarios financieros tanto públicos como privados. Se registra en las subcuentas cada tipo o grupo de entidades del sector financiero equivalentes a la clasificación del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. En la unidad de captura 37 “Otros Intermediarios Financieros” se incluyen: bolsas de valores, comisionistas de bolsa y fondos de garantías (sin Fogafin).
Unidad de captura 38. Sector privado, no financiero: Formado por la iniciativa privada que no tenga actividad financiera.
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Subcuenta 005 empresas: Se registran todas las operaciones efectuadas por personas jurídicas del sector privado que tengan la característica de estar agrupadas bajo alguna de las formas de sociedades mercantiles, cooperativas, asociaciones o sociedades civiles.
Subcuenta 010 particulares: Se registran las operaciones efectuadas con personas naturales.
Subcuenta 015 entidades sin ánimo de lucro: Se registran las operaciones efectuadas con entidades sin ánimo de lucro.
Subcuenta 020 Colombia Móvil: Se registran las operaciones efectuadas con Colombia Móvil – Nit. 830114921.
Subcuenta 025 Orbitel: Se registran las operaciones efectuadas con Orbitel – Nit. 811012620
Subcuenta 030 ISA: Se registran las operaciones efectuadas con ISA – Nit. 860016610.
Unidad de captura 39. Sector externo: Formado por los agentes o unidades del exterior (no residentes):
Subcuenta 005 bancos centrales: Se registran todas las operaciones efectuadas con bancos centrales.
Subcuenta 010 entidades multilaterales: Se registran todas las operaciones efectuadas con organismos internacionales de financiamiento como el Banco Mundial o el BID.
Subcuenta 015 instituciones financieras: Se registran todas las operaciones efectuadas con instituciones financieras del exterior.
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Subcuenta 020 gobiernos extranjeros: Se registran todas las operaciones efectuadas con gobiernos extranjeros.
Subcuenta 030 privado no financiero: Se registran todas las operaciones efectuadas con agentes no financieros del exterior.
Las subcuentas 005, 010 y 015 corresponden al sector financiero del exterior.
Las subcuentas 020 y 030 corresponden al sector no financiero del exterior
Unidad de captura 40 Otros (entidades no sectorizadas):
En la subcuenta 005 se registra la información que no fue posible clasificar en las unidades de captura anteriores. En todo caso, la sumatoria de esta unidad de captura no puede ser superior al 1% del valor reportado en la unidad de captura 43”Total general”.
Unidad de captura 41 Total Sector Público:
Subcuenta 005 nivel nacional = suma de las subcuentas 999 de las unidades de captura 01 a 05.
Subcuenta 010 nivel departamental = suma de las subcuentas 999 de las unidades de captura 06 a 10.
Subcuenta 015 nivel municipal = suma de las subcuentas 999 de las unidades de captura 11 a 15.
Subcuenta 999 Subtotal = suma de las subcuentas 005, 010 y 015.
Unidad de captura 42 Total Demás Sectores:
Subcuenta 005 Sector financiero = suma de las subcuentas 999 de las unidades de captura 17 a 24, 27 a 37 y de las subcuentas 005 de las unidades de captura 16, 25 y 26.
Subcuenta 010 Sector privado no financiero = subcuenta 999 de la unidad de captura 38.
Subcuenta 015 Sector externo = subcuenta 999 unidad de captura 39.
Subcuenta 999 Subtotal = suma de las subcuentas 005, 010 y 015.
Unidad de captura 43 Total General: Corresponde a la sumatoria de las subcuentas 005 de la unidad de captura 40 y las subcuentas 999 de las unidades de captura 41 y 42. Dicha sumatoria debe coincidir con el (los) saldo(s) del (los) código(s) PUC correspondiente(s) a cada una de las columnas, en el corte respectivo, con excepción de la sumatoria de los saldos de las columnas 47 y 48. El valor reportado en la subcuenta 030 de la unidad de captura 01 del formato 243 (proforma F.0000-51) debe coincidir con la sumatoria de los saldos de las columnas 47 y 48.